miércoles, 13 de enero de 2010

MEF evalúa devolución del ISC aplicado al diésel

ANUNCIO. IMPLICA UN CAMBIO EN LA POLÍTICA TRIBUTARIA, ASEGURÓ EL MINISTRO ENRIQUE CORNEJO

Afirman que hay voluntad de encontrar una solución al pedido de los transportistas


El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) evalúa la factibilidad de la propuesta de los transportistas para la devolución del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) aplicado al diésel 2, usado en el transporte de carga e interprovincial de pasajeros, informó el ministro de Transportes y Comunicaciones, Enrique Cornejo.

Explicó que la devolución del ISC la estudia la ministra de Economía y Finanzas, Mercedes Aráoz, y espera que se pronuncie al respecto.

Indicó que en el lunes tuvo una reunión con los representantes de los gremios de transportistas que están convocando a una huelga para el 19 de enero, con el fin de evaluar sus exigencias.

Comentó que los transportistas presentaron investigaciones, una elaborada por la consultora Maximixe, para sustentar su propuesta de devolución del ISC, tal como ocurre en la aviación comercial.

"El argumento es que el transporte aéreo tiene un único tipo de combustible y es el turbo, y de igual manera el transporte terrestre tiene un único tipo de combustible que es el diésel, y debido a que usan este tipo de combustible se requeriría (afirman los transportistas) de un tratamiento especial", precisó el ministro.

Manifestó que la posibilidad de decretar una devolución del ISC al diésel implica un análisis que va más allá del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), ya que implica un cambio en la política tributaria.

Destacó la muy buena voluntad que existe por los transportistas y del Gobierno para encontrar una solución que evite el paro del 19 de enero.

Terrenos

1 Para marzo se tendrían expropiados más del 80% de los terrenos que se deben transferir a Lima Airport Partners (LAP) para la construcción de la segunda pista de aterrizaje del aeropuerto internacional Jorge Chávez, informó el ministro Cornejo.

2 Para ese mes se deben definir los laudos arbitrales por los otros dos terrenos importantes que debe transferir el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) a LAP.

Fuente: EL PERUANO

CAL comprometido con la lucha contra la corrupción

RETO. AFIRMA NUEVO DECANO AL ASUMIR CONDUCCIÓN DE LA ORDEN

Buscarán coordinar con la judicatura acciones para mejorar justicia


Impulsarán mejoras en enseñanza legal y afianzar sistema de derechos

El flamante decano del Colegio de Abogados de Lima (CAL), José Antonio Ñique de la Puente, ratificó que durante su gestión impulsará la lucha contra la corrupción desde su gremio, con el fin de contribuir a mejorar el sistema judicial en el país.

Durante la ceremonia de juramento, detalló que impulsará el documento Agenda de Lucha contra la Corrupción, que se desarrolla con el auspicio del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD).

La lucha contra la corrupción, dijo, se insertará como parte de la política institucional del CAL, que permita establecer acciones para mejorar los procesos de investigación y sanción contra abogados que infringen las normas éticas.

“Lucharemos contra la corrupción, los malos colegas dejarán de ser abogados, el profesional del derecho tiene que ser, en la enseñanza y en la práctica, humanitario, con gran formación académica y ética”, comentó.

Señaló que el CAL también impulsará la mejora de la enseñanza de la ética y una mayor vigilancia del sistema de justicia.

Para ello –precisó– trabajará en coordinación con el Poder Judicial, académicos del derecho y otros expertos.

En otro momento, sostuvo que desde el CAL se presentarán propuestas para enfrentar los problemas minero-ambientales, a fin de fortalecer el sistema de derechos humanos y sociales.

Ñique recibió anoche el cargo de manos del decano saliente, Walter Gutiérrez, en ceremonia realizada en su sede institucional.

Administración ordenada

El decano saliente de la Orden, Walter Gutiérrez Camacho, afirmó con satisfacción que por primera vez en la historia de esta institución deja su gestión sin ninguna deuda y que la Unión Iberoamericana de Colegios y la Comunidad Autónoma de Madrid (UIBA) aseguró para este año el financiamiento del programa de la Defensoría Social del CAL.

Agregó que la UIBA calificó a este programa de mejor proyecto implementado en Latinoamerica, superando a Bolivia, Ecuador, Costa Rica y México.

Al efectuar un balance de su gestión, Gutiérrez Camacho informó también que en los últimos 24 meses se logró capacitar en forma gratuita a más de 26 mil abogados.

Fuente: EL PERUANO

Existen reglas claras en rentas de capital

EFECTOS. SE CONSOLIDA RÉGIMEN CEDULAR DE RENTAS

Congreso debe revisar Código Tributario y las leyes del IR e IGV-ISC


Beneficios en zonas altoandinas promoverán esa parte del país

MARíA AVALOS CISNEROS

mavalos@editoraperu.com.pe

Los cambios incorporados al régimen tributario con la Ley Nº 29422 no son muchos pero si importantes, siendo la más destacable de que consolida la modificación del sistema de renta global que regía en el país, afirma el destacado abogado tributarista y socio principal de KPMG en el Perú, Guillermo Grellaud, quien a continuación analiza el impacto de estas medidas en nuestro escenario fiscal 2010.

¿Qué opina de las modificaciones incorporadas al régimen del Impuesto a la Renta a través de la Ley Nº 29492?

–Las modificaciones no son muchas, pero sí importantes. Desde mi punto de vista, lo más destacable es la consolidación de la modificación del sistema de renta global que regía en el Perú. Hace poco más de 30 años se adoptó en el Perú el criterio de globalización de las rentas, lo que se consideró un avance en busca de la equidad, pues el sistema se diseñó para gravar con el IR al individuo, en función de su capacidad contributiva.

