lunes, 7 de junio de 2010

Fiscalizarán operaciones con terceros

SUNAT. APRUEBAN CRONOGRAMA PARA LA PRESENTACIÓN DE ESTAS DECLARACIONES

Para aquellos que hubieran registrado ventas o adquirido bienes por más de S/. 240 mil


Aquellos contribuyentes que el año pasado hubieran registrado ventas internas o adquirido bienes por un monto superior a los 240 mil nuevos soles, deberán cumplir con presentar la Declaración Anual de Operaciones con Terceros (DAOT) de 2009, según con la RS Nº 114-2010-SUNAT. La obligación también comprende a aquellos que durante el año pasado hubiesen tenido la categoría de principales contribuyentes; y, a las asociaciones sin fines de lucro, instituciones educativas o entidades religiosas que hayan realizado sólo operaciones no afectas del IGV en 2009, que se encuentren obligadas a presentar el PDT 601 y que hubieran declarado más de diez trabajadores en el período tributario noviembre de 2009.





Al respecto, el especialista en derecho tributario. Francisco Pantigoso explicó que el DAOT es una herramienta de fiscalización muy importante. Por ello, recomendó a los obligados tener mucho cuidado al declarar, pues cualquier error de data de un comprador o vendedor puede determinar que la contraparte determine declaraciones que serán cuestionadas por la Sunat, debiéndose salvar las inconsistencias.

Casos especiales

Contratos de colaboración empresarial: Estos al no llevar contabilidad independiente, el operador consignará en su declaración, adicionalmente a sus propias operaciones con terceros, aquellas que correspondan a esos contratos y la atribución de ingresos, costos y gastos de cada asociado.

Empresas administradoras de tarjetas: Ellas incluirán los datos de identificación de las empresas afiliadas y la suma de las transacciones realizadas por éstas durante el ejercicio en la que se hayan utilizado las tarjetas de crédito y débito.

Empresas aseguradoras: consignarán la información sobre pagos en dinero por concepto de indemnizaciones efectuadas, señalando los datos de identificación de los beneficiarios y excluyendo los pagos por reembolsos de seguros médicos.

Arrendador de inmuebles: solo para fines empresariales, incluirán los datos de identificación de los arrendatarios y la ubicación de los predios respectivos.

Fuente : El Peruano

Depósitos de sueldos en bancos

FORMALIDAD. MTPE REGLAMENTA PAGO DE REMUNERACIONES A TRAVÉS DE INSTITUCIONES FINANCIERAS

Trabajadores podrán cambiar de bancos las veces que lo consideren


Sancionarán con S/. 72 mil intromisión del empleador en la decisión

Cualquier acto de injerencia por parte del empleador en la libre elección del trabajador respecto al banco para el depósito de sus remuneraciones, será considerada como infracción muy grave, por lo que podrá ser sancionado con multas de entre 1,980 y 72 mil nuevos soles, dependiendo del número de trabajadores afectados.

Así lo precisa el DS Nº 003-2010-TR, el cual modifica el reglamento de planillas, disponiendo que los empleadores podrán realizar el pago de las remuneraciones en los bancos que libremente elijan los trabajadores. El objeto es garantizar el cumplimiento de haberes a cargo de las empresas, que serán libres para determinar el mecanismo de pago; y, la libertad de contratación del trabajador para escoger a la entidad financiera.

Al respecto, el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima, Víctor Zavala Lozano, explicó que la norma reglamentaria al modificar el art. 18 del DS Nº 001-98-TR, dispone que el pago de la remuneración podrá ser efectuada directamente por el empleador o por intermedio de terceros, como los bancos que elijan los trabajadores, siempre que en este último caso se permita al trabajador disponer libremente del total de los sueldos depositados y sin costo alguno. En los casos donde el empleador opte por depositar los sueldos en los bancos, explicó, se deberá atender diversas reglas. Entre ellas, al inicio de la relación laboral, el trabajador tendrá 10 días hábiles para comunicar el nombre del banco donde deben depositarse sus remuneraciones. Luego, vencido los 10 días sin que el trabajador haya comunicado el nombre del banco elegido, el empleador quedará en libertad de depositar los sueldos en cualquier banco donde se ubique el centro laboral.

Tercero, durante el período laboral, el trabajador tendrá derecho a cambiar de banco, comunicando su decisión al empleador en los primeros 10 días hábiles dentro del mes del pago.

La norma se aplica progresivamente a los trabajadores del sector público, cualquiera sea su régimen, según lo disponga el MEF.

Fuente: El Peruano

Hasta junio será el registro de celulares

AVISO. OSIPTEL ADVIERTE QUE SE PODRÍA CORTAR LÍNEA A TELÉFONOS

Los operadores móviles deberán actualizar la base de datos


4 millones de aparatos no cuentan con una debida inscripción de propietario

En junio de este año vence el plazo para que las empresas operadoras de servicio móvil actualicen sus registros de propietarios de celulares, informó el Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel).

“Hay un acuerdo del consejo directivo del Osiptel que conocen perfectamente las empresas, de que a partir de enero (cuando se inició la portabilidad numérica) tienen seis meses para contar con sus registros debidamente actualizados”, precisó el gerente general del Osiptel, Alejandro Jiménez. Sostuvo que de los 25 millones de líneas móviles aproximadamente que hay en el país, cuatro millones, sobre todo de la modalidad prepago, no cuentan con un debido registro de propietario pese a que es responsabilidad de las empresas llevar un registro de todos los teléfonos celulares.

Esto pese a que las operadoras (América Móvil, Telefónica Móviles y Nextel del Perú) tienen identificados los números y el tráfico generado por éstas. “Cuando se hizo un inventario habían más de ocho millones de celulares que no contaban con dicho registro, pero las empresas hicieron un esfuerzo mayor y con el inicio de la portabilidad numérica este número se redujo a cuatro millones.”

Mencionó que la comisión multisectorial que se conformó para la implementación de la portabilidad numérica en el país continúa realizando una labor intensa para su correcta aplicación.

“Las empresas realizarán una campaña muy intensa en sus oficinas regionales, con publicidad en radios y televisión para que el registro de propietarios de celulares se actualice y para que el usuario no se encuentre desinformado el día que se tome la decisión de cortar la línea de los teléfonos”, remarcó.

Fuente: El Peruano

Publicidad en internet vía redes sociales

VENTAJA. ESTE MEDIO PERMITE LA COMPARACIÓN DE EXPERIENCIAS ENTRE LOS CONSUMIDORES
Los cibernautas lo consideran su medio de comunicación predilecto


Debe determinar qué información se publicará y a quién estará dirigida

En la actualidad, los usuarios de las redes sociales tienen mayor conciencia y aceptación sobre la publicidad en línea por la cantidad y confiabilidad de la información que proveen sobre productos y marcas. Asimismo, este medio permite la comparación de experiencias entre los consumidores, retroalimentando al fabricante o proveedor del servicio sobre lo que tiene que cambiar y lo que debe mantener. Es una realidad que la audiencia mexicana siempre está en busca de lo innovador y lo vanguardista.

Entre las empresas que lograron acrecentar su inversión en estos medios podemos destacar a la industria automotriz, el sector educativo y el financiero. Sin lugar a dudas las redes sociales, más que una campaña de publicidad, son un nuevo instrumento que permite a los productores y consumidores dialogar y conocer de una manera más cercana a sus clientes potenciales, fomentando así una comunicación continua.





Frente a la actual situación global tecnológicamente hablando, los objetivos de las campañas publicitarias están encaminados a fortalecer los costos de financiamiento y las estrategias de comunicación, convirtiéndose así, en el sector de mayor crecimiento de oportunidad. En especial si tomamos en cuenta una parte importante de los cibernautas consideran a internet como su medio de comunicación predilecto. Lo anterior da pie a la inversión publicitaria como la llave para alcanzar el posicionamiento ideal y la optimización de recursos dentro del contexto del marketing online.

Incluso, las empresas, al desviar su estrategia de publicidad en las redes sociales, han permitido que las audiencias, no sólo conozcan el producto, sino también a la empresa, sus proyectos de responsabilidad social, promociones y futuros lanzamientos.

Puntos básicos

Recalcando la importancia de las redes sociales en la actualidad como medio de publicidad para las empresas e incluso para las individuos, es necesario mencionar algunos puntos básicos que ayudarán a aprovechar al máximo esta maravillosa herramienta, induciendo a una comunicación más efectiva y que ayude a captar la atención del cliente. Primero que nada, se debe determinar qué información se publicará y a quién estará dirigida. Enfocar la información correcta a la audiencia correcta es fundamental, porque de esta manera podremos lograr nuestro principal objetivo, que es trasmitir un mensaje positivo sobre nuestra marca.

De igual forma, al crear nuestro blog, perfil o espacio en línea, se deberán crear aplicaciones que permitan a los usuarios dar sus opiniones y sugerencias sobre lo que esperamos de nuestra marca, para así identificar los factores clave que nos ayudarán a dar mayor servicio y calidad en nuestros productos.

Algo primordial es que al tener una cuenta activa se tendrá que mantener actualizada sobre las nuevas tendencias, promociones o eventos.

Fuente: http://www.infosol.com.mx/espacio/

Aceptación del traslado y la falta grave

La renuencia del trabajador a acatar su traslado constituye falta grave si no demuestra la existencia de mala fe del empleador, determinó el Tribunal Constitucional (TC) en la sentencia recaída en el Exp. Nº 00593-2009-PA/TC.


Para el tribunal, en ese sentido, la intención de causar un perjuicio por parte del empleador al disponer el traslado del trabajador a un lugar distinto de aquel en el que presta habitualmente sus servicios, debe ser demostrado por este último.

En tal sentido, desestimó una demanda de amparo interpuesta por un ex trabajador que cuestionaba la decisión de su empleador de despedirlo como consecuencia de su negativa a cumplir con el traslado dispuesto, reseña un informe legal del Estudio Rodrigo, Elías & Medrano Abogados.

Según el tribunal, la cuestión controvertida se circunscribe a determinar si por las circunstancias del caso, la empresa demandada podía disponer de forma irrestricta el traslado del trabajador, y si la negativa del recurrente al traslado configuraba un supuesto de infracción grave, por suponer la trasgresión de un deber laboral. Por ello, afirma, la ley reconoce la atribución del empleador para trasladar al trabajador; “no obstante lo cual le impone el deber de ejercer dicha atribución de buena fe; es decir, sin la intención de ocasionarle un perjuicio”.

En el caso en análisis, refiere, el demandante no ha acreditado que la intención de su empleador haya sido la de causarle un perjuicio, por lo que no correspondía estimar la demanda.

Fuente: El Peruano

Evalúan publicar el listado de las empresas infractoras

ACCIONES. MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO RECIBE PROPUESTA DE GREMIOS DE TRABAJADORES

En los principales medios de comunicación y circulación nacional


Medida sería para casos con multas consentidas por malos empleadores



El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) informó que evalúa publicar mensualmente en los medios de comunicación escritos de circulación nacional la lista de las empresas que vulneraron los derechos laborales.

Al respecto, la viceministra de Trabajo, Elisabed Zevallos, dijo que esa posibilidad fue propuesta por las organizaciones sindicales con las que se reúne mensualmente para evaluar los planes de fiscalización que desarrolla el sector.

