Presidentes de distritos judiciales se reúnen con esa finalidad
Descarga procesal avanza en la capital de la República
Los presidentes de las cortes superiores de justicia de Lima, Lima Norte y Callao sostienen reuniones para proyectar la futura implementación del nuevo Código Procesal Penal (CPP) en sus respectivas sedes judiciales.
Así lo reveló César Vega Vega, presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima quien indicó que la aplicación de este nuevo cuerpo legislativo significa un paso de avanzada en la administración de justicia eficaz.
Destacó que además ya la Academia de la Magistratura (AMAG) está dictando con regularidad talleres, seminarios y conferencias sobre la aplicación de este nuevo código dirigidos a los magistrados y personal jurisdiccional.
"Estamos –por ende– en una fase preparatoria, con la finalidad que cuando ya se aplique tengamos la suficiente preparación y experiencia, tomando en cuenta que el año 2011 entrará en vigencia el nuevo Código Procesal Penal en Lima", detalló el magistrado.
Descarga Procesal
En cuanto a la descarga procesal, Vega Vega indicó que la Corte Suprema ha dado cuenta de los avances de la tecnología de las notificaciones electrónicas como medida para disminuir la carga procesal.
"Se debe –por tanto– priorizar la implementación en todos los órganos jurisdiccionales, durante el año 2010, del Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINOE), lo que significa implementar el acceso a Internet de todos los órganos jurisdiccionales", refirió.
Sin embargo, Vega Vega sostuvo que mientras se pone en vigencia este sistema en todas las esferas judiciales, en el distrito judicial de Lima se viene aplicando, como alternativa, un proyecto de la juez penal Raquel Centeno para los procesos con reos en cárcel.
Se trata de una Mini Central de Notificaciones, que se ha instaurado sin aumento de personal ni de presupuesto, cuyos notificadores salen a cumplir su labor a las 8:00 horas para luego a las 16:00 realizar el control de las notificaciones tramitadas.
Logros
Los resultados son exitosos; de junio de 2009 a fines de ese año, se contaba con 6 mil 861 expedientes y gracias a la aplicación del proyecto de la juez Centeno se cuenta con 4 mil 674 expedientes, con lo cual se ha disminuido la carga procesal en 32.5%.
"Este es el éxito del sistema de notificaciones implementado por Raquel Centeno, en los procesos con reo en cárcel, por lo que en consulta con el gabinete de la Presidencia pediremos que la indicada magistrada sea la encargada de supervigilar y dedicarse por completo a esta labor, buscando aplicar esta experiencia en otros juzgados," anunció Vega Vega.
Corte de Lima Sur
Por otra parte, a criterio del presidente de la Corte Superior de Lima, César Vega Vega, la próxima creación de la Corte de Lima Sur por parte del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial será una medida que contribuirá también a la descarga procesal en bien de los justiciables.
Por consiguiente consideró interesante la posibilidad de implementar el nuevo CPP en ese futuro nuevo distrito judicial.
Fuente: El Peruano
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viernes, 9 de abril de 2010
martes, 16 de febrero de 2010
Corte Superior de Lima cobra multas
LOGRO. ESTA SEDE JUDICIAL AUMENTA PROGRESIVAMENTE SUS INGRESOS POR ESTE RUBRO
Más de 412 mil nuevos soles fueron recaudados durante 2009
La Corte Superior de Justicia de Lima incrementa progresivamente sus ingresos por concepto de cobro de multas que se imponen a las partes procesales o a los abogados. Ayer, reveló que durante el año pasado logró recaudar por tal rubro 412 mil 85 nuevos soles y 4 mil 116 dólares, cifras muy superiores a las alcanzadas en 2008: 176 mil 945 nuevos soles y un mil 493 dólares. Este sostenido aumento, refirió la corte capitalina, responde a la política adoptada por su presidente de impulsar el cobro de multas para mejorar los recursos propios.
La jefa de la oficina de servicios judiciales y recaudación de la Corte de Lima, Tatiana del Portal Parra, informó que más de 120 mil nuevos soles recaudados durante 2009 responden a multas por concepto de casación, que se imponen a la parte procesal por recurrir sin mayor sustento jurídico a este recurso.
Acciones
La funcionaria señaló que en 2009 se capacitaron a especialistas legales en el uso del sistema de multas, que permite efectuar el cálculo de intereses y costas. “Estamos oficiando a los magistrados y coordinando el desarchivamiento de aquellos expedientes de multas que no fueron cobradas, con el fin de incrementar la cifra de multas pagadas”, agregó Del Portal Parra.
