miércoles, 28 de abril de 2010

Facilidades para resolver contratos

EN SERVICIO TELEFÓNICO

Los usuarios podrán dar por terminado el contrato de servicio telefónico cuando lo consideren conveniente, sin que la empresa operadora les exija cumplir con la duración del plazo forzoso pactado, estableció el Osiptel.


Además, las operadoras estarán impedidas de exigir el pago de alguna penalidad por la resolución del contrato.

Esta medida entrará en vigencia a partir del 1° de julio, como parte de las modificaciones que realizó el regulador para otorgar más facilidades para los abonados de telefonía a escala nacional.

El Osiptel verificó que cuando un abonado que firmó un contrato a plazo forzoso comunica su decisión de terminar la relación contractual (sin expresión de causa), las empresas operadoras limitan la recepción de sus solicitudes, argumentando la obligación del usuario de cumplir con la duración del mismo.

Por otro lado, informó que a partir del 1° de julio, las empresas operadoras no podrán suspender arbitrariamente a los usuarios los servicios públicos de telecomunicaciones (telefonía fija, móvil, internet, entre otros), y tendrán que probar que existe una razón para ello ante el regulador.

Fuente: El Peruano

Indecopi y la autoridad nacional competente

La iniciativa del Código de Consumo señala que el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), en su calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, ejerce las atribuciones y funciones que le confieren las leyes, para velar por el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente texto, sin perjuicio de las atribuciones y autonomía de los demás integrantes del sistema.


Señala que, sin perjuicio de las facultades establecidas en el ordenamiento legal vigente, ahora serán funciones del INDECOPI: ejecutar la Política Nacional de Protección del Consumidor y el Plan Nacional de Protección de los Consumidores, proponer la normatividad en materia de consumo, con la opinión de los sectores productivos y de consumo, y formular y ejecutar las acciones necesarias para fortalecer la protección del consumidor y los mecanismos para la defensa de sus derechos.

Se plantea también la creación del Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor, como el conjunto de principios, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos destinados a armonizar las políticas públicas con el fin de optimizar las actuaciones de la administración del Estado para garantizar el cumplimiento de las normas de defensa del consumidor en todo el país.

Derechos de los consumidores

Según la propuesta legal, los consumidores tienen derecho a una protección eficaz respecto de los productos y servicios que, en condiciones normales o previsibles, representen riesgo o peligro para la vida, salud e integridad física.

El acceso también a una información oportuna, suficiente, veraz, y fácilmente accesible, relevante para tomar una decisión o realizar una elección de consumo que se ajuste a sus intereses, así como para efectuar un uso o consumo adecuado de los productos o servicios. Este derecho incluye el contar con el tiempo necesario para el estudio de la información solicitada. Les asiste además el derecho a la protección de sus intereses económicos en una relación de consumo, conforme a las disposiciones del presente Código, y a la protección contra cláusulas abusivas e información interesadamente equívoca sobre los productos o servicios. Igualmente, el derecho a no ser discriminados por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de otra índole.

Como parte de este derecho, el orden de llegada a un establecimiento o de demanda de un servicio deberá ser respetado, no pudiendo establecerse preferencia en la atención a los clientes que cuenten con tarjetas de crédito o habitualidad.

Los consumidores también tienen derecho a la reparación e indemnización por daños y perjuicios conforme a las disposiciones del código, y a asociarse para proteger sus derechos e intereses de manera colectiva en el marco de las relaciones de consumo.

Exigir asimismo el pago anticipado o prepago de los saldos en toda operación de crédito, en forma total o parcial, con la consiguiente reducción de los intereses compensatorios generados al día de pago y liquidación de comisiones y gastos derivados de las cláusulas contractuales pactadas entre las partes, sin que les sean aplicables penalidades de algún tipo o cobros de naturaleza o efecto similar; salvo que el consumidor pacte de manera previa, expresa, explícita y por escrito la renuncia al ejercicio del derecho de prepago.

Fuente: El Peruano

Atienden observaciones a favor de consumidores

DEBATE. EN PROYECTO DEL CÓDIGO DE CONSUMO REMITIDO POR EL EJECUTIVO AL CONGRESO DE LA REPÚBLICA

Establece además la obligatoriedad del etiquetado en transgénicos


Aspec asegura que amplia legitimidad para obrar en asociaciones

El proyecto del Código de Consumo, remitido recientemente por el Poder Ejecutivo al Parlamento Nacional, incorpora diversas subsanaciones favorables para la defensa y protección de los usuarios de bienes y servicios en el país, afirmó el vicepresidente de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec), Crisóstomo Cáceres. "El texto final de este código subsana muchas deficiencias e incorpora también algunas de las propuestas de Aspec, como en el tema del etiquetado de los productos transgénicos, que ahora se impone su obligatoriedad", manifestó el experto.

Resaltó igualmente que de prosperar el texto sería obligatorio el uso del libro de sanciones para las empresas; y, amplía la legitimidad para obrar de las asociaciones de consumidores, permitiendo la representación en casos de intereses colectivos y difusos.

Sin embargo, observó la conservación de ciertas deficiencias en la iniciativa. Entre ellas, dijo, la protección solo para el consumidor diligente y no del sujeto ordinario, así como el recorte de atribuciones para las asociaciones de los consumidores.

"En consecuencia, los directivos de estas asociaciones también serán responsables solidarios. Es decir, de perder algún proceso, los denunciados podrán dirigirse no solo contra la asociación sino que también contra sus directivos", manifestó Cáceres, quien sostuvo que iguales obligaciones también deberían extenderse para los empresarios.



En opinión del experto, el Congreso de la República tiene ahora la responsabilidad de conducir el debate de este importante proyecto en forma transparente, objetiva y de amplia convocatoria para escuchar a todas las partes y entidades vinculadas y preocupadas por la defensa y protección de los consumidores.

Contenido

Pero, ¿en qué consiste el proyecto de ley del Código de Consumo? Según la iniciativa, su finalidad es instituir la protección de los derechos de los consumidores como principio rector de la política social y económica del Estado. Para ello promueve el acceso a una diversidad de productos y servicios idóneos reduciendo la asimetría informativa y fomentando la libertad de elección en un marco de libre y honesta competencia, con sujeción a la Constitución y al ordenamiento jurídico nacional.

Su prioridad proteger al consumidor que se encuentra directa o indirectamente expuesto o comprendido por una relación de consumo. Además, sus disposiciones se aplicarán a las relaciones de consumo que se celebran en el territorio nacional o cuando sus efectos se producen en éste, con excepción de las operaciones a título gratuito, salvo que tengan un propósito comercial dirigido a fomentar el consumo. Para la aplicación del código se tomará como referencia el parámetro de un consumidor que actúa de buena fe y diligencia ordinaria. Mientras que, en el proveedor, será en base al principio de buena fe, lealtad comercial y de razonabilidad.

Fuente: El Peruano

Devolverán 30% del ISC a transportistas

El Congreso de la República, en uso de sus prerrogativas constitucionales, publicó la Ley Nº 29518, que establece medidas para promover la formalización del transporte público interprovincial de pasajeros y de carga.


Según la norma, en un plazo de tres años, a partir de la publicación del reglamento a expedirse, los transportistas de carga y de pasajeros tendrán derecho a la devolución del 30% del ISC, que forma parte del precio de venta del petróleo diésel, explicó el gerente legal de la Cámara de Comercio Lima, Víctor Zavala Lozano.

Dicha devolución se efectuará en función de los galones de petróleo diésel adquiridos al productor, distribuidor mayorista o centro de venta al público, según corresponda. Para que ello proceda, el vendedor del petróleo diésel debe ser contribuyente generador de rentas de tercera categoría - régimen general.

El transportista beneficiario debe contar con autorización o constancia de inscripción vigente del MTC, para prestar los servicios de transporte interprovincial de carga o de pasajeros. La devolución del ISC se hará mediante notas de crédito negociables, previa solicitud a Sunat, que establecerá la forma y los plazos para devolver el 30% del impuesto. Además, se establece que, hasta el 30 de enero de cada año, el MEF y el MTC presentarán a la Comisión de Economía del Congreso un informe de ecoeficiencia para medir el impacto de la nueva ley. A partir del tercer año se suspenderá el beneficio, si en los dos primeros años se constata un impacto negativo de la ley.

Fuente: El Peruano

Elaboran propuestas para agilizar juicios comerciales

ACCIONES. MAGISTRADOS PRESENTAN PAQUETE DE INICIATIVAS A PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL

Piden simplificación de requisitos para demandas de


ejecución de garantías

Otorgar además mayor seguridad jurídica con la publicidad registral



Un conjunto de propuestas legislativas destinadas a promover la eficiencia de la justicia comercial en el país, de acuerdo con la experiencia de los primeros cinco años de funcionamiento de los juzgados y salas especializadas en la materia, presentó la comisión de coordinación institucional de la subespecialidad comercial, presidida por el juez supremo y jefe de la Ocma, Enrique Mendoza Ramírez.

Las iniciativas, de esta forma, proponen la modificación del Código Procesal Civil, con el propósito de simplificar los requisitos para la presentación de una demanda de ejecución de garantías; agilizar la ejecución forzada mediante un sistema eficiente de medios impugnatorios; y otorgar mayor seguridad jurídica por intermedio de la publicidad registral de la demanda interpuesta.

Simplificar también la tasación judicial; asegurar el derecho del adjudicatario en el caso de encontrarse firme el auto de transferencia; disponer la obligatoriedad de la notificación con el auto de ejecución a los terceros que cuenten con derecho inscritos, entre otros aspectos.

Descarga judicial

La mencionada comisión igualmente propuso modificar la ley que regula el proceso contencioso-administrativo en materia de competencia funcional; y la racionalización del recurso de casación, con el objetivo de descargar el despacho judicial. Finalmente, se insiste en la necesidad de la simplificación y concentración de las diferentes etapas del proceso comercial.

“Es significativo que, cumplido cinco años de existencia, los mismos jueces de una especialidad tan importante busquen su propia eficiencia en los procesos, basados en sus experiencias desde que se instalaron”, declaró Enrique Mendoza Ramírez, quien estimó que de prosperar estos proyectos, el plazo real para la tramitación de los procesos comerciales se reduciría hasta en doce meses.

Fuente: El Peruano

Genere confianza en sus clientes por internet

PAUTA. LA IDEA ES QUE LOGRE MÁS BENEFICIOS DEL COMERCIO ELECTRÓNICO

Si nunca han violado el sistema de seguridad de su sitio, hágalo saber


Le conviene evaluar la posibilidad de garantizar los pagos efectuados

Tenga presente que aun cuando las compras en línea van en franco aumento, mucha gente sigue siendo reticente al comercio electrónico. Su temor se centra en la transferencia de información personal y financiera a través de internet, además de las campañas de correos electrónicos no solicitados. Comprender y abordar las inquietudes de los consumidores respecto de este tipo de compras es de vital importancia para el éxito de su pequeña empresa en el comercio electrónico. Aquí, algunos pasos a seguir para alentar a los consumidores a comprar en línea.

Seguridad

Incluya una declaración en su sitio web donde informe a sus clientes sobre las políticas de su empresa.

Es importante considerar dos elementos en esta declaración: el tipo de seguridad que ha implementado para proteger la información que transmite y lo que pretende hacer y no hacer con dicha información.

La mayoría de los consumidores se siente más segura haciendo negocios con alguien que se compromete a no revelar su información de contacto ni patrones de compra a terceros externos.

