El derecho a la identidad es fundamental, porque permite a la persona el ejercicio pleno de la ciudadanía; sin embargo en el Perú, especialmente, en la Región San Martín, los esfuerzos para asegurar su vigencia y pleno ejercicio aún son insuficientes. Todavía persisten problemas como la exigencia de requisitos no contemplados en las normas y el desconocimiento de sus propios mecanismos internos.
En febrero de este año, la Oficina Defensorial de San Martín recibió la queja de un poblador de la zona, quien tras apersonarse a la oficina del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) de Moyobamba para tramitar su Documento Nacional de Identidad (DNI), por primera vez, con un ejemplar de su acta de nacimiento transcrita, ésta no le fue aceptada por los funcionarios del RENIEC que le exigieron la entrega de una copia del libro matriz en el que fue inscrito su nacimiento, el mismo que se encontraba en el distrito de Huancabamba, región Piura.
Frente a ello, y ante la imposibilidad de que algunas personas puedan obtener las copias de sus actas de nacimiento debido a que muchas, por los procesos de migración interna, no viven en el lugar donde nacieron, se le recordó a la jefa del RENIEC de Moyobamba lo dispuesto en la RJ Nº 777-2009, referido al empadronamiento de las personas mayores de 25 años que no cuenten con partida de nacimiento y que deseen tramitar su DNI por vez primera, a fin de que sea el propio RENIEC quien obtenga esta copia a través de una coordinación con la Oficina de Registro Civil donde se encuentra.
Gracias a la oportuna intervención de la Defensoría del Pueblo, el mencionado ciudadano pudo obtener su DNI. Asimismo, se recomendó a la referida funcionaria del RENIEC mejorar la capacitación de su personal a fin de optimizar la atención de los ciudadanos, evitando poner barreras innecesarias a su documentación.
Fuente: El Peruano
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lunes, 7 de junio de 2010
domingo, 17 de enero de 2010
Deficiente identificación
Toda persona tiene derecho a la libertad y seguridad personal. Sin embargo, este derecho fue vulnerado autoritariamente por los operadores de justicia de La Libertad (Ministerio Público y Poder Judicial), al ordenar la captura arbitraria y posterior reclusión en un establecimiento penitenciario de Trujillo del ciudadano Rolando Bertoni Rojas Blas.
El referido ciudadano fue detenido por el presunto delito de robo agravado en Lima, ante una orden de captura proveniente del 4° Juzgado Penal Unipersonal de Trujillo. Al momento de su arresto, se mostró sorprendido, por lo que interpuso una demanda de hábeas corpus y, por otro lado, el defensor de oficio presentó una solicitud de homonimia ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de Turno de Trujillo.
Derivado el caso, por el programa de protección de derechos en dependencias policiales, la oficina defensorial de La Libertad, departamento al que fue trasladado Rolando Bertoni, verificó que el procesado era Rolando Bartoni y no Rolando Bertoni. Además, la persona buscada tenía tatuajes y cicatrices que el recurrente no presentaba, incluso estuvo internado en el establecimiento penitenciario El Milagro.
Ante ello, se coordinó con la Oficina de Criminalística de La Libertad para que se practique una pericia a las huellas dactiloscópicas (ficha penológica y ficha de identificación penal) del verdadero procesado a fin de cotejarlas con las huellas del recurrente. Como resultado se determinó que el ciudadano Rolando Bertoni Rojas Blas, detenido el 15 de diciembre de 2009, no era el mismo que Rolando Bartoni Rojas Blas.
En consecuencia, el pasado 6 de enero se logró la restitución del derecho a la libertad del ciudadano Rolando Bertoni Rojas Blas, cuando el magistrado del 5° Juzgado de Investigación Preparatoria ordenó su excarcelación.
Fuente: EL PERUANO
El referido ciudadano fue detenido por el presunto delito de robo agravado en Lima, ante una orden de captura proveniente del 4° Juzgado Penal Unipersonal de Trujillo. Al momento de su arresto, se mostró sorprendido, por lo que interpuso una demanda de hábeas corpus y, por otro lado, el defensor de oficio presentó una solicitud de homonimia ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de Turno de Trujillo.
Derivado el caso, por el programa de protección de derechos en dependencias policiales, la oficina defensorial de La Libertad, departamento al que fue trasladado Rolando Bertoni, verificó que el procesado era Rolando Bartoni y no Rolando Bertoni. Además, la persona buscada tenía tatuajes y cicatrices que el recurrente no presentaba, incluso estuvo internado en el establecimiento penitenciario El Milagro.
Ante ello, se coordinó con la Oficina de Criminalística de La Libertad para que se practique una pericia a las huellas dactiloscópicas (ficha penológica y ficha de identificación penal) del verdadero procesado a fin de cotejarlas con las huellas del recurrente. Como resultado se determinó que el ciudadano Rolando Bertoni Rojas Blas, detenido el 15 de diciembre de 2009, no era el mismo que Rolando Bartoni Rojas Blas.
En consecuencia, el pasado 6 de enero se logró la restitución del derecho a la libertad del ciudadano Rolando Bertoni Rojas Blas, cuando el magistrado del 5° Juzgado de Investigación Preparatoria ordenó su excarcelación.
Fuente: EL PERUANO
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