“Si se aplica esta medida tendría que ser sobre expedientes cerrados, es decir, en aquellos casos en que las multas son consentidas por los empleadores infractores”, refirió la autoridad.

Indicó que en el portal del sector, por ejemplo, ya se pueden ver los nombres de las 236 empresas a nivel nacional que fueron multadas en enero pasado, con una suma que en conjunto asciende a un millón 139,682.65 nuevos soles, por afectar los derechos de 5,054 personas.

De este número, 104 fueron sancionadas por infringir las relaciones laborales afectando a 3,549 trabajadores; 82 por infracciones contra la labor inspectiva; 30 por incumplir con la seguridad social de sus trabajadores; 15 por afectar la seguridad y salud en el trabajo, y otras cinco por contratación de trabajo infantil e intermediación laboral.

La viceministra sostuvo que los sindicatos consideran que si esta información se difunde masivamente podría disuadir a los malos empleadores de no vulnerar los derechos laborales de los trabajadores. “Todo esto, obviamente, podría hacerse sin descuidar la labor inspectiva que nos permite conocer quiénes están cometiendo las faltas”, afirmó.

Encuentro con sindicatos

La viceministra de Trabajo, Elisabed Zevallos, sostuvo una tercera reunión con 35 dirigentes sindicales de las principales centrales del país.

En la cita, recibió una serie de denuncias sobre infracciones laborales que estarían cometiéndose en el sector textil y pesquero, las cuales serán verificadas con celeridad.

Precisó que se ejerce un mayor control de las actuaciones inspectivas en los centros de trabajo, a fin de fiscalizar los contratos de exportación no tradicional.

Indicó además que se ha procedido a la informatización de la Unidad de Registro de Contratos de Trabajo, para mejorar la fiscalización laboral.

Fuente: El Peruano

Archivan diez proyectos de fraccionamiento tributario

VOTACIÓN. POR MAYORÍA, EN LA COMISIÓN DE ECONOMÍA E INTELIGENCIA FINANCIERA

Iniciativas fueron propuestas por diversas bancadas parlamentarias


Se tomó en cuenta informe de la Sunat sobre efectos en la recaudación

La Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso de la República aprobó ayer por mayoría archivar los diez proyectos de ley que planteaban el fraccionamiento o condonación de las deudas tributarias de las empresas, tanto públicas como privadas.

Estas iniciativas fueron propuestos por diversas bancadas parlamentarias, con el fin de fraccionar deudas vinculadas a recaudación tributaria.

Al respecto el presidente de la comisión, Luis Galarreta, explicó que esta decisión se tomó tras conversar con los representantes de las bancadas que integran este grupo de trabajo, y luego de que la jefa de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat), Nahil Hirsh, mostrara los efectos de la medida.

"Esto es un mensaje claro a la ciudadanía de que la Comisión de Economía trabajará por mejorar el sistema tributario y ver la problemática de la micro y pequeña empresa (mype), pero no dejará una ventana abierta para que salga alguna propuesta legislativa para fraccionar, condonar o exonerar deudas tributarias", dijo.

Mal precedente

Al respecto, la congresista Keiko Fujimori manifestó que dichas iniciativas sentaban un mal precedente de premiar a los contribuyentes que no pagan.

"Si bien es cierto que uno de los proyectos (archivados) fue presentado por el Grupo Parlamentario Fujimorista, nosotros estamos a favor de archivar este tipo de propuestas para dar una buena señal a la población, pero se debe buscar una modificatoria del Código Tributario específicamente para ayudar a los microempresarios", añadió.

Mientras que la parlamentaria María Balta sugirió que se apliquen normas que sancionen, con todo el peso de la ley, a las empresas que no pagan sus deudas ante la Sunat, Essalud, la Oficina de Normalización Previsional (ONP) y las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).

Al respaldar la propuesta de archivamiento, el parlamentario Isaac Mekler Neimann, sostuvo que no se podía premiar a aquellos que dejan de pagar sus impuestos y luego se dedican a esperar la aprobación de normas sobre exoneraciones o fraccionamientos tributarios.

Consideró que un país serio implica el pago de las deudas por sus contribuyentes y de ninguna manera premios a los denominados “Pepe el vivo”.

Dato

Galarreta reveló que la próxima semana se comenzará a analizar una iniciativa legislativa para modificar y mejorar el Código Tributario, con la finalidad de clarificar la aplicación de multas por deudas tributarias para que sean proporcionales en función a plazos y tasas de interés.

Fuente: El Peruano

Calidad del servicio agiliza la expansión de las pyme

NEGOCIO. CON UN ADECUADO TRATAMIENTO LOS CLIENTES SE CONVIERTEN EN ASIDUOS COMPRADORES

También favorecerá incursión de estas empresas en comercio internacional


Este cambio en la cultura empresarial debe darse en forma progresiva

Sonia DomÍnguez DomÍnguez

sdominguez@editoraperu.com.pe

La supervivencia de cualquier empresa grande o pequeña depende de su capacidad de atraer y retener clientes. Para ello se puede invertir en publicidad, bajar precios y usar otras estrategias, pero la más efectiva siempre será elevar la calidad del servicio.

Por ello, las empresas de éxito se esfuerzan por dar un excelente servicio; es decir, buscan dar una experiencia de compra tan agradable para que sus compradores vuelvan pronto.

Observemos cómo trabajan las grandes tiendas y lo primero que nos llama la atención es su poderosa publicidad. ¿Pero de qué serviría si al ir a sus locales encontramos una mala atención y pésima presentación de los productos en un ambiente sucio y descuidado?

Si así fuera, tendrían que bajar mucho sus precios para convencernos de ir a comprar. En cambio, las empresas que han entendido este mensaje son modelos de atención rápida y amable en un ambiente limpio y agradable. Eso les permite cobrar precios ligeramente superiores a sus competidores.

El resultado de la excelente calidad en el servicio es que los clientes se convierten en asiduos y fieles compradores.

Comercio exterior

Pero no solo se trata de atender mejor al mercado interno. Las pequeñas y medianas empresas (pyme) también deben mirar con más atención a sus clientes en el exterior.

“Ahora que buscan exportar es indispensable que pongan más atención en este tema. Deben estar preparadas para atender a clientes más exigentes y que puede cambiar de proveedor sin mayor problema”, comentó el gerente de proyectos y cooperación internacional de la Asociación de Exportadores (Adex), Jorge Urbina Vargas.

En este sentido, reconoció que hay más interés por parte de los empresarios pyme por incorporar nuevas prácticas en sus procesos que les permitan ofrecer una mejor calidad en los servicios asociados a sus ventas. “Por ello, uno de nuestros objetivos es ofrecer asistencia técnica para que se proyecten en las mejores condiciones hacia las operaciones de comercio exterior y obtengan beneficios”, aseveró.

Ahora, agregó, los empresarios pyme saben perfectamente que. además de brindar un producto de calidad, deben ofrecer un servicio de calidad asociado a sus ventas. Sin embargo, todavía les cuesta invertir en temas que no les reportarán resultados tangibles en el corto plazo.

Este tema está asociado a la cultura empresarial, que poco a poco está cambiando. No obstante, Urbina reconoce que aún hay mucho por hacer.

Por ejemplo, hay avances significativos en el tema de las certificaciones y los ISO, que impulsa Adex y otros gremios empresariales; además de entidades gubernamentales.

“Todo apunta a que este cambio en la cultura empresarial de las pyme deberá darse en forma progresiva”, manifestó el ejecutivo del gremio exportador.

Explicó que este cambio, si bien es cierto comienza en Lima, también se extiende a las regiones. “Hay que tener presente que las empresas agroexportadoras poseen sus oficinas en Lima, pero su producción está descentralizada”, detalló.

Potencial comercial

Para el director de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (Promperú), Juan Carlos Mathews, el Perú presenta una estructura comercial diversificada, que se constituye en una de las principales fortalezas para la expansión comercial de las empresas de todo tamaño.

“Nosotros no tenemos todo concentrado en alguna región en especial; sino que hay una estructura comercial bien distribuida. Eso nos permite una mayor solidez en el proceso de búsqueda y consolidación de los mercados de exportación”, manifestó.

Pero no solo están diversificados los mercados, sino también la oferta exportable. Así, en el caso de Asia, al que Perú tradicionalmente le vendía mineral y harina de pescado, ahora le exporta manufacturas de madera, productos pesqueros para el consumo humano directo y bienes para la industria de la construcción y productos hortofrutícolas.

Otros beneficios

1 Ayuda a disminuir costos, pues se reducen los reclamos y la pérdida de clientes.

2 Se debe tener presente que no hay nada más costoso que intentar recuperación de un comprador insatisfecho.

3 Para motivar una mejor actitud del personal, la capacitación es la mejor arma.

4 Conviene aplicar métodos de trabajo simples que permitan dar un buen servicio al público.

Instrumento eficaz

La calidad en el servicio es un arma competitiva que puede aplicar toda empresa no importa su tamaño. Además, en estos tiempos de saturación publicitaria el comprador es más sensible a un buen trato que a una campaña publicitaria.

La calidad en el servicio está en darle al comprador más de lo que espera en el momento correcto y a un precio conveniente.

Fuente: El Peruano

AFP inician cada mes 8,000 juicios

PROCESO. CONTRA EMPRESAS QUE INCUMPLEN APORTE PREVISIONAL

Las compañías retienen indebidamente los descuentos a los trabajadores


Las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP) inician cada mes 8,000 juicios contra las empresas que incumplen con registrar los aportes previsionales en el Sistema Privado de Pensiones (SPP), informó el presidente de la Asociación de AFP, Pedro Flecha.

Manifestó que los procesos emprendidos por las entidades previsionales contra estas malas empresas, que retienen de manera indebida los descuentos que les hacen a sus trabajadores, totalizan 300,000 hasta la fecha en el país.

Indicó que este hecho causa una tremenda carga procesal, al estar concentrados en sólo diez juzgados de paz letrados en el Cercado de Lima, que manejan casi el 50% de los juicios por este concepto.

“Esta situación origina que no se logre tener la eficiencia y oportunidad en los resultados, afectando sensiblemente a los afiliados”.

Dato

Las AFP solicitan que se retorne al sistema operativo anterior, es decir, que todos los juzgados de paz letrados de Lima reciban y procesen estas acciones judiciales.

Fuente: El Peruano

Trabajadores elegirán entidad donde recibirán remuneración

NORMA. EL PRESIDENTE ALAN GARCÍA FIRMÓ AYER DECRETO SUPREMO QUE OTORGA ESTE DERECHO

También podrán optar por el pago de manera directa por su empleador


La injerencia de la empresa en la decisión se considerará infracción

Los trabajadores tendrán derecho a elegir que el empleador le pague su remuneración directamente o vía el sistema financiero, y de ser así, determinar mediante qué empresa financiera se le pagará, gracias al decreto supremo firmado ayer por el presidente de la República, Alan García Pérez.

El referido decreto fue aprobado previamente por el Consejo de Ministros y su texto modifica el Decreto Supremo N° 001-98-TR, que establece las normas reglamentarias relacionadas con la obligación de los empleadores de llevar planillas de pago.

La norma precisa que si se elige el pago mediante terceros, al inicio de la relación laboral, el trabajador tendrá diez días para comunicar a su empleador el nombre de la empresa del sistema financiero que eligió para que le depositen sus remuneraciones y de ser el caso, el número de la cuenta.

