martes, 17 de junio de 2014
Bodegas y mercados ganaran el doble que supermercados este año
Canal tradicional llegaría a facturar alrededor de S/. 20,000 millones mientras los supermercados facturarían S/. 10,000 millones. El 63% de comerciantes considera que su situación económica será mejor. Ver nota completa http://adf.ly/pfhbj
Recaudación tributaria subió S/. 3,680 millones entre enero y mayo
Entre enero y mayo del presente año, los ingresos tributarios del Gobierno Central ascendieron a 41,424 millones de nuevos soles, lo que equivale a un incremento de 3,680 millones (6.1%) respecto del mismo período de 2013, reportó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
Representa un aumento real de 6.1% hasta ese mes. Mas información aquí http://adf.ly/pfe8C
Aprueban reglamento de Ley del Servicio Civil
Aprueban reglamento de Servicio Civil ver mas información accede a http://adf.ly/pfZNx
domingo, 6 de enero de 2013
Se viene la declaracion de renta anual 2012
Señores, estamos empezando el año 2013 y luego de las fiestas
de fin de año, nosotros los contribuyentes debemos tener presente que si soy un
emprendedor que inicie un negocio en algún momento del año anterior o ya vengo
manteniendo actividades empresariales desde años anteriores en la cual me
inscribi ante la administración tributaria(SUNAT) en el Regímen
General, o me inscribi en dicho regimen y estuve al menos un
mes en dicho tributo durante el año y luego me cambie a otro regimen o indique
la baja de inscripción, pues tendremos la obligación de realizar la
declaración jurada anual del impuesto a la renta de tercera categoria,
la cual se realiza de forma obligatoria si es que estamos en dichos supuestos,
mencionados con anterioridad, ya que de no realizarlo oportunamente antes de su
vencimiento segun cronograma establecido por la administracion tributaria
(SUNAT), incurriremos en una omisión de declaración y ello nos generara una
multa. Es bueno indicar que este tipo de declaración es un balance
general contable anual de las actividades del negocio sea este como
persona juridica o persona natural con negocio, por ello no creer que es tan
sencillo de elaborar dicho balance contable, sin el asesoramiento de un
contador, quien ademas debera ser declarado en dicho balance contable como
responsable de dicha elaboración.
lunes, 7 de junio de 2010
Fiscalizarán operaciones con terceros
SUNAT. APRUEBAN CRONOGRAMA PARA LA PRESENTACIÓN DE ESTAS DECLARACIONES
Para aquellos que hubieran registrado ventas o adquirido bienes por más de S/. 240 mil
Aquellos contribuyentes que el año pasado hubieran registrado ventas internas o adquirido bienes por un monto superior a los 240 mil nuevos soles, deberán cumplir con presentar la Declaración Anual de Operaciones con Terceros (DAOT) de 2009, según con la RS Nº 114-2010-SUNAT. La obligación también comprende a aquellos que durante el año pasado hubiesen tenido la categoría de principales contribuyentes; y, a las asociaciones sin fines de lucro, instituciones educativas o entidades religiosas que hayan realizado sólo operaciones no afectas del IGV en 2009, que se encuentren obligadas a presentar el PDT 601 y que hubieran declarado más de diez trabajadores en el período tributario noviembre de 2009.
Al respecto, el especialista en derecho tributario. Francisco Pantigoso explicó que el DAOT es una herramienta de fiscalización muy importante. Por ello, recomendó a los obligados tener mucho cuidado al declarar, pues cualquier error de data de un comprador o vendedor puede determinar que la contraparte determine declaraciones que serán cuestionadas por la Sunat, debiéndose salvar las inconsistencias.
Casos especiales
Contratos de colaboración empresarial: Estos al no llevar contabilidad independiente, el operador consignará en su declaración, adicionalmente a sus propias operaciones con terceros, aquellas que correspondan a esos contratos y la atribución de ingresos, costos y gastos de cada asociado.
Empresas administradoras de tarjetas: Ellas incluirán los datos de identificación de las empresas afiliadas y la suma de las transacciones realizadas por éstas durante el ejercicio en la que se hayan utilizado las tarjetas de crédito y débito.
Empresas aseguradoras: consignarán la información sobre pagos en dinero por concepto de indemnizaciones efectuadas, señalando los datos de identificación de los beneficiarios y excluyendo los pagos por reembolsos de seguros médicos.
Arrendador de inmuebles: solo para fines empresariales, incluirán los datos de identificación de los arrendatarios y la ubicación de los predios respectivos.
Fuente : El Peruano
Para aquellos que hubieran registrado ventas o adquirido bienes por más de S/. 240 mil
Aquellos contribuyentes que el año pasado hubieran registrado ventas internas o adquirido bienes por un monto superior a los 240 mil nuevos soles, deberán cumplir con presentar la Declaración Anual de Operaciones con Terceros (DAOT) de 2009, según con la RS Nº 114-2010-SUNAT. La obligación también comprende a aquellos que durante el año pasado hubiesen tenido la categoría de principales contribuyentes; y, a las asociaciones sin fines de lucro, instituciones educativas o entidades religiosas que hayan realizado sólo operaciones no afectas del IGV en 2009, que se encuentren obligadas a presentar el PDT 601 y que hubieran declarado más de diez trabajadores en el período tributario noviembre de 2009.
Al respecto, el especialista en derecho tributario. Francisco Pantigoso explicó que el DAOT es una herramienta de fiscalización muy importante. Por ello, recomendó a los obligados tener mucho cuidado al declarar, pues cualquier error de data de un comprador o vendedor puede determinar que la contraparte determine declaraciones que serán cuestionadas por la Sunat, debiéndose salvar las inconsistencias.
Casos especiales
Contratos de colaboración empresarial: Estos al no llevar contabilidad independiente, el operador consignará en su declaración, adicionalmente a sus propias operaciones con terceros, aquellas que correspondan a esos contratos y la atribución de ingresos, costos y gastos de cada asociado.
Empresas administradoras de tarjetas: Ellas incluirán los datos de identificación de las empresas afiliadas y la suma de las transacciones realizadas por éstas durante el ejercicio en la que se hayan utilizado las tarjetas de crédito y débito.
Empresas aseguradoras: consignarán la información sobre pagos en dinero por concepto de indemnizaciones efectuadas, señalando los datos de identificación de los beneficiarios y excluyendo los pagos por reembolsos de seguros médicos.
Arrendador de inmuebles: solo para fines empresariales, incluirán los datos de identificación de los arrendatarios y la ubicación de los predios respectivos.
Fuente : El Peruano
Depósitos de sueldos en bancos
FORMALIDAD. MTPE REGLAMENTA PAGO DE REMUNERACIONES A TRAVÉS DE INSTITUCIONES FINANCIERAS
Trabajadores podrán cambiar de bancos las veces que lo consideren
Sancionarán con S/. 72 mil intromisión del empleador en la decisión
Cualquier acto de injerencia por parte del empleador en la libre elección del trabajador respecto al banco para el depósito de sus remuneraciones, será considerada como infracción muy grave, por lo que podrá ser sancionado con multas de entre 1,980 y 72 mil nuevos soles, dependiendo del número de trabajadores afectados.
Así lo precisa el DS Nº 003-2010-TR, el cual modifica el reglamento de planillas, disponiendo que los empleadores podrán realizar el pago de las remuneraciones en los bancos que libremente elijan los trabajadores. El objeto es garantizar el cumplimiento de haberes a cargo de las empresas, que serán libres para determinar el mecanismo de pago; y, la libertad de contratación del trabajador para escoger a la entidad financiera.
Al respecto, el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima, Víctor Zavala Lozano, explicó que la norma reglamentaria al modificar el art. 18 del DS Nº 001-98-TR, dispone que el pago de la remuneración podrá ser efectuada directamente por el empleador o por intermedio de terceros, como los bancos que elijan los trabajadores, siempre que en este último caso se permita al trabajador disponer libremente del total de los sueldos depositados y sin costo alguno. En los casos donde el empleador opte por depositar los sueldos en los bancos, explicó, se deberá atender diversas reglas. Entre ellas, al inicio de la relación laboral, el trabajador tendrá 10 días hábiles para comunicar el nombre del banco donde deben depositarse sus remuneraciones. Luego, vencido los 10 días sin que el trabajador haya comunicado el nombre del banco elegido, el empleador quedará en libertad de depositar los sueldos en cualquier banco donde se ubique el centro laboral.
Tercero, durante el período laboral, el trabajador tendrá derecho a cambiar de banco, comunicando su decisión al empleador en los primeros 10 días hábiles dentro del mes del pago.
La norma se aplica progresivamente a los trabajadores del sector público, cualquiera sea su régimen, según lo disponga el MEF.
Fuente: El Peruano
Trabajadores podrán cambiar de bancos las veces que lo consideren
Sancionarán con S/. 72 mil intromisión del empleador en la decisión
Cualquier acto de injerencia por parte del empleador en la libre elección del trabajador respecto al banco para el depósito de sus remuneraciones, será considerada como infracción muy grave, por lo que podrá ser sancionado con multas de entre 1,980 y 72 mil nuevos soles, dependiendo del número de trabajadores afectados.
