domingo, 11 de abril de 2010

Reglas para la inversión con China

OPORTUNIDAD. TLC, UN MARCO LEGAL PREDECIBLE PARA EL COMERCIO, LOS NEGOCIOS Y LA INVERSIÓN

Promoverán comercio con normas claras y mutuamente beneficiosas


En caso de afectación, podrá utilizarse medidas de defensa comercial

La reciente puesta en vigencia del tratado de libre comercio (TLC) entre el Perú y la República Popular China garantiza un marco legal predecible para el comercio, los negocios y la inversión, así como un importante impulso para la promoción de un comercio recíproco, al establecer reglas claras y mutuamente beneficiosas, evitando obstáculos, discriminaciones injustificadas y distorsiones al comercio.

Así concluye un informe legal preparado por el área de comercio exterior del Estudio Echecopar, a cargo del experto y ex viceministro Luis Alonso García Muñoz-Nájar. El documento añade que con este acuerdo ambos países reafirman su disposición de fortalecer y mejorar el sistema de comercio multilateral conforme a la Organización Mundial de Comercio (OMC) y a los instrumentos de cooperación multilateral, regional y bilateral relacionados con el comercio.

A continuación, se proporciona una visión general del TLC entre el Perú y la República Popular China, resaltando los aspectos más importantes de los temas negociados en este acuerdo, suscrito el 28 de abril de 2009 y ratificado por el Gobierno peruano el 9 de diciembre del mismo año. Entró en vigencia el pasado 1 de marzo.

Disposiciones iniciales

El TLC del Perú y Chile ha sido suscrito para fomentar la expansión y diversificación del comercio entre ambas partes; eliminar los obstáculos al comercio en bienes y servicios, y facilitar su movimiento transfronterizo entre ambos países; promover una competencia justa en los mercados de las partes; crear nuevas oportunidades laborales; establecer un marco legal para profundizar la cooperación bilateral, regional y multilateral, a fin de expandir y mejorar los beneficios del TLC; y proporcionar un espacio para la solución de controversias de forma amigable.

Todo ello, conforme a las normas del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 - GATT (artículo XXIV) y del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios -GATS (artículo V), que permite a ambos países establecer un área de libre comercio. Además, adoptar las medidas necesarias para hacer efectivas las disposiciones del TLC en sus respectivos territorios, asegurando que sus gobiernos regionales y locales, así como autoridades cumplan con las obligaciones del tratado.

Iniciativas privadas protegidas por el tratado

El TLC otorga protección a inversionistas peruanos y chinos, así como a sus inversiones realizadas en el territorio del Perú o de China, ya sea antes o después de la entrada en vigencia de este tratado. “Esto se asemeja a un tratado bilateral de inversiones, el cual otorga a inversionistas peruanos y chinos una serie de derechos sustantivos, como también un mecanismo de solución de controversias para resolver potenciales disputas que pudieran presentarse entre el inversionista y el estado receptor de la inversión”, refiere el informe legal del Estudio Echecopar.

El artículo 126 del TLC además detalla una lista no exhaustiva de inversiones cubiertas por el tratado: bienes muebles, inmuebles y otros derechos reales como hipotecas y prendas, y derechos similares; acciones, obligaciones, capital y cualquier otra clase de participación en empresas; derechos sobre dinero o cualquier otra obligación que tenga valor económico asociado a una inversión; derechos de propiedad intelectual, en particular derechos de autor, patentes, marcas registradas, nombres comerciales, know-how, y procesos tecnológicos, así como good-will; y, concesiones conferidas mediante ley o con contrato, incluyendo concesiones para la búsqueda, el cultivo, la extracción o la explotación de recursos naturales.

Este capítulo concede también a los inversionistas varios derechos sustantivos, como trato nacional, trato de la nación más favorecida, trato justo y equitativo y plena protección y seguridad, condiciones necesarias para la expropiación, transferencias de inversiones y ganancias; y , denegación de beneficios.

Provee, finalmente, un mecanismo de solución de controversias para disputas relacionadas con la inversión que puedan surgir con el país receptor de la misma, refiere el informe legal del Estudio Echecopar.

Inversionistas


1 El acuerdo facilita la entrada temporal de personas de negocios de China al Perú, en un criterio de transparencia, seguridad de frontera y de protección del empleo en cada territorio. Así, permite el ingreso de visitantes de negocios hasta por seis meses en ambos países.

2 Sin embargo, tratándose de transferencias intracorporativas (movimientos de personal determinado de empresas con sucursales o subsidiarias en ambos países), China permitirá un ingreso de hasta tres años, y Perú de un año, renovable mientras se mantengan las condiciones de la transferencia.

3 Los principales compromisos del Perú y China en la materia son la autorización de entrada temporal y la entrega de información.

Origen de las mercancías

El TLC con China establece los criterios para calificar el origen de las mercancías. Así, un bien será considerado originario de una de las partes cuando sea totalmente obtenido o producido en el territorio de uno o ambos países; sea producido en el territorio de una o ambas partes, exclusivamente con materiales cuyo origen proviene de una o ambas partes; o sea producido en el territorio de uno o ambos países suscriptores del acuerdo, usando materiales no originarios.

El importador deberá presentar un certificado de origen válido al momento de la importación, para que las mercancías originarias reciban un trato arancelario preferencial.

Para el trato nacional y acceso a mercados de bienes, el TLC incluye el trato nacional, eliminación arancelaria, regímenes, especiales, medidas no arancelarias, agricultura, Comité de comercio de Mercancías.

Fuente: El Peruano

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