Si el plazo se vence sin que el trabajador haya comunicado su elección, el empleador podrá realizar los depósitos en cualquier empresa del sistema financiero donde se ubique el centro laboral en que presta servicios.

Asimismo, durante la vigencia de la relación laboral, los trabajadores podrán comunicar al empleador, dentro de los diez primeros días hábiles del mes, el cambio de la empresa del sistema financiero que eligió para que le depositen sus remuneraciones.

Más de un millón 200 mil

La ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, Manuela García, afirmó que esta medida beneficiará a un millón 252 mil 637 empleados del sector privado formales.

Los que reciben sus remuneraciones por intermedio de cuentas bancarias representan el 58% de los trabajadores registrados en las planillas electrónicas a junio de 2009.

Advirtió que se aplicarán multas hasta de 72 mil nuevos soles a aquellos empleadores que restrinjan el derecho de sus empleados a elegir la entidad financiera en la que prefieren que se les deposite sus haberes.

“Esta infracción laboral es considerada muy grave, y por tanto se castigará con sanciones económicas altas, de acuerdo con el número de trabajadores afectados”, sentenció.

Detalles

1 La norma aclara, además, que cualquier otro acto de injerencia por parte del empleador en la libre elección del trabajador, será una infracción muy grave sancionable por la inspección del Trabajo.

2 El texto del decreto refiere también que el pago se acredita con la boleta firmada por el trabajador o con la constancia respectiva, cuando el pago se haga mediante terceros, sin perjuicio de la entrega de la boleta correspondiente dentro del plazo fijado.

Fuente: El Peruano

Nueva revisión técnica

FALTA. INCUMPLIMIENTO TIENE UNA SANCIÓN DE S/. 432

Conductores perderán además 50 puntos en su escala de infracciones


Los vehículos particulares con placa de rodaje cuyo número de serie finaliza en el dígito 2 que incumplan con pasar la revisión técnica en abril, serán multados con 432 nuevos soles y el conductor sancionado acumulará 50 puntos en la escala de infracciones, además de la remoción de su vehículo por parte de la autoridad, según lo dispone el nuevo Código de Tránsito.

De acuerdo con el cronograma establecido por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), corresponde a estos vehículos rendir el examen técnico en alguno de los Centros de Inspección Técnica Vehicular (CITV) autorizados por el sector.

No están comprendidos en este plazo los vehículos de transporte terrestre interprovincial regular y especial de personas, así como los de transporte de mercancías.

La Policía de Tránsito está facultada a iniciar operativos junto con inspectores del MTC a partir de mayo, para detectar si circulan vehículos particulares omisos al examen vehicular.

Fuente: El Peruano

Ministra de Trabajo dijo que habrá sanciones penales

NORMA. EXPONER PERSONAS AL PELIGRO ES UN DELITO GRAVE

Responsables de la obra fueron identificados y caso será investigado por fiscalía




La ministra de Trabajo, Manuela García, quien llegó hasta el lugar del accidente, afirmó que tendrá que aplicarse sanciones de carácter penal contra los responsables de la obra ubicada en Barrios Altos, donde se produjo el derrumbe de una pared que casi quita la vida de un obrero de construcción civil.

"Luego de las investigaciones habrá sanciones de carácter penal y es lógico que caerá sobre ellos una pena privativa de la libertad por haber expuesto la vida de estas personas", indicó.

La ministra informó de manera preliminar que los responsables de esta obra serían los ciudadanos Godofredo Mondragón Hurtado y la propietaria Shirley Casalino.

Explicó que la referida obra fue clausurada por la Municipalidad de Lima, pero los responsables de los trabajos hicieron caso omiso de la prohibición y continuaron construyendo sin ninguna medida de seguridad, lo que constituye un "delito grave".

"Me comuniqué con la Fiscal de la Nación y le pedí que intervenga y que acuda el Fiscal de Prevención del Delito, porque estamos frente a un caso muy grave que es exponer a las personas al peligro. No solo es la infracción de carácter laboral sino que debe ser sancionado por el Código Penal", enfatizó la ministra, quien dijo que no habrá impunidad.

Fuente: El Peruano

Impugnaciones a municipios congestionan Tribunal Fiscal

FORTALECIMIENTO. COLEGIADO Y SUNAT YA COORDINAN ACCIONES PARA AGILIZAR PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS

Existe desconocimiento y falta de adecuación de comunas a reglas del TC


Situación que muchas veces conlleva a la nulidad de lo actuado

MARIA AVALOS CISNEROS

mavalos@editoraperu.com.pe

Para avanzar en la resolución oportuna de las controversias que surjan entre la administración y los contribuyentes, el Tribunal Fiscal no solo apuesta por la ampliación de sus salas, sino también por solicitar al Congreso reformas que le permitan la notificación electrónica y, principalmente, la emisión de jurisprudencia vinculante para superar las actuales limitaciones de la gestión edilicia, que por desconocimiento y poca atención a las normas, congestionan los expedientes pendientes de resolver en este colegiado, afirma en esta entrevista su presidenta, Zoraida Olano.

Con la próxima implementación de las cuatro salas en el Tribunal Fiscal, ¿en qué tiempo esperan reducir el actual pasivo de los 30 mil expedientes que esperan ser atendidos?

–Iniciado el funcionamiento de las cuatro nuevas salas, se espera reducir de manera relevante el pasivo de expedientes, esto es, aproximadamente, 40% luego de dos años de implementada la propuesta y, después, al tercer año, dentro de los plazos legales, disminuir aproximadamente, el 76% del pasivo.

Se dijo que esta iniciativa forma parte de un conjunto de acciones de carácter administrativo y legislativo que el MEF impulsará para fortalecer al tribunal, ¿qué se viene desde el ámbito legal y de gestión?

–Así es, se está tramitando ante el Congreso de la República la aprobación de modificaciones al Código Tributario a efecto de permitir que el Tribunal Fiscal pueda notificar en forma electrónica, así como emitir jurisprudencias de observancia obligatoria en el caso que existan criterios recurrentes. Se evalúa además impulsar la restitución de la competencia de las municipalidades provinciales para resolver en primera instancia las controversias de municipios distritales.

Por otro lado, vamos a ampliar y remodelar el local del tribunal a fin de que puedan funcionar adecuadamente las once salas especializadas y se brinde seguridad a los expedientes asignados y en archivo. Igualmente, se priorizará la capacitación de los miembros de esta institución, principalmente en aspectos técnicos y organizativos.

Uno de los principales factores que ha incidido en el mayor ingreso de expedientes es el traslado de la competencia de las municipalidades provinciales para resolver en primera instancia las controversias de las comunas distritales, ¿la solución es legal?

–En efecto, es uno de los principales factores, en 2005 ingresaron 21,960 expedientes (57% de origen municipal), incrementándose en aproximadamente 300% respecto al ingreso promedio del periodo 2001-2003. Si solo se observa los ingresos de expedientes de origen municipal tenemos que entre 2001 y 2003 llegaban aproximadamente 2,000 expedientes anuales; en 2005 fueron 12,000. De 2006 a la fecha el ingreso anual aproximado es de 6,400 expedientes.

La restitución de la competencia a las municipalidades provinciales para resolver controversias tributarias de origen distrital requiere de una ley expedida por el Congreso. La decisión, sin duda, la tiene el Parlamento Nacional.

Coordinaciones con la Sunat

¿Cómo avanzan las coordinaciones con la Sunat para reducir el número de reclamos que llegan ante el Tribunal Fiscal?

–Desde 2005, la Sunat y el Tribunal Fiscal tienen suscrito un convenio de colaboración interinstitucional para intercambiar información sobre el procedimiento de notificaciones de las resoluciones. Así, se realizan coordinaciones con el objetivo común de agilizar los procedimientos tributarios y evitar factores que generen demoras innecesarias. Ello, no implica intervención alguna en las funciones resolutivas del tribunal.

¿Cuándo inicia el proceso para contratar vocales?

–Las bases de concurso, incluido el perfil del postulante, ya fueron aprobadas por la comisión especial establecida para tal efecto, y serán publicadas próximamente. Según el Código Tributario se requiere de profesionales de reconocida solvencia moral y versación en materia tributaria o aduanera.

Mejora predictibilidad y certeza al contribuyente

El traslado al tribunal de la función municipal es un factor que ha incidido en el incremento del pasivo por resolver. En estos procesos, ¿cuáles son los casos más frecuentes?

–Están referidos a la determinación de los arbitrios municipales y respecto de los cuales los contribuyentes cuestionan la validez de las ordenanzas que los crean, teniendo en cuenta los parámetros dados por el Tribunal Constitucional sobre la explicación de los costos de los servicios públicos y sus criterios de distribución. Otros temas están vinculados a solicitudes no contenciosas, como de prescripción de la deuda tributaria, acogimiento a beneficios tributarios así como a impugnación de actos que no son reclamables y, por tanto, no procede que respecto de ellos se inicie un procedimiento contencioso tributario. Además, son recurrentes las quejas por cobranzas coactivas no seguidas conforme a ley principalmente por defectos en las notificaciones.

¿Qué problema advirtieron?

–Es la adecuación de sus ordenanzas para el cobro de arbitrios a los parámetros del TC y del Tribunal, provocando en algunos casos que se declare su invalidez. Es también relevante la falta de conocimiento de su personal sobre normas de procedimiento, tramitación de impugnaciones y cobranza coactiva, lo que a veces conlleva a la nulidad de todo lo actuado en el procedimiento.

¿Existen precedentes?

–Se han emitido resoluciones con carácter de jurisprudencia de observancia obligatoria sobre la validez de ordenanzas que crean arbitrios municipales, la suspensión de la cobranza coactiva de deudas en predios ubicados en zonas de conflictos de competencias entre municipios, suspensión del proceso de cobranza coactiva cuando se presenta demanda de revisión judicial, etc. Se emitió reiteradas resoluciones en materia municipal que sientan criterios sobre la determinación y prescripción de la deuda tributaria, procedencia de exoneraciones, acogimiento a beneficios, entre otros.

Notificaciones electrónicas

El Tribunal Fiscal anunció además la implementación

de las notificaciones electrónicas y la generación de jurisprudencia vinculante, ¿en qué consisten ambas iniciativas?

En efecto, se han presentado en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) propuestas de ley para modificar el Código Tributario a fin de que el tribunal pueda efectuar la notificación de sus actos por sistemas de comunicación electrónica, como actualmente lo hace la Sunat en algunos casos, así como emitir resoluciones con carácter de jurisprudencia de observancia obligatoria si es que existen criterios recurrentes. Ambas propuestas están pendientes de evaluación por el Congreso de la República, estando a la espera de la decisión al respecto.

La aprobación de ambas propuestas permitirá mayor eficiencia en la labor del Tribunal Fiscal, pues con la primera se busca agilizar la notificación de los actos administrativos que se expide y, con la segunda, además de dotarse de mayor predictibilidad al sistema jurídico, se permitirá la reducción de la carga procesal del colegiado y la mayor celeridad en la resolución de las controversias tributarias.