Así lo precisa el DS Nº 003-2010-TR, el cual modifica el reglamento de planillas, disponiendo que los empleadores podrán realizar el pago de las remuneraciones en los bancos que libremente elijan los trabajadores. El objeto es garantizar el cumplimiento de haberes a cargo de las empresas, que serán libres para determinar el mecanismo de pago; y, la libertad de contratación del trabajador para escoger a la entidad financiera.
Al respecto, el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima, Víctor Zavala Lozano, explicó que la norma reglamentaria al modificar el art. 18 del DS Nº 001-98-TR, dispone que el pago de la remuneración podrá ser efectuada directamente por el empleador o por intermedio de terceros, como los bancos que elijan los trabajadores, siempre que en este último caso se permita al trabajador disponer libremente del total de los sueldos depositados y sin costo alguno. En los casos donde el empleador opte por depositar los sueldos en los bancos, explicó, se deberá atender diversas reglas. Entre ellas, al inicio de la relación laboral, el trabajador tendrá 10 días hábiles para comunicar el nombre del banco donde deben depositarse sus remuneraciones. Luego, vencido los 10 días sin que el trabajador haya comunicado el nombre del banco elegido, el empleador quedará en libertad de depositar los sueldos en cualquier banco donde se ubique el centro laboral.
Tercero, durante el período laboral, el trabajador tendrá derecho a cambiar de banco, comunicando su decisión al empleador en los primeros 10 días hábiles dentro del mes del pago.
La norma se aplica progresivamente a los trabajadores del sector público, cualquiera sea su régimen, según lo disponga el MEF.
Fuente: El Peruano
Hasta junio será el registro de celulares
AVISO. OSIPTEL ADVIERTE QUE SE PODRÍA CORTAR LÍNEA A TELÉFONOS
Los operadores móviles deberán actualizar la base de datos
4 millones de aparatos no cuentan con una debida inscripción de propietario
En junio de este año vence el plazo para que las empresas operadoras de servicio móvil actualicen sus registros de propietarios de celulares, informó el Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel).
“Hay un acuerdo del consejo directivo del Osiptel que conocen perfectamente las empresas, de que a partir de enero (cuando se inició la portabilidad numérica) tienen seis meses para contar con sus registros debidamente actualizados”, precisó el gerente general del Osiptel, Alejandro Jiménez. Sostuvo que de los 25 millones de líneas móviles aproximadamente que hay en el país, cuatro millones, sobre todo de la modalidad prepago, no cuentan con un debido registro de propietario pese a que es responsabilidad de las empresas llevar un registro de todos los teléfonos celulares.
Esto pese a que las operadoras (América Móvil, Telefónica Móviles y Nextel del Perú) tienen identificados los números y el tráfico generado por éstas. “Cuando se hizo un inventario habían más de ocho millones de celulares que no contaban con dicho registro, pero las empresas hicieron un esfuerzo mayor y con el inicio de la portabilidad numérica este número se redujo a cuatro millones.”
Mencionó que la comisión multisectorial que se conformó para la implementación de la portabilidad numérica en el país continúa realizando una labor intensa para su correcta aplicación.
“Las empresas realizarán una campaña muy intensa en sus oficinas regionales, con publicidad en radios y televisión para que el registro de propietarios de celulares se actualice y para que el usuario no se encuentre desinformado el día que se tome la decisión de cortar la línea de los teléfonos”, remarcó.
Fuente: El Peruano
Los operadores móviles deberán actualizar la base de datos
4 millones de aparatos no cuentan con una debida inscripción de propietario
En junio de este año vence el plazo para que las empresas operadoras de servicio móvil actualicen sus registros de propietarios de celulares, informó el Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel).
“Hay un acuerdo del consejo directivo del Osiptel que conocen perfectamente las empresas, de que a partir de enero (cuando se inició la portabilidad numérica) tienen seis meses para contar con sus registros debidamente actualizados”, precisó el gerente general del Osiptel, Alejandro Jiménez. Sostuvo que de los 25 millones de líneas móviles aproximadamente que hay en el país, cuatro millones, sobre todo de la modalidad prepago, no cuentan con un debido registro de propietario pese a que es responsabilidad de las empresas llevar un registro de todos los teléfonos celulares.
Esto pese a que las operadoras (América Móvil, Telefónica Móviles y Nextel del Perú) tienen identificados los números y el tráfico generado por éstas. “Cuando se hizo un inventario habían más de ocho millones de celulares que no contaban con dicho registro, pero las empresas hicieron un esfuerzo mayor y con el inicio de la portabilidad numérica este número se redujo a cuatro millones.”
Mencionó que la comisión multisectorial que se conformó para la implementación de la portabilidad numérica en el país continúa realizando una labor intensa para su correcta aplicación.
“Las empresas realizarán una campaña muy intensa en sus oficinas regionales, con publicidad en radios y televisión para que el registro de propietarios de celulares se actualice y para que el usuario no se encuentre desinformado el día que se tome la decisión de cortar la línea de los teléfonos”, remarcó.
Fuente: El Peruano
Publicidad en internet vía redes sociales
VENTAJA. ESTE MEDIO PERMITE LA COMPARACIÓN DE EXPERIENCIAS ENTRE LOS CONSUMIDORES
Los cibernautas lo consideran su medio de comunicación predilecto
Debe determinar qué información se publicará y a quién estará dirigida
En la actualidad, los usuarios de las redes sociales tienen mayor conciencia y aceptación sobre la publicidad en línea por la cantidad y confiabilidad de la información que proveen sobre productos y marcas. Asimismo, este medio permite la comparación de experiencias entre los consumidores, retroalimentando al fabricante o proveedor del servicio sobre lo que tiene que cambiar y lo que debe mantener. Es una realidad que la audiencia mexicana siempre está en busca de lo innovador y lo vanguardista.
Entre las empresas que lograron acrecentar su inversión en estos medios podemos destacar a la industria automotriz, el sector educativo y el financiero. Sin lugar a dudas las redes sociales, más que una campaña de publicidad, son un nuevo instrumento que permite a los productores y consumidores dialogar y conocer de una manera más cercana a sus clientes potenciales, fomentando así una comunicación continua.
Frente a la actual situación global tecnológicamente hablando, los objetivos de las campañas publicitarias están encaminados a fortalecer los costos de financiamiento y las estrategias de comunicación, convirtiéndose así, en el sector de mayor crecimiento de oportunidad. En especial si tomamos en cuenta una parte importante de los cibernautas consideran a internet como su medio de comunicación predilecto. Lo anterior da pie a la inversión publicitaria como la llave para alcanzar el posicionamiento ideal y la optimización de recursos dentro del contexto del marketing online.
Incluso, las empresas, al desviar su estrategia de publicidad en las redes sociales, han permitido que las audiencias, no sólo conozcan el producto, sino también a la empresa, sus proyectos de responsabilidad social, promociones y futuros lanzamientos.
Puntos básicos
Recalcando la importancia de las redes sociales en la actualidad como medio de publicidad para las empresas e incluso para las individuos, es necesario mencionar algunos puntos básicos que ayudarán a aprovechar al máximo esta maravillosa herramienta, induciendo a una comunicación más efectiva y que ayude a captar la atención del cliente. Primero que nada, se debe determinar qué información se publicará y a quién estará dirigida. Enfocar la información correcta a la audiencia correcta es fundamental, porque de esta manera podremos lograr nuestro principal objetivo, que es trasmitir un mensaje positivo sobre nuestra marca.
De igual forma, al crear nuestro blog, perfil o espacio en línea, se deberán crear aplicaciones que permitan a los usuarios dar sus opiniones y sugerencias sobre lo que esperamos de nuestra marca, para así identificar los factores clave que nos ayudarán a dar mayor servicio y calidad en nuestros productos.
Algo primordial es que al tener una cuenta activa se tendrá que mantener actualizada sobre las nuevas tendencias, promociones o eventos.
Fuente: http://www.infosol.com.mx/espacio/
Los cibernautas lo consideran su medio de comunicación predilecto
Debe determinar qué información se publicará y a quién estará dirigida
En la actualidad, los usuarios de las redes sociales tienen mayor conciencia y aceptación sobre la publicidad en línea por la cantidad y confiabilidad de la información que proveen sobre productos y marcas. Asimismo, este medio permite la comparación de experiencias entre los consumidores, retroalimentando al fabricante o proveedor del servicio sobre lo que tiene que cambiar y lo que debe mantener. Es una realidad que la audiencia mexicana siempre está en busca de lo innovador y lo vanguardista.
Entre las empresas que lograron acrecentar su inversión en estos medios podemos destacar a la industria automotriz, el sector educativo y el financiero. Sin lugar a dudas las redes sociales, más que una campaña de publicidad, son un nuevo instrumento que permite a los productores y consumidores dialogar y conocer de una manera más cercana a sus clientes potenciales, fomentando así una comunicación continua.