Demuestre su confianza en el comercio electrónico. Considere la posibilidad de garantizar los pagos. Esto alentará a los clientes a confiar en su sistema. Asumir una responsabilidad frente a este pago también le permitirá eliminar una de las barreras más comunes que enfrentan las compras en línea, es decir, el riesgo financiero percibido. La mayoría de los consumidores se sorprende al saber la baja frecuencia con que ocurren violaciones a los sistemas de seguridad. Si nunca han violado la seguridad de su sitio, hágalo saber.

Por ejemplo, Amazon.com, la tienda de libros en línea, claramente señala que ninguno de sus 3 millones de clientes ha informado un fraude con tarjeta de crédito como resultado de compras realizadas en su sitio.





Procedimientos de protección

Si usted toma precauciones adicionales para garantizar la protección de la información, infórmelo a sus visitantes.

Por ejemplo, si su proveedor de servicios de seguridad intenta violar su propio sistema una vez por semana con el solo propósito de reforzar la seguridad, divulgue esta práctica en su sitio.

Además, determinadas organizaciones ofrecen sellos de aprobación a las tiendas en línea que cumplen con sus normas operacionales. Exhibir una de estas certificaciones en su sitio cumplirá dos funciones: informar a los consumidores sobre la validez de su negocio y actuar como advertencia para potenciales hackers.

Fuente: El Peruano

600 mil personas trabajan en zonas de alto riesgo

ESTUDIO. EVALÚA SITUACIÓN DE EMPRESAS PRIVADAS FORMALES DE LIMA METROPOLITANA ANTE UN SISMO

Ministerio de Trabajo dispuso la inspección de 3 mil empresas por mes


Constatarán estado de infraestructura y se darán medidas de prevención

El 48.2 por ciento de las empresas privadas formales de Lima Metropolitana que agrupan a 606 mil 957 trabajadores se encuentra en distritos de impacto muy alto y alto en caso de la ocurrencia de un eventual sismo, reveló ayer la ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, Manuela García. Manifestó que en mérito a la política antisísmica que implementa el Gobierno, se dispuso la inspección de tres mil centros laborales cada mes, con el propósito de verificar las condiciones de infraestructura y orientar a empresarios y trabajadores en las medidas de prevención para enfrentar un evento sísmico.

Esta etapa de supervisión y orientación se realizará a escala nacional en coordinación con las direcciones regionales de Trabajo y Promoción del Empleo y concluirá el 10 de setiembre.

La funcionaria dijo que en Lima y Callao más de 15 mil empresas serán supervisadas cuando los inspectores laborales realicen sus labores de fiscalización. “Estas inspecciones tendrán un carácter informativo y no sancionador”, señaló.

“El objetivo es promover la implementación de acciones y medidas de prevención y evacuación, para reducir el riesgo de desastres ocasionado por sismos, definiendo los lugares seguros en el centro de trabajo, orientando y fiscalizando el cumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo”, manifestó.

La ministra informó que los fiscalizadores laborales darán charlas en las empresas y recomendó incluir en el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo, las acciones que se adoptarán para reducir el impacto de un eventual sismo.

Explicó que cuando la autoridad laboral detecte que no se cumplen las condiciones mínimas de seguridad, en caso de un sismo o desastre natural, se reportará de inmediato al Indeci.

Afirmó que se priorizarán las empresas que se encuentran en las zonas de impacto sísmico alto y muy alto, que concentran el mayor número de trabajadores, independientemente de la actividad económica.

Mapa de riesgo del Indeci

La focalización se efectuó de acuerdo con el mapa de riesgo elaborado por Defensa Civil, documento que fue enriquecido con la información del Ministerio de Trabajo.

La ministra García detalló que 29 mil 939 empresas (28.1%), donde laboran 318, 292 empleados, se hallan en distritos de impacto sísmico muy alto como Callao, Lima, Barranco, Carabayllo, Comas, Lurigancho, Puente Piedra, San Juan de Lurigancho, San Juan de Miraflores, Villa El Salvador y Villa María del Triunfo.

En tanto, 21 mil 404 empresas (20.1%), que dan trabajo a 288,665 trabajadores, se localizan en distritos de impacto sísmico alto: Bellavista, La Perla, La Punta, Ventanilla, Ate, Breña, Chorrillos, El Agustino, La Molina, Los Olivos y San Miguel.

Fuente: El Peruano

Fuente: El Peruano

MTC suspende brevetes a tres mil conductores

MANO DURA. MEDIDA SE TOMÓ EN CUMPLIMIENTO DE LA LEY, PUES ACUMULARON 100 PUNTOS EN INFRACCIONES

Se trata de choferes que operan en transporte público y privado


Ministro criticó que comunas den permisos de operación por pocos meses

Por acumular 100 puntos en infracciones de tránsito, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones suspendió las licencias de conducir de tres mil conductores de transporte público y privado, como lo establece la legislación vigente. El titular del sector, Enrique Cornejo, indicó que estos conductores no pueden seguir manejando un vehículo, ni por motivo de trabajo ni por razones personales. Precisó, además, que corresponderá a la Policía Nacional intervenir si detecta que una de estas personas está al frente de un volante.

El ministro recordó también que los gobiernos locales son los responsables de la señalización de los paraderos; sin embargo, esto no se cumple. También cuestionó que algunas municipalidades sigan otorgando permisos de operación a empresas de transporte por tres o cuatro meses, tiempo que no permite que éstas accedan a créditos para formalizarse o renovar sus flotas, y destacó la decisión de las comunas de Lima y Callao de conceder autorizaciones por diez años.

Cornejo afirmó que mientras la mentalidad y la actitud de las personas no cambien, no habrá sanciones ni normas que puedan combatir este flagelo, que es la primera causa de muerte en el mundo. Dijo que por esa razón se incide en la educación vial entre los más jóvenes, para lo cual se ha incorporado el tema en textos y manuales educativos, y se capacitó a mil 700 profesores en 2009 y este año se hará lo propio con siete mil adicionales.



Limitadores de velocidad

El ministro señaló que parte de las medidas para frenar los accidentes de tránsito está contenida en una norma publicada el miércoles en el Diario Oficial El Peruano, por la cual se establece que durante las revisiones técnicas se verifique si las unidades de transporte interprovincial de pasajeros y de carga cuentan con limitadores de velocidad, sistema de localización GPS y frenos ABS para vehículos de cierto tonelaje. Explicó que los limitadores impedirán que los vehículos superen los 110 kilómetros por hora y que el GPS permitirá su monitoreo satelital en cualquier parte de la red vial del país.

Pago solidario

Respecto al predictamen que existe en el Congreso y que establece el pago solidario de las sanciones de tránsito entre conductores y peatones, Cornejo dijo que la idea original partió del Ejecutivo, porque es necesario sancionar también al peatón imprudente. “Actualmente, no hay cómo sancionar al transeúnte, que muchas veces es el causante de los accidentes. La Policía está limitada solo a detenerlo en su camino y recriminarlo, y no es suficiente.”

Anotó que sería conveniente establecer labores sociales y comunales como forma de sanción.

Fuente: El Peruano

Libertad sindical y el despido nulo

El cese de un dirigente sindical por vencimiento y no renovación de contrato de trabajo sujeto a modalidad no constituye necesariamente un despido nulo, de conformidad con la decisión asumida por el Tribunal Constitucional (TC) al resolver el Exp. Nº 01032-2009-PA/TC.


Según la sentencia del Colegiado, la decisión del empleador de no renovar el contrato laboral sujeto a modalidad por necesidad de mercado de un trabajador que tiene la condición de dirigente sindical no instituye necesariamente un acto lesivo de sus derechos constitucionales.

Por ello, considera que no es suficiente con acreditar el cargo sindical del trabajador y el cese por vencimiento del plazo de un contrato modal sino que debe demostrarse la relación causal entre el despido y su afiliación a un cargo sindical, refiere un informe del Estudio Rodrigo, Elías & Medrano Abogados.

En efecto, el tribunal remarca que "el demandante no ha acreditado en modo alguno que haya sido despedido a causa de su condición de afiliado a la Seccional de Piura Tumbes del Sindicato Nacional de Personal Profesional del Senati. Por el contrario, añade, de las pruebas documentales aportadas por las partes, se advierte que el vínculo laboral se extinguió automáticamente por haberse cumplido el plazo del último contrato, de conformidad con el art. 16, inc. c), del DS N° 003-97-TR.

En consecuencia, concluye que no habiéndose acreditado la vulneración de derecho constitucional alguno, la demanda debe ser desestimada.

Fuente: El Peruano

Contratos de estabilidad tributaria

REACCIONES. PRECISIONES DE LA LEY Y TRIBUNAL FISCAL

Analizan ajuste por inflación del balance general con efecto fiscal


Esto es aplicable en períodos inflacionarios y no en casos de deflación

juan marañón

Abogado (*)

El Decreto Legislativo Nº 797 y el Decreto Supremo Nº 006-96-EF, normas que regulan el ajuste por inflación del balance general con incidencia tributaria, se dictaron en un contexto de un comportamiento ascendente del índice de precios. Este razonamiento se ve corroborado con claridad por las normas que regulan el citado régimen, en la medida que, como expondremos a continuación, presuponen un comportamiento ascendente en el índice de precios.

Así, por ejemplo, el inc. g) del art. 1 del D. Leg. Nº 797 señala que el resultado por exposición a la inflación (REI), es el efecto de la reexpresión de todas las partidas no monetarias. Tenemos entonces que el REI resulta de los mayores valores atribuidos al activo no monetario, menos los mayores valores atribuidos al pasivo no monetario y al patrimonio neto.

Luego, el art. 1 del DS Nº 006-96-EF señala que el ajuste tiene por objeto expresar las cuentas o rubros del balance general en moneda de poder adquisitivo de la fecha de cierre del último periodo cubierto, incorporando los efectos de la inflación.

Como fluye de las normas citadas, el efecto que buscaba la metodología de este régimen fue siempre expresar el mayor valor originado por efectos de la inflación. Tal ha sido la interpretación adoptada por el Tribunal Fiscal en la RTF Nº 07528-2-2005, emitida como precedente de observancia obligatoria, cuando resolvió que las normas de ajuste por inflación del balance general con incidencia tributaria eran aplicables en contextos inflacionarios y no deflacionarios.

Según se desprende del propio criterio establecido por el Tribunal Fiscal, las normas sobre ajuste por inflación del balance general con incidencia tributaria, para los contribuyentes que estabilizaron las normas del IR durante la vigencia de las normas citadas no resultan aplicables en períodos deflacionarios.

Tras la difusión del citado precedente, en el 2006, se publicó la Ley Nº 28843, que precisa la aplicación de normas de ajuste por inflación del balance general con incidencia tributaria en periodos deflacionarios.

Si bien dicha norma estableció, a modo de precisión, que lo dispuesto por el D. Leg. Nº 797 y normas reglamentarias resultan aplicables cuando el factor de ajuste es inferior a 1, esto es, en periodos de deflación, la naturaleza interpretativa o de norma de precisión es discutible, considerando el precedente del Tribunal Fiscal.

Aplicación y vigencia en el tiempo

Existe fundamento para sostener que la Ley Nº 28843 tiene carácter innovativo y por ende que sus disposiciones sólo resultan de aplicación a periodos posteriores a su publicación y no de manera retroactiva.

Siendo esto así, en virtud de los regímenes estabilizados con anterioridad a la vigencia de la Ley Nº 28843, es nuestra opinión que válidamente se podría concluir que el ajuste por inflación del balance general con incidencia tributaria sólo es aplicable en periodos inflacionarios y no para periodos de deflación.

