MINJUS. CON ARBITRAJE POPULAR FACILITAN SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS EN MYPE
Avanza la promoción del arbitraje en el país
Plantean la inclusión de cláusula en contratos de inmobiliarias y empresas
Las empresas e inmobiliarias pueden ahorrar tiempo y dinero si optan por resolver sus conflictos mediante el arbitraje. Eso significa que al presentarse una controversia entre las partes que han suscrito un contrato, intervendría con rapidez un árbitro privado para analizar el conflicto y emitir un fallo, explicó el director de conciliación y medios alternativos de solución de conflictos, Christian Ladrón de Guevara.
Fue durante el evento Promoviendo el arbitraje, realizado por el Ministerio de Justicia (Minjus), que tuvo por ponente al ex defensor Jorge Santistevan.
En el certamen, el jurista resaltó la importancia de la rapidez y eficacia con que actúa un juez privado, pues al no tener una carga procesal, como los jueces del Poder Judicial, puede atender en forma personalizada a sus clientes. Además, las partes pueden elegir un árbitro que les brinde garantías de imparcialidad.
Santistevan de Noriega también recomendó a los asistentes incluir una cláusula arbitral en los contratos de compraventa, arrendamiento y otros.
Por su parte, la secretaria técnica del centro de arbitraje popular Arbitra Perú informó que en el Minjus se ha implementado esta institución, con el fin de facilitar la solución de conflictos para los pequeños empresarios y comerciantes, que al pagar un monto mínimo pueden contratar un árbitro que los ayudará a resolver sus conflictos comerciales con absoluta imparcialidad.
Fuente: El Peruano
martes, 27 de abril de 2010
Remuneraciones protegidas
ACLARA MTPE. INTANGIBILIDAD LO CONSAGRA LA LEGISLACIÓN Y JURISPRUDENCIA DEL TC
Bancos no pueden disponer de cuentas sin consentimiento expreso
El principio general es que las remuneraciones son inembargables
Ningún banco puede disponer de las cuentas en las que se abonan las remuneraciones a los trabajadores si no tiene el consentimiento expreso de ellos, afirmó la ministra de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), Manuela García Cochagne.
Tal prohibición, agregó, está contenida en el proyecto de ley –aprobado por la Comisión de Trabajo del Congreso de la República– sobre protección y garantía de las remuneraciones de los trabajadores, conocida como la Ley de bancarización.
Protección
En cuanto a la disposición de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), según la cual los bancos pueden hacer uso de dichas cuentas de remuneraciones para cobrar deudas, recordó que el Tribunal Constitucional (TC) estableció en una sentencia que las remuneraciones, incluso si han sido depositadas en cuentas bancarias, son de naturaleza intangible.
Asimismo, prosiguió la autoridad, independientemente de dónde estén, las remuneraciones están protegidas y no pierden su carácter de intangibilidad. “La naturaleza jurídica de la remuneración no puede cambiarse”, anotó.
Abundando en el tema, manifestó que el proyecto de ley sancionado por la Comisión de Trabajo y que está pendiente de la aprobación del pleno del Congreso, garantiza el carácter intangible de la remuneración.
La iniciativa, conocida como Ley de bancarización, establece que las empresas del sistema financiero no podrán compensar deudas, salvo que sea con el consentimiento expreso de los trabajadores, subrayó la ministra de Trabajo.
Rechazan medida
Aspec expresó su preocupación frente a la posición de la SBS de considerar que las remuneraciones o pensiones pierden su carácter de intangibilidad e inembargabilidad una vez que el empleador las deposita en una cuenta bancaria y, en consecuencia, pueden ser tomadas por los bancos para pagar deudas.
Jaime Delgado, presidente de Aspec, dijo que tal posibilidad viola el artículo 648, inc. 6 del CPC y lo resuelto por el TC.
Aun cuando sólo pueden embargarse los sueldos excedentes a 5 URP y solo hasta la tercera parte, Aspec considera que esta situación puede generar desconfianza de los trabajadores de tener su dinero en los bancos.
Posición SBS
Para la SBS y el Indecopi los salarios menores a S/. 1,800 depositados en cuentas bancarias no pueden ser objeto de embargo para efectos de cobrar deudas por créditos.
Sin embargo, el artículo N° 648 del CPC establece que sólo se puede embargar la tercera parte del saldo de los sueldos mayores a S/. 1,800. Luego, el art. N° 132 de la Ley de Bancos consagra tal derecho de compensación que tiene un cliente y no fija límites para su retención.
Fuente: El Peruano
Bancos no pueden disponer de cuentas sin consentimiento expreso
El principio general es que las remuneraciones son inembargables
Ningún banco puede disponer de las cuentas en las que se abonan las remuneraciones a los trabajadores si no tiene el consentimiento expreso de ellos, afirmó la ministra de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), Manuela García Cochagne.
Tal prohibición, agregó, está contenida en el proyecto de ley –aprobado por la Comisión de Trabajo del Congreso de la República– sobre protección y garantía de las remuneraciones de los trabajadores, conocida como la Ley de bancarización.
Protección
En cuanto a la disposición de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), según la cual los bancos pueden hacer uso de dichas cuentas de remuneraciones para cobrar deudas, recordó que el Tribunal Constitucional (TC) estableció en una sentencia que las remuneraciones, incluso si han sido depositadas en cuentas bancarias, son de naturaleza intangible.
Asimismo, prosiguió la autoridad, independientemente de dónde estén, las remuneraciones están protegidas y no pierden su carácter de intangibilidad. “La naturaleza jurídica de la remuneración no puede cambiarse”, anotó.
Abundando en el tema, manifestó que el proyecto de ley sancionado por la Comisión de Trabajo y que está pendiente de la aprobación del pleno del Congreso, garantiza el carácter intangible de la remuneración.
La iniciativa, conocida como Ley de bancarización, establece que las empresas del sistema financiero no podrán compensar deudas, salvo que sea con el consentimiento expreso de los trabajadores, subrayó la ministra de Trabajo.
Rechazan medida
Aspec expresó su preocupación frente a la posición de la SBS de considerar que las remuneraciones o pensiones pierden su carácter de intangibilidad e inembargabilidad una vez que el empleador las deposita en una cuenta bancaria y, en consecuencia, pueden ser tomadas por los bancos para pagar deudas.
Jaime Delgado, presidente de Aspec, dijo que tal posibilidad viola el artículo 648, inc. 6 del CPC y lo resuelto por el TC.
Aun cuando sólo pueden embargarse los sueldos excedentes a 5 URP y solo hasta la tercera parte, Aspec considera que esta situación puede generar desconfianza de los trabajadores de tener su dinero en los bancos.
Posición SBS
Para la SBS y el Indecopi los salarios menores a S/. 1,800 depositados en cuentas bancarias no pueden ser objeto de embargo para efectos de cobrar deudas por créditos.
Sin embargo, el artículo N° 648 del CPC establece que sólo se puede embargar la tercera parte del saldo de los sueldos mayores a S/. 1,800. Luego, el art. N° 132 de la Ley de Bancos consagra tal derecho de compensación que tiene un cliente y no fija límites para su retención.
Fuente: El Peruano
viernes, 23 de abril de 2010
Cadena holandesa invertirá US$ 50 mllns. en expansión
PROYECTO. MAKRO TIENE PREVISTO ABRIR CINCO TIENDAS ESTE AÑO
Construirá tres tiendas en Lima y dos más en las regiones
Su objetivo es construir 15 tiendas en un período de cuatro años
La cadena holandesa de ventas mayoristas Makro invertirá 50 millones de dólares en la apertura de cinco nuevas tiendas como parte de su plan de expansión en el país para el presente ejercicio, informó su gerente general, Pieter Boone.
Tres de estas tiendas estarán ubicadas en los distritos de Santa Anita, Surco y Cercado de Lima; mientras que las dos restantes se construirán en las ciudades de Arequipa y Trujillo.
De esta manera, estarán avanzando con el ambicioso plan de expansión que abarca la construcción de 15 tiendas en un periodo de cuatro años.
En 2009 Makro abrió una tienda en el centro comercial Plaza Norte, en el distrito de Independencia y otro local en el Callao, invirtiendo en ambas 15.5 millones de dólares.
Avance
Boone también reveló que el año pasado Makro logró superar en un 30 por ciento las expectativas que tenían programadas para el tema de ventas.
