JURISPRUDENCIA. PRECISAN TAMBIÉN ACTUACIÓN INMEDIATA DE SENTENCIAS EN PROCESOS DE AMPARO
Universidades no pueden negar exámenes por falta de pago
Solo están facultadas para impedir matrícula al ciclo siguiente
Las universidades privadas no podrán impedir la rendición de exámenes de sus alumnos por falta de pago, pues el hacerlo constituirá una intervención abusiva al derecho fundamental de la educación, sostuvo el Tribunal Constitucional (TC) al precisar los alcances del art. 22 del Código procesal constitucional (CPConst.).
En efecto, en la sentencia recaída en el Exp. Nº 00607-2009-PA/TC, el Colegiado determinó que la medida adoptada por una universidad privada consistente en impedir a sus alumnos rendir exámenes por falta de pago de sus mensualidades, constituye una intervención desproporcionada al derecho fundamental a la educación.
Medidas desproporcionadas
En este contexto, consideró que la protección de la satisfacción del pago de la pensión se encuentra suficientemente garantizada con la imposibilidad del alumno de matricularse en el siguiente ciclo, por lo que suspender intempestivamente el ciclo regular de estudios por falta de pago, deviene en una medida desproporcionada, sobre todo teniendo en cuenta la calidad de derecho fundamental del servicio educativo que brinda la universidad privada.
Con esta decisión, el TC reitera su compromiso con la tutela efectiva y oportuna de los derechos enunciados en la Constitución, poniendo a disposición de los justiciables los mecanismos adecuados para su defensa, así como su compromiso con la construcción de un Estado Social de Derecho, donde prime el respeto por los derechos fundamentales y la dignidad de la persona humana, sobre algunas garantías de contenido patrimonial no afectadas sustancialmente, refiere la institución. Respecto a la actuación inmediata de la sentencia de amparo, el tribunal señala sus fundamentos constitucionales, así como su aporte a la configuración del amparo, como un proceso urgente para la tutela de los derechos fundamentales.
En la sentencia se decide que, en virtud de lo establecido en el segundo párrafo del art. 22 del CPConst., el juez constitucional se encuentra habilitado para ejecutar la sentencia de primer grado que favorece al demandante, sin perjuicio de la apelación interpuesta por la parte contraria. Así, la actuación inmediata se revela como un instrumento procesal de primer orden para la concreción del derecho a la tutela jurisdiccional efectiva en sede constitucional.
Precisiones a la actuación del juez
Al considerar que en algunos casos la actuación inmediata de estas sentencias podría ocasionar perjuicios irrazonables al demandado, el TC precisa ciertos principios y reglas procesales que el juez constitucional deberá observar al momento de actuar esta figura procesal. Entre ellas, cita los requisitos de no irreversibilidad y proporcionalidad. La resolución que ordena la actuación inmediata, y aquella que la deniega, serán inimpugnables. Respecto a la medida cautelar, refiere que una vez emitida la sentencia de primer grado, el demandante podrá optar alternativamente entre la actuación inmediata o la medida cautelar. La utilización de una excluirá a la otra.
Fuente: El Peruano
martes, 27 de abril de 2010
Tangibilice sus servicios profesionales
EFECTIVIDAD. UN BIEN QUE SE PUEDE TOCAR ES VISTO COMO ALGO MÁS VALIOSO
Trabaje en el desarrollo de un paquete o programa de servicios
Comprometa a sus clientes a trabajar con usted por más tiempo
Hacer tangibles los servicios profesionales no es una tarea sencilla, mas reporta enormes beneficios. Damos demasiado por sentado que la gente sabe perfectamente qué ofrecemos y los beneficios que tendría de contratarnos, pero la mayoría de las veces no es así.
Cuando los servicios profesionales son tangibles tienden a presentar los siguientes resultados: 1Los clientes toman más rápidamente las decisiones. Ellos sabrán lo que realmente van a recibir y les será menos confuso. Puede demostrarles más fácilmente lo que obtendrán.
2 Usted venderá cualquier servicio que ofrezca. Un servicio tangible, por lo general, se vende más rápido porque se siente más simple. También podrá aumentar el boca en boca (una de las formas más antiguas y más efectivas de publicitarse).
3 Ahorrará mucho tiempo porque no tendrá que estar “re-inventando la rueda”. Claro, puede personalizar los servicios (al igual que ofrecen los que venden autos), pero siempre hay un paquete básico. Esa es la clave: ofrecer un paquete básico.
4 En muchos casos podrá vender a precios más altos. Un servicio angible es visto como un servicio más valioso. Además, puede conseguir que los clientes se comprometan a trabajar con usted por más tiempo.
5 Su éxito y, por lo tanto, el cash-flow o flujo de caja general, se incrementarán. Dado que presenta y ofrece servicios high-end, su negocio será más estable y predecible.
Estamos seguros de que esto es exactamente lo que quiere para su negocio. Pero, ¿cómo hará que esto suceda?
Pasos básicos
Comprométase a “empaquetar” al menos uno de sus servicios. Trabaje en el desarrollo de ese paquete o programa. ¿Quiénes son sus clientes ideales?, ¿cuáles son los principales resultados?, ¿cuál es la estructura, el proceso y la estructura de precios? Esto podría ser cualquier cosa, desde un taller de dos días a un programa de un año, o algo intermedio.
Efectúe una descripción detallada o escriba una carta de ventas para ese programa. Dígales a sus prospectos exactamente lo que es este programa, por qué lo necesitan, lo que recibirán y cómo funciona. A medida que pasa por el proceso de escribir sobre su programa, su enfoque, claridad y entusiasmo se incrementarán.
Desarrolle un plan de marketing paso a paso para dar a conocer este programa. Esto puede incluir desde networking tradicional hasta las redes sociales en internet (crear una página de fans en Facebook para el programa, Twitter, Linkedin, entre otros), charlas de difusión, relaciones públicas y publicación de comunicados de prensa.
Recuerde que cuando se tiene un programa específico para promover, su comercialización es más fácil y más eficaz. Se pueden lanzar campañas de marketing enfocadas a vender ese programa en particular. Sí, todo esto lleva tiempo y esfuerzo serio.
En conclusión
Si considera que se encuentra en el negocio de la consultoría o de coaching o de planificación financiera, entre otros, es como estar en el negocio del transporte.
Eso, definitivamente, no es un negocio. No es algo real o tangible para sus clientes. Es más saludable para su negocio ofrecer un paquete en particular de sus servicios o un programa diseñado para producir resultados mensurables.
¿Qué programa o paquete de servicios empezará a diseñar, desarrollar y comercializar?, ¿cuándo deberá comenzar?, ¿por qué no hacerlo ahora mismo? La decisión es finalmente suya.
Fuente: www.mujeresdemepresa.com
Trabaje en el desarrollo de un paquete o programa de servicios
Comprometa a sus clientes a trabajar con usted por más tiempo
Hacer tangibles los servicios profesionales no es una tarea sencilla, mas reporta enormes beneficios. Damos demasiado por sentado que la gente sabe perfectamente qué ofrecemos y los beneficios que tendría de contratarnos, pero la mayoría de las veces no es así.