Frente a la actual situación global tecnológicamente hablando, los objetivos de las campañas publicitarias están encaminados a fortalecer los costos de financiamiento y las estrategias de comunicación, convirtiéndose así, en el sector de mayor crecimiento de oportunidad. En especial si tomamos en cuenta una parte importante de los cibernautas consideran a internet como su medio de comunicación predilecto. Lo anterior da pie a la inversión publicitaria como la llave para alcanzar el posicionamiento ideal y la optimización de recursos dentro del contexto del marketing online.
Incluso, las empresas, al desviar su estrategia de publicidad en las redes sociales, han permitido que las audiencias, no sólo conozcan el producto, sino también a la empresa, sus proyectos de responsabilidad social, promociones y futuros lanzamientos.
Puntos básicos
Recalcando la importancia de las redes sociales en la actualidad como medio de publicidad para las empresas e incluso para las individuos, es necesario mencionar algunos puntos básicos que ayudarán a aprovechar al máximo esta maravillosa herramienta, induciendo a una comunicación más efectiva y que ayude a captar la atención del cliente. Primero que nada, se debe determinar qué información se publicará y a quién estará dirigida. Enfocar la información correcta a la audiencia correcta es fundamental, porque de esta manera podremos lograr nuestro principal objetivo, que es trasmitir un mensaje positivo sobre nuestra marca.
De igual forma, al crear nuestro blog, perfil o espacio en línea, se deberán crear aplicaciones que permitan a los usuarios dar sus opiniones y sugerencias sobre lo que esperamos de nuestra marca, para así identificar los factores clave que nos ayudarán a dar mayor servicio y calidad en nuestros productos.
Algo primordial es que al tener una cuenta activa se tendrá que mantener actualizada sobre las nuevas tendencias, promociones o eventos.
Fuente: http://www.infosol.com.mx/espacio/
Aceptación del traslado y la falta grave
La renuencia del trabajador a acatar su traslado constituye falta grave si no demuestra la existencia de mala fe del empleador, determinó el Tribunal Constitucional (TC) en la sentencia recaída en el Exp. Nº 00593-2009-PA/TC.
Para el tribunal, en ese sentido, la intención de causar un perjuicio por parte del empleador al disponer el traslado del trabajador a un lugar distinto de aquel en el que presta habitualmente sus servicios, debe ser demostrado por este último.
En tal sentido, desestimó una demanda de amparo interpuesta por un ex trabajador que cuestionaba la decisión de su empleador de despedirlo como consecuencia de su negativa a cumplir con el traslado dispuesto, reseña un informe legal del Estudio Rodrigo, Elías & Medrano Abogados.
Según el tribunal, la cuestión controvertida se circunscribe a determinar si por las circunstancias del caso, la empresa demandada podía disponer de forma irrestricta el traslado del trabajador, y si la negativa del recurrente al traslado configuraba un supuesto de infracción grave, por suponer la trasgresión de un deber laboral. Por ello, afirma, la ley reconoce la atribución del empleador para trasladar al trabajador; “no obstante lo cual le impone el deber de ejercer dicha atribución de buena fe; es decir, sin la intención de ocasionarle un perjuicio”.
En el caso en análisis, refiere, el demandante no ha acreditado que la intención de su empleador haya sido la de causarle un perjuicio, por lo que no correspondía estimar la demanda.
Fuente: El Peruano
Para el tribunal, en ese sentido, la intención de causar un perjuicio por parte del empleador al disponer el traslado del trabajador a un lugar distinto de aquel en el que presta habitualmente sus servicios, debe ser demostrado por este último.
En tal sentido, desestimó una demanda de amparo interpuesta por un ex trabajador que cuestionaba la decisión de su empleador de despedirlo como consecuencia de su negativa a cumplir con el traslado dispuesto, reseña un informe legal del Estudio Rodrigo, Elías & Medrano Abogados.
Según el tribunal, la cuestión controvertida se circunscribe a determinar si por las circunstancias del caso, la empresa demandada podía disponer de forma irrestricta el traslado del trabajador, y si la negativa del recurrente al traslado configuraba un supuesto de infracción grave, por suponer la trasgresión de un deber laboral. Por ello, afirma, la ley reconoce la atribución del empleador para trasladar al trabajador; “no obstante lo cual le impone el deber de ejercer dicha atribución de buena fe; es decir, sin la intención de ocasionarle un perjuicio”.
En el caso en análisis, refiere, el demandante no ha acreditado que la intención de su empleador haya sido la de causarle un perjuicio, por lo que no correspondía estimar la demanda.
Fuente: El Peruano
Evalúan publicar el listado de las empresas infractoras
ACCIONES. MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO RECIBE PROPUESTA DE GREMIOS DE TRABAJADORES
En los principales medios de comunicación y circulación nacional
Medida sería para casos con multas consentidas por malos empleadores
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) informó que evalúa publicar mensualmente en los medios de comunicación escritos de circulación nacional la lista de las empresas que vulneraron los derechos laborales.
Al respecto, la viceministra de Trabajo, Elisabed Zevallos, dijo que esa posibilidad fue propuesta por las organizaciones sindicales con las que se reúne mensualmente para evaluar los planes de fiscalización que desarrolla el sector.
“Si se aplica esta medida tendría que ser sobre expedientes cerrados, es decir, en aquellos casos en que las multas son consentidas por los empleadores infractores”, refirió la autoridad.
Indicó que en el portal del sector, por ejemplo, ya se pueden ver los nombres de las 236 empresas a nivel nacional que fueron multadas en enero pasado, con una suma que en conjunto asciende a un millón 139,682.65 nuevos soles, por afectar los derechos de 5,054 personas.
De este número, 104 fueron sancionadas por infringir las relaciones laborales afectando a 3,549 trabajadores; 82 por infracciones contra la labor inspectiva; 30 por incumplir con la seguridad social de sus trabajadores; 15 por afectar la seguridad y salud en el trabajo, y otras cinco por contratación de trabajo infantil e intermediación laboral.
La viceministra sostuvo que los sindicatos consideran que si esta información se difunde masivamente podría disuadir a los malos empleadores de no vulnerar los derechos laborales de los trabajadores. “Todo esto, obviamente, podría hacerse sin descuidar la labor inspectiva que nos permite conocer quiénes están cometiendo las faltas”, afirmó.
Encuentro con sindicatos
La viceministra de Trabajo, Elisabed Zevallos, sostuvo una tercera reunión con 35 dirigentes sindicales de las principales centrales del país.
En la cita, recibió una serie de denuncias sobre infracciones laborales que estarían cometiéndose en el sector textil y pesquero, las cuales serán verificadas con celeridad.
Precisó que se ejerce un mayor control de las actuaciones inspectivas en los centros de trabajo, a fin de fiscalizar los contratos de exportación no tradicional.
Indicó además que se ha procedido a la informatización de la Unidad de Registro de Contratos de Trabajo, para mejorar la fiscalización laboral.
Fuente: El Peruano
En los principales medios de comunicación y circulación nacional
Medida sería para casos con multas consentidas por malos empleadores
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) informó que evalúa publicar mensualmente en los medios de comunicación escritos de circulación nacional la lista de las empresas que vulneraron los derechos laborales.
Al respecto, la viceministra de Trabajo, Elisabed Zevallos, dijo que esa posibilidad fue propuesta por las organizaciones sindicales con las que se reúne mensualmente para evaluar los planes de fiscalización que desarrolla el sector.
“Si se aplica esta medida tendría que ser sobre expedientes cerrados, es decir, en aquellos casos en que las multas son consentidas por los empleadores infractores”, refirió la autoridad.
Indicó que en el portal del sector, por ejemplo, ya se pueden ver los nombres de las 236 empresas a nivel nacional que fueron multadas en enero pasado, con una suma que en conjunto asciende a un millón 139,682.65 nuevos soles, por afectar los derechos de 5,054 personas.
De este número, 104 fueron sancionadas por infringir las relaciones laborales afectando a 3,549 trabajadores; 82 por infracciones contra la labor inspectiva; 30 por incumplir con la seguridad social de sus trabajadores; 15 por afectar la seguridad y salud en el trabajo, y otras cinco por contratación de trabajo infantil e intermediación laboral.
La viceministra sostuvo que los sindicatos consideran que si esta información se difunde masivamente podría disuadir a los malos empleadores de no vulnerar los derechos laborales de los trabajadores. “Todo esto, obviamente, podría hacerse sin descuidar la labor inspectiva que nos permite conocer quiénes están cometiendo las faltas”, afirmó.
Encuentro con sindicatos
La viceministra de Trabajo, Elisabed Zevallos, sostuvo una tercera reunión con 35 dirigentes sindicales de las principales centrales del país.
En la cita, recibió una serie de denuncias sobre infracciones laborales que estarían cometiéndose en el sector textil y pesquero, las cuales serán verificadas con celeridad.
Precisó que se ejerce un mayor control de las actuaciones inspectivas en los centros de trabajo, a fin de fiscalizar los contratos de exportación no tradicional.
Indicó además que se ha procedido a la informatización de la Unidad de Registro de Contratos de Trabajo, para mejorar la fiscalización laboral.