En este sentido, dijo que a través de sus dos primeras tiendas, ya cuenta con 84,000 clientes registrados; de los cuales un 32 por ciento son clientes permanentes de Makro.
Destacó que sus marcas propias representan el ocho por ciento de participación de sus ventas.
Un 70 por ciento de sus compradores corresponde a clientes profesionales, siendo los revendedores (bodegas, tiendas, entre otros), y HoReCa (Hoteles, Restaurantes y Catering), los que cuentan con mayor participación de compra.
"Makro espera continuar con sus planes dentro del Perú conquistando el mercado de comercios a precios por mayor", manifestó.
Makro es una empresa líder en el comercio mayorista perteneciente a SHV. Holding N.V. Grupo Holandés de accionariado privado. Actualmente cuenta con operaciones en Asia y Sur América en Argentina, Brasil, Colombia y Venezuela.
Incursión auspiciosa
La cadena holandesa de venta mayorista Makro, ingresó formalmente al Perú en julio de 2009 con la apertura de tres tiendas en el país, monto que incluye el precio del terreno y la construcción de cada local.
La intención de la empresa es penetrar en diversos mercados simultáneamente.
Boone refirió que el objetivo de Makro es abrir 15 tiendas a nivel nacional en los próximos cuatro años con una inversión total de 100 millones de dólares.
La cadena cuenta con 450 productos de marcas propias dirigidos a diversos sectores, como electrodomésticos, panadería, consumo masivo, entre otros.
Dependerá de la zona de influencia de cada tienda los productos que se ofertarán.
Fuente: El Peruano
Construirá tres tiendas en Lima y dos más en las regiones
Su objetivo es construir 15 tiendas en un período de cuatro años
La cadena holandesa de ventas mayoristas Makro invertirá 50 millones de dólares en la apertura de cinco nuevas tiendas como parte de su plan de expansión en el país para el presente ejercicio, informó su gerente general, Pieter Boone.
Tres de estas tiendas estarán ubicadas en los distritos de Santa Anita, Surco y Cercado de Lima; mientras que las dos restantes se construirán en las ciudades de Arequipa y Trujillo.
De esta manera, estarán avanzando con el ambicioso plan de expansión que abarca la construcción de 15 tiendas en un periodo de cuatro años.
En 2009 Makro abrió una tienda en el centro comercial Plaza Norte, en el distrito de Independencia y otro local en el Callao, invirtiendo en ambas 15.5 millones de dólares.
Avance
Boone también reveló que el año pasado Makro logró superar en un 30 por ciento las expectativas que tenían programadas para el tema de ventas.
En este sentido, dijo que a través de sus dos primeras tiendas, ya cuenta con 84,000 clientes registrados; de los cuales un 32 por ciento son clientes permanentes de Makro.
Destacó que sus marcas propias representan el ocho por ciento de participación de sus ventas.
Un 70 por ciento de sus compradores corresponde a clientes profesionales, siendo los revendedores (bodegas, tiendas, entre otros), y HoReCa (Hoteles, Restaurantes y Catering), los que cuentan con mayor participación de compra.
"Makro espera continuar con sus planes dentro del Perú conquistando el mercado de comercios a precios por mayor", manifestó.
Makro es una empresa líder en el comercio mayorista perteneciente a SHV. Holding N.V. Grupo Holandés de accionariado privado. Actualmente cuenta con operaciones en Asia y Sur América en Argentina, Brasil, Colombia y Venezuela.
Incursión auspiciosa
La cadena holandesa de venta mayorista Makro, ingresó formalmente al Perú en julio de 2009 con la apertura de tres tiendas en el país, monto que incluye el precio del terreno y la construcción de cada local.
La intención de la empresa es penetrar en diversos mercados simultáneamente.
Boone refirió que el objetivo de Makro es abrir 15 tiendas a nivel nacional en los próximos cuatro años con una inversión total de 100 millones de dólares.
La cadena cuenta con 450 productos de marcas propias dirigidos a diversos sectores, como electrodomésticos, panadería, consumo masivo, entre otros.
Dependerá de la zona de influencia de cada tienda los productos que se ofertarán.
Fuente: El Peruano
La intuición empresarial: más allá del conocimiento
RECURSO. MUCHAS DECISIONES Y SOLUCIONES SON PRODUCTO DEL INSTINTO
Parece algo esotérico, pero está al alcance de todos los ejecutivos
Reconozca las señales intuitivas repentinas y esté atento a ellas
Constituye un valioso recurso para los seres humanos y, quizá de manera especial, para los empresarios y directivos. Muchos, como Bill Gates, lo admiten abiertamente: “A menudo te tienes que guiar por la intuición”.
Se viene reconociendo que a la intuición le corresponde un papel de creciente importancia en la toma de decisiones por los altos directivos, de modo que este proceso subconsciente –en buena medida desconocido y del que puede brotar trascendentes revelaciones– ocupa un lugar incuestionable en el management.
Las escuelas de negocios no parecían ocuparse mucho de la intuición, pero podía ser tanto por la dificultad de desarrollarla como por el riesgo de generar un tipo de líderes visionarios que, dejándose llevar por una pretendida intuición, desatendiera el cultivo de la capacidad de análisis y de la prudencia.
La intuición es más importante de lo que parece y para situarla, en su ámbito correcto, podemos decir:
• La intuición nos permite acceder a una gran reserva de conocimientos de los que no somos conscientes o lo somos sólo parcialmente.
• La intuición viene a ser el modo de pensar “por defecto”; es decir, el que funciona cuando no aplicamos el pensamiento racional.
• La intuición es, por el momento, imposible de definir de modo gestaltista u holista; más que definiciones, encontramos afirmaciones sobre ella.
Reconozca las señales
Reconozcamos, por consiguiente, esa especie de sexto sentido que es la intuición, y no la confundamos con una simple opinión, con un deseo, con una apuesta de futuro o con una reflexión.
Estemos atentos a estas señales intuitivas repentinas (palabras, frases, imágenes, sensaciones, emociones) y procuremos registrarlas en la conciencia antes de que sucumban a su censura; registrémoslas, incluso y si podemos, en un papel.
Desarrolle su intuición
Recuerde que la intuición se cultiva con la honradez emocional como nutriente. Para su desarrollo se requiere:
• Conocerse a sí mismo. Esto es bueno para todo y encaja con la necesaria dosis de honradez emocional. Para alcanzar el autoconocimiento, ábrase al feedback de buenas fuentes, practique la reflexión y preste atención a su voz interior.
• Mejore su CE (cociente emocional). Diríamos que se trata de un imperativo moral. Si desarrolla bien su esfuerzo de autoconocimiento, es posible que encuentre áreas de mejora
• Formule preguntas claras a su intuición. La intuición está esperando que usted la llame y que le plantee preguntas bien definidas. Cuanto más la utilice, mejor funcionará.
• Evalúe las señales intuitivas. Tanto si se trata de ideas creativas, impulsos para la acción, soluciones a dilemas o luces para penumbras, no las rechace ni las admita instantáneamente: recuerde lo del turno de la razón analítica.
Conclusión
Vemos la intuición como un recurso personal que, aunque pueda parecer algo esotérico, está al alcance de todos y resulta fundamental para quienes deban tomar frecuentes decisiones. Inexcusable entre los directivos.
Algunos expertos creen que funciona mejor entre las mujeres que entre los hombres, aunque, como algunas otras cosas, pueda manifestarse de manera peculiar en cada sexo y, por supuesto, en cada persona.
Desde luego, resulta recomendable explotar el potencial del subconsciente, que no es nada despreciable, y apostar por un emparejamiento fructífero entre la razón y la intuición. Pero si alguien prefiere los tríos, hablemos de razón, corazón e intuición (este nos parece un trío ganador, pero para el póquer uno sumaría el purpose, y para el repóquer, el courage).
Fuente: El Peruano
Parece algo esotérico, pero está al alcance de todos los ejecutivos
Reconozca las señales intuitivas repentinas y esté atento a ellas
Constituye un valioso recurso para los seres humanos y, quizá de manera especial, para los empresarios y directivos. Muchos, como Bill Gates, lo admiten abiertamente: “A menudo te tienes que guiar por la intuición”.
Se viene reconociendo que a la intuición le corresponde un papel de creciente importancia en la toma de decisiones por los altos directivos, de modo que este proceso subconsciente –en buena medida desconocido y del que puede brotar trascendentes revelaciones– ocupa un lugar incuestionable en el management.