Es de señalar aun cuando a la fecha existen varios pronunciamientos del Tribunal Fiscal en los que se ha aplicado la citada Ley Nº 28843 a periodos anteriores a su publicación, en nuestra opinión, el Poder Judicial estaría en condiciones de declarar la inaplicabilidad de esta norma, pues al tener naturaleza innovativa no se encontraría comprendida dentro de los regímenes estabilizados con anterioridad a su entrada en vigencia.

Dato

¿Qué dice la Ley Nº 28843?

El artículo único precisa que lo dispuesto en el D. Leg. Nº 797 y sus normas reglamentarias, también es aplicable cuando

el factor de reexpresión o actualización resulte inferior a la unidad (1), sin perjuicio de lo establecido en la Ley Nº 28394.

Cuando las partidas no monetarias estén sujetas a los límites contemplados en el D. Leg. Nº 797 y sus normas reglamentarias, el valor resultante del procedimiento de actualización no podrá ser menor al valor señalado en aquéllas".

Fuente: El Peruano

Promueven buenas prácticas logísticas para las pyme

OPORTUNIDAD. ELLO LES PERMITIRÁ ACCEDER EN MEJORES CONDICIONES AL MERCADO LOCAL E INTERNACIONAL

Empresas reciben certificación y apoyo de organismos multilaterales


El rubro agroindustrial requiere básicamente una mayor capacitación

Sonia Domínguez Domínguez

sdominguez@editoraperu.com.pe

Los tratados de libre comercio (TLC) van eliminando las barreras arancelarias, lo cual exige una mejor preparación a las empresas que buscan exportar para que compitan en mejores condiciones.

Así, la competitividad ya no pasa por el tema arancelario. Ahora se empieza a dar mayor prioridad a otros aspectos como aquellos vinculados con la logística.

“Con los TLC las empresas peruanas ya no solamente compiten con empresas locales sino también con otras de cualquier parte del mundo. Con estas alianzas el tema de la globalización se hace más efectivo”, dijo la gerente general adjunta del Cite Logística GS1 Perú, Mary Wong.

En la actualidad, agregó, el reto que enfrentan ya no es solo tener el mejor producto, ofrecer la mejor calidad y dar el mejor precio; sino cómo hacer que el producto llegue más rápido y en las mejores condiciones al cliente final, antes que la competencia.

“Para ello es indispensable contar con una mejor logística”, aseveró.

Sobre este tema, aseveró que las grandes empresas tienen unidades desarrolladas que les permiten responder en mejores condiciones a estas nuevas exigencias. “Eso no pasa con las pequeñas y medianas empresas (pyme), por lo que requieren un apoyo especial”, comentó.

Iniciativa

Así, con el objetivo de que las mismas buenas prácticas logísticas que aplican las grandes empresas se consideren en las pyme, el Ministerio de la Producción (Produce) y el Fondo Multilateral de Inversiones del Banco Interamericano de Desarrollo (FOMIN-BID), con el apoyo del SG1 Perú, iniciaron un plan de acción directo.

Se trata del proyecto Buenas Prácticas Logísticas en Pyme agroindustriales de Ica y Tacna, iniciativa ejecutada por el Cite Logística con la colaboración del Cite Agroindustrial de Tacna y el Cite Vitivinícola de Ica, que contó con el respaldo de la Oficina Técnica de los Cite (OTCIT).

Este plan comenzó a ejecutarse en 2008 y concluirá este mes. Las empresas participantes fueron reconocidas por GS1 Perú en una ceremonia de premiación “Emprendedores globales-innovación logística y trazabilidad”.

“El propósito del proyecto fue lograr que las empresas implementen las mejores prácticas en cada uno de sus procesos logísticos, en áreas como la gestión de negocios, planeamiento de la cadena de suministro, gestión eficiente de compras, gestión de procesos, almacenamiento y distribución y además, utilicen herramientas facilitadoras”, comentó.

La idea principal es contribuir con elevar su nivel de competitividad. “Nuestra meta es que no siempre sean pequeñas y medianas empresas sino que surjan y se expandan, que cada vez sean más competitivas”, afirmó Mary Wong, gerente general adjunta de GS1 Perú y directora del CITE Logística.

Frentes

Detalló que el proyecto se trabajó en varios frentes y que la primera etapa fue básicamente de transferencia de conocimientos y capacitación.

“Por ejemplo, si se trataba de compras, se explicó en qué consiste ese proceso, cuáles son las mejores prácticas para una compra eficiente y así sucesivamente”, agregó Mary Wong.

En una primera fase se optó por el sector agroindustrial, con empresas de la Región Ica (básicamente industria vitivinícola) y Tacna (aceite de oliva y aceitunas de mes).

“Aquí trabajamos básicamente con pequeñas empresas que atienden el mercado local y un grupo reducido de exportadores”, comentó.

Destacó que a punto de concluir la ejecución de este proyecto, esas empresas perciben que son más competitivas y que tienen mejores oportunidades para crecer.

Recursos para la innovación

Con el objetivo de contribuir con la innovación de las micro y pequeñas empresas (mype) el Ministerio de la Producción (Produce) destina mediante un Fondo de Innovación, 10 millones de soles a las empresas de este segmento socioeconómico que presenten proyectos que apunten a su modernización.

En este caso se reconocerá la presentación de nuevos productos o el diseño de nuevos procesos de elaboración.

Este Fondo de Innovación está orientado a empresas formales que presenten proyectos de innovación de productos y procesos, los cuales serán calificados en los próximos meses para poder asignarles parte de los recursos del Fondo que en total ascienden a 200 millones de soles.

Al respecto, detalló que los trámites para formalizarse forman parte de un proceso corto y rápido.

Inventarios

1 Solo dos de cada diez empresas tienen una gestión efectiva de inventarios o están iniciando ese esquema de cambio.

2 Las pyme reportan entre 20% y 30% de pérdida de stock debido a la mala gestión o inexistencia de inventarios.

3 Se ha hecho costumbre realizar movimientos sin un registro o aplazarlos para otro momento, cuando los productos se deben registrar en el momento.

4 Toda empresa debe empezar por establecer procedimientos y mecanismos de registros. Luego, categorizar sus productos de acuerdo con la demanda.

5 Se debe tener presente que los productos más importantes requieren mayor control y stock de seguridad.

Datos

Fueron 13 las empresas que obtuvieron un reconocimiento por la aplicación de “Buenas

Prácticas Logísticas”.

Siete de ellas recibieron la certificación internacional Global Traceability Conformance (GTC), que les permitirá garantizar el control y la rastreabilidad de sus procesos desde el cultivo o recepción de materias primas, hasta la distribución y comercialización final.

Fuente: El Peruano

Accidentes se redujeron a la mitad

EN EL ÁMBITO LABORAL

Los accidentes reportados en los centros de labores de Lima y Callao se redujeron aproximadamente a a la mitad durante 2009, en comparación con 2008, informó el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).


Esto obedece a la campaña de orientación y fiscalización de las normas de seguridad y salud en el trabajo. El año pasado se reportaron 1,126 accidentes de trabajo y 2,125 durante 2008.

Los accidentes mortales y los peligrosos ocurridos en el centro de labores deben ser comunicados al MTPE dentro de las 24 horas de producirse los hechos.

La ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, Manuela García, dijo que su sector intensificó desde 2009 las acciones de fiscalización del cumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo, principalmente en el rubro construcción.

“En el período enero de 2009 hasta febrero de 2010 se aplicaron multas por más de 10 millones de nuevo soles a un grupo de empresas vinculadas con el sector construcción que no cumplían las normas de seguridad y salud en el trabajo.”

Fuente: El Peruano

Diez empresas adeudan S/. 6,309 millones a Sunat

BALANCE. JEFA DEL ORGANISMO CRITICA PROYECTO DE LEY QUE PLANTEA AMNISTÍA Y FRACCIONAMIENTOS

Nahil Hirsh refiere que medida preocupa a la Administración Tributaria


Deudas están en condición de exigibles, en reclamos y apelación

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) informó que hay diez empresas que tienen multas por 6,309 millones 506,924 nuevos soles por deudas tributarias y son encabezadas por Telefónica del Perú (TdP) con casi 2,000 millones de nuevos soles pendientes de pago.

La jefa de la Sunat, Nahil Hirsh, precisó que estas empresas serían las principales beneficiarias si se aprueban los 11 proyectos de ley que existen en el Congreso y que plantean amnistías y fraccionamiento de deudas tributarias.

TdP mantiene multas pendientes de pago, al 30 de setiembre de 2009, por 1,985 millones de nuevos soles, seguida de Engelhard Perú (en liquidación) con 840 millones de nuevos soles y Sedapal con 686 millones.

Otros deudores son Afimetal (502.42 millones), Petroperú (496.55 millones), Panexim (466.40 millones), Inversiones Trinidad (379.42 millones), Industrial Selva, que está en liquidación (349.03 millones), Compañía Aurífera Unión (324.97 millones) y Negociaciones y Representaciones SRL (278.75 millones).

Al respecto, el superintendente nacional Adjunto de Tributos Internos, Ricardo Toma, indicó que parte de las deudas por 6,309.50 millones están en condición de exigibles, otra en reclamos y en apelación.

Hirsh enfatizó que cualquier iniciativa sobre fraccionamiento o condonación de deudas tributarias genera expectativas de no pagar esas obligaciones, tal como sucede en el caso del Impuesto Predial, que cobran las municipalidades, donde la población está pendiente de las amnistías que se den.

"Con estas propuestas premiamos la cultura del no pago. Los congresistas piden ser más eficientes y dedicarnos a lo que es la fiscalización y control de impuesto, pero con estas iniciativas se está desincentivando el pago de los buenos contribuyentes", advirtió.

Si bien reconoció que el fraccionamiento de deudas es un mecanismo legal, subrayó que eso desgraciadamente detiene las acciones de cobranza que realiza la Sunat y debilita todas las acciones contra la evasión tributaria.

La jefa de la Sunat brindó esta información durante su presentación ante la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso.

Desbalance

De otro lado, la Sunat detectó a 500 personas naturales con desbalance patrimonial superior a un millón de nuevos soles y actualmente están siendo sometidas a una exhaustiva fiscalización, señaló Nahil Hirsh.

Precisión de Telefónica

La empresa Telefónica del Perú precisó que cumple con sus obligaciones tributarias y a la fecha no tiene obligaciones pendientes de pago con la Sunat.

"El Grupo Telefónica es uno de los principales contribuyentes en el país y muestra de ello es que, en los últimos cuatro años, sus empresas han aportado por concepto de impuestos (Renta, IGV y otros) la suma de S/. 6,052 millones", señaló María Perales, directora fiscal corporativa de esta compañía.

Perales explicó que los dos conceptos por los cuales se pretende cobrar a TdP son gastos por provisión de deudas incobrables y gastos por intereses de préstamos recibidos.

Mencionó que en el primer caso no se permite a la empresa tomar el gasto por este concepto pese a las gestiones de cobro que se realizan y que han sido acreditadas en los procesos de fiscalización.

En el segundo caso, dijo, la Sunat considera que los intereses de los préstamos obtenidos por TdP desde el ejercicio 1995 a la fecha para financiar la compra de la infraestructura y la expansión de la planta no son deducibles para propósitos impositivos.

Subvaluación

1 La Sunat culminará próximamente la investigación de 36 casos de subvaluación de importaciones procedentes de China, anunció Hirsh.

2 Fruto del convenio aduanero entre el Perú y China se tiene información de las autoridades chinas, por ello se conoce de un caso de subvaluación.

3 Entre esos nuevos casos figuran varios que involucran a malos importadores de confecciones chinas.

Fuente: El Peruano

Multan con S/. 216 mil a clínica por mala práctica

ORDEN. ASUMIRÁ RECUPERACIÓN DE PACIENTE AFECTADO

Indecopi considera que no adoptó las previsiones al momento de operarlo


El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) sancionó a la clínica San Borja con una multa de 216 mil nuevos soles por no tomar las previsiones necesarias antes y durante la operación a un paciente que quedó en estado de coma vegetativo.