Fuente: El Peruano

Sunat implementará uso de facturas electrónicas

DEBATE. NUEVO INSTRUMENTO DIGITAL SERÍA OPTATIVO DESDE JULIO PRÓXIMO

Objetivo de iniciativa es garantizar fluidez de las transacciones comerciales


A partir del 1 de julio del presente año, la Sunat implementará el uso de facturas electrónicas en el país, de conformidad con el proyecto de resolución publicado en el portal de dicha institución.

Conforme a la iniciativa, se aprueba el Sistema de Emisión Electrónica en Sunat Operaciones en Línea para la emisión de comprobantes de pago y documentos relacionados directa o indirectamente con éstos, así como la generación de libros y/o registros vinculados con asuntos tributarios, explicó el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima, Víctor Zavala Lozano.

La afiliación a este sistema será opcional y podrá ser efectuada por el sujeto generador de rentas de tercera categoría que cuente con código de usuario y clave SOL y cumpla con determinadas condiciones. Entre ellas, dijo, tener la condición de “habido”; no encontrarse en estado de suspensión temporal de actividades o de baja de inscripción; y que sus ingresos anuales –reales o proyectados– sean iguales o menores a 1,700 UIT, entre otros.

El uso de productos electrónicos concuerda con el marco estratégico de Sunat para promover el cumplimiento voluntario sobre comprobantes de pago, permitiendo la emisión de facturas electrónicas, así como las notas de crédito y débito electrónicas a través de Sunat Operaciones en línea.

“Esta medida favorecerá la fluidez de las transacciones comerciales y el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes que se afilien al sistema, atendiendo a que a la par de la emisión del comprobante de pago, se permitirá el llevado electrónico de los libros y registros vinculados a los tributos”, manifestó el experto al analizar los efectos de este proyecto de resolución.

Detracciones

La Sunat propuso modificar las normas del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central (SPOT- Detracciones) aplicables al transporte de bienes realizado por vía terrestre.

Estos cambios consisten en reducir de S/. 400 a S/. 200 el monto mínimo para la aplicación de las detracciones; e incrementar el porcentaje para determinar el importe del depósito, de 4% a 6%.

El objetivo es asegurar el pago de las obligaciones tributarias a cargo de los sujetos que prestan los referidos servicios.

Fuente: El Peruano

Agilizarán juicios con AFP

JUSTICIA. CORTE LIMEÑA EVALÚA APLICAR NUEVAS MEDIDAS EN ESTE DISTRITO JUDICIAL

Litigios sobre pensiones serían vistos por todos los juzgados de paz


Actualmente, solo lo pueden atender 10 de estos órganos judiciales

El presidente de la Corte de Lima, César Vega Vega, anunció que este distrito judicial viene trabajando en nuevas fórmulas que permitan impulsar la celeridad de los litigios relacionados con las Administradoras de Fondo de Pensiones (AFP).

Con esta finalidad, la autoridad judicial tuvo una reunión con el presidente de la Asociación de AFP, Pedro Flecha Zalba, y demás representantes de estas instituciones en el país.

Durante el encuentro, Flecha Zalba planteó la necesidad que los litigios por casos de AFP sean evaluados, como sucedía años atrás, por todos los juzgados de paz del Distrito Judicial de Lima y no sólo por los 10 juzgados de paz letrados de Lima Cercado.

Al respecto, Vega Vega dijo que esta posibilidad ya está siendo evaluada por especialistas del Área de Desarrollo de la Presidencia, toda vez que, afirmó, los diez juzgados de paz letrado de Lima Cercado afrontan cargas exorbitantes, lo que afecta la celeridad procesal.

El titular de este distrito judicial anotó que el tema se pondrá en consideración en la reunión que hoy sostendrá el Consejo Ejecutivo Distrital, a fin de buscar alternativas adecuadas para la solución de este tema.

Otras cortes

Usuario judicial. La Corte de Lima Norte implementó el modulo de atención al público, para la atención de quejas, reclamaciones y/o comentarios de la ciudadanía que tramita sus procesos en las distintas dependencias judiciales, refiere la RA Nº 005-2010-J-ODECMA-CSJLN/-PJ. La norma precisa el cronograma de vistas judiciales para los meses de abril y mayo.

Juzgados de tránsito. El Poder Judicial dejó sin efectos diversas resoluciones que autorizaban la conversión de algunos juzgados en los nuevos juzgados de tránsito y seguridad vial, según la RA Nº 106-2010-CEPJ. El problema es que afectaría el derecho de los jueces a desarrollarse en su especialidad y desnaturaliza el principio del juez natural, etcétera.

Fuente: El Peruano

Grupo Wong construirá hotel corporativo

EN PLAZA NORTE

El Grupo Wong espera iniciar en los próximos meses la construcción de un hotel corporativo en las instalaciones del terminal terrestre de Plaza Norte, ubicado en el distrito limeño de Independencia, afirmó el gerente de Centros Comerciales e Inmobiliaria de la Corporación EW, Edgar Callo.


“Consideramos que el proyecto de hotel será fundamental para dar servicio directo a los pasajeros que se movilicen a través del gran terminal terrestre que se inaugurará el próximo 26 de abril”, manifestó a la agencia Andina.

Precisó que el 40% de los pasajeros que llegan a Lima por vía terrestre, lo hacen por razones de negocios, y el restante 60% se quedan por lo menos una noche en Lima.

“Estas cifras nos alientan a construir el gran proyecto hotelero, que por ahora está en estudio de factibilidad para saber a cuánto ascendería la inversión y en cuánto tiempo se ejecutaría”, comentó.

Asimismo, indicó que el negocio del transporte interprovincial en Perú genera unos 1,200 millones de dólares al año en ventas, cifra que se basa en el número de viajes que se realizan en el país, el costo de los pasajes y las inversiones en pequeños terminales.

Estimó que cada año se realizan 40 millones de viajes entre Lima y provincias, siendo el destino que más viajes concentra por lo que es necesario que haya más terminales terrestres.

Datos

Callo refirió que un estudio elaborado por la empresa Tipsa, encargada por la Municipalidad Metropolitana de Lima, estableció que la capital peruana requiere tres terminales terrestres para viajes interprovinciales en las zonas norte, este y sur.

Ese argumento motivó a que la Corporación EW construyera un terminal terrestre de 25 millones de dólares en las instalaciones del centro comercial Plaza Norte, ubicado en el distrito de Independencia, al norte de Lima.

Fuente: El Peruano

Lo que no debe olvidar en una entrevista de trabajo

PAUTA. HA DE TENER EN CUENTA ASPECTOS PREVIOS DE LA CITA EN QUE SE PONE EN JUEGO SU FUTURO LABORAL

Lleve dos o tres copias de su CV, una para usted y dos para el evaluador


Es necesario que sepa cuáles son sus puntos débiles para defenderlos

Los pocos puestos laborales ofertados en el mercado son deseados por muchas personas, es decir: hay una impresionante demanda frente a una oferta que no puede absorberla totalmente.

Por eso, además de contar con estudios cursados y con experiencia profesional, estar capacitado para superar una entrevista de trabajo es, sin dudas, una ardua tarea.

Tan importante como llevar a cabo una buena entrevista de trabajo es tener en cuenta ciertos aspectos previos de la cita en que se pone en juego el futuro laboral.

Por eso debe tener la mayor cantidad de información que le sea posible de la empresa a la que pretende ingresar. No olvide estudiar su currículum, logros, aptitudes, experiencia y educación.

Es fundamental que conozca su CV a la perfección porque la entrevista se basará en él. Debe tener claro cuáles son sus puntos débiles para defenderlos cuando llegue el momento.

Conforme se aproxima la fecha de la entrevista, prepare este kit de entrevista para asegurarse de ir lo mejor preparado posible.

1 CV: Lleve dos o tres copias de su currículum, una para usted y las demás para el entrevistador en caso que le pida más de una.

Es totalmente válido tener una copia de su currículum enfrente de usted a la hora de la entrevista. No sólo muestra que es organizado, sino que también es preparado. Después de todo, el entrevistador lo está usando por la misma razón.

2 Libreta para anotaciones: tenga a la mano una libreta para escribir, un lapicero que pinte y que esté en buen estado. Esto no sólo muestra que es organizado, sino su interés por el trabajo si es que hace anotaciones de lo relevante que se haya dicho en la entrevista.

No lleve su computadora portátil, a menos que esté aplicando para un puesto como diseñador gráfico, ilustrador, productor de video o audio, infografista, entre otros.

Incluso en estos casos prefiera llevar su portafolio en una memoria portátil o un CD o DVD, y si lo desea, lleve su laptop sólo como respaldo de la información para sentirse más seguro.

3 Referencias: nombres, direcciones y teléfonos de sus referencias. Estos deben ser personas que le conozcan en el ámbito laboral; de preferencia ex jefes.

No sirve de nada que dé el dato de familiares. Si tiene cartas de recomendación, llévelas también, así como premios, reconocimientos y diplomas que haya recibido en su trabajo.

No los anexe al currículum; mejor muéstrelas en el momento oportuno.

4 Datos del entrevistador: debe saber a la perfección el nombre o nombres de quienes le van a entrevistar (cómo se escribe y pronuncia), así como sus puestos.

El teléfono de quien le va a entrevistar para que lo llame por si tiene algún contratiempo y se retrasa. Si no llega a tiempo, perderá muchos puntos, pero si ni siquiera llama para avisar, va a perder todo.

5 Lista de preguntas: haga las preguntas que le ayuden a entender mejor las responsabilidades y potencial de su trabajo. Por ejemplo: ¿cuál es la perspectiva del trabajo en un mediano y largo plazo? ¿De qué manera cumple este trabajo con las metas corporativas? ¿Por qué está vacante este puesto?

6 Ubicación: haga un croquis con señalizaciones precisas para llegar puntual y sin problemas a la entrevista. Para ello pregunte bien la dirección y las referencias.

Debe llegar a la entrevista entre 10 y 15 minutos antes. Llegar demasiado temprano muestra desesperación y hacerlo tarde es una desconsideración al tiempo del entrevistador.

Puede llegar a la empresa con la anticipación suficiente para poder pasar al baño y verificar su apariencia. Si generalmente transpira mucho, añada pañuelos desechables o toallas absorbentes a su kit para limpiarse el sudor antes de entrar.

Fuente: http://recursos.templeo.com/

Monumentos históricos no son bienes “intocables”

PRECISIÓN. INC ACLARA QUE PUEDEN SER INTERVENIDOS COMO MEDIDA PREVENTIVA, DE CONSERVACIÓN Y RESTAURACIÓN

PRECISIÓN. INC ACLARA QUE PUEDEN SER INTERVENIDOS COMO MEDIDA PREVENTIVA, DE CONSERVACIÓN Y RESTAURACIÓN


Monumentos históricos no son bienes “intocables”

Respaldó el plan de prevención antisísmica que impulsa el Gobierno

El Instituto Nacional de Cultura anunció que esa entidad evaluará, en el corto plazo, el retiro de la condición de monumento histórico a aquellos inmuebles que perdieron los valores que motivaron su declaración o que presenten un estado de conservación que haga inviable técnicamente su recuperación.

Fue luego de que el Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) expresara la necesidad de quitarles el título de monumento a algunas viviendas del centro de Lima y Callao en prevención a eventuales movimientos sísmicos y en consideración al Plan de Prevención Antisísmico 2010 impulsado por el Presidente de la República.