Las escuelas de negocios no parecían ocuparse mucho de la intuición, pero podía ser tanto por la dificultad de desarrollarla como por el riesgo de generar un tipo de líderes visionarios que, dejándose llevar por una pretendida intuición, desatendiera el cultivo de la capacidad de análisis y de la prudencia.
La intuición es más importante de lo que parece y para situarla, en su ámbito correcto, podemos decir:
• La intuición nos permite acceder a una gran reserva de conocimientos de los que no somos conscientes o lo somos sólo parcialmente.
• La intuición viene a ser el modo de pensar “por defecto”; es decir, el que funciona cuando no aplicamos el pensamiento racional.
• La intuición es, por el momento, imposible de definir de modo gestaltista u holista; más que definiciones, encontramos afirmaciones sobre ella.
Reconozca las señales
Reconozcamos, por consiguiente, esa especie de sexto sentido que es la intuición, y no la confundamos con una simple opinión, con un deseo, con una apuesta de futuro o con una reflexión.
Estemos atentos a estas señales intuitivas repentinas (palabras, frases, imágenes, sensaciones, emociones) y procuremos registrarlas en la conciencia antes de que sucumban a su censura; registrémoslas, incluso y si podemos, en un papel.
Desarrolle su intuición
Recuerde que la intuición se cultiva con la honradez emocional como nutriente. Para su desarrollo se requiere:
• Conocerse a sí mismo. Esto es bueno para todo y encaja con la necesaria dosis de honradez emocional. Para alcanzar el autoconocimiento, ábrase al feedback de buenas fuentes, practique la reflexión y preste atención a su voz interior.
• Mejore su CE (cociente emocional). Diríamos que se trata de un imperativo moral. Si desarrolla bien su esfuerzo de autoconocimiento, es posible que encuentre áreas de mejora
• Formule preguntas claras a su intuición. La intuición está esperando que usted la llame y que le plantee preguntas bien definidas. Cuanto más la utilice, mejor funcionará.
• Evalúe las señales intuitivas. Tanto si se trata de ideas creativas, impulsos para la acción, soluciones a dilemas o luces para penumbras, no las rechace ni las admita instantáneamente: recuerde lo del turno de la razón analítica.
Conclusión
Vemos la intuición como un recurso personal que, aunque pueda parecer algo esotérico, está al alcance de todos y resulta fundamental para quienes deban tomar frecuentes decisiones. Inexcusable entre los directivos.
Algunos expertos creen que funciona mejor entre las mujeres que entre los hombres, aunque, como algunas otras cosas, pueda manifestarse de manera peculiar en cada sexo y, por supuesto, en cada persona.
Desde luego, resulta recomendable explotar el potencial del subconsciente, que no es nada despreciable, y apostar por un emparejamiento fructífero entre la razón y la intuición. Pero si alguien prefiere los tríos, hablemos de razón, corazón e intuición (este nos parece un trío ganador, pero para el póquer uno sumaría el purpose, y para el repóquer, el courage).
Fuente: El Peruano
Más salas en Tribunal Fiscal
VERÁN LOS PENDIENTES
Se implementarán cuatro nuevas salas en el Tribunal Fiscal con el fin de reducir el stock de 30,000 expedientes de apelaciones y quejas que aún no se han podido resolver, anunció la ministra de Economía y Finanzas, Mercedes Aráoz.
"Estas cuatro salas permitirán reducir en los dos primeros años de implementación el 40% de los expedientes pendientes y en el tercer año se estaría resolviendo las controversias dentro de los plazos legales previstos", precisó.
El incremento del stock de expedientes principalmente se debió a que el Congreso de la República trasladó al Tribunal Fiscal la competencia de las municipalidades provinciales para resolver las controversias de los municipios distritales con los contribuyentes.
Ante esta situación se procedió con la creación de dos salas adicionales en 2009, las cuales se podrán implementar, tras ser ratificadas por el presidente de la República.
La creación de estas dos nuevas salas especializadas responde a la necesidad e interés del MEF de atender los expedientes que están en el Tribunal Fiscal.
Fuente: El Peruano
Se implementarán cuatro nuevas salas en el Tribunal Fiscal con el fin de reducir el stock de 30,000 expedientes de apelaciones y quejas que aún no se han podido resolver, anunció la ministra de Economía y Finanzas, Mercedes Aráoz.
"Estas cuatro salas permitirán reducir en los dos primeros años de implementación el 40% de los expedientes pendientes y en el tercer año se estaría resolviendo las controversias dentro de los plazos legales previstos", precisó.
El incremento del stock de expedientes principalmente se debió a que el Congreso de la República trasladó al Tribunal Fiscal la competencia de las municipalidades provinciales para resolver las controversias de los municipios distritales con los contribuyentes.
Ante esta situación se procedió con la creación de dos salas adicionales en 2009, las cuales se podrán implementar, tras ser ratificadas por el presidente de la República.
La creación de estas dos nuevas salas especializadas responde a la necesidad e interés del MEF de atender los expedientes que están en el Tribunal Fiscal.
Fuente: El Peruano
Reconocen derecho de accionistas
EFECTOS. GOBIERNO RESTABLECE VIGENCIA DEL ART. 59 DE LA LEY DEL SISTEMA CONCURSAL
Acreedores vinculados podrán votar en juntas de reestructuración
Ejecutivo fortalece sistema concursal para atraer más inversiones
Todos aquellos accionistas que a la vez son acreedores nuevamente podrán votar en juntas de reestructuración empresarial, tras la decisión del Poder Ejecutivo de derogar el DU Nº 061-2009 que limitaba el derecho de los accionistas/acreedores de participar en los procedimientos concursales ante el Indecopi.
La medida fue saludada por la Cámara de Comercio de Lima, al sostener que la norma derogada afectaba el derecho de accionistas acreedores de su propia empresa, a participar en las juntas de reestructuración que se tramitan ante el Indecopi.
Al respecto, el gerente legal de este gremio empresarial, Víctor Zavala Lozano, explicó que el decreto de urgencia derogado disponía que los acreedores vinculados no podían solicitar la reestructuración de la empresa ante el Indecopi y tampoco podían votar en la juntas de acreedores.
“En tal sentido, los créditos de los acreedores vinculados con la empresa no eran computables para la determinación y cálculo de los quórums ni mayorías que exige la Ley 27809 –Ley General del Sistema Concursal”, dijo el experto, quien recordó que la justificación de dicha medida que limitaba el derecho de voto de los accionistas vinculados, era para evitar que éstos adopten decisiones sobre el destino de la empresa, pues representan un doble interés en la misma.
Ahora, los argumentos que esgrime el Gobierno para reestablecer los derechos que la Ley General de Sociedades entrega a los accionistas, entre otros, son tres. La primera, que la medida se sustentó en la crisis internacional, ahora ya superada; luego, los organismos internacionales han reportado debilidades del sistema concursal en nuestro país y, finalmente, es de interés nacional la simplificación administrativa para atraer la inversión extranjera directa, generadora de empleo y del desarrollo del país.
Tener presente
El art. 59 de la Ley general del sistema concursal se refiere a las formas especiales de votación, cuando los acreedores identificados como vinculados representen más del 66.6% del total de créditos reconocidos y se ponga a consideración de la junta la aprobación del destino del deudor, del Plan de Reestructuración, Convenio de Liquidación o Acuerdo Global de Refinanciación, y sus modificaciones, se deberá realizar dos votaciones, por separado:
En primera convocatoria, para la aprobación de los temas señalados, se requerirá el voto favorable de más del 66.6% en la clase de acreedores reconocidos como vinculados, así como más del 66.6% en la clase de acreedores reconocidos como no vinculados.
En segunda convocatoria se requerirá el voto favorable de más del 66.6% de acreedores asistentes, en ambas clases.
La palabra
Andrés Montoya Mendoza. Fiscal adjunto provincial titular de Lima
Situación más adecuada
Con la derogación del DU Nº 061-2009 y el eventual restablecimiento de la vigencia del art. 59 de la ley del sistema concursal, se regresa a una situación más adecuada, en donde si bien persisten limitaciones al actuar de los acreedores vinculados –tales como la toma de acuerdos en grupos separados: entre vinculados y no vinculados–, sin embargo ellas son razonables, pues sólo persiguen la conciliación y negociación obligada entre los acreedores vinculados y los no vinculados –que es lo que se debe buscar–, pero nunca elimina derechos a los primeros.