Cuando los servicios profesionales son tangibles tienden a presentar los siguientes resultados: 1Los clientes toman más rápidamente las decisiones. Ellos sabrán lo que realmente van a recibir y les será menos confuso. Puede demostrarles más fácilmente lo que obtendrán.
2 Usted venderá cualquier servicio que ofrezca. Un servicio tangible, por lo general, se vende más rápido porque se siente más simple. También podrá aumentar el boca en boca (una de las formas más antiguas y más efectivas de publicitarse).
3 Ahorrará mucho tiempo porque no tendrá que estar “re-inventando la rueda”. Claro, puede personalizar los servicios (al igual que ofrecen los que venden autos), pero siempre hay un paquete básico. Esa es la clave: ofrecer un paquete básico.
4 En muchos casos podrá vender a precios más altos. Un servicio angible es visto como un servicio más valioso. Además, puede conseguir que los clientes se comprometan a trabajar con usted por más tiempo.
5 Su éxito y, por lo tanto, el cash-flow o flujo de caja general, se incrementarán. Dado que presenta y ofrece servicios high-end, su negocio será más estable y predecible.
Estamos seguros de que esto es exactamente lo que quiere para su negocio. Pero, ¿cómo hará que esto suceda?
Pasos básicos
Comprométase a “empaquetar” al menos uno de sus servicios. Trabaje en el desarrollo de ese paquete o programa. ¿Quiénes son sus clientes ideales?, ¿cuáles son los principales resultados?, ¿cuál es la estructura, el proceso y la estructura de precios? Esto podría ser cualquier cosa, desde un taller de dos días a un programa de un año, o algo intermedio.
Efectúe una descripción detallada o escriba una carta de ventas para ese programa. Dígales a sus prospectos exactamente lo que es este programa, por qué lo necesitan, lo que recibirán y cómo funciona. A medida que pasa por el proceso de escribir sobre su programa, su enfoque, claridad y entusiasmo se incrementarán.
Desarrolle un plan de marketing paso a paso para dar a conocer este programa. Esto puede incluir desde networking tradicional hasta las redes sociales en internet (crear una página de fans en Facebook para el programa, Twitter, Linkedin, entre otros), charlas de difusión, relaciones públicas y publicación de comunicados de prensa.
Recuerde que cuando se tiene un programa específico para promover, su comercialización es más fácil y más eficaz. Se pueden lanzar campañas de marketing enfocadas a vender ese programa en particular. Sí, todo esto lleva tiempo y esfuerzo serio.
En conclusión
Si considera que se encuentra en el negocio de la consultoría o de coaching o de planificación financiera, entre otros, es como estar en el negocio del transporte.
Eso, definitivamente, no es un negocio. No es algo real o tangible para sus clientes. Es más saludable para su negocio ofrecer un paquete en particular de sus servicios o un programa diseñado para producir resultados mensurables.
¿Qué programa o paquete de servicios empezará a diseñar, desarrollar y comercializar?, ¿cuándo deberá comenzar?, ¿por qué no hacerlo ahora mismo? La decisión es finalmente suya.
Fuente: www.mujeresdemepresa.com
Nuevo boom de franquicias
HAY 51 MARCAS PERUANAS
El mercado local atraviesa por un segundo boom de franquicias, pero en esta oportunidad con una mayor participación de marcas peruanas que apuestan por este modelo de expansión de sus negocios, sostuvo la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (Promperú). El director de Exportaciones del ente promotor, Juan Carlos Mathews, detalló que entre 1993 y 1996, el país registró una primera ola de expansión explosiva de este tipo de negocios, en esa oportunidad el 95% era franquicias extranjeras, especialmente de Estados Unidos. Explicó que desde 2003, el tema de las franquicias comenzó a reactivarse, registrándose hasta la fecha 170 franquicias establecidas en el país, de las cuales el 30% es peruana.
“Lo más importante es que las franquicias locales están registrando una mayor presencia en el exterior, lo cual redunda en una expectativa positiva de las nuevas marcas que puedan llegar a los mercados internacionales”, dijo.
Al respecto, el coordinador del Departamento de Exportación de Servicios de Promperú, David Edery, informó que sólo en 2009 unas 16 nuevas empresas peruanas lograron franquiciarse, generándose un total de 48 franquicias locales. “Ahora bien, estas 48 franquicias han establecido 386 unidades de negocio, de las cuales 75 unidades se ubican en el mercado internacional y el número restante está en el ámbito nacional”, manifestó.
Fuente: El Peruano
El mercado local atraviesa por un segundo boom de franquicias, pero en esta oportunidad con una mayor participación de marcas peruanas que apuestan por este modelo de expansión de sus negocios, sostuvo la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (Promperú). El director de Exportaciones del ente promotor, Juan Carlos Mathews, detalló que entre 1993 y 1996, el país registró una primera ola de expansión explosiva de este tipo de negocios, en esa oportunidad el 95% era franquicias extranjeras, especialmente de Estados Unidos. Explicó que desde 2003, el tema de las franquicias comenzó a reactivarse, registrándose hasta la fecha 170 franquicias establecidas en el país, de las cuales el 30% es peruana.
“Lo más importante es que las franquicias locales están registrando una mayor presencia en el exterior, lo cual redunda en una expectativa positiva de las nuevas marcas que puedan llegar a los mercados internacionales”, dijo.
Al respecto, el coordinador del Departamento de Exportación de Servicios de Promperú, David Edery, informó que sólo en 2009 unas 16 nuevas empresas peruanas lograron franquiciarse, generándose un total de 48 franquicias locales. “Ahora bien, estas 48 franquicias han establecido 386 unidades de negocio, de las cuales 75 unidades se ubican en el mercado internacional y el número restante está en el ámbito nacional”, manifestó.
Fuente: El Peruano
“No hay embargo de sueldos”
ASBANC. ACLARA EN UN COMUNICADO
Precisan que contratos permiten el cobro de deudas vencidas
La Asociación de Bancos (Asbanc) informó que las entidades del sistema financiero peruano no realizan embargos de los sueldos en los montos establecidos en la ley y precisó que los contratos celebrados con sus clientes permiten el cobro de deudas vencidas de los depósitos en sus cuentas. En un comunicado, el gremio empresarial explicó, en primer término, que “los bancos cumplen con la legislación que prohíbe el embargo de los sueldos en los montos establecidos por el Código Procesal Civil”. Asimismo, agregó que “los contratos celebrados entre los bancos y sus clientes contienen pactos expresos en los que éstos autorizan la compensación (cobro) de sus deudas vencidas contra los depósitos existentes en sus cuentas”.
Agregó que la compensación de las deudas vencidas es un medio para extinguir las obligaciones que, además de estar expresamente pactada contractualmente, es un derecho establecido en el inciso 11 del artículo 132 de la Ley General del Sistema Financiero.