Fuente: El Peruano
Archivan diez proyectos de fraccionamiento tributario
VOTACIÓN. POR MAYORÍA, EN LA COMISIÓN DE ECONOMÍA E INTELIGENCIA FINANCIERA
Iniciativas fueron propuestas por diversas bancadas parlamentarias
Se tomó en cuenta informe de la Sunat sobre efectos en la recaudación
La Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso de la República aprobó ayer por mayoría archivar los diez proyectos de ley que planteaban el fraccionamiento o condonación de las deudas tributarias de las empresas, tanto públicas como privadas.
Estas iniciativas fueron propuestos por diversas bancadas parlamentarias, con el fin de fraccionar deudas vinculadas a recaudación tributaria.
Al respecto el presidente de la comisión, Luis Galarreta, explicó que esta decisión se tomó tras conversar con los representantes de las bancadas que integran este grupo de trabajo, y luego de que la jefa de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat), Nahil Hirsh, mostrara los efectos de la medida.
"Esto es un mensaje claro a la ciudadanía de que la Comisión de Economía trabajará por mejorar el sistema tributario y ver la problemática de la micro y pequeña empresa (mype), pero no dejará una ventana abierta para que salga alguna propuesta legislativa para fraccionar, condonar o exonerar deudas tributarias", dijo.
Mal precedente
Al respecto, la congresista Keiko Fujimori manifestó que dichas iniciativas sentaban un mal precedente de premiar a los contribuyentes que no pagan.
"Si bien es cierto que uno de los proyectos (archivados) fue presentado por el Grupo Parlamentario Fujimorista, nosotros estamos a favor de archivar este tipo de propuestas para dar una buena señal a la población, pero se debe buscar una modificatoria del Código Tributario específicamente para ayudar a los microempresarios", añadió.
Mientras que la parlamentaria María Balta sugirió que se apliquen normas que sancionen, con todo el peso de la ley, a las empresas que no pagan sus deudas ante la Sunat, Essalud, la Oficina de Normalización Previsional (ONP) y las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
Al respaldar la propuesta de archivamiento, el parlamentario Isaac Mekler Neimann, sostuvo que no se podía premiar a aquellos que dejan de pagar sus impuestos y luego se dedican a esperar la aprobación de normas sobre exoneraciones o fraccionamientos tributarios.
Consideró que un país serio implica el pago de las deudas por sus contribuyentes y de ninguna manera premios a los denominados “Pepe el vivo”.
Dato
Galarreta reveló que la próxima semana se comenzará a analizar una iniciativa legislativa para modificar y mejorar el Código Tributario, con la finalidad de clarificar la aplicación de multas por deudas tributarias para que sean proporcionales en función a plazos y tasas de interés.
Fuente: El Peruano
Iniciativas fueron propuestas por diversas bancadas parlamentarias
Se tomó en cuenta informe de la Sunat sobre efectos en la recaudación
La Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso de la República aprobó ayer por mayoría archivar los diez proyectos de ley que planteaban el fraccionamiento o condonación de las deudas tributarias de las empresas, tanto públicas como privadas.
Estas iniciativas fueron propuestos por diversas bancadas parlamentarias, con el fin de fraccionar deudas vinculadas a recaudación tributaria.
Al respecto el presidente de la comisión, Luis Galarreta, explicó que esta decisión se tomó tras conversar con los representantes de las bancadas que integran este grupo de trabajo, y luego de que la jefa de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat), Nahil Hirsh, mostrara los efectos de la medida.
"Esto es un mensaje claro a la ciudadanía de que la Comisión de Economía trabajará por mejorar el sistema tributario y ver la problemática de la micro y pequeña empresa (mype), pero no dejará una ventana abierta para que salga alguna propuesta legislativa para fraccionar, condonar o exonerar deudas tributarias", dijo.
Mal precedente
Al respecto, la congresista Keiko Fujimori manifestó que dichas iniciativas sentaban un mal precedente de premiar a los contribuyentes que no pagan.
"Si bien es cierto que uno de los proyectos (archivados) fue presentado por el Grupo Parlamentario Fujimorista, nosotros estamos a favor de archivar este tipo de propuestas para dar una buena señal a la población, pero se debe buscar una modificatoria del Código Tributario específicamente para ayudar a los microempresarios", añadió.
Mientras que la parlamentaria María Balta sugirió que se apliquen normas que sancionen, con todo el peso de la ley, a las empresas que no pagan sus deudas ante la Sunat, Essalud, la Oficina de Normalización Previsional (ONP) y las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
Al respaldar la propuesta de archivamiento, el parlamentario Isaac Mekler Neimann, sostuvo que no se podía premiar a aquellos que dejan de pagar sus impuestos y luego se dedican a esperar la aprobación de normas sobre exoneraciones o fraccionamientos tributarios.
Consideró que un país serio implica el pago de las deudas por sus contribuyentes y de ninguna manera premios a los denominados “Pepe el vivo”.
Dato
Galarreta reveló que la próxima semana se comenzará a analizar una iniciativa legislativa para modificar y mejorar el Código Tributario, con la finalidad de clarificar la aplicación de multas por deudas tributarias para que sean proporcionales en función a plazos y tasas de interés.
Fuente: El Peruano
Calidad del servicio agiliza la expansión de las pyme
NEGOCIO. CON UN ADECUADO TRATAMIENTO LOS CLIENTES SE CONVIERTEN EN ASIDUOS COMPRADORES
También favorecerá incursión de estas empresas en comercio internacional
Este cambio en la cultura empresarial debe darse en forma progresiva
Sonia DomÍnguez DomÍnguez
sdominguez@editoraperu.com.pe
La supervivencia de cualquier empresa grande o pequeña depende de su capacidad de atraer y retener clientes. Para ello se puede invertir en publicidad, bajar precios y usar otras estrategias, pero la más efectiva siempre será elevar la calidad del servicio.
Por ello, las empresas de éxito se esfuerzan por dar un excelente servicio; es decir, buscan dar una experiencia de compra tan agradable para que sus compradores vuelvan pronto.
Observemos cómo trabajan las grandes tiendas y lo primero que nos llama la atención es su poderosa publicidad. ¿Pero de qué serviría si al ir a sus locales encontramos una mala atención y pésima presentación de los productos en un ambiente sucio y descuidado?
Si así fuera, tendrían que bajar mucho sus precios para convencernos de ir a comprar. En cambio, las empresas que han entendido este mensaje son modelos de atención rápida y amable en un ambiente limpio y agradable. Eso les permite cobrar precios ligeramente superiores a sus competidores.
El resultado de la excelente calidad en el servicio es que los clientes se convierten en asiduos y fieles compradores.
Comercio exterior
Pero no solo se trata de atender mejor al mercado interno. Las pequeñas y medianas empresas (pyme) también deben mirar con más atención a sus clientes en el exterior.
“Ahora que buscan exportar es indispensable que pongan más atención en este tema. Deben estar preparadas para atender a clientes más exigentes y que puede cambiar de proveedor sin mayor problema”, comentó el gerente de proyectos y cooperación internacional de la Asociación de Exportadores (Adex), Jorge Urbina Vargas.
En este sentido, reconoció que hay más interés por parte de los empresarios pyme por incorporar nuevas prácticas en sus procesos que les permitan ofrecer una mejor calidad en los servicios asociados a sus ventas. “Por ello, uno de nuestros objetivos es ofrecer asistencia técnica para que se proyecten en las mejores condiciones hacia las operaciones de comercio exterior y obtengan beneficios”, aseveró.
Ahora, agregó, los empresarios pyme saben perfectamente que. además de brindar un producto de calidad, deben ofrecer un servicio de calidad asociado a sus ventas. Sin embargo, todavía les cuesta invertir en temas que no les reportarán resultados tangibles en el corto plazo.
Este tema está asociado a la cultura empresarial, que poco a poco está cambiando. No obstante, Urbina reconoce que aún hay mucho por hacer.
Por ejemplo, hay avances significativos en el tema de las certificaciones y los ISO, que impulsa Adex y otros gremios empresariales; además de entidades gubernamentales.
“Todo apunta a que este cambio en la cultura empresarial de las pyme deberá darse en forma progresiva”, manifestó el ejecutivo del gremio exportador.
Explicó que este cambio, si bien es cierto comienza en Lima, también se extiende a las regiones. “Hay que tener presente que las empresas agroexportadoras poseen sus oficinas en Lima, pero su producción está descentralizada”, detalló.
Potencial comercial
Para el director de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (Promperú), Juan Carlos Mathews, el Perú presenta una estructura comercial diversificada, que se constituye en una de las principales fortalezas para la expansión comercial de las empresas de todo tamaño.
“Nosotros no tenemos todo concentrado en alguna región en especial; sino que hay una estructura comercial bien distribuida. Eso nos permite una mayor solidez en el proceso de búsqueda y consolidación de los mercados de exportación”, manifestó.
Pero no solo están diversificados los mercados, sino también la oferta exportable. Así, en el caso de Asia, al que Perú tradicionalmente le vendía mineral y harina de pescado, ahora le exporta manufacturas de madera, productos pesqueros para el consumo humano directo y bienes para la industria de la construcción y productos hortofrutícolas.