Conviene además indicar que el DU Nº 061-2009 en strictu sensu no cumplía con las características de excepcionalidad, urgencia y temporalidad que la doctrina exige a este tipo de normas –en concordancia con el art. 118 inc. 19 de la Constitución–, de modo que resultaba cuestionable su vigencia, por lo que cualquier modificación futura al tema de los acreedores vinculados debería pasar por el tamiz de la reforma legal ordinaria y no la excepcional.
Fuente: El Peruano
Acreedores vinculados podrán votar en juntas de reestructuración
Ejecutivo fortalece sistema concursal para atraer más inversiones
Todos aquellos accionistas que a la vez son acreedores nuevamente podrán votar en juntas de reestructuración empresarial, tras la decisión del Poder Ejecutivo de derogar el DU Nº 061-2009 que limitaba el derecho de los accionistas/acreedores de participar en los procedimientos concursales ante el Indecopi.
La medida fue saludada por la Cámara de Comercio de Lima, al sostener que la norma derogada afectaba el derecho de accionistas acreedores de su propia empresa, a participar en las juntas de reestructuración que se tramitan ante el Indecopi.
Al respecto, el gerente legal de este gremio empresarial, Víctor Zavala Lozano, explicó que el decreto de urgencia derogado disponía que los acreedores vinculados no podían solicitar la reestructuración de la empresa ante el Indecopi y tampoco podían votar en la juntas de acreedores.
“En tal sentido, los créditos de los acreedores vinculados con la empresa no eran computables para la determinación y cálculo de los quórums ni mayorías que exige la Ley 27809 –Ley General del Sistema Concursal”, dijo el experto, quien recordó que la justificación de dicha medida que limitaba el derecho de voto de los accionistas vinculados, era para evitar que éstos adopten decisiones sobre el destino de la empresa, pues representan un doble interés en la misma.
Ahora, los argumentos que esgrime el Gobierno para reestablecer los derechos que la Ley General de Sociedades entrega a los accionistas, entre otros, son tres. La primera, que la medida se sustentó en la crisis internacional, ahora ya superada; luego, los organismos internacionales han reportado debilidades del sistema concursal en nuestro país y, finalmente, es de interés nacional la simplificación administrativa para atraer la inversión extranjera directa, generadora de empleo y del desarrollo del país.
Tener presente
El art. 59 de la Ley general del sistema concursal se refiere a las formas especiales de votación, cuando los acreedores identificados como vinculados representen más del 66.6% del total de créditos reconocidos y se ponga a consideración de la junta la aprobación del destino del deudor, del Plan de Reestructuración, Convenio de Liquidación o Acuerdo Global de Refinanciación, y sus modificaciones, se deberá realizar dos votaciones, por separado:
En primera convocatoria, para la aprobación de los temas señalados, se requerirá el voto favorable de más del 66.6% en la clase de acreedores reconocidos como vinculados, así como más del 66.6% en la clase de acreedores reconocidos como no vinculados.
En segunda convocatoria se requerirá el voto favorable de más del 66.6% de acreedores asistentes, en ambas clases.
La palabra
Andrés Montoya Mendoza. Fiscal adjunto provincial titular de Lima
Situación más adecuada
Con la derogación del DU Nº 061-2009 y el eventual restablecimiento de la vigencia del art. 59 de la ley del sistema concursal, se regresa a una situación más adecuada, en donde si bien persisten limitaciones al actuar de los acreedores vinculados –tales como la toma de acuerdos en grupos separados: entre vinculados y no vinculados–, sin embargo ellas son razonables, pues sólo persiguen la conciliación y negociación obligada entre los acreedores vinculados y los no vinculados –que es lo que se debe buscar–, pero nunca elimina derechos a los primeros.
Conviene además indicar que el DU Nº 061-2009 en strictu sensu no cumplía con las características de excepcionalidad, urgencia y temporalidad que la doctrina exige a este tipo de normas –en concordancia con el art. 118 inc. 19 de la Constitución–, de modo que resultaba cuestionable su vigencia, por lo que cualquier modificación futura al tema de los acreedores vinculados debería pasar por el tamiz de la reforma legal ordinaria y no la excepcional.
Fuente: El Peruano
Evalúe si su empresa debe tener un sitio en la web
RECOMENDACIÓN. HAY CONCEPTOS ERRÓNEOS FRECUENTES RESPECTO A LA INCURSIÓN EN INTERNET
No espere que la gente encuentre su sitio web sin ayuda alguna
Intercambie vínculos o anuncios publicitarios con las empresas
Tenga presente que una trampa en la que puede caer es usar tecnología por el simple hecho de usarla. Recurrir a “bombos y platillos” para parecer “moderno y espectacular” puede tornarse en su contra.
Vea este ejemplo: la página principal de una firma de consultoría incluye un popular “contador” donde le informan la cantidad de visitantes que ha registrado la página.
Por desgracia, indica que el sitio tiene poco tráfico y, por lo tanto, uno se pregunta si la información que está recibiendo es correcta o válida. Sin este contador, usted leería el contenido del sitio sin siquiera considerar este factor.
Concepto erróneo: Cree un sitio web y la gente llegará en hordas a su empresa.
No espere que la gente encuentre su sitio web sin ayuda alguna. Es necesario que recurra a una activa promoción, tanto en Internet como con sus estrategias tradicionales de marketing, para alentar a los consumidores a visitar su página. Estos son algunos métodos comunes:
• Registre su sitio web en los principales buscadores como Yahoo!, Excite, Infoseek, Lycos y Hotbot. Existe una cantidad de servicios que registran su localizador URL en diversos buscadores y directorios por una tarifa muy reducida, entre los que se incluye el popular Submit It.
No obstante, tome en cuenta que si bien estos servicios incluirán a su sitio en los registros de Internet, usted no tendrá control alguno sobre la forma en que se describe su sitio.
• Intercambie vínculos o anuncios publicitarios con empresas que no son de la competencia y que ofrecen productos o servicios complementarios. Envíe un correo electrónico al administrador de web del sitio donde desea incluir su vínculo y ofrezca la posibilidad de un acuerdo de intercambio de vínculos. En su nota, asegúrese de destacar los beneficios mutuos de crear este intercambio de vínculos. Servicios como Link Exchange le permiten intercambiar vínculos con otras empresas y ofrecen un anuncio publicitario gratuito de características equivalentes al aviso que usted pone en su sitio web.
• Asegúrese de apoyar su URL en todo su material de marketing. Incluya la dirección de su sitio web en todos los avisos publicitarios, catálogos, membretes y tarjetas de presentación. Agréguela a la firma de sus correos electrónicos, de manera que los clientes puedan ir automáticamente a su sitio web.
A evaluar
Usted debe considerar tener un sitio web si:
• Sus clientes están en línea. Si su base de clientes adquiere productos u obtiene información vía Internet, entonces usted debe estar presente. Por el contrario, si sus clientes obtienen el grueso de su información a partir de otras fuentes (ya sea las Páginas Amarillas, periódicos y revistas, ferias comerciales u otros vehículos de marketing), entonces debe concentrar sus esfuerzos en esas áreas.
• Desea llegar a una base de clientes nacional o internacional en forma eficiente. Internet no es una forma de marketing “local”. Por su índole, la red global tiene un amplio alcance, por lo tanto debe estar preparado para aprovechar esa característica.
• Un sitio web representa un apoyo para sus objetivos de marketing y su presupuesto. Su sitio web debe ser parte de un plan de marketing y presupuesto totalmente integrados. Es importante que el mensaje de todas las herramientas que utiliza sea coherente.
• Internet puede reemplazar o ser más eficiente que otras herramientas de marketing. Internet puede otorgar a sus clientes acceso inmediato a información que de otra forma demorarían días o semanas en obtener.
Fuente: http://lac.smetoolkit.org/lac/es
No espere que la gente encuentre su sitio web sin ayuda alguna
Intercambie vínculos o anuncios publicitarios con las empresas
Tenga presente que una trampa en la que puede caer es usar tecnología por el simple hecho de usarla. Recurrir a “bombos y platillos” para parecer “moderno y espectacular” puede tornarse en su contra.