Hoy, se regresa a un sistema cedular similar al que teníamos desde los años 30. Ya no existen categorías de renta. Hoy, hay las rentas del capital, rentas empresariales y rentas del trabajo, y se tributará por cada una de ellas en forma independiente. Así, una persona natural puede tener que pagar el tributo por las ganancias de capital mientras que puede haber tenido pérdidas por rentas de otras fuentes. Para mí, es un retroceso, pues por buscar la simplicidad se va en contra de la justicia tributaria.

Se ha eliminado también el segundo párrafo del artículo 1 del reglamento, el cual precisaba que todos los ingresos de las empresas constituyen renta, inclusive los casuales, accidentales y los recibidos a título gratuito, lo que abre nuevamente la incógnita respecto de cómo tratar este tipo de incrementos patrimoniales de las empresas.

¿Cuál será su impacto?

–Se han dado reglas claras respecto de las rentas del capital, es decir, referidas a inmuebles, intereses, acciones y participaciones. Eso es bueno, pues no hay nada peor que las dudas cuando de tributación se trata.

En cuanto a la eliminación de la exoneración para las ganancias por enajenación de acciones y derechos, la ley ha recogido las más importantes observaciones que se efectuaron en el proceso de aprobación.

¿Está del todo clara la aplicación de este tributo o se requieren normas menores?

–Quedan varios temas por aclarar, como qué es lo que debe entenderse por “realizada en el país” para que una enajenación de valores efectuada por un no domiciliado tribute 5% en lugar de 30% o si una persona no domiciliada puede compensar sus ganancias con pérdidas de capital.

Otra disposición es aquella que prohíbe que el saldo neto de pérdida de capital sufrida por una persona natural se compense con la ganancia de capital de años futuros. No se entiende por qué las empresas pueden compensarla y no las personas.

En resumen, encuentro que exigir el cumplimiento de este impuesto será muy difícil, en especial en el caso de enajenación de acciones y valores fuera de mecanismos centralizados, es decir, fuera de bolsa. Espero equivocarme, pero tengo la impresión de que en tanto no se perfeccione la legislación que se ha aprobado, el control costará más caro que la recaudación que se obtenga.

Fuente: EL PERUANO

Vacaciones a locadores de servicios

Tribunal Constitucional (TC) señaló que otorgar vacaciones a un locador de servicios revela que se trata de un trabajador dependiente encubierto.


Así lo precisó mediante la sentencia recaída en el Expediente Nº 04385-2007-PA/TC, en el cual sostiene que cuando un locador goza de vacaciones se reconoce que se trata de un trabajador subordinado y que su relación laboral ha sido encubierta mediante un contrato de naturaleza civil.

En efecto, en los fundamentos 5 y 6 de la mencionada sentencia, el Tribunal Constitucional señala lo siguiente: "(...) queda demostrado que la Dirección de Titulación y Saneamiento Legal del PETT le concedió al demandante 15 días de vacaciones que se hicieron efectivas desde el 19 de diciembre de 2005 hasta el 2 de enero de 2006, es decir, que se le otorgó un derecho que sólo se les concede a los trabajadores que tienen una relación laboral y no civil (...)”.

En consecuencia, afirma el TC que habiéndose determinado que el demandante había desempeñado labores en forma subordinada, deberá aplicarse a su caso el principio de la primacía de la realidad, en virtud del cual queda establecido que entre las partes ha habido una relación de naturaleza laboral y no civil, refiere un informe legal del Estudio Rodrigo, Elías & Medrano Abogados.

Fuente: EL PERUANO

MTPE alista nuevas inspecciones

ACCIONES. VERIFICARÁN ADEMÁS SITUACIÓN SOCIOLABORAL EN EL SECTOR TRANSPORTES

Desde este viernes verificará cumplimiento de las gratificaciones


En los próximos días, iniciarán las inspecciones laborales en el sector Transportes ante el alto grado de informalidad existente y la constante violación de los derechos laborales de los conductores y cobradores, informó la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), Manuela García, quien agregó que también verificarán el pago de las gratificaciones en el sector privado.

“Sabemos el grado y la tipología de las infracciones. Apenas culmine la campaña de fiscalización laboral en el sector, enviaremos el informe técnico al Ministerio de Transportes, que deberá adoptar las medidas pertinentes en relación con las autorizaciones para operar. Ellos decidirán qué hacer”, afirmó la autoridad.

La fiscalización se inicia al culminar el MTPE la campaña de orientación para ilustrar a los transportistas sobre las consecuencias de no cumplir con las normas sociolaborales, entre ellas, que las multas pueden llegar hasta los 106 mil nuevos soles.

Según la fiscalización realizada en los últimos meses por el MTPE, se conoció que la mayoría de los trabajadores de este sector labora entre 12 y 15 horas, lo cual es una causa de los accidentes de tránsito. Además, no se estarían pagando las horas extras.

Respecto a las gratificaciones, detalló que desde este viernes empezarán los operativos laborales para fiscalizar el pago de las gratificaciones en más de tres mil 500 empresas a escala nacional. Así, más de 350 inspectores en todo el país saldrán a las calles para verificar si los empleadores cumplieron con depositar este pago a sus trabajadores, habida cuenta de que el plazo para ello venció en la quincena de diciembre.

CNT verá este viernes la RMV

El Consejo Nacional de Trabajo se reunirá este viernes 21 para determinar la posición que tienen los trabajadores y empleadores respecto a un eventual reajuste de la RMV.

La RMV se mantiene hace dos años en S/. 550, pues no hubo un consenso para aumentarla en S/. 27, ya que las mype no estaban en capacidad de hacerlo, agregó.

Un eventual incremento también impactaría sobre otros derechos y beneficios laborales.

Fuente: EL PERUANO