lunes, 7 de junio de 2010

Aceptación del traslado y la falta grave

La renuencia del trabajador a acatar su traslado constituye falta grave si no demuestra la existencia de mala fe del empleador, determinó el Tribunal Constitucional (TC) en la sentencia recaída en el Exp. Nº 00593-2009-PA/TC.


Para el tribunal, en ese sentido, la intención de causar un perjuicio por parte del empleador al disponer el traslado del trabajador a un lugar distinto de aquel en el que presta habitualmente sus servicios, debe ser demostrado por este último.

En tal sentido, desestimó una demanda de amparo interpuesta por un ex trabajador que cuestionaba la decisión de su empleador de despedirlo como consecuencia de su negativa a cumplir con el traslado dispuesto, reseña un informe legal del Estudio Rodrigo, Elías & Medrano Abogados.

Según el tribunal, la cuestión controvertida se circunscribe a determinar si por las circunstancias del caso, la empresa demandada podía disponer de forma irrestricta el traslado del trabajador, y si la negativa del recurrente al traslado configuraba un supuesto de infracción grave, por suponer la trasgresión de un deber laboral. Por ello, afirma, la ley reconoce la atribución del empleador para trasladar al trabajador; “no obstante lo cual le impone el deber de ejercer dicha atribución de buena fe; es decir, sin la intención de ocasionarle un perjuicio”.

En el caso en análisis, refiere, el demandante no ha acreditado que la intención de su empleador haya sido la de causarle un perjuicio, por lo que no correspondía estimar la demanda.

Fuente: El Peruano

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