domingo, 10 de enero de 2010

Deudas laborales en SBS superan los S/. 51 millones

MTPE. MÁS DE 9,000 EMPRESAS SON REPORTADAS ANTE CENTRALES DE RIESGOS POR INCUMPLIMIENTO CON TRABAJADORES
Empleadores no pagan multas pese a facilidades, afirma viceministra


Infractores pueden ser pasibles de embargos y la restricción de créditos

Hasta el momento, más de nueve mil empresas infractoras de la legislación laboral que no han cumplido con pagar sus multas, a pesar de las facilidades otorgadas por la autoridad laboral, han ingresado a la Central de Riesgo de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), reveló la viceministra de Trabajo, Elisabed Zevallos.

Así, el importe acumulado de las sanciones económicas superan los S/. 51 millones, teniéndose registradas multas que datan desde el año 2,000, detalló la autoridad. Después explicó que desde hace tres años, el sector Trabajo publica la razón social, el motivo de la infracción laboral y el monto de la multa de las empresas morosas en su portal institucional (www.mintra.gob.pe).

La publicación de esta lista se realiza tras agotar una serie de medidas y facilidades que se les otorga para que regularicen su situación y la de los trabajadores, señaló.

Al respecto, se puede anotar que la estrategia del sector Trabajo para el cumplimiento de estas deudas no solo es represiva, sino que cuando encuentra a una empresa en falta, en principio, le brinda asesoría para que pueda regularizar la situación de los trabajadores y le otorga un plazo razonable para levantar las observaciones.

“En caso de que la empresa se niegue a acatar el requerimiento de la autoridad laboral en el plazo previsto, entonces, se expide una propuesta de multa e ingresan a un proceso sancionador en que se respeta el derecho de defensa de la empresa”, precisó la viceministra.

Añadió que cuando las empresas son multadas por infracciones laborales y cuentan con una resolución administrativa firme o consentida, se les concede un plazo prudente para que cancelen su deuda, así como facilidades de pago. Dichos instrumentos pueden ser de aplazamiento de pago, fraccionamiento o aplazamiento con fraccionamiento.

Si no optan por ninguno de estos beneficios ni muestran voluntad de pago, entonces su razón social pasa a la Central de Riesgo de la SBS y podrían tener dificultades para ser sujetas de crédito. Además, serán pasibles de un proceso de cobranza coactiva que podría terminar en un embargo.

Medida con mayor fuerza legal

Para otorgar una mayor eficacia en el cumplimiento laboral, recientemente, la Comisión de Trabajo del Congreso aprobó por unanimidad el proyecto de ley que crea el registro de empleadores morosos, en el cual quedarán inscritas las empresas y accionistas que tengan créditos laborales impagos como consecuencia de una sentencia consentida o ejecutoriada del Poder Judicial.

Dicha nómina deberá contener nombres del empleador moroso y, cuando corresponda, denominación de la entidad o empresa morosa; domicilio y DNI del empleador moroso. Además, el monto de intereses y la obligación pendiente de pago.

Datos

¿Cómo salir de la central de riesgo?

Para ser retirados de este listado, que se actualiza al mes, las empresas tienen dos opciones: acogerse al beneficio de fraccionamiento demostrando su voluntad de pago; o cancelando el total de la deuda.

La razón social de la empresa morosa y el monto pendiente de pago son retirados de la Central de Riesgo de la SBS, así como del portal institucional: www.mintra.gob.pe a más tardar el quinto día útil

del siguiente mes en curso si adoptan alguna de estas acciones.

Aquellas empresas morosas que deseen regularizar su situación, deben comunicarse con la Unidad de Control de Multas al teléfono 630-6000, anexos 8060, 8061 y 8062. También pueden solicitar información en los e-mail: maguilar@mintra.gob.pe, cdiazvargas@mintra.gob.pe, kmalca@mintra.gob.pe y kdelgado@mintra.gob.pe.

Fuente: EL PERUANO

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