Derecho a la información que tiene la gestante
Toda persona tiene derecho a obtener información sobre su salud. Así está reconocido explícitamente en diversos protocolos que regulan el funcionamiento de los establecimientos de salud del país. Proporcionar información a los usuarios y usuarias de los servicios de salud genera una relación de confianza con el profesional de la salud, contribuye a realizar con éxito el tratamiento y establece las bases para brindar un trato adecuado a quienes hacen uso de dichos servicios.
En lo relacionado con la salud materna, las atenciones prenatales constituyen el escenario ideal para que el personal de salud informe a la gestante sobre sus derechos, involucre a su pareja y familiares en el proceso del embarazo y parto, promueva el mayor número posible de atenciones prenatales y fomente el parto en el establecimiento de salud. En los últimos años, el Ministerio de Salud (Minsa) ha puesto especial interés en asegurar que las gestantes se encuentren informadas, en particular sobre los signos de alarma que aparezcan durante el embarazo. A este respecto, en la segunda supervisión realizada por la Defensoría del Pueblo a los servicios de ginecología y obstetricia de 11 regiones del país se detectó que la cefalea, los edemas, el sangrado y la pérdida de líquido por la vagina son algunos de los signos de alarma que más se difunden entre las gestantes, lo que constituye un significativo avance en la atención de la salud materna. No obstante, la información sobre algunos otros síntomas –como el zumbido en los oídos– no se brindó a más del 10% de las entrevistadas.
Aspectos a fortalecer
La referida supervisión también permitió identificar algunos aspectos de la atención que requieren ser fortalecidos. Éstos se encuentran principalmente vinculados con el deber del personal de salud de informar a las gestantes sobre sus derechos. Así, por ejemplo, solo el 29% de usuarias señaló que conocía sus derechos en el marco de la atención prenatal, el 51% precisó que no recibió consejería previa a la realización de la prueba para detectar VIH y el 71% no sabía que podía optar por un parto vertical con adecuación intercultural.
En opinión de la Defensoría del Pueblo, la adecuada información de las gestantes durante la etapa prenatal se presenta como una estrategia de sencilla implementación, la cual otorga a las usuarias los elementos suficientes para adoptar un rol activo en el cuidado de su salud que, sumado a la labor del personal de salud, puede contribuir a reducir los casos de muertes maternas prevenibles. Mejorar el acceso de las gestantes a información oportuna, clara y detallada sobre el embarazo y el parto puede representar, en algunos casos, una garantía de sus derechos a la salud y la vida.
Fuente: El Peruano
Más de 412 mil nuevos soles fueron recaudados durante 2009
La Corte Superior de Justicia de Lima incrementa progresivamente sus ingresos por concepto de cobro de multas que se imponen a las partes procesales o a los abogados. Ayer, reveló que durante el año pasado logró recaudar por tal rubro 412 mil 85 nuevos soles y 4 mil 116 dólares, cifras muy superiores a las alcanzadas en 2008: 176 mil 945 nuevos soles y un mil 493 dólares. Este sostenido aumento, refirió la corte capitalina, responde a la política adoptada por su presidente de impulsar el cobro de multas para mejorar los recursos propios.
La jefa de la oficina de servicios judiciales y recaudación de la Corte de Lima, Tatiana del Portal Parra, informó que más de 120 mil nuevos soles recaudados durante 2009 responden a multas por concepto de casación, que se imponen a la parte procesal por recurrir sin mayor sustento jurídico a este recurso.
Acciones
La funcionaria señaló que en 2009 se capacitaron a especialistas legales en el uso del sistema de multas, que permite efectuar el cálculo de intereses y costas. “Estamos oficiando a los magistrados y coordinando el desarchivamiento de aquellos expedientes de multas que no fueron cobradas, con el fin de incrementar la cifra de multas pagadas”, agregó Del Portal Parra.
Derecho a la información que tiene la gestante
Toda persona tiene derecho a obtener información sobre su salud. Así está reconocido explícitamente en diversos protocolos que regulan el funcionamiento de los establecimientos de salud del país. Proporcionar información a los usuarios y usuarias de los servicios de salud genera una relación de confianza con el profesional de la salud, contribuye a realizar con éxito el tratamiento y establece las bases para brindar un trato adecuado a quienes hacen uso de dichos servicios.
En lo relacionado con la salud materna, las atenciones prenatales constituyen el escenario ideal para que el personal de salud informe a la gestante sobre sus derechos, involucre a su pareja y familiares en el proceso del embarazo y parto, promueva el mayor número posible de atenciones prenatales y fomente el parto en el establecimiento de salud. En los últimos años, el Ministerio de Salud (Minsa) ha puesto especial interés en asegurar que las gestantes se encuentren informadas, en particular sobre los signos de alarma que aparezcan durante el embarazo. A este respecto, en la segunda supervisión realizada por la Defensoría del Pueblo a los servicios de ginecología y obstetricia de 11 regiones del país se detectó que la cefalea, los edemas, el sangrado y la pérdida de líquido por la vagina son algunos de los signos de alarma que más se difunden entre las gestantes, lo que constituye un significativo avance en la atención de la salud materna. No obstante, la información sobre algunos otros síntomas –como el zumbido en los oídos– no se brindó a más del 10% de las entrevistadas.