El comunicado del INC aclara, sin embargo, que promueven la intervención en las casonas consideradas monumentos históricos no sólo como medida preventiva sino de conservación y restauración.

“No deben ser consideradas como bienes inmuebles intocables”, dice el documento, donde revela que convocará a las instituciones públicas y privadas, a fin de buscar alternativas de reforzamiento estructural compatibles con las características constructivas y culturales de los inmuebles.

Precisa además que apoya la decisión del Gobierno y considera que se trata de una oportunidad para efectuar un verdadero diagnóstico de la condición de numerosos edificios y construcciones declaradas monumentos históricos, para encontrar una solución para su preservación.

Datos

El documento concluye con un llamado a los ciudadanos a reflexionar sobre la importancia de nuestros monumentos históricos, el valor simbólico e histórico, que le han dado a Lima la condición de Patrimonio Cultural de la Humanidad.

Silvia de los Ríos, representante del Centro de Investigación, Documentación y Asesoría Poblacional (Cidap), propuso que el Estado se encargue de recuperar las casonas monumentales.

Fuente: El Peruano

Facebook y las relaciones laborales

EMPLEO. POR DAÑO MORAL, TRABAJADOR AFECTADO PODRÁ SER INDEMNIZADO

Analizan efectos legales de toda anotación en el muro del Facebook


En lo referido al despido y el derecho a la intimidad de trabajadores

Pedro G. Morales C. (*)

Es el caso de una joven británica, Chelsea Taylor, quien fue objeto del primer despido a través de Facebook (FB). Ella trabajaba los sábados en una cafetería denominada Cookies in Leigh hasta que un día, cuando ingresó a su Facebook se enteró que había sido despedida. El mensaje fue enviado por la administradora del local, Elaine Sutton, y en él le detallaba que la despedían por haber perdido un recibo de 10 libras esterlinas.

A pesar de que esta historia podría parecer interesante para el Derecho Laboral, en realidad no lo es tanto, porque el mensaje fue enviado por el sistema de mensajería de Facebook, que es privado. Por lo tanto, sería igual que despedir a un trabajador por correo electrónico.

Si este caso hubiera sucedido en el Perú, la respuesta sería simple: Al no seguir las formalidades establecidas en los art. 31 y 32 del TUO del D. Leg. Nº 728, se configuraría un despido arbitrario.

No obstante, esta noticia nos creó la siguiente interrogante: ¿Qué hubiera pasado si este despido se hubiera hecho a través del “muro” de FB? En el presente artículo analizaremos las implicancias tanto laborales como civiles acerca de un despido realizado vía el muro de FB.

Despido

El despido se entiende como la decisión del empleador por la que pone término a la relación laboral que lo vincula con el trabajador. En otros términos, es la extinción del vínculo laboral por decisión unilateral del empleador.

Existen diversos tipos de despidos, entre ellos, el despido arbitrario o incausado, aquel que surge de la voluntad del empleador. Es decir, “es aquel despido verbal o escrito que se efectúa sin expresión de motivo o causa legal”, incluido el despido de hecho.

De acuerdo a la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional recaída en el Exp. Nº 976-2001-AA-TC, en el caso Eusebio Llanos Huasco, sólo reconoce el derecho del trabajador a la “protección adecuada” contra el despido arbitrario. Señala además que el desarrollo legislativo de la “protección contra el despido arbitrario” debe satisfacer un criterio mínimo de proporcionalidad. Esta proporcionalidad la visualiza a través de dos perspectivas: (i) Un régimen de protección de carácter sustantivo; y, (ii) un régimen de protección procesal.

Soluciones

A modo de conclusión, el despido a través del “muro” no solo es arbitrario laboralmente hablando, sino que supone un daño moral que vulneraría el derecho a su intimidad y se convertiría en objeto de murmuraciones y calificativos, lo cual lo afectaría personalmente.

En otras palabras, este despido es particularmente dañoso, ya que este sólo acto no solo supone un despido arbitrario sino también una vulneración a un derecho fundamental como el de la intimidad.

Por ello, tendría que ser indemnizado, aun cuando optara por la reposición a través de un proceso de amparo.

¿Qué es Facebook?

1 El Facebook es un sitio web formado por muchas redes sociales relacionadas entre sí. De esta manera, el FB es utilizado para mantenerse actualizado de lo que sucede con familiares, amigos o compañeros de trabajo a través de publicaciones, mensajes, fotos, enlaces, videos, etc.

2 El Facebook cuenta con un sistema de mensajería web. Es decir, con tecnología similar a la de un correo electrónico. Por ello, todo mensaje que se envíe por esta vía es privada. El despido de Chelsea Taylor se dio por esta vía. Por consiguiente, ninguno de sus contactos tendría cómo enterarse de lo sucedido.

3 No obstante, cada FB cuenta con el denominado “muro” o “wall”, que es un espacio que se encuentra en todos los perfiles que existen en esta red social. En tal sentido, si el despido se hubiera realizado a través del “muro”, todos los contactos de esta persona se habrían enterado del mismo. Inclusive, es posible que muchas personas lo hubieran conocido antes que la propia trabajadora.

Indemnización por daño moral en la legislación

En la hipótesis de que el despido se materialice a través del muro de un Facebook, éste se convertiría en sui generis, debido a que no sólo se restringe al despido arbitrario, sino que se vulnera el derecho a la intimidad del trabajador afectado al publicar su despido por FB. Así, toda su red de amigos (y, si estuviera programado para ser abierto a la red, lo podría ver todo aquel que cuente con una cuenta de FB) sabría la forma cómo despidieron al trabajador, lo cuál es un asunto personalísimo entre el empleador y el trabajador.

A efectos de conocer si cabría reclamar una indemnización por daño moral, debido a que se vulneró el derecho a la intimidad de la persona, describiremos esta institución.

De acuerdo con Espinoza Espinoza, el daño puede ser entendido como la lesión de un bien jurídico tutelado (daño evento), así como las secuelas negativas producto de dicha lesión (daño-consecuencia). Dentro de esta última acepción, el daño subjetivo es la afectación de las situaciones jurídicas existenciales (no patrimoniales) de los sujetos de derecho.

El daño subjetivo comprende el daño a la persona, entendido como la lesión a los derechos no patrimoniales de las personas y el daño moral, definido como el ansia, la angustia, los sufrimientos físicos o psíquicos, padecidos por la víctima, que tienen el carácter de efímeros y no duraderos. Dentro de la categoría de daño moral, se distingue el daño moral subjetivo, que lo sufre de manera directa el propio sujeto, del daño moral afectivo, entendido como la lesión a la relación afectiva respecto a sujetos, animales o bienes.

En nuestra opinión, la vulneración del derecho a la intimidad en la presente hipótesis configuraría un daño moral subjetivo, ya que el trabajador sería objeto de una perturbación tanto psíquica como somática. En otros términos, el trabajador al ver que su red de amigos se ha enterado del despido ocasionaría una lesión en su estructura psíquica. Por consiguiente, se lesionarían sus sentimientos, debido a que este despido le produciría rabia, indignación e incomodidad.

Fuente: El Peruano

MEF dicta precisiones para la venta de inmuebles

SEGURIDAD. AL APROBAR ÍNDICE PARA ACTUALIZAR VALOR DE PROPIEDADES AL SER ENAJENADOS

Vendedores están obligados a presentar declaración jurada ante la Sunat


El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) fijó el índice de corrección monetaria para efectos de determinar el costo computable de los inmuebles que sean enajenados por las personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas, mediante la RM Nº 175-2010-EF.

Para efectos de la declaración jurada que el vendedor debe presentar a Sunat y del pago del IR (5% sobre la ganancia), el valor de adquisición del inmueble debe ser multiplicado por el factor correspondiente al mes y al año de adquisición y el resultado constituirá el costo computable (valor actualizado), lo que será comparado con el precio de venta, para determinar la ganancia bruta obtenida por el vendedor.

El referido índice de corrección se podrá obtener en el portal del MEF (www.mef.gob.pe), explicó el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima, Víctor Zavala Lozano.

Según la norma, el vendedor del inmueble gravado con el IR debe presentar una DJ a Sunat en el mes siguiente a la transferencia del inmueble. Para el caso de inmuebles no gravados (venta de la casa habitación, por ejemplo), el vendedor debe usar el formato denominado “Comunicación de no encontrarse obligado a efectuar el pago definitivo del IR de segunda categoría por enajenación de inmuebles o derechos sobre los mismos”.

Es importante precisar que las personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas, aun cuando no sean habituales y que transfieren inmuebles están obligadas a presentar ante el notario o juez de paz, la constancia de haber efectuado el pago definitivo del IR (2da categoría - ganancias de capital).

Desde 2009, el IR por la venta de inmuebles es el 5% de la ganancia: diferencia entre el valor actualizado del inmueble y el precio de su venta.

Opinión de Sunat

Ante una consulta de la CCL sobre la enajenación de inmuebles, la Sunat opinó:

Los inmuebles asignados al negocio, que luego se transfieren están gravados como rentas de 3era cuando la enajenación de inmuebles es negocio habitual de la persona natural.

La casa habitación, cuya venta no está gravada con el IR, al predio que pertenezca al propietario por lo menos 2 años y no sea destinado al comercio.

La casa habitación (única) que se vende antes de los dos años está gravada con el IR.

Fuente: El Peruano

Inicia declaración del ITAN

SUNAT. PAGOS PODRÁN REALIZARSE CON TARJETAS DE CRÉDITO O DE DÉBITO CON CARGO A CUENTA BANCARIA

Obligación alcanza si activos de empresas superan el millón de soles


No están obligados sujetos del régimen especial IR ni nuevo RUS

A partir de la fecha, empieza el cronograma de vencimiento para la declaración y pago del Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN), que como todos los años se realizará hasta el próximo 28 de abril.

Así, para la declaración de este tributo se utilizará el Formulario Virtual Nº 648-Versión 1.3, tanto para efectuar el pago al contado o cuando se realice la cancelación de la primera cuota, en caso que se opte por cumplir con esta obligación de manera fraccionada. Dicha versión estará a disposición de los contribuyentes en Sunat virtual: www.sunat.gob.pe

Monto total de activos

Sólo están obligados a presentar la declaración del ITAN, los contribuyentes cuyo monto total de activos netos supere al 31 de diciembre del año pasado el importe de un millón de nuevos soles.

Es importante resaltar que no son sujetos del ITAN los contribuyentes comprendidos en el Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER) ni en el nuevo RUS.

Mientras que se encuentran exonerados del ITAN los sujetos que no hayan iniciado sus operaciones productivas, así como aquellos que hubieran iniciado a partir del 1° de enero del ejercicio al que corresponde el pago. Luego, las empresas que prestan el servicio público de agua potable y alcantarillado.

También aquellas empresas en proceso de liquidación o las declaradas en insolvencia por el Indecopi al 1° de enero de cada ejercicio; Cofide; las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales, que perciben en exclusiva rentas de tercera categoría generadas de patrimonios fideicometidos de sociedades titulizadoras, fideicomisos bancarios o fondos de inversión empresarial.

Igualmente, las instituciones educativas particulares, excluidas las academias de preparación.

Tampoco están obligadas aquellas entidades inafectas o exoneradas del IR; empresas públicas que prestan servicios de administración de obras de infraestructura construidas con recursos públicos (siempre que estén destinados a infraestructura eléctrica de zonas rurales o localidades aisladas y de frontera).