Fuente: El Peruano
Precisan que contratos permiten el cobro de deudas vencidas
La Asociación de Bancos (Asbanc) informó que las entidades del sistema financiero peruano no realizan embargos de los sueldos en los montos establecidos en la ley y precisó que los contratos celebrados con sus clientes permiten el cobro de deudas vencidas de los depósitos en sus cuentas. En un comunicado, el gremio empresarial explicó, en primer término, que “los bancos cumplen con la legislación que prohíbe el embargo de los sueldos en los montos establecidos por el Código Procesal Civil”. Asimismo, agregó que “los contratos celebrados entre los bancos y sus clientes contienen pactos expresos en los que éstos autorizan la compensación (cobro) de sus deudas vencidas contra los depósitos existentes en sus cuentas”.
Agregó que la compensación de las deudas vencidas es un medio para extinguir las obligaciones que, además de estar expresamente pactada contractualmente, es un derecho establecido en el inciso 11 del artículo 132 de la Ley General del Sistema Financiero.
Fuente: El Peruano
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El magistrado y la reforma procesal penal
FORTALECIMIENTO. PROPUESTAS PARA CONSOLIDAR CAMBIO
Importa efectivizar realmente el cambio de mentalidad del juez
Se urge además convocar y comprometer a la ciudadanía en este reto
Juan Emilio Ladrón de
Guevara de la Cruz
Fiscal superior penal (p) Callao.
El Perú, al haberse decidido por el cambio progresivo del sistema inquisitivo al sistema acusatorio adversarial o garantista, ha acertado, y hoy tiene la oportunidad de ir mejorando en el camino algunos procedimientos y prácticas procesales, así como de adoptar las medidas convenientes para mejorar nuestra libertad, seguridad y justicia. Este cambio tiene por protagonista al magistrado, con todas sus capacidades, conocimientos y habilidades, incluyendo sus actitudes y conductas; unos rápidamente entienden la necesidad urgente de un cambio ambicioso y orientan su actuación hacia él utilizando el liderazgo como estilo de dirección, además toman decisiones por consenso; otros prefieren mantenerse (“congelados”) en un sistema tradicional inquisitivo, no permiten el avance institucional y del país y mucho menos de la inserción al mundo académico globalizado.
Judicatura
La actitud de “congelamiento” de algunos magistrados denota que carecen del perfil que se les exige para el gran reto, que debe estar basado, entre otros, en cambios de actitud, con valores de justicia oportuna y comprometido con principios de honestidad, moralidad y ética. Con el ánimo de contribuir al cambio necesario, propongo la ejecución de algunas acciones básicas.
Entre ellas, efectivizar realmente el cambio de mentalidad y actitud de todos los magistrados para encontrar el mejor modelo de trabajo con visión en el futuro. Debemos recobrar la mística de trabajo que va mas allá de las horas establecidas por ley, comprendiendo que el compromiso es con la sociedad y como tal se necesita en desplegar una labor más esforzada, para resolver los casos de su competencia en los plazos establecidos por ley y de acuerdo con los procedimientos y prácticas procesales que las nuevas disposiciones establecen. Esta actitud solo se supera con el compromiso, constituye una decisión individual. Luego que el principio de exhaustividad –emplear el plazo mínimo de investigación, o el establecido por ley– sea aplicado para esclarecer las denuncias, evitando la acumulación al decidir la continuación de las investigaciones, cuando no se hallen fundadas razones y mérito para proseguir con éxito las mismas.
Identificación con proceso de cambio
Para consolidar el cambio al nuevo sistema procesal penal, es importante además aplicar sólidas y unidas estrategias que conlleven a garantizar un avance de los cambios culturales trascendentes de identificación con el proceso de cambio, como son, entre otros, los valores, mística de trabajo, percepciones de rol, buenas prácticas, destrezas y hábitos, por parte de los operadores, y no solo de ellos, sino de todos aquellos que tienen que hacer posible el buen manejo del proceso y del nuevo sistema procesal penal que se aplica de manera progresiva en el país.
Efectuar periódicamente un balance individual y grupal para medir la eficacia y eficiencia en la producción laboral; y el compromiso de los medios de comunicación para difundir las bondades, logros y avances de este nuevo sistema procesal penal.
Fuente: El Peruano
Importa efectivizar realmente el cambio de mentalidad del juez
Se urge además convocar y comprometer a la ciudadanía en este reto
Juan Emilio Ladrón de
Guevara de la Cruz
Fiscal superior penal (p) Callao.
El Perú, al haberse decidido por el cambio progresivo del sistema inquisitivo al sistema acusatorio adversarial o garantista, ha acertado, y hoy tiene la oportunidad de ir mejorando en el camino algunos procedimientos y prácticas procesales, así como de adoptar las medidas convenientes para mejorar nuestra libertad, seguridad y justicia. Este cambio tiene por protagonista al magistrado, con todas sus capacidades, conocimientos y habilidades, incluyendo sus actitudes y conductas; unos rápidamente entienden la necesidad urgente de un cambio ambicioso y orientan su actuación hacia él utilizando el liderazgo como estilo de dirección, además toman decisiones por consenso; otros prefieren mantenerse (“congelados”) en un sistema tradicional inquisitivo, no permiten el avance institucional y del país y mucho menos de la inserción al mundo académico globalizado.
Judicatura
La actitud de “congelamiento” de algunos magistrados denota que carecen del perfil que se les exige para el gran reto, que debe estar basado, entre otros, en cambios de actitud, con valores de justicia oportuna y comprometido con principios de honestidad, moralidad y ética. Con el ánimo de contribuir al cambio necesario, propongo la ejecución de algunas acciones básicas.
Entre ellas, efectivizar realmente el cambio de mentalidad y actitud de todos los magistrados para encontrar el mejor modelo de trabajo con visión en el futuro. Debemos recobrar la mística de trabajo que va mas allá de las horas establecidas por ley, comprendiendo que el compromiso es con la sociedad y como tal se necesita en desplegar una labor más esforzada, para resolver los casos de su competencia en los plazos establecidos por ley y de acuerdo con los procedimientos y prácticas procesales que las nuevas disposiciones establecen. Esta actitud solo se supera con el compromiso, constituye una decisión individual. Luego que el principio de exhaustividad –emplear el plazo mínimo de investigación, o el establecido por ley– sea aplicado para esclarecer las denuncias, evitando la acumulación al decidir la continuación de las investigaciones, cuando no se hallen fundadas razones y mérito para proseguir con éxito las mismas.
Identificación con proceso de cambio
Para consolidar el cambio al nuevo sistema procesal penal, es importante además aplicar sólidas y unidas estrategias que conlleven a garantizar un avance de los cambios culturales trascendentes de identificación con el proceso de cambio, como son, entre otros, los valores, mística de trabajo, percepciones de rol, buenas prácticas, destrezas y hábitos, por parte de los operadores, y no solo de ellos, sino de todos aquellos que tienen que hacer posible el buen manejo del proceso y del nuevo sistema procesal penal que se aplica de manera progresiva en el país.
Efectuar periódicamente un balance individual y grupal para medir la eficacia y eficiencia en la producción laboral; y el compromiso de los medios de comunicación para difundir las bondades, logros y avances de este nuevo sistema procesal penal.