Otros beneficios
1 Ayuda a disminuir costos, pues se reducen los reclamos y la pérdida de clientes.
2 Se debe tener presente que no hay nada más costoso que intentar recuperación de un comprador insatisfecho.
3 Para motivar una mejor actitud del personal, la capacitación es la mejor arma.
4 Conviene aplicar métodos de trabajo simples que permitan dar un buen servicio al público.
Instrumento eficaz
La calidad en el servicio es un arma competitiva que puede aplicar toda empresa no importa su tamaño. Además, en estos tiempos de saturación publicitaria el comprador es más sensible a un buen trato que a una campaña publicitaria.
La calidad en el servicio está en darle al comprador más de lo que espera en el momento correcto y a un precio conveniente.
Fuente: El Peruano
También favorecerá incursión de estas empresas en comercio internacional
Este cambio en la cultura empresarial debe darse en forma progresiva
Sonia DomÍnguez DomÍnguez
sdominguez@editoraperu.com.pe
La supervivencia de cualquier empresa grande o pequeña depende de su capacidad de atraer y retener clientes. Para ello se puede invertir en publicidad, bajar precios y usar otras estrategias, pero la más efectiva siempre será elevar la calidad del servicio.
Por ello, las empresas de éxito se esfuerzan por dar un excelente servicio; es decir, buscan dar una experiencia de compra tan agradable para que sus compradores vuelvan pronto.
Observemos cómo trabajan las grandes tiendas y lo primero que nos llama la atención es su poderosa publicidad. ¿Pero de qué serviría si al ir a sus locales encontramos una mala atención y pésima presentación de los productos en un ambiente sucio y descuidado?
Si así fuera, tendrían que bajar mucho sus precios para convencernos de ir a comprar. En cambio, las empresas que han entendido este mensaje son modelos de atención rápida y amable en un ambiente limpio y agradable. Eso les permite cobrar precios ligeramente superiores a sus competidores.
El resultado de la excelente calidad en el servicio es que los clientes se convierten en asiduos y fieles compradores.
Comercio exterior
Pero no solo se trata de atender mejor al mercado interno. Las pequeñas y medianas empresas (pyme) también deben mirar con más atención a sus clientes en el exterior.
“Ahora que buscan exportar es indispensable que pongan más atención en este tema. Deben estar preparadas para atender a clientes más exigentes y que puede cambiar de proveedor sin mayor problema”, comentó el gerente de proyectos y cooperación internacional de la Asociación de Exportadores (Adex), Jorge Urbina Vargas.
En este sentido, reconoció que hay más interés por parte de los empresarios pyme por incorporar nuevas prácticas en sus procesos que les permitan ofrecer una mejor calidad en los servicios asociados a sus ventas. “Por ello, uno de nuestros objetivos es ofrecer asistencia técnica para que se proyecten en las mejores condiciones hacia las operaciones de comercio exterior y obtengan beneficios”, aseveró.
Ahora, agregó, los empresarios pyme saben perfectamente que. además de brindar un producto de calidad, deben ofrecer un servicio de calidad asociado a sus ventas. Sin embargo, todavía les cuesta invertir en temas que no les reportarán resultados tangibles en el corto plazo.
Este tema está asociado a la cultura empresarial, que poco a poco está cambiando. No obstante, Urbina reconoce que aún hay mucho por hacer.
Por ejemplo, hay avances significativos en el tema de las certificaciones y los ISO, que impulsa Adex y otros gremios empresariales; además de entidades gubernamentales.
“Todo apunta a que este cambio en la cultura empresarial de las pyme deberá darse en forma progresiva”, manifestó el ejecutivo del gremio exportador.
Explicó que este cambio, si bien es cierto comienza en Lima, también se extiende a las regiones. “Hay que tener presente que las empresas agroexportadoras poseen sus oficinas en Lima, pero su producción está descentralizada”, detalló.
Potencial comercial
Para el director de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (Promperú), Juan Carlos Mathews, el Perú presenta una estructura comercial diversificada, que se constituye en una de las principales fortalezas para la expansión comercial de las empresas de todo tamaño.
“Nosotros no tenemos todo concentrado en alguna región en especial; sino que hay una estructura comercial bien distribuida. Eso nos permite una mayor solidez en el proceso de búsqueda y consolidación de los mercados de exportación”, manifestó.
Pero no solo están diversificados los mercados, sino también la oferta exportable. Así, en el caso de Asia, al que Perú tradicionalmente le vendía mineral y harina de pescado, ahora le exporta manufacturas de madera, productos pesqueros para el consumo humano directo y bienes para la industria de la construcción y productos hortofrutícolas.
Otros beneficios
1 Ayuda a disminuir costos, pues se reducen los reclamos y la pérdida de clientes.
2 Se debe tener presente que no hay nada más costoso que intentar recuperación de un comprador insatisfecho.
3 Para motivar una mejor actitud del personal, la capacitación es la mejor arma.
4 Conviene aplicar métodos de trabajo simples que permitan dar un buen servicio al público.
Instrumento eficaz
La calidad en el servicio es un arma competitiva que puede aplicar toda empresa no importa su tamaño. Además, en estos tiempos de saturación publicitaria el comprador es más sensible a un buen trato que a una campaña publicitaria.
La calidad en el servicio está en darle al comprador más de lo que espera en el momento correcto y a un precio conveniente.
Fuente: El Peruano
AFP inician cada mes 8,000 juicios
PROCESO. CONTRA EMPRESAS QUE INCUMPLEN APORTE PREVISIONAL
Las compañías retienen indebidamente los descuentos a los trabajadores
Las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP) inician cada mes 8,000 juicios contra las empresas que incumplen con registrar los aportes previsionales en el Sistema Privado de Pensiones (SPP), informó el presidente de la Asociación de AFP, Pedro Flecha.
Manifestó que los procesos emprendidos por las entidades previsionales contra estas malas empresas, que retienen de manera indebida los descuentos que les hacen a sus trabajadores, totalizan 300,000 hasta la fecha en el país.
Indicó que este hecho causa una tremenda carga procesal, al estar concentrados en sólo diez juzgados de paz letrados en el Cercado de Lima, que manejan casi el 50% de los juicios por este concepto.
“Esta situación origina que no se logre tener la eficiencia y oportunidad en los resultados, afectando sensiblemente a los afiliados”.
Dato
Las AFP solicitan que se retorne al sistema operativo anterior, es decir, que todos los juzgados de paz letrados de Lima reciban y procesen estas acciones judiciales.
Fuente: El Peruano
Las compañías retienen indebidamente los descuentos a los trabajadores
Las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP) inician cada mes 8,000 juicios contra las empresas que incumplen con registrar los aportes previsionales en el Sistema Privado de Pensiones (SPP), informó el presidente de la Asociación de AFP, Pedro Flecha.
Manifestó que los procesos emprendidos por las entidades previsionales contra estas malas empresas, que retienen de manera indebida los descuentos que les hacen a sus trabajadores, totalizan 300,000 hasta la fecha en el país.
Indicó que este hecho causa una tremenda carga procesal, al estar concentrados en sólo diez juzgados de paz letrados en el Cercado de Lima, que manejan casi el 50% de los juicios por este concepto.
“Esta situación origina que no se logre tener la eficiencia y oportunidad en los resultados, afectando sensiblemente a los afiliados”.
Dato
Las AFP solicitan que se retorne al sistema operativo anterior, es decir, que todos los juzgados de paz letrados de Lima reciban y procesen estas acciones judiciales.
Fuente: El Peruano
Trabajadores elegirán entidad donde recibirán remuneración
NORMA. EL PRESIDENTE ALAN GARCÍA FIRMÓ AYER DECRETO SUPREMO QUE OTORGA ESTE DERECHO
También podrán optar por el pago de manera directa por su empleador
La injerencia de la empresa en la decisión se considerará infracción
Los trabajadores tendrán derecho a elegir que el empleador le pague su remuneración directamente o vía el sistema financiero, y de ser así, determinar mediante qué empresa financiera se le pagará, gracias al decreto supremo firmado ayer por el presidente de la República, Alan García Pérez.
El referido decreto fue aprobado previamente por el Consejo de Ministros y su texto modifica el Decreto Supremo N° 001-98-TR, que establece las normas reglamentarias relacionadas con la obligación de los empleadores de llevar planillas de pago.
La norma precisa que si se elige el pago mediante terceros, al inicio de la relación laboral, el trabajador tendrá diez días para comunicar a su empleador el nombre de la empresa del sistema financiero que eligió para que le depositen sus remuneraciones y de ser el caso, el número de la cuenta.
Si el plazo se vence sin que el trabajador haya comunicado su elección, el empleador podrá realizar los depósitos en cualquier empresa del sistema financiero donde se ubique el centro laboral en que presta servicios.
Asimismo, durante la vigencia de la relación laboral, los trabajadores podrán comunicar al empleador, dentro de los diez primeros días hábiles del mes, el cambio de la empresa del sistema financiero que eligió para que le depositen sus remuneraciones.