El afectado, un hombre de edad avanzada con antecedentes de diabetes e hipertensión arterial, ingresó en la clínica luego de sufrir una caída en su casa y fracturarse la cadera.

Indecopi refirió que la denuncia fue hecha por los hijos del agraviado, quienes presentaron una serie de pruebas y argumentos para demostrar la mala práctica del establecimiento de salud.

Estas evidencias fueron corroboradas mediante un peritaje médico contratado para este caso, indicó.

A través de dicho peritaje se determinó que la clínica no realizó un estudio de riesgo anestesiológico previo al paciente.

Asimismo, adelantó la operación de manera injustificada, sin respetar la recomendación de los especialistas en endocrinología y anestesiología y no realizó un adecuado monitoreo durante la intervención.

La Sala de Defensa de la Competencia 2, última instancia del Indecopi, confirmó la multa impuesta por la Comisión de Protección al Consumidor a la clínica San Borja, de 60 unidades impositivas tributarias y ordenó devolver los gastos al paciente afectado.

Fuente: El Peruano

Consultas en las farmacias son un riesgo para la salud

INDUCCIÓN. DIGEMID SEÑALA QUE CAMPAÑAS SÓLO BUSCAN VENDER MÁS MEDICAMENTOS

La ley lo prohíbe a menos que trabaje con un consultorio y la Diresa


Personas que acuden no tienen certeza de ser atendidas por un médico

Las campañas médicas gratuitas que realizan farmacias y boticas privadas pueden poner en riesgo la salud de la población al servir como mecanismo para impulsar la venta de medicamentos, muchas veces sin exigir la receta médica.

El responsable de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid), Víctor Dongo Zegarra, precisó además que la ley les prohíbe realizar este tipo de actividades.

"El artículo 40º de la Ley de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, señala claramente que está prohibida la publicidad que se realice a través de cualquier actividad que incentive la venta, prescripción o dispensación de productos farmacéuticos en cualquier farmacia o botica del país."

Precisó que ello implica que el establecimiento farmacéutico está prohibido de atender consultas a través de supuestas campañas de salud.

Advirtió que el objetivo de estas actividades no es realizar una labor social, sino vender la mayor cantidad de medicamentos con el pretexto de una consulta médica gratuita.

Indicó también que otro aspecto preocupante es que las personas que acuden a estas campañas de salud no tienen la seguridad de ser atendidas por un profesional acreditado por el Colegio Médico y de acuerdo con la especialidad que corresponde.

"A pesar de eso, es habitual encontrar en farmacias o boticas de diversas cadenas –especialmente fuera de Lima– letreros que anuncian supuestas campañas gratuitas de consultas en medicina general para adultos y niños, en condiciones inapropiadas para la atención de las personas."

Ambientes inapropiados

Agregó que estas consultas se realizan en los mismos ambientes donde se comercializan los medicamentos, con gente haciendo cola a la intemperie, siendo atendidas al paso en una mesa pequeña y sin privacidad.

Dongo remarcó que una consulta médica requiere de confidencialidad, un ambiente con condiciones saludables, y un periodo de tiempo suficiente para que el médico pueda conocer a fondo las molestias de los pacientes que acuden a él. En tal sentido, dejó en claro que estas premisas se incumplen en las campañas organizadas por las farmacias y boticas privadas.

Coordinar acciones

Como alternativa a esta situación, el titular de la Digemid propuso que si un establecimiento farmacéutico desea realizar una campaña médica que asegure una adecuada atención a los pacientes. Debe hacerlo mediante un consultorio médico privado, previamente registrado ante la Diresa respectiva o en la Disa del Ministerio de Salud.

“Normalmente, las campañas de salud organizadas por municipios, gobiernos regionales o institutos armados se llevan a cabo en espacios públicos y en coordinación con las Disa y Diresa.”

Fuente: El Peruano

Impuestos indirectos y su imposición en el Perú

ANÁLISIS. SU APLICACIÓN Y VIGENCIA DESPLAZA CADA VEZ MÁS A TRIBUTOS DIRECTOS, INCLUSO EN PAÍSES DESARROLLADOS

Administración prioriza simplificación en la aplicación y control fiscal


Plantean medidas para evitar perjuicios de este modelo en empresas

Javier Luque B.

Abogado tributarista (*)

Pareciera que existiera un convenio entre todos los países con la finalidad de incrementar su recaudación a base de la imposición indirecta. Pero no existe tal convenio, sino de una lógica coincidencia, basada en el hecho de que los impuestos indirectos, a diferencia de los directos, son de fácil determinación y aplicación, lo cual facilita notoriamente su control fiscal. Por ello, estos tributos han venido desplazando a los directos en importancia en cuanto a recaudación se refiere, incluso en los países desarrollados, a pesar de que estos últimos tienen una excelente administración.

Este proceso es interesante porque se da pese a que los impuestos directos permiten alcanzar mejor que los indirectos los objetivos de redistribución de la riqueza. Sin embargo, desde su aparición, a fines de la Primera Guerra Mundial, se nota este desplazamiento en el orden de importancia dentro de los diferentes sistemas tributarios; observándose, además, que con el tiempo se han venido haciendo cada vez más técnicos y neutrales con la adopción de técnicas impositivas como la del valor agregado (IVA).



Sistema peruano

En el Perú también se viene dando la tendencia de priorizar la simplificación de los impuestos a fin de facilitar su aplicación y el control fiscal, incluso en perjuicio de la equidad si fuese necesario. Esta tendencia se ha visto recientemente, por ejemplo, en el IR, al haberse implementado un régimen de carácter cedular para la afectación de las rentas del capital, lo cual permite así una aplicación mucho más simple que un régimen globalizado a pesar de que, sin duda, deja de lado la equidad al afectar estas rentas con un menor nivel de imposición.

Es sin embargo en el IGV que se aprecia con mayor nitidez esta tendencia, como en el caso de los ajustes legislativos habidos en los últimos años con la finalidad de castigar, sin posibilidad de subsanación, el incumplimiento de requisitos formales para la determinación del crédito fiscal, facilitándose de ese modo el control fiscal, pero vulnerando a cambio la esencia misma de la técnica de imposición al valor agregado que adopta el referido tributo.

La exageración de esta tendencia se ha neutralizado un poco con la dación de las Leyes Nº 29214 y 29215, lográndose a través de las mismas que la sustancia prevalezca sobre la forma.

En una economía de mercado, como pretende ser la nuestra, los impuestos deben permitir obtener la recaudación necesaria con eficiencia, esto es respetando la neutralidad. En la medida que se logre ello, los agentes económicos no se verán obligados a adoptar actitudes que solo respondan a razones de orden tributario. De ahí la tendencia de los últimos años de ir eliminando paulatinamente las exoneraciones y demás beneficios de carácter sectorial o geográficos. Aún tenemos algunas asignaturas pendientes para el logro de este objetivo.

(*)Miembro del Instituto Peruano de Derecho Tributario y Socio principal de Tax & Legal de KPMG en Perú.

Desarrollo de nuevo negocios

En el Perú nuestros impuestos indirectos son los mismos hace ya varias décadas, y si bien se incrementó la tasa del IGV de 18% a 19% hace algunos años ello se hizo para compensar la menor recaudación originada por la derogación de otros gravámenes antitécnicos, como era el llamado impuesto de solidaridad y para no crear nuevos impuestos selectivos al consumo.

Sin embargo, posteriormente se ha creado todo un sistema de pagos anticipados, como los regímenes de Percepciones y Retenciones para el IGV y el de Detracciones para otros tributos, además del IGV, lo cual viene ocasionando que las empresas tengan que asumir una mayor carga operativa a la que normalmente tienen, pues se les impone una serie de obligaciones a cumplir que lejos de facilitarles su funcionamiento, llegan incluso a configurarse como un verdadero obstáculo a nivel interno, sin tener en cuenta, además, que el pago adelantado de impuestos obliga a las empresas a asumir un costo financiero elevado que les resta liquidez y diversas oportunidades de lograr mayores inversiones.

Propuestas

El rol del Estado y los beneficios para ayudar a las empresas a adecuarse a las nuevas tendencias en el sistema tributario es un tema en agenda.

En efecto, el elevado nivel de informalidad que existe en nuestro país ha obligado al Estado a implementar, como hemos mencionado anteriormente, un sistema tributario que privilegia cada vez más la simplicidad sobre la equidad, además de la necesidad de contar con los regímenes de pagos anticipados de tributos.

Mientras esta situación subsista, el Estado deberá hacer un mayor esfuerzo para contrarrestar los evidentes perjuicios que estas medidas vienen ocasionando a las empresas.

Es por ello que, entre otras medidas, deberá encontrar mecanismos más eficientes para la devolución de los adelantos indebidos y, en todo caso, analizar la posibilidad de reconocer a los contribuyentes intereses por los pagos anticipados a fin de neutralizar el perjuicio financiero y los mayores costos administrativos que les viene ocasionando.

Fuente: El Peruano

Crean registro para quejas contra malos jueces

OCMA. INVESTIGACIONES TAMBIÉN IMPLICARÁN LA ACTUACIÓN DE LOS ABOGADOS Y LITIGANTES

Denuncias podrán ser anónimas y solo se exigirá una prueba mínima


El jefe de la Oficina de Control de la Magistratura (Ocma), Enrique Mendoza Ramírez, anunció que este organismo abrió un registro y estableció el procedimiento para acoger quejas sobre inconductas funcionales de algunos jueces presentados por denunciantes anónimos.

Refirió que la corrupción en el Poder Judicial forma parte de una cuestión cultural, la cual está relacionada intrínsecamente con los litigantes, abogados y jueces, quienes finalmente caen “en esta situación”.

“Abrimos un registro y un proceso de denunciantes, de ciudadanos que de manera anónima puedan presentar una denuncia (contra la labor de un magistrado); eso sí, les exigimos una prueba mínima para poder sustanciar estas denuncias”, explicó el magistrado en una entrevista radial.

En las investigaciones sobre inconductas funcionales de los jueces también se comprenderá el actuar de los abogados que participan en dichos actos de corrupción.

Está muy bien “crucificar al juez que participó en una inconducta”, pero también era necesario denunciar al hombre de leyes ante el colegio de abogados de su jurisdicción, resaltó.

Defensoría

La Ocma, de igual modo, ha implementado la Defensoría del Usuario Judicial, que permitirá investigar cualquier denuncia verbal de litigantes, con la finalidad de que se solucione inmediatamente y no termine en un expediente más.

Fuente: El Peruano

PJ atenderá ejecución de sentencias supranacionales

DETERMINACIÓN. DISPONEN CREACIÓN DE JUZGADO ESPECIALIZADO CON COMPETENCIA NACIONAL

Darán cumplimiento a fallos emitidos por tribunales internacionales


En especial para las decisiones en materia de DD HH

El Poder Judicial aprobó la creación del juzgado especializado en ejecución de sentencias supranacionales, al disponer la conversión del 48° Juzgado Especializado en lo Civil de Lima en Juzgado Especializado en Ejecución de Sentencias Supranacionales, a fin de dar cumplimiento a los fallos emitidos por tribunales internacionales en materia de DD HH.

Con esta decisión, la judicatura demuestra el escrupuloso cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado peruano ante los organismos internacionales, así como el acatamiento de sus fallos.