Fuente: El Peruano
Modifican tramitación de medidas cautelares
CORTE DE LIMA. MAGISTRATURA BUSCA CELERIDAD EN PROCESOS
Mejoran aspectos de recepción, distribución y atención de estas demandas
Para garantizar la transparencia y celeridad en la atención de procesos, la Corte de de Lima modificó la tramitación que debe seguir una medida cautelar desde que ingresa a mesa de partes de este distrito judicial, a través de la RA N° 205-2009-CED-CSJLI-PJ.
Así, la medida cautelar recibida por ventanilla y registrada en el sistema será colocada en un sobre cerrado, sellado y con una etiqueta que el sistema facilitará, con los siguientes datos: número de expediente, precisión de si se trata de una medida cautelar fuera de proceso o, en su caso, indicación del juzgado al cual va dirigido, número de documento, número de folios, así como la fecha y hora de ingreso. La corte limeña, además, aprobó disposiciones en caso de impedimento, recusación, inhibición y discordia aplicable en la Primera Sala de Familia de Lima, precisando que ante estas situaciones el presidente del referido tribunal llamará al juez superior menos antiguo de la Segunda Sala de Familia y viceversa.
Si este magistrado no pudiera intervenir, convocarán a los magistrados de la Sala de Familia competente que precedan en antigüedad. De seguir el impedimento, se llamará al juez superior menos antiguo de la Sala Especializada en lo Civil. El llamado será desde enero hasta junio a los magistrados de la Primera Sala Civil hasta la Sexta Sala Civil de forma mensual y consecutiva.
Fuente: El Peruano
Mejoran aspectos de recepción, distribución y atención de estas demandas
Para garantizar la transparencia y celeridad en la atención de procesos, la Corte de de Lima modificó la tramitación que debe seguir una medida cautelar desde que ingresa a mesa de partes de este distrito judicial, a través de la RA N° 205-2009-CED-CSJLI-PJ.
Así, la medida cautelar recibida por ventanilla y registrada en el sistema será colocada en un sobre cerrado, sellado y con una etiqueta que el sistema facilitará, con los siguientes datos: número de expediente, precisión de si se trata de una medida cautelar fuera de proceso o, en su caso, indicación del juzgado al cual va dirigido, número de documento, número de folios, así como la fecha y hora de ingreso. La corte limeña, además, aprobó disposiciones en caso de impedimento, recusación, inhibición y discordia aplicable en la Primera Sala de Familia de Lima, precisando que ante estas situaciones el presidente del referido tribunal llamará al juez superior menos antiguo de la Segunda Sala de Familia y viceversa.
Si este magistrado no pudiera intervenir, convocarán a los magistrados de la Sala de Familia competente que precedan en antigüedad. De seguir el impedimento, se llamará al juez superior menos antiguo de la Sala Especializada en lo Civil. El llamado será desde enero hasta junio a los magistrados de la Primera Sala Civil hasta la Sexta Sala Civil de forma mensual y consecutiva.
Fuente: El Peruano
Internet: un gran aliado para los negocios en Perú
ALTERNATIVA. SECTORES ENCONTRARON NUEVAS FORMAS PARA MEJORAR COMUNICACIÓN Y COMPETITIVIDAD
Estudio reveló que 39% de usuarios hizo al menos una compra en línea
Penetración de Internet en nuestro país es similar al promedio regional
El impacto de Internet en el mundo de los negocios no tiene discusión. Grandes industrias afrontaron retos y amenazas debido a nuevas formas de distribución, pero la gran mayoría de sectores encontraron nuevas alternativas para mejorar la comunicación, la productividad y la competitividad, así como innovadoras formas de investigar mercados, vender y dar a conocer sus productos y servicios.
Internet también se ha convertido en el medio por excelencia para posicionar y presentar empresas, productos y servicios, sin límites de fronteras y a bajos costos.
De acuerdo con el estudio Digital World Life realizado en 16 países con alta penetración de Internet por parte de la investigadora de mercados TNS Global, el 39% de los usuarios de la red hizo al menos una compra en línea y un 24% compró productos y servicios fuera de Internet como resultado de la información que encontró en la web.
El mismo informe reveló que más allá de las transacciones en línea, Internet es cada vez una herramienta más importante para tomar decisiones de compra o de inversión.
Así, el 86% de los participantes en el estudio dijo que Internet fue crucial en sus viajes a la hora de decidir el destino, hoteles y compras relacionadas, tanto buscando información y proveedores como comparando precios y analizando opiniones; mientras que el 73% dijo lo propio para el proceso de compra de un computador.
En el Perú
En nuestro país, Internet crece rápidamente y cada vez más personas y organizaciones aprovechan los beneficios de la red. Así, según la consultora Internet World Stats, la penetración de Internet en el Perú es del 25.8%, similar al promedio mundial (25.6%) y un poco inferior al de Latinoamérica (30.7%).
Muchos creen que la única manera de hacer negocios en Internet es por medio de tiendas en línea, pero cualquier empresa puede aprovechar la red para optimizar sus procesos, mejorar la comunicación entre sus empleados, clientes y aliados; y encontrar nuevos clientes incluso más allá de las fronteras.
Para esto último, la publicidad en Internet se presenta en todo el mundo como una alternativa económica, eficiente y rentable para dar a conocer productos, servicios y marcas.
Es, pues, una tendencia cada vez más marcada, apoyada en ventajas de la publicidad en línea sobre la tradicional, tales como la posibilidad de segmentar los anuncios, modificar las campañas publicitarias fácilmente y en tiempo real, administrar de manera flexible los costos, pautar sin límites geográficos y, por todo lo anterior, ayudar a los anunciantes a encontrar más fácilmente a sus clientes potenciales, incrementar sus ventas y reducir los costos de mercadeo, publicidad y comercialización.
En Latinoamérica, la inversión en online se duplica año tras año, pero aún está muy por debajo de otros países –en alrededor del 4%– principalmente debido al gran desconocimiento que hay sobre las ventajas de las campañas publicitarias en línea.
Fuente: El Peruano
Estudio reveló que 39% de usuarios hizo al menos una compra en línea
Penetración de Internet en nuestro país es similar al promedio regional
El impacto de Internet en el mundo de los negocios no tiene discusión. Grandes industrias afrontaron retos y amenazas debido a nuevas formas de distribución, pero la gran mayoría de sectores encontraron nuevas alternativas para mejorar la comunicación, la productividad y la competitividad, así como innovadoras formas de investigar mercados, vender y dar a conocer sus productos y servicios.
Internet también se ha convertido en el medio por excelencia para posicionar y presentar empresas, productos y servicios, sin límites de fronteras y a bajos costos.
De acuerdo con el estudio Digital World Life realizado en 16 países con alta penetración de Internet por parte de la investigadora de mercados TNS Global, el 39% de los usuarios de la red hizo al menos una compra en línea y un 24% compró productos y servicios fuera de Internet como resultado de la información que encontró en la web.
El mismo informe reveló que más allá de las transacciones en línea, Internet es cada vez una herramienta más importante para tomar decisiones de compra o de inversión.
Así, el 86% de los participantes en el estudio dijo que Internet fue crucial en sus viajes a la hora de decidir el destino, hoteles y compras relacionadas, tanto buscando información y proveedores como comparando precios y analizando opiniones; mientras que el 73% dijo lo propio para el proceso de compra de un computador.