Aspectos a fortalecer
La referida supervisión también permitió identificar algunos aspectos de la atención que requieren ser fortalecidos. Éstos se encuentran principalmente vinculados con el deber del personal de salud de informar a las gestantes sobre sus derechos. Así, por ejemplo, solo el 29% de usuarias señaló que conocía sus derechos en el marco de la atención prenatal, el 51% precisó que no recibió consejería previa a la realización de la prueba para detectar VIH y el 71% no sabía que podía optar por un parto vertical con adecuación intercultural.
En opinión de la Defensoría del Pueblo, la adecuada información de las gestantes durante la etapa prenatal se presenta como una estrategia de sencilla implementación, la cual otorga a las usuarias los elementos suficientes para adoptar un rol activo en el cuidado de su salud que, sumado a la labor del personal de salud, puede contribuir a reducir los casos de muertes maternas prevenibles. Mejorar el acceso de las gestantes a información oportuna, clara y detallada sobre el embarazo y el parto puede representar, en algunos casos, una garantía de sus derechos a la salud y la vida.
Fuente: El Peruano
sábado, 30 de enero de 2010
Corte limeña prohibirá uso de celulares
ATENCIÓN. PARA MEJORAR LA CALIDAD DE ATENCIÓN AL JUSTICIABLE
Personal tampoco podrá escuchar música o conversar en horas de trabajo
En breve, la Corte de Lima publicará un circular prohibiendo el uso de celulares, equipos de música o que el personal converse en horas de trabajo, descuidando la atención a los litigantes, dijo su titular, César Vega Vega.
Fue al exhortar a los servidores judiciales a fin de mejorar la calidad de atención y de servicio que a diario reciben los concurrentes a esta sede.
“El buen trato y atención al usuario de justicia no es un favor, sino una obligación que magistrados, auxiliares jurisdiccionales y personal administrativo tiene con ellos”, manifestó durante la visita inopinada realizada al Centro de Distribución General (CDG), lugar donde los litigantes presentan sus escritos y demandas.
En tono enfático dijo que recibió quejas del público que le han dado a conocer que el personal judicial los atiende con desdén y sin respeto, prefiriendo escuchar música, hablar por teléfono o conversar con sus compañeros. “No vamos a tolerar este tipo de situaciones en la Corte de Lima”, dijo.
Dirigiéndose a la administradora del CDG, Silvia Pozo Rodríguez, la invocó a supervisar celosamente la labor de su personal y esmerarse en el mejor funcionamiento del centro. “El usuario de justicia viene con una cruz sobre sus hombros, por lo que no se le puede causar más problemas de los que ya tiene”, indicó.
Fuente: El Peruano
Personal tampoco podrá escuchar música o conversar en horas de trabajo
En breve, la Corte de Lima publicará un circular prohibiendo el uso de celulares, equipos de música o que el personal converse en horas de trabajo, descuidando la atención a los litigantes, dijo su titular, César Vega Vega.
Fue al exhortar a los servidores judiciales a fin de mejorar la calidad de atención y de servicio que a diario reciben los concurrentes a esta sede.
“El buen trato y atención al usuario de justicia no es un favor, sino una obligación que magistrados, auxiliares jurisdiccionales y personal administrativo tiene con ellos”, manifestó durante la visita inopinada realizada al Centro de Distribución General (CDG), lugar donde los litigantes presentan sus escritos y demandas.
En tono enfático dijo que recibió quejas del público que le han dado a conocer que el personal judicial los atiende con desdén y sin respeto, prefiriendo escuchar música, hablar por teléfono o conversar con sus compañeros. “No vamos a tolerar este tipo de situaciones en la Corte de Lima”, dijo.
Dirigiéndose a la administradora del CDG, Silvia Pozo Rodríguez, la invocó a supervisar celosamente la labor de su personal y esmerarse en el mejor funcionamiento del centro. “El usuario de justicia viene con una cruz sobre sus hombros, por lo que no se le puede causar más problemas de los que ya tiene”, indicó.