El juzgado especializado en ejecución de sentencias supranacionales funcionará bajo la comprensión territorial y orgánica del distrito judicial de Lima, pero tendrá competencia supraprovincial (a escala nacional) para conocer de todos los casos relacionados con el cumplimiento de sentencias emitidas por tribunales internacionales en materia de DD HH.

Según la RA Nº 089-2010-CEPJ, la sentencia que emita el tribunal internacional será transcrita por la Cancillería al presidente de la Corte Suprema de Justicia, quien la remitirá a la Sala donde se agotó la jurisdicción interna, disponiendo su cumplimiento por el juez especializado en ejecución de sentencias supranacionales.

Añade también que el Juzgado Especializado en Ejecución de Sentencias Supranacionales podrá, en adición de sus funciones, atender expedientes de la especialidad civil.

Justificación

La medida se justifica en la Constitución, respecto a que es deber del Estado garantizar la vigencia de los DD HH, precisando que los tratados celebrados son parte del derecho nacional. Además, la Ley Nº 27775, que fija las reglas de ejecución de dichas sentencias cuyo fallo obligue al Estado al pago de dinero por concepto de indemnización por daños y perjuicios por cargo del Estado.

Reglas

Las sentencias serán aquellas que tienen como fallo la obligación, por parte del Estado, al pago de suma de dinero por concepto de indemnización por daños y perjuicios o sean meramente declarativas.

La carga procesal del cuadragésimo octavo juzgado en lo civil, cuando sea necesario será distribuida a los demás juzgados de la especialidad civil.

El Ministerio de Relaciones Exteriores transcribirá la sentencia emitida por el tribunal internacional para emitirlo a la Corte Suprema, que a su vez lo remitirá a la sala donde se agotó la jurisdicción interna y, finalmente, se dispondrá su ejecución por el juzgado especializado en ejecución de sentencias supranacionales.

Fuente: El Peruano

Fortalezca la alianza con sus clientes

RECOMENDACIÓN. DAR UNA BUENA ATENCIÓN LE AYUDARÁ A LOGRAR UN MEJOR POSICIONAMIENTO EN EL MERCADO

Tendrá mayores ventas si ofrece las alternativas que ellos buscan


Es necesario promover el diálogo para obtener más información

En un entorno cada vez más competitivo, las estrategias para captar nuevos clientes o para mantener a los actuales, cada vez son más agresivas. Pero, adicionalmente, para lograr un mejor resultado en el mercado es indispensable tener un mejor conocimiento de los consumidores.

Así, lo recomendable es que antes de vender algo a una persona, usted debe haber identificado sus necesidades para saber qué debe ofrecerle y las condiciones en que debe hacerlo.

Siga estas pautas sobre cómo conocer los requerimientos de sus futuros clientes:

• Antes de reunirse con el cliente, averigue lo relacionado a su sector. Lea los diarios de negocios pertinentes, vaya a la biblioteca y busque revistas con artículos acerca de su producto o industria.

• Descubra quiénes son los competidores de su cliente, cuáles son los próximos cambios en su empresa y los temas principales que le preocupan.

• Pero recuerde que siempre obtendrá una mejor información y visión de los temas que le preocupan a su cliente al hablar directamente con él.

• Es conveniente que sea paciente. Al reunirse con un cliente, no vaya con una idea preconcebida de lo que le va a vender y la forma en que lo hará.

• Venderá más a largo plazo si averigua los aspectos de la transacción que más le preocupan a su cliente.

Por ejemplo, aun cuando usted y sus competidores estén vendiendo el mismo producto al mismo precio, a su cliente le pueden preocupar las condiciones de pago, a otro podría interesarle específicamente la confiabilidad de los envíos y para otro lo más importante podrían ser las garantías que ofrece el producto.

• Trate de escuchar atentamente. Cuando haga una visita de negocios, procure al menos equilibrar la información que reúne con la que entrega. Esto significa hacer preguntas y esperar hasta que su cliente haya terminado de responder.

• No comience a hacer objeciones antes de que su potencial cliente haya terminado de hablar. Mientras más escuche a sus clientes, mejor entenderá los aspectos que les preocupan. Una vez que los conozca, asegúrese de que sus presentaciones aborden esas preocupaciones y, finalmente, logrará hacer el negocio.

• Busque el diálogo. No formule preguntas cerradas que sólo le reporten un “sí” o un “no” como respuesta. Trate de formular preguntas que comiencen con “qué”, “cuándo”, “dónde”, “cómo”, “dígame” y “por qué”, ya que ellas prácticamente obligan a la persona a dar respuestas más elaboradas.

Con ello obtendrá respuestas que le permitirán iniciar conversaciones. Por ejemplo, si pregunta: “¿Tiene problemas con los proveedores?” no llegará tan lejos como si pregunta: “¿Qué le gustaría que sus proveedores mejoraran?” Su objetivo es que su potencial cliente hable de sus problemas e inquietudes de modo que usted pueda encontrar la forma de solucionárselos a través de su empresa.

Datos

Le conviene evitar preguntas que resulten incómodas o que no permitan obtener alguna información.

En lugar de eso, formule preguntas que soliciten información clave.

Si pregunta a un cliente: “¿Le puedo hacer una proposición en relación con ese proyecto?”, obtendrá como respuesta un “sí” o un “no” y sería todo.

En cambio, si comienza diciendo: “Dígame los criterios que busca en una propuesta...”, podrá obtener información fundamental en lugar de finalizar la conversación.

Fuente: El Peruano

Pyme deben aprovechar mejor las compras estatales en EE UU

OPORTUNIDAD. ACCEDERÁN A UN MERCADO DE 850 MIL MILLONES DE DÓLARES ANUALES, SOSTUVO DIRIGENTE DEMÓCRATA DE ESE PAÍS

Los empresarios del sector deben invertir más en su capacitación




Fuentes dijo que se acercarán a directiva del emporio Gamarra



SONIA DOMíNGUEZ DOMíNGUEZ

sdominguez@editoraperu.com.pe



A poco más de un año de implementado el Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos, que ofrece una serie de ventajas a los productos peruanos, aún no fue explorado ni explotado en toda su magnitud.

Si bien es cierto que la puesta en marcha de este convenio coincidió con la crisis financiera internacional, ahora que la economía estadounidense comienza a reactivarse es conveniente asegurar que se aproveche de mejor manera este acuerdo.

Al respecto, el dirigente del Partido Demócrata del Condado de Queens, el peruano Kilder Fuentes, manifestó que hay tareas pendientes para lograr que las pequeñas y medianas empresas (pyme) accedan en mejores condiciones a esa plaza norteamericana, haciendo uso de este acuerdo.

Así, enfatizó la necesidad de que los empresarios pyme inviertan más en capacitación para lograr un mayor conocimiento sobre cómo hacer más negocios con la economía estadounidense. “Un potencial importante para hacer negocios en Estados Unidos radica en las compras estatales”.

De este modo, detalló que las importaciones del sector privado aún están en un proceso de recuperación lento, pero no así el gasto fiscal. Justamente para impulsar la reactivación de su economía elevó su presupuesto.

Se tiene un mercado de 850 mil millones de dólares, que es de las compras estatales estadounidenses. “Mediante el TLC las empresas peruanas domiciliadas en el país pueden acceder a estos programas de adquisiciones”.

Sin embargo, reconoce que esas oportunidades para hacer negocios con Estados Unidos no están siendo aprovechadas.

“Parte de esta situación se explica en el desconocimiento de los procedimientos en Estados Unidos para las compras estatales. Toda esa información es transparente y pública”, comentó.

En ese contexto, lo importante sería que las empresas locales se agrupen y capaciten a personal que domine el inglés para que les elaboren resúmenes de los pedidos que hacen las entidades públicas peruanas. “Hay que tener presente que esta información se actualiza en forma constante. La idea es no dejar pasar ninguna oportunidad”.

Las operaciones que aprovecha el Perú generalmente es por ventas entre 500 y 10 mil dólares. “Éstas se pueden intensificar más con el TLC”, dijo.

En este sentido, consideró que este año habrá un mejor aprovechamiento de las compras estatales estadounidenses por las pyme peruanas.

Así, mediante el Concilio Nacional Peruano Americano, que dirige Fuentes, se logró un acercamiento con el Colegio de Abogados de Lima para asegurar una mayor difusión de estas oportunidades y de sus procesos legales.

Igualmente, prevén reunirse con representantes del emporio comercial de Gamarra.

Inversiones

Fuentes aseguró que no solamente se trata de hacer más negocios con Estados Unidos, sino también de captar sus inversiones “en ese punto hay una gran tarea por realizar.”

Al respecto refirió el caso del evento Perú: Regiones 2009, en el que Fuentes tuvo a su cargo traer a un grupo de inversionistas estadounidenses. “En esa ocasión uno de los principales problemas que encontraron los interesados fue el idioma”.

De igual modo, encontraron un esquema tributario bastante complejo. “Fueron a la Sunat y se dieron cuenta de que no habían personas que los pudieran atender en su idioma”.

Para captar más inversiones es necesario disponer de los profesionales que sean necesarios para lograr una adecuada recepción de ese interés. En este sentido, dijo que la sociedad civil mediante sus colegios profesionales tiene que cumplir un rol fundamental.

Rubros

Los sectores que fueron identificados con mayor potencialidad en el rubro de compras estatales son los siguientes:

Muebles, que incluye muebles de hogar, muebles de oficina, vitrinas, lockers, papeleros o basureros y estantes, muebles misceláneos, ya sean de madera o no;

Alimentos, tales como carne, pollo, pescado, frutas y vegetales, productos de panadería y cereales, condimentos y productos relacionados, café, té y cocoa, bebidas no alcohólicas; textiles, que incluyen tanto ropa exterior como interior para hombres y mujeres, así como telas;

Urnas y ataúdes, que se encuentran dentro de la categoría “equipos mortuorios y suministros”, que comprende productos tales como placas de bronce, inscripciones, nichos, bóvedas, entre otros.

Material quirúrgico, que incluye vendaje, compresas, gasas, apósitos, almohadillas, esponjas y material quirúrgico impregnado;

Servicios de consultoría en programas informáticos y procesamiento de datos.

Fuente: El Peruano

Peatones pagarían multa

CONGRESO. EVALÚAN ESTABLECER LA RESPONSABILIDAD SOLIDARIA

Peatones pagarían multa


La comisión de una falta de tránsito implicaría a propietario y al chofer

Un predictamen que establece la responsabilidad solidaria en el pago de multas, entre propietarios, conductores de vehículos y hasta de los mismos peatones, cuando se trate de la comisión de una infracción de tránsito, aprobó ayer por unanimidad la Comisión de Transportes del Congreso.

De acuerdo con la iniciativa, los peatones también serán responsables en cuanto al pago de la multa que debe aplicarse por la comisión de determinada infracción de tránsito.

Aunque apoyó la propuesta, la legisladora Lourdes Alcorta (UN) indicó que había varios otros proyectos de ley sobre la materia que podrían trabajarse en una sola propuesta de dictamen para su aprobación y que así pase al pleno. Resolvieron también acentuar sus labores de fiscalización del tránsito.

Fuente: El Peruano

Notibreves

SUPERAN LOS S/. 32 MLLNS


Tasas judiciales

Un total de 32´621,286.77 nuevos soles recaudó la Corte de Lima por concepto de tasas judiciales en 2009, monto que permite incrementar los ingresos del Poder Judicial en beneficio directo de un mejor servicio de justicia. Estos ingresos responden a aranceles judiciales, TUPA y el pago por derecho de notificación que el litigante abona en el BN al momento de realizar un trámite judicial.