Vea este ejemplo: la página principal de una firma de consultoría incluye un popular “contador” donde le informan la cantidad de visitantes que ha registrado la página.
Por desgracia, indica que el sitio tiene poco tráfico y, por lo tanto, uno se pregunta si la información que está recibiendo es correcta o válida. Sin este contador, usted leería el contenido del sitio sin siquiera considerar este factor.
Concepto erróneo: Cree un sitio web y la gente llegará en hordas a su empresa.
No espere que la gente encuentre su sitio web sin ayuda alguna. Es necesario que recurra a una activa promoción, tanto en Internet como con sus estrategias tradicionales de marketing, para alentar a los consumidores a visitar su página. Estos son algunos métodos comunes:
• Registre su sitio web en los principales buscadores como Yahoo!, Excite, Infoseek, Lycos y Hotbot. Existe una cantidad de servicios que registran su localizador URL en diversos buscadores y directorios por una tarifa muy reducida, entre los que se incluye el popular Submit It.
No obstante, tome en cuenta que si bien estos servicios incluirán a su sitio en los registros de Internet, usted no tendrá control alguno sobre la forma en que se describe su sitio.
• Intercambie vínculos o anuncios publicitarios con empresas que no son de la competencia y que ofrecen productos o servicios complementarios. Envíe un correo electrónico al administrador de web del sitio donde desea incluir su vínculo y ofrezca la posibilidad de un acuerdo de intercambio de vínculos. En su nota, asegúrese de destacar los beneficios mutuos de crear este intercambio de vínculos. Servicios como Link Exchange le permiten intercambiar vínculos con otras empresas y ofrecen un anuncio publicitario gratuito de características equivalentes al aviso que usted pone en su sitio web.
• Asegúrese de apoyar su URL en todo su material de marketing. Incluya la dirección de su sitio web en todos los avisos publicitarios, catálogos, membretes y tarjetas de presentación. Agréguela a la firma de sus correos electrónicos, de manera que los clientes puedan ir automáticamente a su sitio web.
A evaluar
Usted debe considerar tener un sitio web si:
• Sus clientes están en línea. Si su base de clientes adquiere productos u obtiene información vía Internet, entonces usted debe estar presente. Por el contrario, si sus clientes obtienen el grueso de su información a partir de otras fuentes (ya sea las Páginas Amarillas, periódicos y revistas, ferias comerciales u otros vehículos de marketing), entonces debe concentrar sus esfuerzos en esas áreas.
• Desea llegar a una base de clientes nacional o internacional en forma eficiente. Internet no es una forma de marketing “local”. Por su índole, la red global tiene un amplio alcance, por lo tanto debe estar preparado para aprovechar esa característica.
• Un sitio web representa un apoyo para sus objetivos de marketing y su presupuesto. Su sitio web debe ser parte de un plan de marketing y presupuesto totalmente integrados. Es importante que el mensaje de todas las herramientas que utiliza sea coherente.
• Internet puede reemplazar o ser más eficiente que otras herramientas de marketing. Internet puede otorgar a sus clientes acceso inmediato a información que de otra forma demorarían días o semanas en obtener.
Fuente: http://lac.smetoolkit.org/lac/es
Incentivos para retornar al país
MIGRACIONES. MEDIDAS A FAVOR DE CONNACIONALES SE EXTIENDEN POR TRES AÑOS MÁS
Destinados a peruanos con residencia de más de cinco años en exterior
Liberarán del pago de tributos a profesionales y empresarios que regresen
El Gobierno restableció los incentivos tributarios para profesionales y empresarios que retornen al país, al promulgar y publicar la Ley Nº 29508, que repone la vigencia de la Ley Nº 28182 sobre incentivos migratorios.
En efecto, la citada norma estableció incentivos migratorios para promover el retorno de peruanos del extranjero, a fin de dedicarse a actividades profesionales y/o empresariales. Esta ley estuvo vigente por cinco años que caducaron el 1 de marzo último, explicó el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima, Víctor Zavala Lozano.
Ahora la Ley Nº 28182, cuya vigencia se ha restablecido por tres años más, dispone que los peruanos que residen en el extranjero, para acogerse a los incentivos, deberán de cumplir los requisitos siguientes. El primero, haber permanecido en el extranjero no menos de 5 años; luego, manifestar por escrito a la autoridad peruana (Sunat) su interés por retornar al país y, finalmente, acogerse a la ley.
Beneficios
Los peruanos que se acojan a la ley quedarán liberados de todo tributo que grave el internamiento en el país de los siguientes bienes: (i) menaje de casa hasta por 30,000 dólares americanos y un vehículo automotor hasta por 30,000 dólares americanos; (ii) instrumentos profesionales, maquinarias, equipos, bienes de capital y demás bienes que usen en el desempeño de su profesión, oficio o actividad empresarial hasta por 100,000 dólares americanos.
Zavala Lozano detalló que se perderán los incentivos tributarios cuando se transfieran, por cualquier título, a favor de terceras personas los bienes que hayan internado al país, dentro de los cinco años siguientes a su internamiento.
Según la norma, la Cancillería se encargará de difundir los beneficios otorgados por la Ley Nº 29508, a través de sus delegaciones diplomáticas, embajadas y consulados, contando con el apoyo de los consejos de consulta.
Justificación
1 En enero del 2002, se promulgó la Ley Nº 28182, Ley de incentivos migratorios, con el objetivo de promover el retorno de los peruanos que han permanecido en el extranjero no menos de cinco años, para que a su regreso puedan dedicarse a actividades profesionales y/o empresariales en el país.
2 La norma fomenta el retorno de peruanos exitosos, así como de jubilados en el extranjero, peruanos que han logrado progreso económico y que de retornar contribuirían con sus impuestos al incremento de la recaudación fiscal.
3 La legislación atiende además la situación de crisis global, en que resulta imperante acoger a todos nuestros compatriotas que también se ven afectados por esta situación.
Trámites que seguir
Según el DS Nº 028-2005-EF, reglamento de la Ley Nº 28182, las solicitudes de acogimiento a los beneficios tributarios deberán ser presentados al ente recaudador, al ingresar al país o dentro de los cuatro meses, contados a partir del ingreso al país del beneficiario.
La norma establece que Sunat llevará el registro
denominado “Registro de Beneficiarios de la Ley de Incentivos Migratorios - Ley Nº 28182”. En estos casos, los beneficiarios
contarán con 30 días útiles para inscribirse en el RUC.
La reciente ley instituye que las solicitudes de acogimiento a los incentivos tributarios pendientes ante Sunat continuarán su trámite conforme a las disposiciones legales y reglamentarias restablecidas.
Fuente: El Peruano
Destinados a peruanos con residencia de más de cinco años en exterior
Liberarán del pago de tributos a profesionales y empresarios que regresen
El Gobierno restableció los incentivos tributarios para profesionales y empresarios que retornen al país, al promulgar y publicar la Ley Nº 29508, que repone la vigencia de la Ley Nº 28182 sobre incentivos migratorios.
En efecto, la citada norma estableció incentivos migratorios para promover el retorno de peruanos del extranjero, a fin de dedicarse a actividades profesionales y/o empresariales. Esta ley estuvo vigente por cinco años que caducaron el 1 de marzo último, explicó el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima, Víctor Zavala Lozano.
Ahora la Ley Nº 28182, cuya vigencia se ha restablecido por tres años más, dispone que los peruanos que residen en el extranjero, para acogerse a los incentivos, deberán de cumplir los requisitos siguientes. El primero, haber permanecido en el extranjero no menos de 5 años; luego, manifestar por escrito a la autoridad peruana (Sunat) su interés por retornar al país y, finalmente, acogerse a la ley.
Beneficios
Los peruanos que se acojan a la ley quedarán liberados de todo tributo que grave el internamiento en el país de los siguientes bienes: (i) menaje de casa hasta por 30,000 dólares americanos y un vehículo automotor hasta por 30,000 dólares americanos; (ii) instrumentos profesionales, maquinarias, equipos, bienes de capital y demás bienes que usen en el desempeño de su profesión, oficio o actividad empresarial hasta por 100,000 dólares americanos.
Zavala Lozano detalló que se perderán los incentivos tributarios cuando se transfieran, por cualquier título, a favor de terceras personas los bienes que hayan internado al país, dentro de los cinco años siguientes a su internamiento.