En el Perú
En nuestro país, Internet crece rápidamente y cada vez más personas y organizaciones aprovechan los beneficios de la red. Así, según la consultora Internet World Stats, la penetración de Internet en el Perú es del 25.8%, similar al promedio mundial (25.6%) y un poco inferior al de Latinoamérica (30.7%).
Muchos creen que la única manera de hacer negocios en Internet es por medio de tiendas en línea, pero cualquier empresa puede aprovechar la red para optimizar sus procesos, mejorar la comunicación entre sus empleados, clientes y aliados; y encontrar nuevos clientes incluso más allá de las fronteras.
Para esto último, la publicidad en Internet se presenta en todo el mundo como una alternativa económica, eficiente y rentable para dar a conocer productos, servicios y marcas.
Es, pues, una tendencia cada vez más marcada, apoyada en ventajas de la publicidad en línea sobre la tradicional, tales como la posibilidad de segmentar los anuncios, modificar las campañas publicitarias fácilmente y en tiempo real, administrar de manera flexible los costos, pautar sin límites geográficos y, por todo lo anterior, ayudar a los anunciantes a encontrar más fácilmente a sus clientes potenciales, incrementar sus ventas y reducir los costos de mercadeo, publicidad y comercialización.
En Latinoamérica, la inversión en online se duplica año tras año, pero aún está muy por debajo de otros países –en alrededor del 4%– principalmente debido al gran desconocimiento que hay sobre las ventajas de las campañas publicitarias en línea.
Fuente: El Peruano
Más afiliados a las EPS
POR MAYOR COMPETENCIA
El número de afiliados a las Entidades Prestadoras de Salud (EPS) se incrementaría en 20% en los dos próximos años, impulsado por el ingreso de nuevos competidores y mayores ofertas en planes de salud, afirmó Colsanitas Perú EPS. La gerente general de la empresa, Luz Herrera, detalló que desde 1997 a la fecha el número de afiliados a las EPS se mantiene en 500 mil usuarios titulares, no tomando en cuenta los seguros para los trabajos de riesgo.
“El mercado se mantiene en stand by en los últimos años, y por ello esperamos que con el ingreso de mayor competencia al sector, éste se pueda dinamizar, lo que permitirá que el mayor beneficiado sea el consumidor final”, dijo.
Oferta
Precisó que actualmente lo que se oferta en el país son planes de salud por el cual se paga un valor alto en la prima, y donde adicionalmente el consumidor debe realizar pagos deducibles y tienes topes en la cobertura. “Debido a este contexto, creemos que el dinamismo de las EPS iría en los dos próximos años por un mayor desarrollo en Lima, aunque en las provincias también se registrará un crecimiento importante”, puntualizó. La colombiana Colsanitas Perú EPS anunció ayer su ingreso al mercado peruano de salud en planes de atención integral, buscando conquistar el segmento de trabajadores independientes, sector aún no atendido por ser considerado de alto riesgo. De acuerdo con la Superintendencia de las EPS, ahora hay cuatro competidores en este mercado, el cual es liderado por Rímac EPS, seguido de Pacífico EPS, Mapfre EPS Bien.
Fuente: El Peruano
El número de afiliados a las Entidades Prestadoras de Salud (EPS) se incrementaría en 20% en los dos próximos años, impulsado por el ingreso de nuevos competidores y mayores ofertas en planes de salud, afirmó Colsanitas Perú EPS. La gerente general de la empresa, Luz Herrera, detalló que desde 1997 a la fecha el número de afiliados a las EPS se mantiene en 500 mil usuarios titulares, no tomando en cuenta los seguros para los trabajos de riesgo.
“El mercado se mantiene en stand by en los últimos años, y por ello esperamos que con el ingreso de mayor competencia al sector, éste se pueda dinamizar, lo que permitirá que el mayor beneficiado sea el consumidor final”, dijo.
Oferta
Precisó que actualmente lo que se oferta en el país son planes de salud por el cual se paga un valor alto en la prima, y donde adicionalmente el consumidor debe realizar pagos deducibles y tienes topes en la cobertura. “Debido a este contexto, creemos que el dinamismo de las EPS iría en los dos próximos años por un mayor desarrollo en Lima, aunque en las provincias también se registrará un crecimiento importante”, puntualizó. La colombiana Colsanitas Perú EPS anunció ayer su ingreso al mercado peruano de salud en planes de atención integral, buscando conquistar el segmento de trabajadores independientes, sector aún no atendido por ser considerado de alto riesgo. De acuerdo con la Superintendencia de las EPS, ahora hay cuatro competidores en este mercado, el cual es liderado por Rímac EPS, seguido de Pacífico EPS, Mapfre EPS Bien.
Fuente: El Peruano
Revisiones técnicas deben ser filmadas
MEDIDA. MINISTERIO DE TRANSPORTES BUSCA QUE PROCESO SEA MÁS TRANSPARENTE
Decreto dispone que incumplimiento de la medida sea sancionada
En este caso, el monto de la multa fue fijado en 7,200 nuevos soles
En el plazo de un mes, los centros de inspección técnica vehicular que realizan las revisiones técnicas a las unidades que circulan en el país deberán filmar cada procedimiento que ejecuten y conservar la grabación o, de lo contrario, podrían recibir sanciones pecuniarias de siete mil 200 nuevos soles. La filmación deberá hacerse de tal manera que permita identificar con claridad las características de cada vehículo como su placa única nacional de rodaje, según lo establece un decreto supremo que modifica el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares. La norma, publicada ayer en el Diario Oficial El Peruano, señala que los centros están obligados a conservar las filmaciones por un lapso no menor de seis meses y a entregarlas a la Dirección General de Transporte Terrestre (DGTT) del Ministerio de Transportes cuando ésta las requiera.
En caso de que los centros incumplan estas disposiciones, la norma contempla una serie de sanciones pecuniarias. Para tal efecto, son consideradas faltas graves no realizar la filmación, no remitir la filmación cuando sea requerida por la DGTT y no conservar las filmaciones durante los seis meses establecidos.
En cada caso, la multa considerada en el decreto es de dos unidades impositivas tributarias (UIT), es decir, siete mil 200 nuevos soles.
Aspec destaca norma La norma aprobada por el Gobierno fue destacada por la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec), por considerar que contribuirá a la transparencia del proceso.
Jaime Delgado, presidente de Aspec, dijo que la medida es importante porque dejaría evidencia si es que se diera algún acto irregular en el procedimiento de revisiones técnicas.
Sostuvo que será de mucha utilidad cuando se produzcan denuncias sobre irregularidades y cobro de coimas, que suelen registrarse respecto a las revisiones técnicas. Sin embargo, consideró como un tema pendiente la conexión directa que las plantas de revisión técnica deben mantener con el Ministerio de Transportes.
Precisó que esa conexión permitiría que el MTC informe en tiempo real sobre cada procedimiento de revisión que se ejecuta en cada planta, de tal forma que la información quede registrada y no haya manera de cambiarla.
