TIPIFICARÁN CONDUCTAS
Con la modificación del artículo 17 de la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, el Congreso de la República establece que mediante decreto supremo, refrendado por el Ministro del Ambiente y en vía reglamentaria, se tipifican las conductas sancionables administrativamente por infracciones ambientales previstas en la Ley General del Ambiente, refiere la Ley Nº 29514.
Fuente: El Peruano
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