sábado, 6 de febrero de 2010

Ratifican seguridad jurídica a inversiones

PRECEDENTE. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL RECHAZA DEMANDA DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO

Es constitucional legislación para promover inversión en bienes culturales del país


Toda aquella legislación que permite la inversión privada en la recuperación y puesta en valor de bienes culturales es constitucional, determinó el Tribunal Constitucional al declarar infundada la demanda presentada por el gobierno regional del Cusco contra las leyes N°s. 29164 y 29167.

Ambas normas regulan la inversión privada que permite la recuperación, restauración, conservación, puesta en valor y desarrollo sostenible de los bienes inmuebles integrantes del patrimonio cultural de la nación.

En la sentencia recaída en el Exp. N° 00003-2008-PI/TC, el colegiado considera que a partir de la diferenciación realizada por el legislador, según las estrellas o tenedores con que cuente un hotel o restaurante, y en su realización de una intervención de intensidad baja en el mercado, la inversión permitiría alcanzar un fin constitucional como es la recuperación, restauración, conservación, puesta en valor y desarrollo sostenible de los bienes inmuebles integrantes del patrimonio cultural, generando un flujo de capitales a través de empresas con cierta solvencia económica y con conocimiento de los servicios que va a brindar, sobre todo si está en juego la imagen del Perú como país promotor del turismo.

“Solo a través de una empresa que tenga la capacidad de invertir en el rubro de hospedaje o de alimentos y de respetar e impulsar mejoras de bienes inmateriales históricos, podrá cumplirse tal objetivo; no existe una medida alternativa para cumplir tal finalidad que respete los valores constitucionales”, afirma el TC.

Una norma como la cuestionada solo establece las condiciones y requisitos que deben reunir todos aquellos que en ejercicio de su libre iniciativa privada desean invertir en esta actividad, consecuentes con el respeto del patrimonio cultural de la nación. Por la naturaleza de las actividades que realiza debió ser muy escrupuloso el Estado a la hora de establecer las condiciones de ejercicio, refiere el colegiado.

Fuente: El Peruano

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