Fuente: El Peruano
Decreto dispone que incumplimiento de la medida sea sancionada
En este caso, el monto de la multa fue fijado en 7,200 nuevos soles
En el plazo de un mes, los centros de inspección técnica vehicular que realizan las revisiones técnicas a las unidades que circulan en el país deberán filmar cada procedimiento que ejecuten y conservar la grabación o, de lo contrario, podrían recibir sanciones pecuniarias de siete mil 200 nuevos soles. La filmación deberá hacerse de tal manera que permita identificar con claridad las características de cada vehículo como su placa única nacional de rodaje, según lo establece un decreto supremo que modifica el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares. La norma, publicada ayer en el Diario Oficial El Peruano, señala que los centros están obligados a conservar las filmaciones por un lapso no menor de seis meses y a entregarlas a la Dirección General de Transporte Terrestre (DGTT) del Ministerio de Transportes cuando ésta las requiera.
En caso de que los centros incumplan estas disposiciones, la norma contempla una serie de sanciones pecuniarias. Para tal efecto, son consideradas faltas graves no realizar la filmación, no remitir la filmación cuando sea requerida por la DGTT y no conservar las filmaciones durante los seis meses establecidos.
En cada caso, la multa considerada en el decreto es de dos unidades impositivas tributarias (UIT), es decir, siete mil 200 nuevos soles.
Aspec destaca norma La norma aprobada por el Gobierno fue destacada por la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec), por considerar que contribuirá a la transparencia del proceso.
Jaime Delgado, presidente de Aspec, dijo que la medida es importante porque dejaría evidencia si es que se diera algún acto irregular en el procedimiento de revisiones técnicas.
Sostuvo que será de mucha utilidad cuando se produzcan denuncias sobre irregularidades y cobro de coimas, que suelen registrarse respecto a las revisiones técnicas. Sin embargo, consideró como un tema pendiente la conexión directa que las plantas de revisión técnica deben mantener con el Ministerio de Transportes.
Precisó que esa conexión permitiría que el MTC informe en tiempo real sobre cada procedimiento de revisión que se ejecuta en cada planta, de tal forma que la información quede registrada y no haya manera de cambiarla.
Fuente: El Peruano
Crean juzgados de tránsito
JUDICATURA. FUNCIONARÁN EN DIVERSAS CORTES
Buscan reducir carga procesal y contrarrestar incidencia de estos procesos
El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) resolvió por unanimidad la conversión de diversos juzgados especializados o mixtos en juzgados de tránsito y seguridad vial en los distritos judiciales de Áncash, Ayacucho, Callao, Cusco, Junín, Lambayeque, Lima, Lima Norte, Loreto y Del Santa.
Según la RA Nº 419-2009-CEPJ, la conversión de estos juzgados se hace en atención a la carga procesal y a la incidencia estadística de procesos judiciales.
Se indica además que en las cortes superiores donde se ha implementado el nuevo Código Procesal Penal, los juzgados de tránsito y seguridad vial o aquellos que asuman en adición a sus funciones dicha competencia (para los procesos penales), actuarán como juzgados penales unipersonales.
Si el caso amerita, el juzgamiento le corresponderá al juzgado penal colegiado que se constituya en su oportunidad en las sedes respectivas.
Respecto a los demás distritos judiciales, por el número de procesos de tránsito y seguridad vial, se considera factible que los juzgados especializados civiles, penales y mixtos continúen conociendo la especialidad civil, contencioso-administrativa y penal que correspondan a tránsito en sus respectivas jurisdicciones.
Tener presente
Las salas superiores en lo civil, penal, penal de apelaciones y mixtas de las cortes superiores de justicia deben asumir la competencia en segunda instancia respecto a las materias que les correspondan de tránsito y seguridad vial.
Fuente: El Peruano
Buscan reducir carga procesal y contrarrestar incidencia de estos procesos
El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) resolvió por unanimidad la conversión de diversos juzgados especializados o mixtos en juzgados de tránsito y seguridad vial en los distritos judiciales de Áncash, Ayacucho, Callao, Cusco, Junín, Lambayeque, Lima, Lima Norte, Loreto y Del Santa.
Según la RA Nº 419-2009-CEPJ, la conversión de estos juzgados se hace en atención a la carga procesal y a la incidencia estadística de procesos judiciales.
Se indica además que en las cortes superiores donde se ha implementado el nuevo Código Procesal Penal, los juzgados de tránsito y seguridad vial o aquellos que asuman en adición a sus funciones dicha competencia (para los procesos penales), actuarán como juzgados penales unipersonales.
Si el caso amerita, el juzgamiento le corresponderá al juzgado penal colegiado que se constituya en su oportunidad en las sedes respectivas.
Respecto a los demás distritos judiciales, por el número de procesos de tránsito y seguridad vial, se considera factible que los juzgados especializados civiles, penales y mixtos continúen conociendo la especialidad civil, contencioso-administrativa y penal que correspondan a tránsito en sus respectivas jurisdicciones.
Tener presente
Las salas superiores en lo civil, penal, penal de apelaciones y mixtas de las cortes superiores de justicia deben asumir la competencia en segunda instancia respecto a las materias que les correspondan de tránsito y seguridad vial.
Fuente: El Peruano
Notibreves
PROCEDIMIENTO ESTÁNDAR
Brevetes
El Ministerio de Transportes continuará a cargo de la emisión de las licencias de conducir que correspondan a las regiones Lima Metropolitana, Lima Provincias y Callao hasta que culmine e implemente el proceso de transferencia de funciones, precisó mediante la RD Nº 599-2010-MTC/15, que aprobó el procedimiento estándar para la emisión de licencias de conducir.
RECONOCIMIENTO
Abogados
La revista inglesa Latin Lawyer, en su edición de 2010 informa sobre los estudios de abogados más grandes de América Latina. En ella, lista al Estudio Muñiz, Ramírez, Pérez-Taiman & Olaya entre los 10 estudios de abogados más grandes de América Latina. El estudio está catalogado en dicho ranking después de importantes firmas de Brasil y Argentina.
DE FIRMAS PERUANAS
Clasificación
La revista Latin Lawyer califica como recomendables también a las siguientes firmas locales: Rodrigo, Elías & Medrano; Echecopar; Miranda & Amado; Rubio, Leguía, Normand; Grau; Rebaza, Alcázar & De las Casas; Payet; Ferrero; Barrios Fuentes; Olaechea; Hernández; García-Sayán; Rosselló; y Barreda Moller, entre otros.
Fuente: El Peruano
Brevetes
El Ministerio de Transportes continuará a cargo de la emisión de las licencias de conducir que correspondan a las regiones Lima Metropolitana, Lima Provincias y Callao hasta que culmine e implemente el proceso de transferencia de funciones, precisó mediante la RD Nº 599-2010-MTC/15, que aprobó el procedimiento estándar para la emisión de licencias de conducir.
RECONOCIMIENTO
Abogados
La revista inglesa Latin Lawyer, en su edición de 2010 informa sobre los estudios de abogados más grandes de América Latina. En ella, lista al Estudio Muñiz, Ramírez, Pérez-Taiman & Olaya entre los 10 estudios de abogados más grandes de América Latina. El estudio está catalogado en dicho ranking después de importantes firmas de Brasil y Argentina.