Sunat otorga MÁS FACILIDADES

Exportadores

La Sunat implementó un mecanismo de seguridad para la presentación del programa de declaración de beneficios (PDB) a exportadores, mediante la RS Nº 103-2010/SUNAT. Así, los exportadores que cuentan con un código de usuario y clave sol pueda presentar el PDB a través de Sunat Virtual, extender el uso del nuevo código de envío a la presentación del citado PDB y permitir el uso de discos compactos o memorias USB.

Fuente: El Peruano

Bancos informarán a herederos de cuentas

PRECEDENTE. SANCIONAN A ENTIDAD POR FALTA DE COMUNICACIÓN OPORTUNA

Indecopi reconoce derechos a familiares de una persona fallecida


Para solicitar y acceder a fondos que éste hubiera dejado en vida

Los herederos de una persona fallecida se convierten en titulares de sus cuentas bancarias y, por lo tanto, tienen derecho a solicitar toda la información que requieran y acceder a los fondos que éste haya dejado en vida.

Así lo determinó el Indecopi, a través de la Sala de Defensa de la Competencia Nº 2, al sancionar al Banco de Crédito del Perú por no brindar la información que solicitaron los herederos de uno de sus clientes, sobre las cuentas que éste tenía en dicha entidad bancaria.

De acuerdo a la investigación, la institución bancaria se negó a otorgar copia del contrato de préstamo del cliente fallecido, así como a informar sobre los fondos que tenía en las sucursales del banco en Perú, Panamá y Estados Unidos, precisa una nota de prensa del Indecopi.

Ante ello, el Indecopi determinó que al préstamo, solicitado a través de la sede central del Banco, desde Perú, se le aplicaban las leyes de nuestro país, por lo que corresponde atender la solicitud de información de los herederos al respecto. Sobre las cuentas bancarias, la entidad sí ofreció información, pero incompleta.

Finalmente, la institución ordenó al Banco de Crédito que cumpla con ofrecer un servicio adecuado a los herederos de su cliente, informándoles de manera precisa sobre la totalidad de las cuentas, en un plazo no mayor de cinco días hábiles. Asimismo, resolvió que el banco cubra con todos los gastos que los denunciantes tuvieron en este proceso y lo sancionó con una multa de dos Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

El Indecopi, de esa manera, justifica la publicación de esta decisión con el fin de alertar a los proveedores para que no incurran en faltas similares, así como también para que los consumidores conozcan sus derechos.

Banco responde

Con relación a esta sanción, el BCP dijo que procesa, regularmente

y sin inconvenientes, centenares de solicitudes de herederos que necesitan información o acceso a las cuentas de clientes titulares fallecidos, dentro de los alcances y facilidades que la ley establece, y la celeridad que estas situaciones ameritan.

En este caso, particular y atípico, además del procedimiento administrativo llevado a cabo en el Indecopi, existe adicionalmente una serie de juicios en curso, a nivel del Poder Judicial, motivo por lo cual el BCP y sus representantes se encuentran impedidos de hacer declaraciones, sino hasta que el caso de la referencia sea resuelto en la vía judicial, precisó la entida bancaria.

Fuente: El Peruano

Multas por no presentar IR 2009

Hasta el próximo 12 de abril, los contribuyentes tienen plazo para presentar la Declaración Jurada de Regularización del Impuesto a la Renta - Ejercicio 2009, de conformidad con lo dispuesto por la Sunat. (Ver cronograma).


A continuación, se indican las multas rebajadas que deben pagar los contribuyentes omisos, siempre que subsanen su situación antes de cualquier requerimiento del ente fiscal.

En principio, conforme a las tablas de infracciones y sanciones previstas en el Código Tributario, aprobado por D. Leg. Nº 981, las multas varían según se trate de contribuyentes del régimen general (Tabla I) o de personas naturales que han generado rentas de primera y cuarta categoría (Tabla II). Para determinar el monto de la multa debe considerarse la UIT vigente, esto es, S/.3,600. La multa está sujeta al régimen de gradualidad (rebaja), según la RS Nº 063-2007-SUNAT.

En el régimen general, la multa es de S/. 3,600, si la omisión a la declaración jurada se regulariza voluntariamente la multa será el 10% de la UIT, es decir S/. 360 (siempre que se pague la multa) y, del 20% de la UIT, es decir. S/. 720 (si la DJ se regulariza sin pago de la multa).

En personas naturales: para contribuyentes de primera, cuarta y quinta categoría, de ser el caso, la multa es 50% de la UIT (S/. 1,800). Si la omisión a la DJ se regulariza voluntariamente, la multa será 10% de S/. 1,800 (S/.180), siempre que se pague la multa; y, el 20% de S/. 1,800 (S/.360), si presenta la DJ omitida sin pagar la multa.

Las multas rebajadas antes mencionadas, sólo se aplican cuando el contribuyente regulariza su situación, antes de cualquier requerimiento de SUNAT.

Tener presente

Primero, si la declaración jurada se regulariza a requerimiento y dentro del plazo otorgado por la SUNAT, las multas antes referidas (S/.3,600 y S/.1,800) se rebajarán en 60% (subsanación con pago de multa) y 50% (subsanación sin pago de multa).

Segundo, Las multas se pagan con intereses moratorios (1.2% mensual ó 0.04% diario), desde el día siguiente al vencimiento hasta la fecha de pago inclusive (Res. 053-2010-SUNAT)

Fuente: El Peruano

Busque realzar las fortalezas de su empresa

PAUTA. LA IDEA ES QUE ASIGNE MÁS TIEMPO A DESARROLLAR SUS PUNTOS FUERTES

No sólo debe impulsar el desempeño personal sino también el grupal


Todas las personas tienen experiencias que pueden compartir

En un entorno cada vez más competitivo, para lograr mejores resultados en la ejecución de tareas dentro de su empresa es necesario que los equipos de trabajo estén conscientes de sus fortalezas, las que deben ser reconocidas y aceptadas por todos los miembros.

Sin embargo, hay que tener presente que la mayoría siempre tiende a notar más los puntos negativos, las limitaciones y los errores de los demás que las cualidades positivas.

Asimismo, la mayoría de personas dedica gran cantidad de su tiempo, energía y recursos a minimizar sus debilidades personales y empresariales. Pero en muchas ocasiones terminan sintiéndose frustrados por los pocos resultados obtenidos.

En cambio, si le asignan un mayor tiempo a desarrollar sus puntos fuertes, lograrán mejores resultados con menos tiempo, energía y recursos. Con esto se podrá lograr una diversidad eficiente en los equipos de trabajo.

Fortalezas unidas

Para lograr un mejor desempeño dentro de una compañía no sólo se debe buscar el desarrollo personal, sino también el de los grupos de trabajo. Por eso siempre es recomendable desarrollar el hábito de apreciar en los demás los aspectos positivos.

A fin de lograrlo es importante que afiance la seguridad en sí mismo y que se transmita a los compañeros de trabajo, ya que la poca confianza personal obstaculiza el crecimiento

También es importante conocer las debilidades de su equipo de trabajo y dedicar tiempo a reflexionar en forma individual y grupal para crear planes de acción.

Tenga presente que todas las personas tienen experiencias que pueden compartir con otros para desarrollar sus fortalezas, y lograr un enriquecimiento mutuo y con ello prevenir errores.

Además, cada uno debe aceptar su rol en el equipo completo y el resto de los miembros tiene que reconocer sus espacios y responsabilidades.

Otro aspecto es reconocer al líder, ya que éste hace posible que se avance en la dirección correcta para desarrollar las fortalezas en función del equipo de trabajo para obtener excelentes resultados.

Cada miembro del equipo debe tener un plan de desarrollo personal que le permita crecer sobre la base de sus fortalezas. Éste puede incluir cursos, seminarios, talleres, lecturas, recursos audiovisuales y mentores, entre otros.

Además, se debe apoyar en el desarrollo de sus fortalezas y sobrepasar los resultados esperados como un equipo.

Errores

Es importante conocer los puntos fuertes de todos los miembros que conforman un grupo de trabajo. El no hacerlo puede llevar a colocar a una persona en un puesto en el que no es eficaz.

Quienes son colocados en posiciones incorrectas sienten que su potencial está bloqueado y que pueden rendir mejor en la posición correcta. Asimismo, algunos ya no querrán trabajar en la labor encomendada ni en persona ni en equipo, pues no estarán satisfechas ni motivadas.

El resultado de una mala elección genera pésimos resultados, disconformidad y la posibilidad que no concluya la labor que se encomendó.

Datos


Para lograr el éxito en un trabajo debe emplear el 80% de su tiempo en trabajar puntos fuertes.

El 15% en aprender temas nuevos y el 5% en mejorar sus debilidades.


Fuente: www.mercadeobrillante.com

Sutran aplicará tecnología

FISCALIZACIÓN. ADQUIRIRÁN EQUIPOS SATELITALES

Objetivo es lograr con la Policía de Carreteras una interconexión directa


Con el fin de ejecutar labores de fiscalización más intensas y articuladas, la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran) prevé ampliar el uso de elementos de alta tecnología, a través de nuevos sistemas y modernos equipos satelitales.

Así lo adelantó la jefa de ese organismo, Elvira Moscoso, al detallar que durante su gestión se adquirirán aparatos móviles de fácil uso, equipos portátiles de control GPS, así como sistemas de control de velocidad con modernas cámaras de video.

Agregó que la Sutran también implementará un sistema integrado de información en línea, que busca una interconexión directa con la Dirección Policial de Carreteras y las entidades que contribuyen a las tareas de control.

El nuevo sistema en línea permitirá al agente fiscalizador no sólo cruzar información en tiempo real, sino también acceder a una data para verificar que los documentos presentados por los intervenidos sean originales.

Fuente: El Peruano

Plantean que sospechosos sean detenidos por 24 horas

Sostiene que tiempo serviría para investigarlos y entregarlos a la justicia


En casos de delitos flagrantes solo afecta la acción policial

Modificar la Constitución para restablecer el principio de autoridad y que la Policía Nacional pueda detener a un sospechoso por 24 horas para investigarlo y no solo en delito flagrante como ocurre actualmente, planteó el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (Conasec).

“Hay que darle herramientas al policía que no las tiene, pues éste no puede detener a alguien sabiendo que es sospechoso o reincidente, si no hay flagrancia. En el país la delincuencia está más favorecida que el agraviado”, remarcó Eduardo Pérez Rocha, secretario técnico de dicho consejo.

Comentó que las filmaciones que hacen las cámaras de videovigilancia sirven para identificar a los delincuentes mas no para detenerlos porque no se les encuentra en flagrancia.

También opinó que con esa facultad, durante una batida, se podría detener a presuntos delincuentes, hacerles el seguimiento respectivo y determinar su participación en hechos delictivos.

Aporte de pruebas

Pérez Rocha explicó que las normas actuales señalan que si un delincuente es detenido en flagrancia, pero no se aportan pruebas, no se le puede poner a disposición de la justicia y entonces sale en libertad.

“Aunque se agarre al delincuente in fraganti, si éste sostiene que pasaba circunstancialmente por el lugar donde se cometió el robo, entonces es la palabra del denunciante contra la del denunciado”, señaló.

Agregó que para obtener pruebas en contra del presunto delincuente se tiene que usar los recursos de Criminalística y Medicina Legal, que si bien tienen un gran laboratorio para captar huellas y otros indicios, todo el procedimiento tarda buen tiempo hasta conseguir resultados superando las 24 horas que permite la ley.

El titular del Conasec demandó también que se cumpla la Ley 27933 que establece la obligatoriedad de formar los comités de seguridad ciudadana en los ámbitos regional y local y que éstos se reúnan por lo menos una vez al mes. “Estas autoridades no cumplen porque no hay penas que sancionen ese incumplimiento.”