Más de un millón 200 mil
La ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, Manuela García, afirmó que esta medida beneficiará a un millón 252 mil 637 empleados del sector privado formales.
Los que reciben sus remuneraciones por intermedio de cuentas bancarias representan el 58% de los trabajadores registrados en las planillas electrónicas a junio de 2009.
Advirtió que se aplicarán multas hasta de 72 mil nuevos soles a aquellos empleadores que restrinjan el derecho de sus empleados a elegir la entidad financiera en la que prefieren que se les deposite sus haberes.
“Esta infracción laboral es considerada muy grave, y por tanto se castigará con sanciones económicas altas, de acuerdo con el número de trabajadores afectados”, sentenció.
Detalles
1 La norma aclara, además, que cualquier otro acto de injerencia por parte del empleador en la libre elección del trabajador, será una infracción muy grave sancionable por la inspección del Trabajo.
2 El texto del decreto refiere también que el pago se acredita con la boleta firmada por el trabajador o con la constancia respectiva, cuando el pago se haga mediante terceros, sin perjuicio de la entrega de la boleta correspondiente dentro del plazo fijado.
Fuente: El Peruano
También podrán optar por el pago de manera directa por su empleador
La injerencia de la empresa en la decisión se considerará infracción
Los trabajadores tendrán derecho a elegir que el empleador le pague su remuneración directamente o vía el sistema financiero, y de ser así, determinar mediante qué empresa financiera se le pagará, gracias al decreto supremo firmado ayer por el presidente de la República, Alan García Pérez.
El referido decreto fue aprobado previamente por el Consejo de Ministros y su texto modifica el Decreto Supremo N° 001-98-TR, que establece las normas reglamentarias relacionadas con la obligación de los empleadores de llevar planillas de pago.
La norma precisa que si se elige el pago mediante terceros, al inicio de la relación laboral, el trabajador tendrá diez días para comunicar a su empleador el nombre de la empresa del sistema financiero que eligió para que le depositen sus remuneraciones y de ser el caso, el número de la cuenta.
Si el plazo se vence sin que el trabajador haya comunicado su elección, el empleador podrá realizar los depósitos en cualquier empresa del sistema financiero donde se ubique el centro laboral en que presta servicios.
Asimismo, durante la vigencia de la relación laboral, los trabajadores podrán comunicar al empleador, dentro de los diez primeros días hábiles del mes, el cambio de la empresa del sistema financiero que eligió para que le depositen sus remuneraciones.
Más de un millón 200 mil
La ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, Manuela García, afirmó que esta medida beneficiará a un millón 252 mil 637 empleados del sector privado formales.
Los que reciben sus remuneraciones por intermedio de cuentas bancarias representan el 58% de los trabajadores registrados en las planillas electrónicas a junio de 2009.
Advirtió que se aplicarán multas hasta de 72 mil nuevos soles a aquellos empleadores que restrinjan el derecho de sus empleados a elegir la entidad financiera en la que prefieren que se les deposite sus haberes.
“Esta infracción laboral es considerada muy grave, y por tanto se castigará con sanciones económicas altas, de acuerdo con el número de trabajadores afectados”, sentenció.
Detalles
1 La norma aclara, además, que cualquier otro acto de injerencia por parte del empleador en la libre elección del trabajador, será una infracción muy grave sancionable por la inspección del Trabajo.
2 El texto del decreto refiere también que el pago se acredita con la boleta firmada por el trabajador o con la constancia respectiva, cuando el pago se haga mediante terceros, sin perjuicio de la entrega de la boleta correspondiente dentro del plazo fijado.
Fuente: El Peruano
Nueva revisión técnica
FALTA. INCUMPLIMIENTO TIENE UNA SANCIÓN DE S/. 432
Conductores perderán además 50 puntos en su escala de infracciones
Los vehículos particulares con placa de rodaje cuyo número de serie finaliza en el dígito 2 que incumplan con pasar la revisión técnica en abril, serán multados con 432 nuevos soles y el conductor sancionado acumulará 50 puntos en la escala de infracciones, además de la remoción de su vehículo por parte de la autoridad, según lo dispone el nuevo Código de Tránsito.
De acuerdo con el cronograma establecido por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), corresponde a estos vehículos rendir el examen técnico en alguno de los Centros de Inspección Técnica Vehicular (CITV) autorizados por el sector.
No están comprendidos en este plazo los vehículos de transporte terrestre interprovincial regular y especial de personas, así como los de transporte de mercancías.
La Policía de Tránsito está facultada a iniciar operativos junto con inspectores del MTC a partir de mayo, para detectar si circulan vehículos particulares omisos al examen vehicular.
Fuente: El Peruano
Conductores perderán además 50 puntos en su escala de infracciones
Los vehículos particulares con placa de rodaje cuyo número de serie finaliza en el dígito 2 que incumplan con pasar la revisión técnica en abril, serán multados con 432 nuevos soles y el conductor sancionado acumulará 50 puntos en la escala de infracciones, además de la remoción de su vehículo por parte de la autoridad, según lo dispone el nuevo Código de Tránsito.
De acuerdo con el cronograma establecido por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), corresponde a estos vehículos rendir el examen técnico en alguno de los Centros de Inspección Técnica Vehicular (CITV) autorizados por el sector.
No están comprendidos en este plazo los vehículos de transporte terrestre interprovincial regular y especial de personas, así como los de transporte de mercancías.
La Policía de Tránsito está facultada a iniciar operativos junto con inspectores del MTC a partir de mayo, para detectar si circulan vehículos particulares omisos al examen vehicular.
Fuente: El Peruano
Ministra de Trabajo dijo que habrá sanciones penales
NORMA. EXPONER PERSONAS AL PELIGRO ES UN DELITO GRAVE
Responsables de la obra fueron identificados y caso será investigado por fiscalía
La ministra de Trabajo, Manuela García, quien llegó hasta el lugar del accidente, afirmó que tendrá que aplicarse sanciones de carácter penal contra los responsables de la obra ubicada en Barrios Altos, donde se produjo el derrumbe de una pared que casi quita la vida de un obrero de construcción civil.
"Luego de las investigaciones habrá sanciones de carácter penal y es lógico que caerá sobre ellos una pena privativa de la libertad por haber expuesto la vida de estas personas", indicó.
La ministra informó de manera preliminar que los responsables de esta obra serían los ciudadanos Godofredo Mondragón Hurtado y la propietaria Shirley Casalino.
Explicó que la referida obra fue clausurada por la Municipalidad de Lima, pero los responsables de los trabajos hicieron caso omiso de la prohibición y continuaron construyendo sin ninguna medida de seguridad, lo que constituye un "delito grave".
"Me comuniqué con la Fiscal de la Nación y le pedí que intervenga y que acuda el Fiscal de Prevención del Delito, porque estamos frente a un caso muy grave que es exponer a las personas al peligro. No solo es la infracción de carácter laboral sino que debe ser sancionado por el Código Penal", enfatizó la ministra, quien dijo que no habrá impunidad.
Fuente: El Peruano
Responsables de la obra fueron identificados y caso será investigado por fiscalía
La ministra de Trabajo, Manuela García, quien llegó hasta el lugar del accidente, afirmó que tendrá que aplicarse sanciones de carácter penal contra los responsables de la obra ubicada en Barrios Altos, donde se produjo el derrumbe de una pared que casi quita la vida de un obrero de construcción civil.
"Luego de las investigaciones habrá sanciones de carácter penal y es lógico que caerá sobre ellos una pena privativa de la libertad por haber expuesto la vida de estas personas", indicó.
La ministra informó de manera preliminar que los responsables de esta obra serían los ciudadanos Godofredo Mondragón Hurtado y la propietaria Shirley Casalino.
Explicó que la referida obra fue clausurada por la Municipalidad de Lima, pero los responsables de los trabajos hicieron caso omiso de la prohibición y continuaron construyendo sin ninguna medida de seguridad, lo que constituye un "delito grave".
"Me comuniqué con la Fiscal de la Nación y le pedí que intervenga y que acuda el Fiscal de Prevención del Delito, porque estamos frente a un caso muy grave que es exponer a las personas al peligro. No solo es la infracción de carácter laboral sino que debe ser sancionado por el Código Penal", enfatizó la ministra, quien dijo que no habrá impunidad.
Fuente: El Peruano
Impugnaciones a municipios congestionan Tribunal Fiscal
FORTALECIMIENTO. COLEGIADO Y SUNAT YA COORDINAN ACCIONES PARA AGILIZAR PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS
Existe desconocimiento y falta de adecuación de comunas a reglas del TC
Situación que muchas veces conlleva a la nulidad de lo actuado
MARIA AVALOS CISNEROS
mavalos@editoraperu.com.pe
Para avanzar en la resolución oportuna de las controversias que surjan entre la administración y los contribuyentes, el Tribunal Fiscal no solo apuesta por la ampliación de sus salas, sino también por solicitar al Congreso reformas que le permitan la notificación electrónica y, principalmente, la emisión de jurisprudencia vinculante para superar las actuales limitaciones de la gestión edilicia, que por desconocimiento y poca atención a las normas, congestionan los expedientes pendientes de resolver en este colegiado, afirma en esta entrevista su presidenta, Zoraida Olano.