DE FIRMAS PERUANAS
Clasificación
La revista Latin Lawyer califica como recomendables también a las siguientes firmas locales: Rodrigo, Elías & Medrano; Echecopar; Miranda & Amado; Rubio, Leguía, Normand; Grau; Rebaza, Alcázar & De las Casas; Payet; Ferrero; Barrios Fuentes; Olaechea; Hernández; García-Sayán; Rosselló; y Barreda Moller, entre otros.
Fuente: El Peruano
Esperan depurar 20 mil normas
ORDENAMIENTO. A LA FECHA HAN SIDO DECLARADAS OBSOLETAS 2,809 DISPOSICIONES CON RANGO DE LEY
Al 2011, solo 12 mil leyes quedarán vigentes en el ordenamiento legal
Prevén creación de registro para inventariar y actualizar normas legales
En julio de 2011, la comisión del Congreso encargada del ordenamiento legal espera reducir de 32 mil a 12 mil las normas, resoluciones, decretos y otras disposiciones que a la fecha tienen vigencia jurídica, afirmó su presidente, Santiago Fujimori.
“Una vez terminada la etapa de inventario quedarán más o menos unas doce mil leyes, tras lo cual se deberá hacer un proceso de sistematización”, indicó a Andina.
Fujimori precisó que a la fecha han sido declaradas obsoletas 2,809 disposiciones con rango de ley y que pronto se aprobará un segundo listado con otras 3,840 normas.
En esta última relación, detalló, figuran disposiciones referidas al otorgamiento de indultos, premios pecuniarios, entre otros aspectos.
Refirió que el grupo de trabajo se centra en la elaboración de una tercera relación con otras cinco mil normas, con lo cual se completará la cifra de 12 mil leyes. El parlamentario informó que una vez concluida la etapa de inventario de las leyes no vigentes se procederá a sistematizar las normas que quedarán actuales y que estimó serán unas 12 mil.
Para tal efecto, señaló, se prevé la creación de un registro que estaría a cargo de una dependencia del Congreso, la misma que tendrá como única función inventariar y actualizar permanentemente las leyes. Dijo también que se implementará un software, técnicamente llamado “tesauro”, a través del cual se tendrán de manera actualizada, controlada y estructurada las normas vigentes.
Reglamento
El grupo de trabajo de racionalización legislativa propondrá la modificación del reglamento interno del Parlamento, a fin de que las propuestas que presenten los grupos políticos tengan un estudio más “minucioso”.
El presidente de esta subcomisión, Santiago Fujimori, resaltó esta labor que busca determinar el número de normas vigentes, y afianzar el ordenamiento jurídico.
Estrategia
Según el grupo de trabajo de racionalización legislativa de la Comisión de Justicia del Congreso, en una primera etapa serían derogadas a través de un comunicado un total de 2,809 leyes. Se trata de normas que ya caducaron.
El listado de estas 2,809 disposiciones fue publicado a mediados de diciembre con el fin de recoger, durante un mes, las opiniones de sectores especializados en el tema.
Una situación diferente es la de las 15 mil normas legales restantes, que ingresarán a un proceso de sistematización, el que culminaría en 2011.
Fuente: El Peruano
Al 2011, solo 12 mil leyes quedarán vigentes en el ordenamiento legal
Prevén creación de registro para inventariar y actualizar normas legales
En julio de 2011, la comisión del Congreso encargada del ordenamiento legal espera reducir de 32 mil a 12 mil las normas, resoluciones, decretos y otras disposiciones que a la fecha tienen vigencia jurídica, afirmó su presidente, Santiago Fujimori.
“Una vez terminada la etapa de inventario quedarán más o menos unas doce mil leyes, tras lo cual se deberá hacer un proceso de sistematización”, indicó a Andina.
Fujimori precisó que a la fecha han sido declaradas obsoletas 2,809 disposiciones con rango de ley y que pronto se aprobará un segundo listado con otras 3,840 normas.
En esta última relación, detalló, figuran disposiciones referidas al otorgamiento de indultos, premios pecuniarios, entre otros aspectos.
Refirió que el grupo de trabajo se centra en la elaboración de una tercera relación con otras cinco mil normas, con lo cual se completará la cifra de 12 mil leyes. El parlamentario informó que una vez concluida la etapa de inventario de las leyes no vigentes se procederá a sistematizar las normas que quedarán actuales y que estimó serán unas 12 mil.
Para tal efecto, señaló, se prevé la creación de un registro que estaría a cargo de una dependencia del Congreso, la misma que tendrá como única función inventariar y actualizar permanentemente las leyes. Dijo también que se implementará un software, técnicamente llamado “tesauro”, a través del cual se tendrán de manera actualizada, controlada y estructurada las normas vigentes.
Reglamento
El grupo de trabajo de racionalización legislativa propondrá la modificación del reglamento interno del Parlamento, a fin de que las propuestas que presenten los grupos políticos tengan un estudio más “minucioso”.
El presidente de esta subcomisión, Santiago Fujimori, resaltó esta labor que busca determinar el número de normas vigentes, y afianzar el ordenamiento jurídico.
Estrategia
Según el grupo de trabajo de racionalización legislativa de la Comisión de Justicia del Congreso, en una primera etapa serían derogadas a través de un comunicado un total de 2,809 leyes. Se trata de normas que ya caducaron.
El listado de estas 2,809 disposiciones fue publicado a mediados de diciembre con el fin de recoger, durante un mes, las opiniones de sectores especializados en el tema.
Una situación diferente es la de las 15 mil normas legales restantes, que ingresarán a un proceso de sistematización, el que culminaría en 2011.
Fuente: El Peruano
Avanza la promoción del arbitraje en el país
MINJUS. CON ARBITRAJE POPULAR FACILITAN SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS EN MYPE
Avanza la promoción del arbitraje en el país
Plantean la inclusión de cláusula en contratos de inmobiliarias y empresas
Las empresas e inmobiliarias pueden ahorrar tiempo y dinero si optan por resolver sus conflictos mediante el arbitraje. Eso significa que al presentarse una controversia entre las partes que han suscrito un contrato, intervendría con rapidez un árbitro privado para analizar el conflicto y emitir un fallo, explicó el director de conciliación y medios alternativos de solución de conflictos, Christian Ladrón de Guevara.
Fue durante el evento Promoviendo el arbitraje, realizado por el Ministerio de Justicia (Minjus), que tuvo por ponente al ex defensor Jorge Santistevan.
En el certamen, el jurista resaltó la importancia de la rapidez y eficacia con que actúa un juez privado, pues al no tener una carga procesal, como los jueces del Poder Judicial, puede atender en forma personalizada a sus clientes. Además, las partes pueden elegir un árbitro que les brinde garantías de imparcialidad.
Santistevan de Noriega también recomendó a los asistentes incluir una cláusula arbitral en los contratos de compraventa, arrendamiento y otros.
Por su parte, la secretaria técnica del centro de arbitraje popular Arbitra Perú informó que en el Minjus se ha implementado esta institución, con el fin de facilitar la solución de conflictos para los pequeños empresarios y comerciantes, que al pagar un monto mínimo pueden contratar un árbitro que los ayudará a resolver sus conflictos comerciales con absoluta imparcialidad.