Arresto ciudadano

Respecto a la vigencia del llamado arresto ciudadano, que faculta a cualquier persona a detener a otra en flagrante delito, Pérez Rocha dijo que hasta el momento no registra ninguna estadística relevante, salvo algunas intervenciones del serenazgo con la Policía. Consideró que este resultado era previsible por cuanto es difícil que los ciudadanos se arriesguen a intervenir, pues el delincuente de ahora no se defiende con sus puños sino que, por lo general, tiene arma de fuego.

Datos

El especialista aseguró que las estadísticas sobre denuncias de robo por parte de las víctimas dan una percepción falsa porque se piensa que al haber menos denuncias es porque la delincuencia disminuye.

La realidad –dijo– es que la gente prefiere no denunciar porque no cree en el sistema y sabe que la Policía le pedirá las facturas de los bienes robados.

Solo dos de cada diez víctimas denuncian este tipo de delitos, y que por eso se le debería dar crédito a la palabra de la persona agraviada.

Fuente: El Peruano

Discapacidad e inclusión

Dicen que todos somos iguales y que tenemos los mismos derechos, pero ésta puede ser solo una frase para ciertos sectores de la población, como la compuesta por personas con habilidades distintas.


Pero muchas de las personas con discapacidad, no obstante contar con la Ley Nº 27050 y su modificatoria Nº 28164, que regula la protección de sus derechos en servicios de salud, trabajo y educación, no ven traducidos estos mandatos.

Esta situación cobra mayor vigencia cuando se comprueba que existen instancias públicas donde no se reconoce al otro, ni se le quiere incluir o tratar en igualdad de condiciones. Ello venía ocurriendo en el Instituto Superior Tecnológico Público "Manuel Núñez Butrón", que había incumplido con reservar el 5% del total de vacantes destinadas a las personas con discapacidad.

Ante esta situación, los comisionados del módulo de Juliaca le recordaron a las respectivas autoridades educativas que dicha exclusión transgredía los derechos de estas personas al infringir la Ley Nº 27050, la cual fija que en los procesos de admisión para el ingreso a universidades públicas o privadas, institutos o escuelas superiores, se debe reservar un 5% de las vacantes para las personas con discapacidad, a fin de que éstas puedan acceder a dichos centros.

Esta realidad pudo ser comprobada por la Defensoría, luego de verificar el respectivo prospecto para el proceso de admisión 2010.

A partir de las gestiones y recomendaciones formuladas por la defensoría, las autoridades del instituto cumplieron con subsanar la omisión advertida, comunicando que la comisión de admisión dispuso la reserva respectiva.

Finalmente, se le reiteró a las autoridades que de acuerdo a lo dispuesto en la Constitución, toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley, por lo que nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole.

Fuente: El Peruano

Mejorará calidad de servicio

SALUD. TRABAJADORES EVENTUALES PUEDEN ACCEDER AL ASEGURAMIENTO UNIVERSAL POR S/. 280 AL AÑO

Es un financiamiento accesible, precisa ministro Óscar Ugarte


Personal cuya situación está en rangos de pobreza ingresa en el SIS

Los trabajadores eventuales del país podrán acceder al aseguramiento universal en salud con un aporte anual de 280 nuevos soles, que cubre las principales demandas de atención en este rubro, informó el ministro de Salud, Óscar Ugarte, al destacar que con la vigencia de la ley y su reglamento mejora sustancialmente la calidad del servicio a la población en igualdad de oportunidades.

Manifestó que el monto señalado permite cubrir el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), que garantiza el 80% de las atenciones que la población demanda. “Se trata de un financiamiento accesible para todas las personas que tienen trabajos eventuales.”

Ugarte precisó que la ley y su reglamento establecen que los trabajadores cuya situación económica está en los rangos de pobreza ingresan directamente al Seguro Integral de Salud (SIS) que es un sistema subsidiado por el Estado.

Para el personal que no está en condición de pobreza y puede cotizar alguna suma, existen las modalidades contributiva, similar a la seguridad social, y semicontributiva, cuando el Estado cubre una parte del aporte y el trabajador otra parte, explicó.

“El aseguramiento universal es, sin duda, la reforma social más importante del Gobierno, y ahora el reglamento de la ley permite su ampliación en los mejores términos.”

En el aseguramiento universal participan instituciones públicas y privadas, de tal manera que se garantiza el servicio de salud a toda la población sin excepción alguna, sostuvo.

DNI

El titular de Salud subrayó que uno de los aspectos importantes del aseguramiento universal radica en que la atención solo requiere de la presentación del Documento Nacional de Identidad (DNI) del paciente.

Recordó que antes los pacientes tenían diversas maneras de identificarse –DNI, carné de sanidad, libreta militar, entre otros– y ahora se estandariza las posibilidades de atención.

“De acuerdo con la norma de aseguramiento universal, basta la presentación del DNI para que una persona pueda recibir atención en cualquiera de los servicios sin importar la edad.”

El aseguramiento universal, detalló, permitirá que continúe el esfuerzo del Estado para entregar DNI a todos los niños desde que nacen y que este sea en adelante el mecanismo de identificación de los pacientes.

Ampliación

Óscar Ugarte visitó el establecimiento de salud Perú-Corea, ubicado en el asentamiento humano Hiroshima, en la ciudad satélite Pachacútec, distrito chalaco de Ventanilla.

"Aquí empezamos en enero de este 2010, pero en setiembre del año pasado iniciamos como experiencia piloto en Apurímac, Ayacucho y Huancavelica, donde se puede constatar una mejora sustancial de la calidad en el servicio de salud."

Agregó que este año está previsto ampliar la cobertura del aseguramiento universal a otros departamentos como Amazonas (en las provincias de Bagua y Condorcanqui), La Libertad, Loreto (Marañón) y San Martín. "Estamos evaluando también ingresar a otras zonas urbanas."

Dato

El Gobierno publicó ayer el decreto supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud cuyo objetivo es brindar, por primera vez en la historia del sistema de salud, igualdad de oportunidades a todos los peruanos para acceder a las prestaciones de salud.

Fuente: El Peruano

Reubicarán 453 trabajadores destituidos irregularmente

COMPROMISO. MTPE CULMINA PROCESO Y RESUELVE REUBICARLOS EN 3 DÍAS HÁBILES
- De acuerdo con evaluación, ellos cumplen con el perfil requerido


- Este grupo forma parte de la cuarta lista de ceses colectivos





El gobierno reubicará 453 trabajadores destituidos irregularmente por el gobierno de Alberto Fujimori en 83 entidades y empresas públicas. Esta decisión deberá hacerse efectiva en los siguientes tres días hábiles.

Así, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) concluirá el proceso de implementación y reubicación de los ex trabajadores estatales que fueron destituidos irregularmente en la década de 1990.

Mediante Resolución Ministerial 089-2010-TR estableció que los ex trabajadores beneficiarios deben ser incorporados en las empresas del Estado y entidades públicas correspondientes, dentro de los tres días hábiles posteriores a la presente publicación.

Hay que tener presente que estos ex trabajadores corresponden a la cuarta lista de ceses colectivos.

Evaluación

La Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional culminó recientemente con la etapa de calificación del proceso de reubicación general proponiendo la lista de ex trabajadores que deben ser reubicados por haber cumplido con el perfil requerido.

De esta forma, ayer se publicó la relación de ex trabajadores que alcanzaron la plaza presupuestada vacante, de acuerdo con el proceso de reubicación general.

En el portal electrónico del MTPE (www.mintra.gob.pe) se puede visualizar el informe final del proceso de implementación y ejecución de los beneficios establecidos.

Algunos lugares donde serán reubicados estos trabajadores son ministerios de Agricultura, de Economía y Finanzas, de Energía y Minas, de Justicia, de la Mujer y Desarrollo Social, de Relaciones Exteriores, de Transportes y Comunicaciones, de Vivienda, Construcción, y Saneamiento, de Comercio Exterior y Turismo y en el Ministerio Público.

Los ex trabajadores también serán reubicados en Petróleos del Perú (Petroperú), Presidencia del Consejo de Ministros, Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) y Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp), entre otras entidades y empresas públicas.

Fuente: El Peruano

El MTPE atiende con normalidad

LOCAL. EN SU SEDE CENTRAL DE AVENIDA SALAVERRY

- Ventanillas están abiertas de 08:30 a 12:30 y de 13:30 a 16:30 horas


- Funcionan áreas de mesa de partes, consultas y liquidaciones

La sede central del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) atiende hasta mañana con normalidad en las áreas de mesa de partes, consultas laborales y liquidaciones.

El periodo de atención al público será de 08:30 hasta las 12:30 horas y luego desde las 13:30 hasta las 16:30 horas, en su local de la avenida Salaverry Nº 655, distrito de Jesús María.

Ese portafolio informó que un total de cinco mil 255 usuarios accedió a los servicios gratuitos que se brindan en la sede central los sábados, domingos y feriados, desde que el Gobierno dispuso que las ventanillas de las instituciones públicas estén abiertas en forma permanente.

Así, dos mil 673 ciudadanos presentaron documentos en el área de mesa de partes; dos mil 91 trabajadores recibieron orientación y asesoría legal; y 429 personas conocieron el cálculo de su liquidación.

Además, todos los días de la semana, las 24 horas, los trabajadores podrán acceder a los diversos servicios en línea del MTPE, como a las vacantes de la Bolsa de Trabajo, realizar consultas laborales, presentar denuncias y preinscribirse en el programa Revalora Perú.

Los empleadores, por su parte, podrán registrar los contratos de mano de obra y convenios de modalidades formativas, así como también acceder al Registro de la Micro y Pequeña Empresa (Remype).

El 23 de noviembre pasado, el Poder Ejecutivo publicó el Decreto de Urgencia Nº 099-2009, que establece que la administración pública brinde sus servicios sin interrupción, con excepción del 1 de enero, 1 de mayo, 28 y 29 de julio y 25 de diciembre.

Fuente: El Peruano

Nuevo Código Procesal Penal viabiliza soluciones rápidas

BALANCE. RESPONSABLES DE LA CONDUCCIÓN DEL CAMBIO EVALÚAN LOS AVANCES Y LIMITACIONES DE ESTA REFORMA

Solo el 10% de los procesos iniciados pasa al juicio oral, aseguran


Aplicación de salidas alternativas es el aporte principal del NCPP

A casi cuatro años de iniciado el proceso de implementación gradual del Nuevo Código Procesal Penal (NCPP) en más de la mitad de las 29 cortes superiores de todo el país, los principales conductores del cambio coinciden en calificar de positivo el avance de la quizá más importante reforma de la justicia peruana.



Lo positivo de este sistema, no solo es que únicamente el 10% de los casos pasen al juicio oral, por la aplicación de mecanismos alternativos de solución, sino también porque la celeridad y oralidad del modelo determinan mayor claridad en las decisiones fiscales, judiciales y policiales, contribuyendo a disminuir los casos de corrupción y desconfianza en la administración de justicia.



A continuación, los responsables de la conducción de la modernización del proceso penal en el país, analizan los efectos del sistema acusatorio-adversarial, que desde julio del 2006 ya se encuentra instalado en 16 distritos judiciales, haciendo posible, en todo este período, la diferenciación de roles de cada uno de los actores de la administración de justicia, transparencia en los procesos y lucha contra la corrupción y la celeridad en la resolución de los casos.



Pero, quizá el aporte más significativo, a decir de los consultados, sea la desjudicialización de los procesos mediante la aplicación de salidas alternativas, como el principio de oportunidad, acuerdos reparatorios, terminación anticipada, proceso inmediato, entre otros, que han permitido culminar estos casos con mayor rapidez en días u horas, lo que antes implicaba muchos años. El NCPP empieza a regir desde hoy en Cajamarca, San Martín y Amazonas.