Con la próxima implementación de las cuatro salas en el Tribunal Fiscal, ¿en qué tiempo esperan reducir el actual pasivo de los 30 mil expedientes que esperan ser atendidos?
–Iniciado el funcionamiento de las cuatro nuevas salas, se espera reducir de manera relevante el pasivo de expedientes, esto es, aproximadamente, 40% luego de dos años de implementada la propuesta y, después, al tercer año, dentro de los plazos legales, disminuir aproximadamente, el 76% del pasivo.
Se dijo que esta iniciativa forma parte de un conjunto de acciones de carácter administrativo y legislativo que el MEF impulsará para fortalecer al tribunal, ¿qué se viene desde el ámbito legal y de gestión?
–Así es, se está tramitando ante el Congreso de la República la aprobación de modificaciones al Código Tributario a efecto de permitir que el Tribunal Fiscal pueda notificar en forma electrónica, así como emitir jurisprudencias de observancia obligatoria en el caso que existan criterios recurrentes. Se evalúa además impulsar la restitución de la competencia de las municipalidades provinciales para resolver en primera instancia las controversias de municipios distritales.
Por otro lado, vamos a ampliar y remodelar el local del tribunal a fin de que puedan funcionar adecuadamente las once salas especializadas y se brinde seguridad a los expedientes asignados y en archivo. Igualmente, se priorizará la capacitación de los miembros de esta institución, principalmente en aspectos técnicos y organizativos.
Uno de los principales factores que ha incidido en el mayor ingreso de expedientes es el traslado de la competencia de las municipalidades provinciales para resolver en primera instancia las controversias de las comunas distritales, ¿la solución es legal?
–En efecto, es uno de los principales factores, en 2005 ingresaron 21,960 expedientes (57% de origen municipal), incrementándose en aproximadamente 300% respecto al ingreso promedio del periodo 2001-2003. Si solo se observa los ingresos de expedientes de origen municipal tenemos que entre 2001 y 2003 llegaban aproximadamente 2,000 expedientes anuales; en 2005 fueron 12,000. De 2006 a la fecha el ingreso anual aproximado es de 6,400 expedientes.
La restitución de la competencia a las municipalidades provinciales para resolver controversias tributarias de origen distrital requiere de una ley expedida por el Congreso. La decisión, sin duda, la tiene el Parlamento Nacional.
Coordinaciones con la Sunat
¿Cómo avanzan las coordinaciones con la Sunat para reducir el número de reclamos que llegan ante el Tribunal Fiscal?
–Desde 2005, la Sunat y el Tribunal Fiscal tienen suscrito un convenio de colaboración interinstitucional para intercambiar información sobre el procedimiento de notificaciones de las resoluciones. Así, se realizan coordinaciones con el objetivo común de agilizar los procedimientos tributarios y evitar factores que generen demoras innecesarias. Ello, no implica intervención alguna en las funciones resolutivas del tribunal.
¿Cuándo inicia el proceso para contratar vocales?
–Las bases de concurso, incluido el perfil del postulante, ya fueron aprobadas por la comisión especial establecida para tal efecto, y serán publicadas próximamente. Según el Código Tributario se requiere de profesionales de reconocida solvencia moral y versación en materia tributaria o aduanera.
Mejora predictibilidad y certeza al contribuyente
El traslado al tribunal de la función municipal es un factor que ha incidido en el incremento del pasivo por resolver. En estos procesos, ¿cuáles son los casos más frecuentes?
–Están referidos a la determinación de los arbitrios municipales y respecto de los cuales los contribuyentes cuestionan la validez de las ordenanzas que los crean, teniendo en cuenta los parámetros dados por el Tribunal Constitucional sobre la explicación de los costos de los servicios públicos y sus criterios de distribución. Otros temas están vinculados a solicitudes no contenciosas, como de prescripción de la deuda tributaria, acogimiento a beneficios tributarios así como a impugnación de actos que no son reclamables y, por tanto, no procede que respecto de ellos se inicie un procedimiento contencioso tributario. Además, son recurrentes las quejas por cobranzas coactivas no seguidas conforme a ley principalmente por defectos en las notificaciones.
¿Qué problema advirtieron?
–Es la adecuación de sus ordenanzas para el cobro de arbitrios a los parámetros del TC y del Tribunal, provocando en algunos casos que se declare su invalidez. Es también relevante la falta de conocimiento de su personal sobre normas de procedimiento, tramitación de impugnaciones y cobranza coactiva, lo que a veces conlleva a la nulidad de todo lo actuado en el procedimiento.
¿Existen precedentes?
–Se han emitido resoluciones con carácter de jurisprudencia de observancia obligatoria sobre la validez de ordenanzas que crean arbitrios municipales, la suspensión de la cobranza coactiva de deudas en predios ubicados en zonas de conflictos de competencias entre municipios, suspensión del proceso de cobranza coactiva cuando se presenta demanda de revisión judicial, etc. Se emitió reiteradas resoluciones en materia municipal que sientan criterios sobre la determinación y prescripción de la deuda tributaria, procedencia de exoneraciones, acogimiento a beneficios, entre otros.
Notificaciones electrónicas
El Tribunal Fiscal anunció además la implementación
de las notificaciones electrónicas y la generación de jurisprudencia vinculante, ¿en qué consisten ambas iniciativas?
En efecto, se han presentado en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) propuestas de ley para modificar el Código Tributario a fin de que el tribunal pueda efectuar la notificación de sus actos por sistemas de comunicación electrónica, como actualmente lo hace la Sunat en algunos casos, así como emitir resoluciones con carácter de jurisprudencia de observancia obligatoria si es que existen criterios recurrentes. Ambas propuestas están pendientes de evaluación por el Congreso de la República, estando a la espera de la decisión al respecto.
La aprobación de ambas propuestas permitirá mayor eficiencia en la labor del Tribunal Fiscal, pues con la primera se busca agilizar la notificación de los actos administrativos que se expide y, con la segunda, además de dotarse de mayor predictibilidad al sistema jurídico, se permitirá la reducción de la carga procesal del colegiado y la mayor celeridad en la resolución de las controversias tributarias.
Fuente: El Peruano
Existe desconocimiento y falta de adecuación de comunas a reglas del TC
Situación que muchas veces conlleva a la nulidad de lo actuado
MARIA AVALOS CISNEROS
mavalos@editoraperu.com.pe
Para avanzar en la resolución oportuna de las controversias que surjan entre la administración y los contribuyentes, el Tribunal Fiscal no solo apuesta por la ampliación de sus salas, sino también por solicitar al Congreso reformas que le permitan la notificación electrónica y, principalmente, la emisión de jurisprudencia vinculante para superar las actuales limitaciones de la gestión edilicia, que por desconocimiento y poca atención a las normas, congestionan los expedientes pendientes de resolver en este colegiado, afirma en esta entrevista su presidenta, Zoraida Olano.
Con la próxima implementación de las cuatro salas en el Tribunal Fiscal, ¿en qué tiempo esperan reducir el actual pasivo de los 30 mil expedientes que esperan ser atendidos?
–Iniciado el funcionamiento de las cuatro nuevas salas, se espera reducir de manera relevante el pasivo de expedientes, esto es, aproximadamente, 40% luego de dos años de implementada la propuesta y, después, al tercer año, dentro de los plazos legales, disminuir aproximadamente, el 76% del pasivo.
Se dijo que esta iniciativa forma parte de un conjunto de acciones de carácter administrativo y legislativo que el MEF impulsará para fortalecer al tribunal, ¿qué se viene desde el ámbito legal y de gestión?
–Así es, se está tramitando ante el Congreso de la República la aprobación de modificaciones al Código Tributario a efecto de permitir que el Tribunal Fiscal pueda notificar en forma electrónica, así como emitir jurisprudencias de observancia obligatoria en el caso que existan criterios recurrentes. Se evalúa además impulsar la restitución de la competencia de las municipalidades provinciales para resolver en primera instancia las controversias de municipios distritales.
Por otro lado, vamos a ampliar y remodelar el local del tribunal a fin de que puedan funcionar adecuadamente las once salas especializadas y se brinde seguridad a los expedientes asignados y en archivo. Igualmente, se priorizará la capacitación de los miembros de esta institución, principalmente en aspectos técnicos y organizativos.
Uno de los principales factores que ha incidido en el mayor ingreso de expedientes es el traslado de la competencia de las municipalidades provinciales para resolver en primera instancia las controversias de las comunas distritales, ¿la solución es legal?
–En efecto, es uno de los principales factores, en 2005 ingresaron 21,960 expedientes (57% de origen municipal), incrementándose en aproximadamente 300% respecto al ingreso promedio del periodo 2001-2003. Si solo se observa los ingresos de expedientes de origen municipal tenemos que entre 2001 y 2003 llegaban aproximadamente 2,000 expedientes anuales; en 2005 fueron 12,000. De 2006 a la fecha el ingreso anual aproximado es de 6,400 expedientes.