Fuente: El Peruano
jueves, 7 de enero de 2010
Corte de Lima sanciona a abogado por dilatar litigio
DISCIPLINA. DECISIÓN LA ASUME LA PRIMERA SALA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA
Por promover una actuación judicial basada en hechos falsos
Letrado deberá pagar multa de cinco unidades de referencia procesal
La Primera Sala Contenciosa Administrativa de la Corte Superior de Lima sancionó la conducta maliciosa del abogado Ricardo Vega Silva por promover una nulidad de actuados sustentándose en hechos falsos, lo que derivó en la indebida dilación del litigio en referencia.
En cumplimiento a lo dispuesto en el Código Procesal Civil, a fin de preservar el principio de economía y celeridad procesal, el colegiado integrado por los jueces superiores titulares Otto Egúsquiza Roca, Luis Alberto Carrasco Alarcón y María del Carmen Gallardo Neyra, multó con cinco unidades de referencia procesal (equivalente a 1,775 soles) al citado letrado.
Se dispuso, además, remitir las copias pertinentes de este caso al Colegio de Abogados de Lima (CAL) para que este gremio se pronuncie sobre la presunta responsabilidad disciplinaria en que habría incurrido Vega Silva.
El tribunal, de ese modo, confirmó una resolución de primera instancia al considerar que "la multa impuesta resultó proporcional y razonable respecto de los hechos acotados", precisa.
La resolución judicial señala que Vega Silva, en calidad de abogado patrocinante de Alberto Enrique Schroth Meir y Proaño en litigio seguido contra la Fuerza Aérea del Perú, falseó la verdad de los hechos durante la presentación de un escrito de variación de domicilio procesal.
Conductas maliciosas de estas características, se indica, congestionan indebidamente el sistema judicial y afectan la imagen del Poder Judicial al hacerla responsable de la falta de celeridad procesal.
Jurisprudencia
La decisión de la sala se ampara en las diversas jurisprudencias dictadas por el Tribunal Constitucional respecto a la temeridad procesal.
Así, se tiene las sentencias recaídas en los Expedientes Nº 02016-2005-AA/TC (FJ 3-17 ), Nº 03815-2005-AA/TC (FJ 3-10); Nº 08094-2005-AA/TC (FJ 3-10); Nº 06712-2005-HC/TC (FJ 65).
En ellas, se establece algunos parámetros de actuación de los abogados en el marco de la ética en el ejercicio de la profesión y conforme a los deberes de lealtad con los valores constitucionales
que constituyen el fundamento de organización de la justicia constitucional en el Estado Democrático.
Fuente: EL PERUANO
Por promover una actuación judicial basada en hechos falsos
Letrado deberá pagar multa de cinco unidades de referencia procesal
La Primera Sala Contenciosa Administrativa de la Corte Superior de Lima sancionó la conducta maliciosa del abogado Ricardo Vega Silva por promover una nulidad de actuados sustentándose en hechos falsos, lo que derivó en la indebida dilación del litigio en referencia.
En cumplimiento a lo dispuesto en el Código Procesal Civil, a fin de preservar el principio de economía y celeridad procesal, el colegiado integrado por los jueces superiores titulares Otto Egúsquiza Roca, Luis Alberto Carrasco Alarcón y María del Carmen Gallardo Neyra, multó con cinco unidades de referencia procesal (equivalente a 1,775 soles) al citado letrado.
Se dispuso, además, remitir las copias pertinentes de este caso al Colegio de Abogados de Lima (CAL) para que este gremio se pronuncie sobre la presunta responsabilidad disciplinaria en que habría incurrido Vega Silva.
El tribunal, de ese modo, confirmó una resolución de primera instancia al considerar que "la multa impuesta resultó proporcional y razonable respecto de los hechos acotados", precisa.
La resolución judicial señala que Vega Silva, en calidad de abogado patrocinante de Alberto Enrique Schroth Meir y Proaño en litigio seguido contra la Fuerza Aérea del Perú, falseó la verdad de los hechos durante la presentación de un escrito de variación de domicilio procesal.
Conductas maliciosas de estas características, se indica, congestionan indebidamente el sistema judicial y afectan la imagen del Poder Judicial al hacerla responsable de la falta de celeridad procesal.
Jurisprudencia
La decisión de la sala se ampara en las diversas jurisprudencias dictadas por el Tribunal Constitucional respecto a la temeridad procesal.
Así, se tiene las sentencias recaídas en los Expedientes Nº 02016-2005-AA/TC (FJ 3-17 ), Nº 03815-2005-AA/TC (FJ 3-10); Nº 08094-2005-AA/TC (FJ 3-10); Nº 06712-2005-HC/TC (FJ 65).
En ellas, se establece algunos parámetros de actuación de los abogados en el marco de la ética en el ejercicio de la profesión y conforme a los deberes de lealtad con los valores constitucionales
que constituyen el fundamento de organización de la justicia constitucional en el Estado Democrático.
Fuente: EL PERUANO
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