Reforma en números



- El principal aporte del NCPP es la celeridad en la solución de los juicios. Según las estadísticas del Poder Judicial y el Ministerio Público, en el distrito judicial de Huaura, donde se inició la reforma hace más de tres años, a nivel de juzgados unipersonales, de 3,607 causas ingresadas –de julio 2006 a noviembre 2009– se han resuelto 2,138 causas, lo que significa que resuelven más del 57% de la carga ingresada.

- En los juzgados unipersonales de La Libertad, cuya carga procesal ingresada de julio 2007 a noviembre 2009, es de 2,463, se han resuelto 1,644, lo que significa que han resuelto un promedio del 69% de esta carga. Mientras que en la corte de Puno, de octubre a noviembre 2009, de 41 expedientes ingresados se han resuelto 33, lo que representa el 80% de causas.

- Respecto a la duración de los juicios, se tiene que si un proceso ordinario penal con el antiguo código podía durar 835 días, hoy en Huaura demora 570; en La Libertad y Moquegua, 196 días. Si se analiza la reducción del proceso sumario del viejo código en comparación con las salidas alternativas del NCPP, el plazo promedio de resolución del antiguo código era de 700 días; y, ahora en Huaura es de 280 días; La Libertad 180, Tacna 84, Moquegua 181días.

- El aumento de la confianza ciudadana en este proceso también es evidente. Por ejemplo, antes con el antiguo código en La Libertad se registraba un promedio de 10,000 denuncias, luego de transcurrir un año con el NCPP, dicho volumen aumentó a 16,000 y, en la actualidad, se registran 18,000 denuncias.

- Según las estadísticas de 2009 de las cortes de Huaura, La Libertad, Tacna, Moquegua, Arequipa, Lambayeque, Piura y Tumbes, revelan que el 94.4% de los casos acusados por la fiscalía al PJ ha sido resuelto según la acusación.

Fuente: El Peruano

Piden actualizar datos de líneas prepago

PARA EVITAR DELITOS

Los clientes propietarios de líneas prepago deben actualizar sus datos con la finalidad de que se pueda elaborar una base de usuarios que permita al Ministerio del Interior y a la Policía Nacional luchar contra la delincuencia, que en la actualidad utiliza ese medio de comunicación para extorsionar a sus víctimas.


La empresa Telefónica Movistar indicó que la actualización de datos puede hacerse a través del envío de un mensaje de texto al número 321, incluyendo el número del DNI. Asimismo, puede actualizar sus datos vía web en www.movistar.com.pe/movistarenlinea y en los centros de atención de la empresa.

La directora de Asuntos Regulatorios de Telefónica Movistar, Elizabeth Galdo, explicó que la proliferación de líneas informales es un problema complejo contra el que se lucha desde diversos frentes y destacó la importancia de una actuación conjunta de las autoridades, operadoras y usuarios contra la delincuencia.

“El tráfico de celulares robados no permite conocer el origen de la comunicación, lo que es aprovechado para delinquir.”

Fuente: El Peruano

Personas con discapacidad tendrán más oportunidades

AVANCE. REGLAMENTO DEFINE PLAZO PARA INVESTIGAR INCUMPLIMIENTO DE LA LEY QUE LOS PROTEGE

Decisión de iniciar proceso de sanción debe adoptarse en 30 días


Legislador Urtecho dice que es un acto justo para 3.5 mllns. de ciudadanos

En adelante, la decisión de iniciar una investigación por presunto acto de incumplimiento de la Ley General de la Persona con Discapacidad deberá tomarse en un plazo de 30 días hábiles, y corresponde hacerlo a la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis).



Así lo dispone el reglamento de dicha norma publicado ayer en el diario El Peruano, el cual establece que el procedimiento sancionador será promovido por orden motivada del despacho viceministerial de la Mujer.



También por iniciativa de la presidencia del Conadis, por petición motivada de la Defensoría del Pueblo o de una asociación vinculada a las personas con discapacidad.



La denuncia, asimismo, podrá provenir de la persona afectada o que potencialmente pudiera verse perjudicada con el acto infractor, la cual será comunicada a la institución denunciada con el fin de que formule su descargo.

Respuesta

Esta respuesta deberá hacerse por escrito, dentro del plazo improrrogable de 15 días hábiles, indica el reglamento.



En el plazo de 20 días de haberse iniciado el proceso sancionador, la presidencia del Conadis remitirá al despacho viceministerial de la Mujer la propuesta de resolución por la que se resuelve sancionar o aquella que considera que no hay infracción, acompañado por el informe técnico legal que la sustenta.


En caso resulte necesario, el viceministerio de la Mujer podrá disponer la realización de actuaciones complementarias a las efectuadas por la presidencia del Conadis, que se realizarán en el plazo máximo de cinco días hábiles desde la recepción del expediente respectivo.

El viceministerio de la Mujer decidirá la imposición o no de la sanción y, en este último caso, el archivamiento del procedimiento, para cuyo efecto expedirá la resolución respectiva que se notificará a los interesados y al Conadis en el plazo de tres días hábiles posteriores a su emisión.

Esta potestad prescribe al año de conocido el hecho infractor por parte de la presidencia del Conadis.

La sanción prevista para quienes infrinjan la Ley General de la Persona con Discapacidad –vigente desde el 1 de enero– y su reglamento puede llegar a multas que van desde mil 800 hasta 43 mil 200 nuevos soles.

La nueva legislación establece multas leves, graves y muy graves por el incumplimiento de las disposiciones de la Ley 27050, que se castigan con montos equivalentes al 50% de una UIT hasta 12 UIT.

Luz de esperanza

Debo agradecer a la ministra de la Mujer por el interés puesto en la aprobación del reglamento, pues mediante esta norma las personas con discapacidad obtendrán mayores oportunidades para su desarrollo personal y para su inserción en la sociedad. Esta ley es un acto de justicia para más de 3.5 millones de peruanos que tenemos discapacidad. Esto significa impartir una luz de esperanza que cambiará la calidad de vida de hombres y mujeres con discapacidad, pero, sobre todo, brindará oportunidades a esta generación y a las que vienen.

Fuente: El Peruano

NOTIBREVES

IMPORTACIÓN Y CONSUMO

Despacho anticipado

Con miras a garantizar el adecuado nivel de servicio a los usuarios del comercio exterior, el MEF asegura el funcionamiento del nuevo proceso de despacho aduanero y el nuevo Sistema Integrado de Gestión Aduanera. Así, el proceso de despacho anticipado en el régimen de importación para el consumo está vigente desde el 29 de marzo en la Intendencia Marítima del Callao y del 12 de abril en la Intendencia Aérea del Callao.

PLAN MAESTRO

Tv digital

El Gobierno aprobó el Plan Maestro para la implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, que establece las medidas necesarias para la transición de los servicios de radiodifusión por televisión con tecnología analógica, hacia la tecnología digital. Según un informe de KPMG, desde su entrada en vigencia no se otorgarán nuevas autorizaciones con la tecnología analógica, salvo solicitudes en trámite.

PJ  DESIGNAN COMISIÓN

Notificaciones

A fin de implementar en el más breve plazo el Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINOE) en todo el país, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial designó a los integrantes de la Comisión Técnica de Trabajo que se encargará de dicha tarea. Se trata de los vocales supremos Robinson Gonzales y Jorge Solís, el gerente general del PJ, Hugo Suero Ludeña, y el gerente de informática, Gustavo Moreno Dulanto.

Fuente: El Peruano

Temas que debe atender antes de iniciar su franquicia

RECOMENDACIÓN. PARA ALCANZAR EL ÉXITO, ES NECESARIO TENER UNA ESTRATEGIA SÓLIDA DE CRECIMIENTO

En este negocio no se debe esperar obtener una rentabilidad inmediata


Conviene asesorarse para ofrecer su producto de manera profesional

Para empezar hay que tener presente que la transformación de un negocio en franquicia es un proceso complejo, que no puede ser dejado al azar ni en manos inexpertas.

Un buen restaurante puede terminar siendo una muy mala franquicia si las cosas no se hacen bien. Eso, definitivamente, no es negocio ni para el franquiciante ni el franquiciatario.

Si usted quiere convertir su empresa en una franquicia, revise estas preguntas y respuestas que preparó la Asociación Argentina de Franquicias (AAF) como material informativo.

1 ¿Es la franquicia una fórmula segura de éxito? La franquicia como fórmula de expansión de negocios se ha aplicado con éxito a multitud de sectores y negocios.

Para que una franquicia tenga éxito, es necesario que responda a una estrategia sólida de crecimiento, que esté muy bien planificada y que se pueda establecer una relación a largo plazo, en que ambos, “franquiciante y franquiciado”, salgan ganando.

2 ¿Cuánto dinero se necesita para desarrollar una franquicia? Desarrollar un negocio en franquicia no es barato. Se deben considerar los costos de desarrollar el proyecto, de diseños gráficos y armado de local; además de la publicidad para el lanzamiento de la franquicia (stand en exposiciones, anuncios, estrategia de relaciones públicas y webmarketing, entre otros).

Por otra parte, no se debe esperar obtener una rentabilidad inmediata, pues durante los primeros años habrá que establecer una estructura en la central para dar soporte a una todavía pequeña red de franquiciatarios, por lo que los costos suelen ser mayores que los ingresos.

3 ¿Qué debo considerar a la hora de decidir armar una franquicia? Primero, debe estar seguro de que el sistema de franquicias es el medio más apto e idóneo para la expansión de su empresa. Entonces, considere todas sus ventajas y sus inconvenientes.

Acto seguido, planifique bien tanto los aspectos financieros, legales (contrato), cómo va a transferir el know-how (adiestramiento y manuales) y definir cuál es la estructura necesaria para dar soporte a la red de franquiciatarios.

Y, por último, arme una operación propia a fin de probar suficientemente el concepto de negocio, para con esa experiencia mejorar el modelo, adecuar los manuales, especificar variables del contrato que posiblemente no habían sido consideradas inicialmente y todo lo concerniente al éxito de la propuesta de negocio.

Paralelamente, es aconsejable asesorarse por buenos consultores para ofrecer la franquicia de una forma profesional. Todo lo que sea considerado y solucionado a priori avalará su éxito.

Esto es fundamental, ya que cualquier error se paga muy caro, porque lo que está en juego es nada menos que su imagen de marca y su reputación en el mundo de los negocios.

Un consultor, además de aportar toda su experiencia, debe ser capaz de involucrarse y aportar valor a la planificación del proyecto. Su labor no debe circunscribirse al armado de manuales y a adaptar un contrato más o menos estándar.

La franquicia debe armarse a medida, considerando todas las características propias del negocio y teniendo especial consideración en aquellas que la diferencian de sus competidores.

Resulta conveniente que la empresa consultora trabaje en todas las fases de desarrollo del negocio e incluso a posterior, en el control de la red de franquiciatarios.

4 ¿Se firma un contrato y cuál es su grado de relevancia? Debe firmarse un contrato y esto es de vital importancia, ya que es el instrumento mediante el cual se obligan las partes y se establece los límites de los deberes y derechos ante un conflicto de intereses.

5 ¿Existe un contrato tipo o base para cualquier sistema de franquicia? No, porque en principio y a modo de diferenciarse cada franquicia debe tener sus propias especialidades y ventajas competitivas, y esto las hace diferentes incluso hasta con aquellas de su mismo rubro. El contrato debe ser a medida y considerar todas aquellas situaciones antedichas.

Fuente: http://www.soyentrepreneur.com/