Tener presente

1 La declaración se podrá efectuar mediante internet, lo que representa un importante ahorro de tiempo, y se podrá pagar con tarjetas de crédito o débito Visa, afiliada a Verified by Visa, o con cargo a una cuenta bancaria.

2 Los medianos y pequeños contribuyentes (Mepecos) también podrán presentar la declaración en las oficinas autorizadas de la red bancaria. Sin embargo, los PDT ITAN sin importe a pagar deberán presentarse por Internet.

Crédito fiscal

¿Los pagos por ITAN sirven como crédito contra el IR?

Sí. El ITAN efectivamente pagado se podrá utilizar como crédito:

Contra los pagos a cuenta del Régimen General del IR de los períodos tributarios de marzo a diciembre del ejercicio gravable por el cual se pagó el impuesto, y siempre que se acredite el impuesto hasta la fecha de vencimiento de cada uno de los pagos a cuenta.

Contra el pago de regularización del IR del ejercicio gravable al que corresponda.

Fuente: El Peruano

La diferencia entre empresas radica en sus colaboradores

RECOMENDACIÓN. LA IDEA ES QUE USTED CUENTE CON LOS MEJORES RECURSOS DISPONIBLES

La contratación de empleados es un proceso lento y requiere paciencia


Se busca la adaptación rápida de los elegidos a su compañía

Una de las diferencias entre las empresas que prosperan y aquellas que avanzan cojeando o se hunden, la constituyen los buenos empleados. Naturalmente, su talento como empresario tiene mucho que ver con el éxito de su empresa, pero sólo puede avanzar un cierto trecho por sí mismo. En su calidad de dirigente de la empresa, es su tarea encontrar buenos empleados, descubrir qué los motiva y ubicarlos en el cargo donde tanto ellos como su empresa prosperen.

La contratación de empleados es un proceso lento y requiere mucha paciencia y energía. Debe resistir la tentación de llenar el cargo rápidamente con una de las primeras personas que se presente, o contratar a alguien porque ya no quiere hacer entrevistas y quiere volver a la tarea de administrar su empresa. También necesita contratar a personas que se adaptarán a un ambiente de empresa y prosperarán en él.

Genere un conjunto de candidatos: después de determinar el tipo de persona que necesita, el primer paso del proceso es generar un conjunto de candidatos. Para este fin puede utilizar algunos métodos convencionales y otros que no lo son tanto.

Siempre esté a la caza de personas: incluso si no está en condiciones de contratar a alguien en este momento, debe pensar en la persona que tal vez necesite en seis o doce meses más, y comenzar a buscar candidatos.

Vaya directo al grano: una vez que ha decidido lo que desea, comuníquese con sus colegas, las personas con quienes ha trabajado, amigos de amigos y su asociación comercial en búsqueda de pistas. Si busca un vendedor, converse con sus clientes para averiguar quién los atiende mejor.

Busque en lugares no convencionales: la dueña de una pequeña empresa que necesitaba una vendedora contrató a la mesera del lugar donde desayunaba. ¿Por qué? Sabía que era atenta con el público, inteligente y trabajadora incluso antes de hablarle del cargo. Otros lugares apropiados para hallar empleados a nivel de entrada o administrativos son las oficinas de contratación de las universidades. Éstas pueden ayudarle a buscar personal fijo o a veces pueden contactarlo con pasantes que trabajan en forma gratuita.

Datos

¿Deben los empleados poder criticar al jefe? ¿En qué forma?

Esto separa a los subordinados serviles de los postulantes que podrían mejorar su empresa formulando preguntas inteligentes.

Sin embargo, también se busca no contratar a una persona argumentadora que siempre está en desacuerdo por el solo placer de hacerlo.

Para descubrir a qué bando pertenece el postulante, pregúntele si alguna vez ha estado en desacuerdo con el jefe, y cuál era la situación. Asimismo, puede pedir un ejemplo de una ocasión en que haya desafiado a su supervisor y en que haya logrado que la situación tuviera un resultado positivo.

Requerimientos

1 Si busca gente de alto nivel y su red no le ha dado resultado, tal vez necesite contratar los servicios de una empresa de selección de personal.

2 Los empresarios deben superar la etapa en que no desean gastar dinero, si buscan un buen candidato.

Fuente: El Peruano

El Grupo Wong anunció la adquisición del terminal terrestre de Fiori

TRANSACCIÓN. REALIZÓ UNA INVERSIÓN DE US$ 2.7 MILLONES, INFORMÓ EDGAR CALLO

El Grupo Wong anunció ayer la reciente adquisición del terminal terrestre de Fiori, ubicado en el distrito de San Martín de Porres, con una inversión ascendente a 2.7 millones de dólares.


"En Fiori se desarrollará una serie de actividades complementarias para que las actuales empresas de transporte de buses interprovinciales que operan allí tengan mayores y mejores servicios", manifestó el gerente de Centros Comerciales e Inmobiliaria de la Corporación EW, Edgar Callo.

Esa unidad cuenta con cerca de 45 líneas de transporte interprovincial, controladas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).

Calle dijo que el local del terminal de Fiori que tiene 4,900 metros cuadrados, fue adquirido a la empresa Desarrollo de Proyectos Inmobiliarios SAC, y se implementará diversos servicios como mantenimiento de vehículos, mecánica ligera, electricidad, llantas, limpieza, lavado y aprovisionamiento.

De esta manera, las actividades principales del transporte interprovincial que manejaba Fiori se concentrarán ahora en el gran terminal terrestre de 45,000 metros cuadrados, que tiene el Grupo Wong en el centro comercial Plaza Norte, ubicado en el distrito de Independencia.

Precisó que este nuevo terminal, construido con una inversión de 25 millones de dólares se inaugurará el próximo 26 de este mes y marcará la era moderna del transporte interprovincial en el Perú.

"El gran terminal de Plaza Norte revolucionará el transporte interprovincial. Esta obra se construyó siguiendo los parámetros más exigentes de los mejores terminales terrestres del mundo", comentó.

Modernidad

Una vez que entre en operaciones el terminal de Plaza Norte, los transportistas de Fiori podrán acceder a una mejor infraestructura, soporte técnico, equipamiento y a un mayor flujo de público, con mayor ordenamiento.

Los choferes de buses y sus ayudantes podrán hacer uso también de diversas salas de reposo, comedores, duchas.

Fuente: El Peruano

Se triplica número de afiliados

SEGUROS TRABAJO-RIESGO

El número de afiliados al sistema de Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) en el Perú se triplicó en los últimos cinco años por un mayor dinamismo de la actividad minera, pesquera y de construcción, informó la compañía Pacífico Vida.


El SCTR fue creado por la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, la que reemplaza al seguro por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (Segatep), de la derogada Ley N° 18846, que amparaba exclusivamente a los trabajadores obreros.

"Otros de los factores que impulsaron este contexto es el nivel de afiliación constante debido a la novedad del seguro, además la llegada de nuevas inversiones y por ende la incorporación de nuevas empresas a la actividad económica", manifestó el gerente central de Seguros Corporativos y Pensiones de Pacífico Vida, César Rivera.

Actualmente hay al menos un millón de personas afiliadas a este tipo de seguro, de las cuales 700 mil se encuentran en el sistema privado y 300 mil en Essalud, anotó.

Esto no quiere decir que por ejemplo una persona que trabaja en una entidad financiera o de servicio no tenga cobertura, sino que no tienen un seguro específico para accidentes por la misma naturaleza de su trabajo, refirió.

Fuente: El Peruano

Mype usarían la factura electrónica

SEGÚN PLANTEA LA SUNAT

Las micro y pequeñas empresas (mype) cuyos ingresos anuales no superen las 1,700 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalentes a 6.12 millones de nuevos soles, podrán emplear la factura electrónica, planteó la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) al publicar el proyecto de resolución que regula el uso de esta herramienta.


Según un proyecto de esta entidad recaudadora, para poder emitir facturas en forma electrónica, el contribuyente deberá afiliarse al Sistema de Emisión Electrónica (SEE) mediante el portal de Sunat e ingresar a operaciones en línea.

Una de las principales ventajas de este nuevo servicio, es que ya no será necesario solicitar la autorización de impresión de las facturas ya que todo se registrará electrónicamente, lo que significa una reducción de gastos para el contribuyente.

Además, éste podrá remitir a su receptor el comprobante por correo electrónico o de manera impresa, y guardarlo en cualquier medio de almacenamiento electrónico.

También plantea que los afiliados al SEE podrán realizar el pago y la presentación de sus declaraciones mensuales hasta el plazo de vencimiento establecido para los buenos contribuyentes.

Fuente: El Peruano

Perú contribuye a gestar el nuevo derecho público latinoamericano

ENTREVISTA. ASEGURA EL JURISTA Y MAGISTRADO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, CÉSAR LANDA ARROYO

Al iniciarse la 41a sesión de Corte IDH y pronto la 40a Asamblea de la OEA


Ambas reuniones nos colocarán como vitrina jurídica del continente

paul herrera guerra

pherrera@editoraperu.com.pe

El Perú se está convirtiendo en la capital jurídica de la Organización de Estados Americanos (OEA), no sólo porque en Lima se realizará la 40a Asamblea General de este organismo, sino porque la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) sesionará esta semana en la sede de nuestro Palacio de Justicia, dentro del contexto de la gestación de un “derecho público común latinoamericano”. Así lo reconoce el jurista y miembro del Tribunal Constitucional (TC), César Landa Arroyo, quien del 26 al 28 de abril será el coordinador responsable del seminario taller internacional El rol de la ética en la justicia. Actividad que pondrá también al Perú en la vitrina jurídica, asegura.

¿La 40a Asamblea General de la OEA por efectuarse en el país convierte al Perú en la capital jurídica del continente?

–El Perú se está convirtiendo en la capital jurídica de la OEA, porque también la Corte IDH sesionará esta semana aquí, en Lima, en la sede del Palacio de Justicia, lo cual por vez primera ocurre en nuestro país. Esto es un reconocimiento de que el Estado peruano es un estado de derecho.

¿Cuál es la visión que deben tener los jueces ante este escenario?

–El derecho internacional americano está sentado sobre la base de los derechos nacionales, y se está formando lo que se llama un ‘derecho público común latinoamericano’, fundado en principios y valores como el respeto a la democracia, a los derechos humanos, a una economía libre, social y de mercado. La labor de todo juez es no sólo ser un juez de su expediente sino actuar como un juez ciudadano, también atento a lo que pase en la vida social, la vida pública, y en este caso en la vida internacional, del cual el Perú también es uno de los actores en este momento.

¿Se requiere plantear reformas normativas?

–Es labor de los tribunales –por tanto– la integración de los tratados al derecho interno, con un ojo mirando nuestro derecho interno y, con el otro mirando el derecho internacional del cual el Estado sea obligado.

Código Procesal Constitucional

Existe actualmente una comisión revisora del Código Procesal Constitucional. Como magistrado del TC, ¿es necesario algún cambio?

–Sí, tiene que irse actualizando con la realidad y tiene que escuchar lo que la jurisprudencia ha ido estableciendo, porque los jueces constitucionales a diario vemos la ley cómo está o no funcionando. Por eso, el legislador debería incorporar los planteamientos que la jurisprudencia ha ido estableciendo.

