domingo, 7 de febrero de 2010

Retienen a paciente

El buen trato y el acceso a los servicios de salud es un derecho de todos. Es deber del Estado, sobre todo, velar porque los sectores de menores recursos económicos reciban una atención digna y adecuada, sin ninguna restricción ni condicionamiento. Sin embargo, esa no es una norma, ello lo comprobó una paciente del Hospital Daniel Alcides Carrión de Huancayo, que durante una semana fue retenida en dicho nosocomio, no obstante haber sido dada de alta.


Según uno de los familiares de la hospitalizada, esta llegó al referido hospital para que se le practicase una cesárea y para ello le prestaron algunas unidades de sangre, lo que determinó que el personal del Alcides Carrión impidiese que tanto la madre como su recién nacido abandonasen dicho nosocomio por los gastos ocasionados.

Esta situación fue constatada por los comisionados de la oficina defensorial de Junín, que verificaron in situ que la madre del menor no solo carecía de recursos económicos para pagar la deuda ocasionada por los exámenes practicados a las dos unidades de sangres prestadas, sino que, además, se venía vulnerando su derecho a la libertad individual y a la dignidad.

Por ese motivo, los comisionados se entrevistaron con el director del hospital, que indicó que desconocía lo que venía ocurriendo con la referida paciente. Ante ello, se le recomendó la inmediata liberación del paciente, pedido al que accedió para evitar que se continuase vulnerando sus derechos.

Se solicitó, además, que disponga la investigación correspondiente para determinar la responsabilidad administrativa del personal que restringió la libertad de la referida paciente y su recién nacido.

El Art. 70 del Reglamento de Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo, aprobado por DS N° 013-2006-SA, prohíbe expresamente que el establecimiento de salud retenga o pretenda retener a cualquier usuario o cadáver para garantizar el pago de la atención médica prestada, o cualquier otra obligación.

Fuente: El Peruano

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