Según la norma, la Cancillería se encargará de difundir los beneficios otorgados por la Ley Nº 29508, a través de sus delegaciones diplomáticas, embajadas y consulados, contando con el apoyo de los consejos de consulta.
Justificación
1 En enero del 2002, se promulgó la Ley Nº 28182, Ley de incentivos migratorios, con el objetivo de promover el retorno de los peruanos que han permanecido en el extranjero no menos de cinco años, para que a su regreso puedan dedicarse a actividades profesionales y/o empresariales en el país.
2 La norma fomenta el retorno de peruanos exitosos, así como de jubilados en el extranjero, peruanos que han logrado progreso económico y que de retornar contribuirían con sus impuestos al incremento de la recaudación fiscal.
3 La legislación atiende además la situación de crisis global, en que resulta imperante acoger a todos nuestros compatriotas que también se ven afectados por esta situación.
Trámites que seguir
Según el DS Nº 028-2005-EF, reglamento de la Ley Nº 28182, las solicitudes de acogimiento a los beneficios tributarios deberán ser presentados al ente recaudador, al ingresar al país o dentro de los cuatro meses, contados a partir del ingreso al país del beneficiario.
La norma establece que Sunat llevará el registro
denominado “Registro de Beneficiarios de la Ley de Incentivos Migratorios - Ley Nº 28182”. En estos casos, los beneficiarios
contarán con 30 días útiles para inscribirse en el RUC.
La reciente ley instituye que las solicitudes de acogimiento a los incentivos tributarios pendientes ante Sunat continuarán su trámite conforme a las disposiciones legales y reglamentarias restablecidas.
Fuente: El Peruano
Los consumidores compran percepciones, no productos
GIRO. MUCHAS EMPRESAS SE DEDICAN A PRODUCIR, PERO NO CONSIDERAN EL PODER DE UNA MARCA
Defina qué venderá, dele valor agregado y diferéncielo de los demás
La fidelidad del cliente depende de la categoría del bien o servicio
VÍCTOR LOZANO ALFARO
vlozano@editoraperu.com.pe
Muchas empresas se esmeran en elaborar un producto que literalmente “rompa el mercado”. Se preocupan porque sea de primera calidad, tenga un color determinado y, en algunos casos, que esté al alcance de los bolsillos del público; es decir, ponen en él todas sus esperanzas de rentabilidad. Sin embargo, el producto no genera interés. ¿Qué pasó?
Para el gerente general de la empresa consultora Corpusac, Julio Tovar, lo primero que toda empresa tiene que hacer para rentabilizarse correctamente es entender qué venderá. “Ese es el primer problema que situamos en el mercado. Regularmente, las empresas piensan que venden el producto que fabrican y ese es un mito que debemos desterrar. Cuando vendemos no vendemos un producto, sino una percepción. El público compra percepciones”, aseveró.
Agregó que nuestro país no escapa a este concepto. “Por ejemplo, en el Perú todos los aceites que se comercializan bajo diferentes marcas son iguales. Sin embargo, solo dos de ellos lideran el mercado, pese a que todos tienen los mismos componentes. Tanto el primero como el segundo y el último son iguales. La diferencia está en que la gente compra percepciones, compra una marca que le brinde dichas percepciones”, refirió.
Por ello, dijo Tovar, la marca que logre en sus consumidores una mejor percepción, será la que más se venda en el mercado y, lógicamente, ganará más.
Generando valor
Una vez definido lo que venderá, el segundo tema que debe evaluar la empresa es la generación de valor.
“Esto se grafica mediante una historia sostenible, creíble, de tal forma que esa historia haga atractivo el producto para el consumidor”, sostuvo Tovar.
En ese sentido –aseguró–, la empresa debe ganarse el corazón del cliente. “Muchas empresas enfocan sus esfuerzos en el precio y eso es un error. Debemos entender que en la medida en que nos esforcemos solo en impulsar una estrategia de precios, perderemos rentabilidad. Eso no es marketing. Es simplemente vender y está demostrado que es mucho más rentable vender más, pero ganar más”, aseveró.
Otro punto por considerar en un plan de marketing es hallar una propuesta única de venta hacia el mercado; es decir, tener un producto que realmente sea diferente a los demás.
“En este caso, debemos ser muy racionales. Regularmente, debemos encontrar tres diferenciales del producto o servicio que ofrecemos frente a la competencia, y toda nuestra comunicación debe ser consistente con esa propuesta”, sostuvo Tovar.
La fidelidad
Al hablar de la fidelidad de los clientes, el gerente general de Corpusac afirmó que la misma depende de la categoría del producto y del sexo del consumidor.
“Por ejemplo, una mujer frente a su marca de champú es altamente fiel, a diferencia de un hombre que, por lo general, suele usar el champú que encuentre, sin tener en cuenta marcas o propiedades. Caso contrario sucede con las marcas de cerveza en el caso de los hombres, quienes sí son fieles a una determinada marca”, precisó.
En el caso peruano, el ejecutivo sostuvo que, regularmente, el consumidor local es considerado voluble. “ Se puede considerar como una opción para ingresar al mercado, pero cuando se adopta esa fórmula significa estar por debajo de todo y, definitivamente, no es nada conveniente”, enfatizó.
Algunos detalles
1 Muchos productos son idénticos en cuanto a su formulación y elaboración; pero pocos se atreven a definir sus cualidades.
2 Los que se atreven a hacerlo generan valor, son competitivos y logran un posicionamiento definido en el mercado.
3 Mundialmente siempre hay en el mercado un espacio para los precios. Si bien es una fórmula que nunca fallará, es también la menos exitosa y la menos rentable.
Fuente: El Peruano
Defina qué venderá, dele valor agregado y diferéncielo de los demás
La fidelidad del cliente depende de la categoría del bien o servicio
VÍCTOR LOZANO ALFARO
vlozano@editoraperu.com.pe
Muchas empresas se esmeran en elaborar un producto que literalmente “rompa el mercado”. Se preocupan porque sea de primera calidad, tenga un color determinado y, en algunos casos, que esté al alcance de los bolsillos del público; es decir, ponen en él todas sus esperanzas de rentabilidad. Sin embargo, el producto no genera interés. ¿Qué pasó?
Para el gerente general de la empresa consultora Corpusac, Julio Tovar, lo primero que toda empresa tiene que hacer para rentabilizarse correctamente es entender qué venderá. “Ese es el primer problema que situamos en el mercado. Regularmente, las empresas piensan que venden el producto que fabrican y ese es un mito que debemos desterrar. Cuando vendemos no vendemos un producto, sino una percepción. El público compra percepciones”, aseveró.
Agregó que nuestro país no escapa a este concepto. “Por ejemplo, en el Perú todos los aceites que se comercializan bajo diferentes marcas son iguales. Sin embargo, solo dos de ellos lideran el mercado, pese a que todos tienen los mismos componentes. Tanto el primero como el segundo y el último son iguales. La diferencia está en que la gente compra percepciones, compra una marca que le brinde dichas percepciones”, refirió.
Por ello, dijo Tovar, la marca que logre en sus consumidores una mejor percepción, será la que más se venda en el mercado y, lógicamente, ganará más.
Generando valor
Una vez definido lo que venderá, el segundo tema que debe evaluar la empresa es la generación de valor.
“Esto se grafica mediante una historia sostenible, creíble, de tal forma que esa historia haga atractivo el producto para el consumidor”, sostuvo Tovar.
En ese sentido –aseguró–, la empresa debe ganarse el corazón del cliente. “Muchas empresas enfocan sus esfuerzos en el precio y eso es un error. Debemos entender que en la medida en que nos esforcemos solo en impulsar una estrategia de precios, perderemos rentabilidad. Eso no es marketing. Es simplemente vender y está demostrado que es mucho más rentable vender más, pero ganar más”, aseveró.
Otro punto por considerar en un plan de marketing es hallar una propuesta única de venta hacia el mercado; es decir, tener un producto que realmente sea diferente a los demás.
“En este caso, debemos ser muy racionales. Regularmente, debemos encontrar tres diferenciales del producto o servicio que ofrecemos frente a la competencia, y toda nuestra comunicación debe ser consistente con esa propuesta”, sostuvo Tovar.
La fidelidad
Al hablar de la fidelidad de los clientes, el gerente general de Corpusac afirmó que la misma depende de la categoría del producto y del sexo del consumidor.
