viernes, 8 de enero de 2010

Nuevas reglas en procesos contencioso administrativos

JUDICATURA. EMPIEZAN A REGIR MODIFICACIONES AL CÓDIGO PROCESAL CIVIL DISPUESTA POR LEY Nº 29364

Desde el sábado 28, jueces especializados conocerán estos procesos


Esperan que medida alivie carga procesal e imprima más celeridad

En los procesos administrativos que los ciudadanos y empresas siguen en las dependencias públicas, las resoluciones que ponen fin a la instancia son susceptibles de impugnarse ante el Poder Judicial, a través de demandas contencioso administrativas.

Actualmente, cuando la demanda contencioso administrativa versa sobre una actuación del Banco Central de Reserva, Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores, Tribunal Fiscal, Tribunal del Indecopi, Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado, Consejo de Minería, Tribunal Registral, Tribunal de Servicio Civil y los denominados Tribunales de Organismos Reguladores, debe ser presentada –en primera instancia– ante la Sala Contencioso Administrativa de la respectiva Corte Superior.

Sin embargo, todo esto será modificado al entrar en vigencia desde este sábado 28 las modificaciones dispuestas en el TUO de la ley que regula el proceso contencioso administrativo dispuesta por la Ley Nº 29364.

En consecuencia, desde esa fecha, las citadas demandas –con excepción de los asuntos laborales–, deberán presentarse en primera instancia ante el juez especializado (juez contencioso administrativo), pudiendo recurrirse en apelación ante la sala en lo contencioso administrativo.

“Se espera que esta medida alivie la carga procesal e imprima celeridad a los procedimientos contencioso administrativos”, sostuvo el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima, Víctor Zavala Lozano, al comentar los efectos de esta norma.

Solicitó además capacitación para los jueces y vocales que verán este tipo de procesos y demandas.

Equipo jurisdiccional

En Lima existen 15 juzgados especializados en lo contencioso administrativo, los cuales se encuentran distribuidos en las siguientes sedes judiciales:

Jr. Domingo Cueto Nº 321 - Jesús María: Del Primer Juzgado Contencioso Administrativo al Décimo Juzgado Contencioso Administrativo.

Edificio Alzamora Valdez (Ex Ministerio de Educación) Av. Abancay altura del Parque Universitario: Del Décimo Primer Juzgado Contencioso Administrativo al Décimo Quinto Juzgado Contencioso Administrativo.

Fuente: EL PERUANO

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