¿Cuáles son esos cambios?

–Falta un punto de articulación entre lo que es decisión del TC y del PJ. En un estado de derecho es importante que haya unidad del sistema jurídico en materia de derechos fundamentales; y el TC tiene que ser el intérprete supremo no sólo nominal, sino real. Ese principio de unidad del sistema de interpretación de los derechos fundamentales hay que fortalecerlo un poco más, mediante una reforma legislativa del Código para evitar contradicciones. El ‘certiorari’ también es importante para atender los casos realmente urgentes. Además, hay que racionalizar el sistema de justicia para que el ciudadano sienta que el tribunal puede hacer predecible sus decisiones en casos similares.

Rol de la ética

¿Por qué abordar el tema del rol de la ética en la justicia?

–La potestad de administrar justicia emana del pueblo y se hace de conformidad con la ley, y la Constitución en primer lugar. Y el desarrollo práctico de la misma nos pone en evidencia, que como toda tarea humana tiene una serie de debilidades. Se cuestiona muchas veces la honorabilidad, la neutralidad originada muchas veces por problemas que no justifican. Se requiere mucha transparencia en el manejo no sólo de las pruebas sino en el trato con las partes, y el juez ahí tiene para cumplir un rol, una ética. La ética muchas veces no está codificada, entonces queda casi como un valor subjetivo; sin embargo, en otros países la ética ya ha sido objeto de estudio y de desarrollo, incluso desde el punto de vista normativo, incluso se habla de un Código Iberoamericano de Ética Judicial.

El certamen busca difundir esos nuevos elementos que ya se desarrollan en España, Alemania y en América Latina. El rol de la ética en la justicia es un interés general de magistrados, abogados y de estudiantes de derecho con vocación de servicio. De modo tal que la difusión de este taller sobre la ética pondrá en vitrina al Perú en cuanto al interés que existe de la justicia y de la universidad en poder desarrollar un principio de confianza en las decisiones judiciales que sean tomadas bajo las reglas de la ética. Ese principio de confianza otorga seguridad jurídica y estabilidad a cualquier decisión.

Uso del control difuso

El jurista César Landa detecta un uso del control difuso a veces hasta arbitrario. A su juicio, falta además que la Academia de la Magistratura (Amag) brinde cursos de especialización para el uso del control difuso.

En todo caso, advierte la necesidad de que la jurisprudencia del TC establezca criterios mucho más precisos para su uso, o que el Código Procesal Constitucional determine que el control difuso que haga el Poder Judicial sea elevado en consulta en última instancia al TC.

Resalta que el TC ha establecido que tal control no sólo es una tarea judicial, sino también de los tribunales nacionales a nivel administrativo.

Fuente: El Peruano

Las redes sociales marcan nueva era para la publicidad

PAUTA. GENERA OPORTUNIDADES PARA CREAR CREDIBILIDAD ENTRE LA AUDIENCIA Y ATRAER NUEVOS CONSUMIDORES

Ahora hay páginas como Facebook, Twitter, Linkedin y MySpace


Los perfiles permiten identificar el gusto de los usuarios

Gracias a la revolución tecnológica, la publicidad ha dado un giro de 180°, expandiendo sus horizontes creativos hacia el mundo cibernético, ofreciendo una mayor visibilidad de lo que una empresa busca transmitir en sus mensajes publicitarios.

Así, la publicidad entendida como el medio de comunicación que propone conducir una idea o mensaje sobre alguna marca o tema determinado, ha encontrado a través de nuevas herramientas, oportunidades para crear credibilidad entre la audiencia y atraer día con día nuevos consumidores.

Estas herramientas empezaron a cobrar vida no más de 10 años atrás. Una de ellas son las redes sociales.

Estos espacios permiten mantener una conexión con sus integrantes a través de una cuenta activa llamada perfil, en la cual el usuario coloca cierta información sobre su persona, gustos, aficiones políticas, religión e intereses; dando como resultado un banco de datos que se puede llegar a convertir en oro molido para cualquier empresa que busque adentrarse en las preferencias de sus clientes potenciales.

Hoy en día las redes sociales se han vuelto cada vez más indispensables en la vida del ser humano, consecuencia de que vivimos en un mundo globalizado en el que todo individuo debe estar actualizado sobre lo que sucede en el planeta. Gracias a páginas como Facebook, Twitter, Linkedin y MySpace, esta conexión entre varios individuos ha logrado maximizar la comunicación global.

Es por esta razón que los corporativos han visto a las redes sociales como factores clave en sus medios de publicidad, gracias al constante acercamiento que tienen con la mayoría de los consumidores finales.

Los diversos perfiles permiten identificar con mayor facilidad el gusto de los usuarios, así como la creación de grupos que tengan características o gustos afines a la marca o a un determinado producto.

Es claro que cada marca está destinada a un usuario con ciertos rasgos de acuerdo a su consumo y estas características pueden ser reflejadas en cuestiones de sexo, edades, clases sociales y religión.

Al segmentar los gustos de los consumidores, se ve una perspectiva más amplia de lo que se busca proyectar en la publicidad, es aquí cuando no sólo los medios tradicionales hacen sus apariciones para la proyección de la publicidad, ahora también están presentes las redes sociales.

No sólo servirán para mantener el contacto personal que las caracteriza, sino que también ahora se convierten en redes sociales de negocio, promoviendo la interacción entre consumidor y productor, así como productor-productor, de forma que ambas puedan conocer nuevas tendencias y por qué no, la creación de alianzas entre ellas que permitan un fortalecimiento corporativo, así como el de la imagen de las mismas.

Como señala un estudio realizado por la Universidad de Oldenburg en Alemania, el 60% de las empresas alemanas, están activas en Redes Sociales como Twitter (39%), Facebook (37%) YouTube (28%) y blogs corporativos (12%).

Esto con el fin de mantener contacto directo con sus consumidores, que les permitan conocerlos de una forma más profunda, determinando de esta manera los ajustes requeridos a los productos o servicios que ofrecen; reforzando la imagen de que son empresas preocupadas por las necesidades de sus consumidores finales.

Fuente: http://www.infosol.com.mx/espacio/

Micro y pequeñas empresas las que más venden a Japón

OPERACIONES. REPRESENTAN EL 90% DE LAS EXPORTACIONES A ESE PAÍS

Se dedican al rubro de bienes no tradicionales, dijo Vega Monteferri


Esta actividad genera mano de obra e ingresos formales para el país

De acuerdo con cifras oficiales, cerca de unas 451 empresas peruanas exportan a Japón, de las cuales el 60% le vende por montos menores a 100 mil dólares (micro), en tanto que el 30% entre 100 mil y un millón de dólares (pequeñas), informó el Consejo Empresarial Peruano-Japonés (Cepeja).

“Lo importante es que estas empresas se dedican al rubro de no tradicionales, generando mano de obra e ingresos formales, puesto que son cifras recogidas mediante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat)”, destacó el presidente del Cepeja, Luis Vega Monteferri.

Agregó que el número de empresas en estos grupos fue creciendo y las unidades microempresariales exportadoras, que venden menos de 100 mil dólares, aumentaron en 12% entre 2004 y 2009.

“Mientras que el número de empresas que venden entre 100 mil dólares y un millón de dólares, creció en 13% en dicho período”, precisó.

En ese sentido, consideró que es importante continuar realizando acciones para impulsar al sector micro y pequeño exportador, particularmente a mercados como los asiáticos que compran productos agroindustriales y manufacturados, con importante valor agregado.

“El sector minero peruano, específicamente el de minerales de cobre y concentrados, tiene un mercado natural en Japón, son otros sectores a los que hay que impulsar”.

Encuentro

Asimismo, detalló que durante la Novena Reunión del Consejo Empresarial Peruano Japonés Bilateral, por desarrollarse el 13 y 14 de abril en el hotel Los Delifines, se revisarán las políticas de promoción y apoyo que aplicó Japón para impulsar a sus pequeñas empresas a posicionarse en los mercados internacionales.

“En particular, el miércoles 14 de este mes, se dedicará toda una mañana a un certamen especial para la pequeña y mediana empresa, auspiciada por Cepeja Japón”.

La Novena Reunión del Cepeja tiene como objetivo fundamental la promoción de las inversiones, consolidación y fortalecimiento del crecimiento del intercambio comercial en el sector minero, pesquero, industrial, agroexportador, turismo, y el desarrollo de la pequeña y mediana empresa.

Datos

Se busca promover el intercambio tecnológico y cultural entre los empresarios peruanos y japoneses.

Este objetivo pasa por la realización de misiones comerciales, ruedas de negocios y mesas de trabajo, entre otras acciones.

La Novena Reunión del Cepeja es auspiciada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Proinversión y Promperú.

También apoyan entidades privadas como la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas, la Asociación de Exportadores del Perú, la Sociedad Nacional de Industrias, la Cámara de Comercio de Lima y la Asociación de Agroexportadores del Perú, entre otras.

Fuente: El Peruano

16% de empresas cometió infracción en pago de utilidades

OPERATIVOS. 31 COMPAÑÍAS FUERON MULTADAS POR S/. 288,673, INFORMÓ EL MTPE

En el sector manufactura se concentró el mayor número de inspecciones


Alrededor del 16% de las empresas del sector privado que fueron inspeccionadas para verificar el pago y distribución de utilidades cometieron algún tipo de infracción y fueron multadas, informó el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

Indicó que desde enero de 2009 a la fecha se fiscalizaron 188 empresas para verificar el pago y distribución de utilidades a los trabajadores, siendo el sector manufactura (59) donde se concentró el mayor número de actuaciones inspectivas.

También figuran empresas del sector comercio al por mayor y menor, reparación de vehículos automotores (30), explotación de minas y canteras (19) y actividades inmobiliarias, empresariales y de alquiler (22).

Asimismo, se visitaron empresas de otras actividades de servicios comunitarias, sociales y personales (15) transporte, almacenamiento y comunicaciones (14), entre otras actividades económicas.

El MTPE detalló que 31 empresas fueron multadas por infracciones al pago de utilidades por 288,673 nuevos soles.

Las principales infracciones que se les detectaron están relacionadas al pago de utilidades y la entrega de la hoja de liquidación de participación en las utilidades a los trabajadores.

Revalora

1 Durante el primer trimestre de 2010, el programa de reconversión laboral Revalora Perú capacitó a 7,564 trabajadores afectados por la crisis económica a nivel nacional.

2 Más de 22 mil personas se beneficiaron en el país con los servicios de capacitación e intermediación laboral que viene brindando el programa desde su creación en marzo de 2009.

Fuente: El Peruano

Derecho a la identidad

El derecho a la identidad es fundamental, porque permite a la persona el ejercicio pleno de la ciudadanía; sin embargo en el Perú, especialmente, en la Región San Martín, los esfuerzos para asegurar su vigencia y pleno ejercicio aún son insuficientes. Todavía persisten problemas como la exigencia de requisitos no contemplados en las normas y el desconocimiento de sus propios mecanismos internos.


En febrero de este año, la Oficina Defensorial de San Martín recibió la queja de un poblador de la zona, quien tras apersonarse a la oficina del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) de Moyobamba para tramitar su Documento Nacional de Identidad (DNI), por primera vez, con un ejemplar de su acta de nacimiento transcrita, ésta no le fue aceptada por los funcionarios del RENIEC que le exigieron la entrega de una copia del libro matriz en el que fue inscrito su nacimiento, el mismo que se encontraba en el distrito de Huancabamba, región Piura.