Fuente: El Peruano
Avanza la promoción del arbitraje en el país
Plantean la inclusión de cláusula en contratos de inmobiliarias y empresas
Las empresas e inmobiliarias pueden ahorrar tiempo y dinero si optan por resolver sus conflictos mediante el arbitraje. Eso significa que al presentarse una controversia entre las partes que han suscrito un contrato, intervendría con rapidez un árbitro privado para analizar el conflicto y emitir un fallo, explicó el director de conciliación y medios alternativos de solución de conflictos, Christian Ladrón de Guevara.
Fue durante el evento Promoviendo el arbitraje, realizado por el Ministerio de Justicia (Minjus), que tuvo por ponente al ex defensor Jorge Santistevan.
En el certamen, el jurista resaltó la importancia de la rapidez y eficacia con que actúa un juez privado, pues al no tener una carga procesal, como los jueces del Poder Judicial, puede atender en forma personalizada a sus clientes. Además, las partes pueden elegir un árbitro que les brinde garantías de imparcialidad.
Santistevan de Noriega también recomendó a los asistentes incluir una cláusula arbitral en los contratos de compraventa, arrendamiento y otros.
Por su parte, la secretaria técnica del centro de arbitraje popular Arbitra Perú informó que en el Minjus se ha implementado esta institución, con el fin de facilitar la solución de conflictos para los pequeños empresarios y comerciantes, que al pagar un monto mínimo pueden contratar un árbitro que los ayudará a resolver sus conflictos comerciales con absoluta imparcialidad.
Fuente: El Peruano
Remuneraciones protegidas
ACLARA MTPE. INTANGIBILIDAD LO CONSAGRA LA LEGISLACIÓN Y JURISPRUDENCIA DEL TC
Bancos no pueden disponer de cuentas sin consentimiento expreso
El principio general es que las remuneraciones son inembargables
Ningún banco puede disponer de las cuentas en las que se abonan las remuneraciones a los trabajadores si no tiene el consentimiento expreso de ellos, afirmó la ministra de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), Manuela García Cochagne.
Tal prohibición, agregó, está contenida en el proyecto de ley –aprobado por la Comisión de Trabajo del Congreso de la República– sobre protección y garantía de las remuneraciones de los trabajadores, conocida como la Ley de bancarización.
Protección
En cuanto a la disposición de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), según la cual los bancos pueden hacer uso de dichas cuentas de remuneraciones para cobrar deudas, recordó que el Tribunal Constitucional (TC) estableció en una sentencia que las remuneraciones, incluso si han sido depositadas en cuentas bancarias, son de naturaleza intangible.
Asimismo, prosiguió la autoridad, independientemente de dónde estén, las remuneraciones están protegidas y no pierden su carácter de intangibilidad. “La naturaleza jurídica de la remuneración no puede cambiarse”, anotó.
Abundando en el tema, manifestó que el proyecto de ley sancionado por la Comisión de Trabajo y que está pendiente de la aprobación del pleno del Congreso, garantiza el carácter intangible de la remuneración.
La iniciativa, conocida como Ley de bancarización, establece que las empresas del sistema financiero no podrán compensar deudas, salvo que sea con el consentimiento expreso de los trabajadores, subrayó la ministra de Trabajo.
Rechazan medida
Aspec expresó su preocupación frente a la posición de la SBS de considerar que las remuneraciones o pensiones pierden su carácter de intangibilidad e inembargabilidad una vez que el empleador las deposita en una cuenta bancaria y, en consecuencia, pueden ser tomadas por los bancos para pagar deudas.
Jaime Delgado, presidente de Aspec, dijo que tal posibilidad viola el artículo 648, inc. 6 del CPC y lo resuelto por el TC.
Aun cuando sólo pueden embargarse los sueldos excedentes a 5 URP y solo hasta la tercera parte, Aspec considera que esta situación puede generar desconfianza de los trabajadores de tener su dinero en los bancos.
Posición SBS
Para la SBS y el Indecopi los salarios menores a S/. 1,800 depositados en cuentas bancarias no pueden ser objeto de embargo para efectos de cobrar deudas por créditos.
Sin embargo, el artículo N° 648 del CPC establece que sólo se puede embargar la tercera parte del saldo de los sueldos mayores a S/. 1,800. Luego, el art. N° 132 de la Ley de Bancos consagra tal derecho de compensación que tiene un cliente y no fija límites para su retención.
Fuente: El Peruano
Bancos no pueden disponer de cuentas sin consentimiento expreso
El principio general es que las remuneraciones son inembargables
Ningún banco puede disponer de las cuentas en las que se abonan las remuneraciones a los trabajadores si no tiene el consentimiento expreso de ellos, afirmó la ministra de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), Manuela García Cochagne.
Tal prohibición, agregó, está contenida en el proyecto de ley –aprobado por la Comisión de Trabajo del Congreso de la República– sobre protección y garantía de las remuneraciones de los trabajadores, conocida como la Ley de bancarización.
Protección
En cuanto a la disposición de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), según la cual los bancos pueden hacer uso de dichas cuentas de remuneraciones para cobrar deudas, recordó que el Tribunal Constitucional (TC) estableció en una sentencia que las remuneraciones, incluso si han sido depositadas en cuentas bancarias, son de naturaleza intangible.
Asimismo, prosiguió la autoridad, independientemente de dónde estén, las remuneraciones están protegidas y no pierden su carácter de intangibilidad. “La naturaleza jurídica de la remuneración no puede cambiarse”, anotó.
Abundando en el tema, manifestó que el proyecto de ley sancionado por la Comisión de Trabajo y que está pendiente de la aprobación del pleno del Congreso, garantiza el carácter intangible de la remuneración.
La iniciativa, conocida como Ley de bancarización, establece que las empresas del sistema financiero no podrán compensar deudas, salvo que sea con el consentimiento expreso de los trabajadores, subrayó la ministra de Trabajo.
Rechazan medida
Aspec expresó su preocupación frente a la posición de la SBS de considerar que las remuneraciones o pensiones pierden su carácter de intangibilidad e inembargabilidad una vez que el empleador las deposita en una cuenta bancaria y, en consecuencia, pueden ser tomadas por los bancos para pagar deudas.
Jaime Delgado, presidente de Aspec, dijo que tal posibilidad viola el artículo 648, inc. 6 del CPC y lo resuelto por el TC.
Aun cuando sólo pueden embargarse los sueldos excedentes a 5 URP y solo hasta la tercera parte, Aspec considera que esta situación puede generar desconfianza de los trabajadores de tener su dinero en los bancos.
Posición SBS
Para la SBS y el Indecopi los salarios menores a S/. 1,800 depositados en cuentas bancarias no pueden ser objeto de embargo para efectos de cobrar deudas por créditos.
Sin embargo, el artículo N° 648 del CPC establece que sólo se puede embargar la tercera parte del saldo de los sueldos mayores a S/. 1,800. Luego, el art. N° 132 de la Ley de Bancos consagra tal derecho de compensación que tiene un cliente y no fija límites para su retención.
Fuente: El Peruano
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