“Por ejemplo, una mujer frente a su marca de champú es altamente fiel, a diferencia de un hombre que, por lo general, suele usar el champú que encuentre, sin tener en cuenta marcas o propiedades. Caso contrario sucede con las marcas de cerveza en el caso de los hombres, quienes sí son fieles a una determinada marca”, precisó.
En el caso peruano, el ejecutivo sostuvo que, regularmente, el consumidor local es considerado voluble. “ Se puede considerar como una opción para ingresar al mercado, pero cuando se adopta esa fórmula significa estar por debajo de todo y, definitivamente, no es nada conveniente”, enfatizó.
Algunos detalles
1 Muchos productos son idénticos en cuanto a su formulación y elaboración; pero pocos se atreven a definir sus cualidades.
2 Los que se atreven a hacerlo generan valor, son competitivos y logran un posicionamiento definido en el mercado.
3 Mundialmente siempre hay en el mercado un espacio para los precios. Si bien es una fórmula que nunca fallará, es también la menos exitosa y la menos rentable.
Fuente: El Peruano
Cono Norte es zona atractiva para proyectos inmobiliarios
LIMA. DEBIDO A MAYOR DISPONIBILIDAD DE TERRENOS, AFIRMA SCOTIABANK
Las ventas se concentran en Los Olivos, Carabayllo y Puente Piedra
El Cono Norte de Lima Metropolitana es la zona favorita de los inversionistas para desarrollar proyectos inmobiliarios pues hay una mayor disponibilidad de terrenos actualmente, informó la gerente de negocios inmobiliarios de Scotiabank Perú, Rossana Arnaiz.
Comentó que las ventas de unidades habitacionales se concentran en Los Olivos, Carabayllo y Puente Piedra.
Disponibilidad
En tanto, resaltó que hay algunas ofertas inmobiliarias del programa Mivivienda en la periferia del este de Lima. “Todo se centra en la disponibilidad de terrenos en las ciudades, pues hay que identificar las buenas zonas y bien ubicadas, de manera que sean ideales para el desarrollo de viviendas residenciales a un costo razonable”, anotó.
Reconoció que cada vez son más escasos los terrenos ubicados en zonas de pleno desarrollo residencial.
“Es muy difícil encontrar el último terreno en una zona de buen desarrollo, o en su defecto, los promotores tienen que pugnar entre ellos para hacer una buena oferta al vendedor”, anotó.
Añadió que hay terrenos grandes, pero los grados de inversión son distintos para lograr el desarrollo de habilitación urbana.
Oferta
1 Lima tiene una oferta habitacional permanente de 10,000 viviendas, de las cuales unas 5,000 califican para el programa Mivivienda.
2 Las unidades habitacionales ofrecidas por Mivivienda en Lima se sitúan en los distritos de San Miguel, Magdalena, Surco, Chorrillos, Miraflores y en las periferias de la capital, en los conos norte, sur y este.
Fuente: El Peruano
Las ventas se concentran en Los Olivos, Carabayllo y Puente Piedra
El Cono Norte de Lima Metropolitana es la zona favorita de los inversionistas para desarrollar proyectos inmobiliarios pues hay una mayor disponibilidad de terrenos actualmente, informó la gerente de negocios inmobiliarios de Scotiabank Perú, Rossana Arnaiz.
Comentó que las ventas de unidades habitacionales se concentran en Los Olivos, Carabayllo y Puente Piedra.
Disponibilidad
En tanto, resaltó que hay algunas ofertas inmobiliarias del programa Mivivienda en la periferia del este de Lima. “Todo se centra en la disponibilidad de terrenos en las ciudades, pues hay que identificar las buenas zonas y bien ubicadas, de manera que sean ideales para el desarrollo de viviendas residenciales a un costo razonable”, anotó.
Reconoció que cada vez son más escasos los terrenos ubicados en zonas de pleno desarrollo residencial.
“Es muy difícil encontrar el último terreno en una zona de buen desarrollo, o en su defecto, los promotores tienen que pugnar entre ellos para hacer una buena oferta al vendedor”, anotó.
Añadió que hay terrenos grandes, pero los grados de inversión son distintos para lograr el desarrollo de habilitación urbana.
Oferta
1 Lima tiene una oferta habitacional permanente de 10,000 viviendas, de las cuales unas 5,000 califican para el programa Mivivienda.
2 Las unidades habitacionales ofrecidas por Mivivienda en Lima se sitúan en los distritos de San Miguel, Magdalena, Surco, Chorrillos, Miraflores y en las periferias de la capital, en los conos norte, sur y este.
Fuente: El Peruano
Derecho a la salud
Permaneció cinco días sin dializarse y en riesgo de sufrir graves complicaciones por su estado de salud. Este es el caso de un paciente con problemas renales, quien como pensionista provisional de la Oficina de Normalización Previsional (ONP) venía recibiendo tratamiento de hemodiálisis en Essalud hasta que vencidos los plazos y ante la ausencia de la resolución que lo acreditase como pensionista, quedó sin asistencia alguna.
Ante esta situación, dicho paciente acudió al hospital Cayetano Heredia a fin de solicitar tratamiento a través del Sistema Integral de Salud (SIS), el cual le fue negado debido a que según el personal médico las máquinas empleadas para dicho tratamiento se encontraban ocupadas.
En consideración a esta respuesta, el referido ciudadano, con la salud visiblemente deteriorada, decidió solicitar la intervención de la Oficina Defensorial de Lima Norte, cuyos comisionados de inmediato se apersonaron al referido nosocomio, en donde luego de conversar con el jefe de Nefrología y con presencia del recurrente, acudieron al área de Emergencia, donde se rechazó su internamiento por falta de camas.
Dada la gravedad del paciente, los representantes de la Defensoría del Pueblo insistieron y entraron en contacto con el médico residente del Servicio de Nefrología, quien luego de evaluar el estado del enfermo aceptó que sea internado y ordenó que reciba tratamiento de inmediato. Luego de unos días, el paciente fue dado de alta por encontrarse en condiciones estables.
Luego de dichas gestiones y a fin de garantizar la continuidad del tratamiento del referido paciente, la Oficina Defensorial de Lima Norte, en coordinación con el área de Asistencia Social de emergencia del hospital capitalino, logró que dicho ciudadano fuese admitido en el SIS.
Fuente: El Peruano
Ante esta situación, dicho paciente acudió al hospital Cayetano Heredia a fin de solicitar tratamiento a través del Sistema Integral de Salud (SIS), el cual le fue negado debido a que según el personal médico las máquinas empleadas para dicho tratamiento se encontraban ocupadas.
En consideración a esta respuesta, el referido ciudadano, con la salud visiblemente deteriorada, decidió solicitar la intervención de la Oficina Defensorial de Lima Norte, cuyos comisionados de inmediato se apersonaron al referido nosocomio, en donde luego de conversar con el jefe de Nefrología y con presencia del recurrente, acudieron al área de Emergencia, donde se rechazó su internamiento por falta de camas.
Dada la gravedad del paciente, los representantes de la Defensoría del Pueblo insistieron y entraron en contacto con el médico residente del Servicio de Nefrología, quien luego de evaluar el estado del enfermo aceptó que sea internado y ordenó que reciba tratamiento de inmediato. Luego de unos días, el paciente fue dado de alta por encontrarse en condiciones estables.
Luego de dichas gestiones y a fin de garantizar la continuidad del tratamiento del referido paciente, la Oficina Defensorial de Lima Norte, en coordinación con el área de Asistencia Social de emergencia del hospital capitalino, logró que dicho ciudadano fuese admitido en el SIS.
Fuente: El Peruano
Cobertura total de los partos
PARA AFILIADAS AL SIS
El Seguro Integral de Salud (SIS) cubre la totalidad de los gastos que demande la atención de sus gestantes aseguradas en los casos de parto normal o por cesárea, a través de sus componentes subsidiado o semisubsidiado, y las beneficiarias pueden atenderse en más de siete mil establecimientos pertenecientes a la red del Ministerio de Salud en todo el país.
La cobertura incluye el financiamiento de medicinas, insumos médico-quirúrgicos, materiales, servicios de apoyo al diagnóstico, hospitalización y la alimentación que recibe la gestante durante los días que dure su atención; y considera también el control pre-natal y el control de puerperio (periodo inmediato al parto).