Frente a ello, y ante la imposibilidad de que algunas personas puedan obtener las copias de sus actas de nacimiento debido a que muchas, por los procesos de migración interna, no viven en el lugar donde nacieron, se le recordó a la jefa del RENIEC de Moyobamba lo dispuesto en la RJ Nº 777-2009, referido al empadronamiento de las personas mayores de 25 años que no cuenten con partida de nacimiento y que deseen tramitar su DNI por vez primera, a fin de que sea el propio RENIEC quien obtenga esta copia a través de una coordinación con la Oficina de Registro Civil donde se encuentra.

Gracias a la oportuna intervención de la Defensoría del Pueblo, el mencionado ciudadano pudo obtener su DNI. Asimismo, se recomendó a la referida funcionaria del RENIEC mejorar la capacitación de su personal a fin de optimizar la atención de los ciudadanos, evitando poner barreras innecesarias a su documentación.

Fuente: El Peruano

Prohibido suspender clases

OBJETIVOS. VICEMINISTRO VEXLER REAFIRMA QUE DEBEN CUMPLIRSE METAS SOBRE HORAS PEDAGÓGICAS

Demanda a directores regionales de educación vigilar medidas


Capacitaciones y otros eventos se programan en jornadas escolares

La suspensión de clases escolares está totalmente prohibida en el país, ni siquiera por motivos de capacitación docente, celebración de fiestas costumbristas u otras actividades ajenas a la enseñanza, porque se debe cumplir los objetivos de horas de clase establecidos por el sector para contribuir a elevar la calidad de la educación.

Así lo recordó el viceministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, Idel Vexler Talledo, quien advirtió a los directores y docentes de las instituciones educativas de todo el país que cumplan estrictamente esta disposición del portafolio.

Comentó que en recientes visitas de inspección a colegios del departamento de Lambayeque, Moquegua, Piura y en Lima Metropolitana, se observó que los talleres de capacitación y otros eventos académicos se programan, en varios casos, durante la jornada escolar, lo que impide que los profesores y directores atiendan a los alumnos.

"Hay UGEL, DRE, municipios y otras entidades públicas y privadas que organizan congresos con invitados nacionales e internacionales, lo cual está muy bien y yo los felicito, pero deben realizarse sin afectar el normal desarrollo de las clases."

Obligaciones

Las disposiciones emitidas por el Ministerio de Educación –entre ellas la Directiva para el Inicio del Año Escolar, de cumplimiento obligatorio– son claras y explícitas en cuanto a precisar que los directores de las UGEL y de los centros educativos no pueden autorizar bajo ningún motivo que se suspendan las clases.

En ese sentido, pidió a las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL), las Direcciones Regionales de Educación (DRE) que fiscalicen el dictado efectivo de horas de clase que son de mil 100 en primaria y mil 200 en secundaria.

Vexler exhortó especialmente a los padres de familia que realicen una "vigilancia ciudadana" para hacer respetar este objetivo que apunta a que mejore la enseñanza de los alumnos.

"No hay ningún motivo para suspender las clases, incluyendo a los mismos cursos de capacitación u otros actos académicos, entre otros, porque después son irrecuperables, y más bien se debería realizar fuera de la jornada escolar y en horarios que no perjudiquen el derecho que tienen los alumnos a recibir sus clases de manera normal y no quedar abandonados."

Faltas

Idel Vexler reveló que en las visitas realizadas por las Misiones de Supervisión Pedagógica del Ministerio de Educación se observó que en las zonas rurales y suburbanas hay casos de docentes que faltan a clases aduciendo, en muchos casos, que tienen licencia por enfermedad.

"Según refirieron los padres, estas licencias afectan el normal desarrollo de las clases porque se abandona a los alumnos durante varios días."

Ante tal situación, invocó a los directores de las UGEL y a los directores de los colegios que paguen solo a aquellos profesores que trabajan.

Materiales

1 Su preocupación por la falta de uso adecuado de los materiales del Ministerio de Educación entregados de forma gratuita, como los textos escolares, laptops y equipos de laboratorio, expresó también Idel Vexler.

2 "En algunos casos ni siquiera se entregan a los estudiantes. Es más, en algunas escuelas se utilizan otros textos, ajenos a los que entrega gratis el Ministerio de Educación y que se adquieren con recursos obtenidos de los impuestos que pagan todos los peruanos.

Fuente: El Peruano

miércoles, 28 de abril de 2010

Facilidades para resolver contratos

EN SERVICIO TELEFÓNICO

Los usuarios podrán dar por terminado el contrato de servicio telefónico cuando lo consideren conveniente, sin que la empresa operadora les exija cumplir con la duración del plazo forzoso pactado, estableció el Osiptel.


Además, las operadoras estarán impedidas de exigir el pago de alguna penalidad por la resolución del contrato.

Esta medida entrará en vigencia a partir del 1° de julio, como parte de las modificaciones que realizó el regulador para otorgar más facilidades para los abonados de telefonía a escala nacional.

El Osiptel verificó que cuando un abonado que firmó un contrato a plazo forzoso comunica su decisión de terminar la relación contractual (sin expresión de causa), las empresas operadoras limitan la recepción de sus solicitudes, argumentando la obligación del usuario de cumplir con la duración del mismo.

Por otro lado, informó que a partir del 1° de julio, las empresas operadoras no podrán suspender arbitrariamente a los usuarios los servicios públicos de telecomunicaciones (telefonía fija, móvil, internet, entre otros), y tendrán que probar que existe una razón para ello ante el regulador.

Fuente: El Peruano

Indecopi y la autoridad nacional competente

La iniciativa del Código de Consumo señala que el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), en su calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, ejerce las atribuciones y funciones que le confieren las leyes, para velar por el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente texto, sin perjuicio de las atribuciones y autonomía de los demás integrantes del sistema.


Señala que, sin perjuicio de las facultades establecidas en el ordenamiento legal vigente, ahora serán funciones del INDECOPI: ejecutar la Política Nacional de Protección del Consumidor y el Plan Nacional de Protección de los Consumidores, proponer la normatividad en materia de consumo, con la opinión de los sectores productivos y de consumo, y formular y ejecutar las acciones necesarias para fortalecer la protección del consumidor y los mecanismos para la defensa de sus derechos.

Se plantea también la creación del Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor, como el conjunto de principios, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos destinados a armonizar las políticas públicas con el fin de optimizar las actuaciones de la administración del Estado para garantizar el cumplimiento de las normas de defensa del consumidor en todo el país.

Derechos de los consumidores

Según la propuesta legal, los consumidores tienen derecho a una protección eficaz respecto de los productos y servicios que, en condiciones normales o previsibles, representen riesgo o peligro para la vida, salud e integridad física.

El acceso también a una información oportuna, suficiente, veraz, y fácilmente accesible, relevante para tomar una decisión o realizar una elección de consumo que se ajuste a sus intereses, así como para efectuar un uso o consumo adecuado de los productos o servicios. Este derecho incluye el contar con el tiempo necesario para el estudio de la información solicitada. Les asiste además el derecho a la protección de sus intereses económicos en una relación de consumo, conforme a las disposiciones del presente Código, y a la protección contra cláusulas abusivas e información interesadamente equívoca sobre los productos o servicios. Igualmente, el derecho a no ser discriminados por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de otra índole.

Como parte de este derecho, el orden de llegada a un establecimiento o de demanda de un servicio deberá ser respetado, no pudiendo establecerse preferencia en la atención a los clientes que cuenten con tarjetas de crédito o habitualidad.

Los consumidores también tienen derecho a la reparación e indemnización por daños y perjuicios conforme a las disposiciones del código, y a asociarse para proteger sus derechos e intereses de manera colectiva en el marco de las relaciones de consumo.

Exigir asimismo el pago anticipado o prepago de los saldos en toda operación de crédito, en forma total o parcial, con la consiguiente reducción de los intereses compensatorios generados al día de pago y liquidación de comisiones y gastos derivados de las cláusulas contractuales pactadas entre las partes, sin que les sean aplicables penalidades de algún tipo o cobros de naturaleza o efecto similar; salvo que el consumidor pacte de manera previa, expresa, explícita y por escrito la renuncia al ejercicio del derecho de prepago.

Fuente: El Peruano

Atienden observaciones a favor de consumidores

DEBATE. EN PROYECTO DEL CÓDIGO DE CONSUMO REMITIDO POR EL EJECUTIVO AL CONGRESO DE LA REPÚBLICA

Establece además la obligatoriedad del etiquetado en transgénicos


Aspec asegura que amplia legitimidad para obrar en asociaciones

El proyecto del Código de Consumo, remitido recientemente por el Poder Ejecutivo al Parlamento Nacional, incorpora diversas subsanaciones favorables para la defensa y protección de los usuarios de bienes y servicios en el país, afirmó el vicepresidente de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec), Crisóstomo Cáceres. "El texto final de este código subsana muchas deficiencias e incorpora también algunas de las propuestas de Aspec, como en el tema del etiquetado de los productos transgénicos, que ahora se impone su obligatoriedad", manifestó el experto.

Resaltó igualmente que de prosperar el texto sería obligatorio el uso del libro de sanciones para las empresas; y, amplía la legitimidad para obrar de las asociaciones de consumidores, permitiendo la representación en casos de intereses colectivos y difusos.

Sin embargo, observó la conservación de ciertas deficiencias en la iniciativa. Entre ellas, dijo, la protección solo para el consumidor diligente y no del sujeto ordinario, así como el recorte de atribuciones para las asociaciones de los consumidores.

"En consecuencia, los directivos de estas asociaciones también serán responsables solidarios. Es decir, de perder algún proceso, los denunciados podrán dirigirse no solo contra la asociación sino que también contra sus directivos", manifestó Cáceres, quien sostuvo que iguales obligaciones también deberían extenderse para los empresarios.



En opinión del experto, el Congreso de la República tiene ahora la responsabilidad de conducir el debate de este importante proyecto en forma transparente, objetiva y de amplia convocatoria para escuchar a todas las partes y entidades vinculadas y preocupadas por la defensa y protección de los consumidores.

Contenido

Pero, ¿en qué consiste el proyecto de ley del Código de Consumo? Según la iniciativa, su finalidad es instituir la protección de los derechos de los consumidores como principio rector de la política social y económica del Estado. Para ello promueve el acceso a una diversidad de productos y servicios idóneos reduciendo la asimetría informativa y fomentando la libertad de elección en un marco de libre y honesta competencia, con sujeción a la Constitución y al ordenamiento jurídico nacional.

Su prioridad proteger al consumidor que se encuentra directa o indirectamente expuesto o comprendido por una relación de consumo. Además, sus disposiciones se aplicarán a las relaciones de consumo que se celebran en el territorio nacional o cuando sus efectos se producen en éste, con excepción de las operaciones a título gratuito, salvo que tengan un propósito comercial dirigido a fomentar el consumo. Para la aplicación del código se tomará como referencia el parámetro de un consumidor que actúa de buena fe y diligencia ordinaria. Mientras que, en el proveedor, será en base al principio de buena fe, lealtad comercial y de razonabilidad.

Fuente: El Peruano