Sobre el control prenatal, en los establecimientos de salud se realiza un seguimiento preventivo de la gestante, reconociéndose en la cobertura hasta seis controles prenatales.
Incluye asimismo, la entrega de ácido fólico, sulfato ferroso y la aplicación de la vacuna antitetánica, además del servicio de consejería sobre planificación familiar que recibe cada gestante.
Respecto al control de puerperio, el SIS cubre hasta dos controles posteriores al alta dentro de los 42 días después del parto o después de interrumpirse el embarazo.
Fuente: El Peruano
El Seguro Integral de Salud (SIS) cubre la totalidad de los gastos que demande la atención de sus gestantes aseguradas en los casos de parto normal o por cesárea, a través de sus componentes subsidiado o semisubsidiado, y las beneficiarias pueden atenderse en más de siete mil establecimientos pertenecientes a la red del Ministerio de Salud en todo el país.
La cobertura incluye el financiamiento de medicinas, insumos médico-quirúrgicos, materiales, servicios de apoyo al diagnóstico, hospitalización y la alimentación que recibe la gestante durante los días que dure su atención; y considera también el control pre-natal y el control de puerperio (periodo inmediato al parto).
Sobre el control prenatal, en los establecimientos de salud se realiza un seguimiento preventivo de la gestante, reconociéndose en la cobertura hasta seis controles prenatales.
Incluye asimismo, la entrega de ácido fólico, sulfato ferroso y la aplicación de la vacuna antitetánica, además del servicio de consejería sobre planificación familiar que recibe cada gestante.
Respecto al control de puerperio, el SIS cubre hasta dos controles posteriores al alta dentro de los 42 días después del parto o después de interrumpirse el embarazo.
Fuente: El Peruano
Golosinas causan problemas
EN SALUD DE ESCOLARES
El consumo de grandes cantidades de golosinas predispone a que los menores estén mal alimentados, advirtió el Ministerio de Salud al recordar que la etapa escolar es una época en la que los padres pueden experimentar algunos problemas con respecto a la alimentación de sus hijos.
La nutricionista de la Dirección de Salud (Disa) Lima Ciudad, Elízabeth Racacha, explicó que el exceso de dulces en el organismo por el consumo de alimentos con alto contenido de azúcares, sobre todo si se hace entre comidas, causa una falsa sensación de llenura, pues eleva la glucosa sanguínea que da una información falsa al cerebro, lo que al mismo tiempo inactiva el apetito.
"Una familia con múltiples ocupaciones puede recurrir a la preparación más fácil de los alimentos que son las frituras, los cuales tienen un alto contenido energético, en lugar de brindarles una comida balanceada. A esto se suma que las niñas y niños no realizan actividades físicas pues en su mayoría pasan inactivos largo tiempo, viendo televisión o videojuegos, lo cual los hace propensos al sobrepeso."
Sostuvo que esta situación empeora en aquellos escolares que tienen clases hasta pasadas las 15:00 horas.
En esos casos, los estudiantes se ven en la necesidad de comprar alimentos no saludables como galletas, chocolates, gaseosas, lo cual los hace sentirse satisfechos y cuando ya están en casa no comen lo que realmente los nutre, agregó.
Fuente: El Peruano
El consumo de grandes cantidades de golosinas predispone a que los menores estén mal alimentados, advirtió el Ministerio de Salud al recordar que la etapa escolar es una época en la que los padres pueden experimentar algunos problemas con respecto a la alimentación de sus hijos.
La nutricionista de la Dirección de Salud (Disa) Lima Ciudad, Elízabeth Racacha, explicó que el exceso de dulces en el organismo por el consumo de alimentos con alto contenido de azúcares, sobre todo si se hace entre comidas, causa una falsa sensación de llenura, pues eleva la glucosa sanguínea que da una información falsa al cerebro, lo que al mismo tiempo inactiva el apetito.
"Una familia con múltiples ocupaciones puede recurrir a la preparación más fácil de los alimentos que son las frituras, los cuales tienen un alto contenido energético, en lugar de brindarles una comida balanceada. A esto se suma que las niñas y niños no realizan actividades físicas pues en su mayoría pasan inactivos largo tiempo, viendo televisión o videojuegos, lo cual los hace propensos al sobrepeso."
Sostuvo que esta situación empeora en aquellos escolares que tienen clases hasta pasadas las 15:00 horas.
En esos casos, los estudiantes se ven en la necesidad de comprar alimentos no saludables como galletas, chocolates, gaseosas, lo cual los hace sentirse satisfechos y cuando ya están en casa no comen lo que realmente los nutre, agregó.
Fuente: El Peruano
Sanción para 48 colegios privados
PROCESO EN INDECOPI. POR COBROS INDEBIDOS A PADRES DE FAMILIA
Podrían recibir multas de hasta un millón 80 mil nuevos soles
Entre infracciones más cometidas figuran las cuotas extraordinarias
Por realizar cobros indebidos a los padres de familia y reincidir en esta infracción a la ley de protección al consumidor, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) inició proceso sancionador a 48 colegios privados de la capital.
Así lo informó el secretario técnico de la Comisión de Protección al Consumidor del Indecopi, Edwin Aldana, quien refirió que de 91 escuelas inspeccionadas, 48 infringieron la ley de protección al consumidor y no dejaron de hacerlo pese a la notificación hecha por la institución para que rectifiquen su proceder.
Precisó que las infracciones más cometidas son las cuotas extraordinarias, seguido del cobro de matrícula por un monto mayor al de la pensión mensual, el empleo de fórmulas intimidatorias para que el alumno esté al día en sus pagos como impedir su ingreso al aula.
La Comisión de Protección al Consumidor tiene facultad para sancionar con multas de hasta un millón 80 mil nuevos soles, equivalente a 300 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), detalló.
Recordó que en 2009 se sancionó a 172 colegios privados, a los que la Sala de Defensa de la Competencia impuso multas que, según el tipo de infracción, fueron entre mil 65 y 177 mil 500 nuevos soles.
Aldana precisó que si bien los colegios privados tienen la facultad de reservarse el derecho a no entregar las libretas de notas y/o los certificados de estudios a sus alumnos cuando éstos presenten deudas en las pensiones de enseñanza, ello no significa que restrinjan o afecten el derecho de los padres de conocer las notas de sus hijos.
"Los padres tienen el derecho de conocer por vía verbal o por medios como Internet las notas de sus hijos, pero el colegio sí puede reservarse el derecho de entregar el documento que acredita el rendimiento escolar en caso exista una deuda y hasta que ésta sea honrada totalmente."
Fuente: El Peruano
Podrían recibir multas de hasta un millón 80 mil nuevos soles
Entre infracciones más cometidas figuran las cuotas extraordinarias
Por realizar cobros indebidos a los padres de familia y reincidir en esta infracción a la ley de protección al consumidor, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) inició proceso sancionador a 48 colegios privados de la capital.
Así lo informó el secretario técnico de la Comisión de Protección al Consumidor del Indecopi, Edwin Aldana, quien refirió que de 91 escuelas inspeccionadas, 48 infringieron la ley de protección al consumidor y no dejaron de hacerlo pese a la notificación hecha por la institución para que rectifiquen su proceder.
Precisó que las infracciones más cometidas son las cuotas extraordinarias, seguido del cobro de matrícula por un monto mayor al de la pensión mensual, el empleo de fórmulas intimidatorias para que el alumno esté al día en sus pagos como impedir su ingreso al aula.
La Comisión de Protección al Consumidor tiene facultad para sancionar con multas de hasta un millón 80 mil nuevos soles, equivalente a 300 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), detalló.
Recordó que en 2009 se sancionó a 172 colegios privados, a los que la Sala de Defensa de la Competencia impuso multas que, según el tipo de infracción, fueron entre mil 65 y 177 mil 500 nuevos soles.
Aldana precisó que si bien los colegios privados tienen la facultad de reservarse el derecho a no entregar las libretas de notas y/o los certificados de estudios a sus alumnos cuando éstos presenten deudas en las pensiones de enseñanza, ello no significa que restrinjan o afecten el derecho de los padres de conocer las notas de sus hijos.
"Los padres tienen el derecho de conocer por vía verbal o por medios como Internet las notas de sus hijos, pero el colegio sí puede reservarse el derecho de entregar el documento que acredita el rendimiento escolar en caso exista una deuda y hasta que ésta sea honrada totalmente."
Fuente: El Peruano
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