La restitución de la competencia a las municipalidades provinciales para resolver controversias tributarias de origen distrital requiere de una ley expedida por el Congreso. La decisión, sin duda, la tiene el Parlamento Nacional.
Coordinaciones con la Sunat
¿Cómo avanzan las coordinaciones con la Sunat para reducir el número de reclamos que llegan ante el Tribunal Fiscal?
–Desde 2005, la Sunat y el Tribunal Fiscal tienen suscrito un convenio de colaboración interinstitucional para intercambiar información sobre el procedimiento de notificaciones de las resoluciones. Así, se realizan coordinaciones con el objetivo común de agilizar los procedimientos tributarios y evitar factores que generen demoras innecesarias. Ello, no implica intervención alguna en las funciones resolutivas del tribunal.
¿Cuándo inicia el proceso para contratar vocales?
–Las bases de concurso, incluido el perfil del postulante, ya fueron aprobadas por la comisión especial establecida para tal efecto, y serán publicadas próximamente. Según el Código Tributario se requiere de profesionales de reconocida solvencia moral y versación en materia tributaria o aduanera.
Mejora predictibilidad y certeza al contribuyente
El traslado al tribunal de la función municipal es un factor que ha incidido en el incremento del pasivo por resolver. En estos procesos, ¿cuáles son los casos más frecuentes?
–Están referidos a la determinación de los arbitrios municipales y respecto de los cuales los contribuyentes cuestionan la validez de las ordenanzas que los crean, teniendo en cuenta los parámetros dados por el Tribunal Constitucional sobre la explicación de los costos de los servicios públicos y sus criterios de distribución. Otros temas están vinculados a solicitudes no contenciosas, como de prescripción de la deuda tributaria, acogimiento a beneficios tributarios así como a impugnación de actos que no son reclamables y, por tanto, no procede que respecto de ellos se inicie un procedimiento contencioso tributario. Además, son recurrentes las quejas por cobranzas coactivas no seguidas conforme a ley principalmente por defectos en las notificaciones.
¿Qué problema advirtieron?
–Es la adecuación de sus ordenanzas para el cobro de arbitrios a los parámetros del TC y del Tribunal, provocando en algunos casos que se declare su invalidez. Es también relevante la falta de conocimiento de su personal sobre normas de procedimiento, tramitación de impugnaciones y cobranza coactiva, lo que a veces conlleva a la nulidad de todo lo actuado en el procedimiento.
¿Existen precedentes?
–Se han emitido resoluciones con carácter de jurisprudencia de observancia obligatoria sobre la validez de ordenanzas que crean arbitrios municipales, la suspensión de la cobranza coactiva de deudas en predios ubicados en zonas de conflictos de competencias entre municipios, suspensión del proceso de cobranza coactiva cuando se presenta demanda de revisión judicial, etc. Se emitió reiteradas resoluciones en materia municipal que sientan criterios sobre la determinación y prescripción de la deuda tributaria, procedencia de exoneraciones, acogimiento a beneficios, entre otros.
Notificaciones electrónicas
El Tribunal Fiscal anunció además la implementación
de las notificaciones electrónicas y la generación de jurisprudencia vinculante, ¿en qué consisten ambas iniciativas?
En efecto, se han presentado en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) propuestas de ley para modificar el Código Tributario a fin de que el tribunal pueda efectuar la notificación de sus actos por sistemas de comunicación electrónica, como actualmente lo hace la Sunat en algunos casos, así como emitir resoluciones con carácter de jurisprudencia de observancia obligatoria si es que existen criterios recurrentes. Ambas propuestas están pendientes de evaluación por el Congreso de la República, estando a la espera de la decisión al respecto.
La aprobación de ambas propuestas permitirá mayor eficiencia en la labor del Tribunal Fiscal, pues con la primera se busca agilizar la notificación de los actos administrativos que se expide y, con la segunda, además de dotarse de mayor predictibilidad al sistema jurídico, se permitirá la reducción de la carga procesal del colegiado y la mayor celeridad en la resolución de las controversias tributarias.
Fuente: El Peruano
Sunat implementará uso de facturas electrónicas
DEBATE. NUEVO INSTRUMENTO DIGITAL SERÍA OPTATIVO DESDE JULIO PRÓXIMO
Objetivo de iniciativa es garantizar fluidez de las transacciones comerciales
A partir del 1 de julio del presente año, la Sunat implementará el uso de facturas electrónicas en el país, de conformidad con el proyecto de resolución publicado en el portal de dicha institución.
Conforme a la iniciativa, se aprueba el Sistema de Emisión Electrónica en Sunat Operaciones en Línea para la emisión de comprobantes de pago y documentos relacionados directa o indirectamente con éstos, así como la generación de libros y/o registros vinculados con asuntos tributarios, explicó el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima, Víctor Zavala Lozano.
La afiliación a este sistema será opcional y podrá ser efectuada por el sujeto generador de rentas de tercera categoría que cuente con código de usuario y clave SOL y cumpla con determinadas condiciones. Entre ellas, dijo, tener la condición de “habido”; no encontrarse en estado de suspensión temporal de actividades o de baja de inscripción; y que sus ingresos anuales –reales o proyectados– sean iguales o menores a 1,700 UIT, entre otros.
El uso de productos electrónicos concuerda con el marco estratégico de Sunat para promover el cumplimiento voluntario sobre comprobantes de pago, permitiendo la emisión de facturas electrónicas, así como las notas de crédito y débito electrónicas a través de Sunat Operaciones en línea.
“Esta medida favorecerá la fluidez de las transacciones comerciales y el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes que se afilien al sistema, atendiendo a que a la par de la emisión del comprobante de pago, se permitirá el llevado electrónico de los libros y registros vinculados a los tributos”, manifestó el experto al analizar los efectos de este proyecto de resolución.
Detracciones
La Sunat propuso modificar las normas del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central (SPOT- Detracciones) aplicables al transporte de bienes realizado por vía terrestre.
Estos cambios consisten en reducir de S/. 400 a S/. 200 el monto mínimo para la aplicación de las detracciones; e incrementar el porcentaje para determinar el importe del depósito, de 4% a 6%.
El objetivo es asegurar el pago de las obligaciones tributarias a cargo de los sujetos que prestan los referidos servicios.
Fuente: El Peruano
Objetivo de iniciativa es garantizar fluidez de las transacciones comerciales
A partir del 1 de julio del presente año, la Sunat implementará el uso de facturas electrónicas en el país, de conformidad con el proyecto de resolución publicado en el portal de dicha institución.
Conforme a la iniciativa, se aprueba el Sistema de Emisión Electrónica en Sunat Operaciones en Línea para la emisión de comprobantes de pago y documentos relacionados directa o indirectamente con éstos, así como la generación de libros y/o registros vinculados con asuntos tributarios, explicó el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima, Víctor Zavala Lozano.
La afiliación a este sistema será opcional y podrá ser efectuada por el sujeto generador de rentas de tercera categoría que cuente con código de usuario y clave SOL y cumpla con determinadas condiciones. Entre ellas, dijo, tener la condición de “habido”; no encontrarse en estado de suspensión temporal de actividades o de baja de inscripción; y que sus ingresos anuales –reales o proyectados– sean iguales o menores a 1,700 UIT, entre otros.
El uso de productos electrónicos concuerda con el marco estratégico de Sunat para promover el cumplimiento voluntario sobre comprobantes de pago, permitiendo la emisión de facturas electrónicas, así como las notas de crédito y débito electrónicas a través de Sunat Operaciones en línea.
“Esta medida favorecerá la fluidez de las transacciones comerciales y el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes que se afilien al sistema, atendiendo a que a la par de la emisión del comprobante de pago, se permitirá el llevado electrónico de los libros y registros vinculados a los tributos”, manifestó el experto al analizar los efectos de este proyecto de resolución.
Detracciones
La Sunat propuso modificar las normas del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central (SPOT- Detracciones) aplicables al transporte de bienes realizado por vía terrestre.
Estos cambios consisten en reducir de S/. 400 a S/. 200 el monto mínimo para la aplicación de las detracciones; e incrementar el porcentaje para determinar el importe del depósito, de 4% a 6%.
El objetivo es asegurar el pago de las obligaciones tributarias a cargo de los sujetos que prestan los referidos servicios.
Fuente: El Peruano
Agilizarán juicios con AFP
JUSTICIA. CORTE LIMEÑA EVALÚA APLICAR NUEVAS MEDIDAS EN ESTE DISTRITO JUDICIAL
Litigios sobre pensiones serían vistos por todos los juzgados de paz
Actualmente, solo lo pueden atender 10 de estos órganos judiciales
El presidente de la Corte de Lima, César Vega Vega, anunció que este distrito judicial viene trabajando en nuevas fórmulas que permitan impulsar la celeridad de los litigios relacionados con las Administradoras de Fondo de Pensiones (AFP).
Con esta finalidad, la autoridad judicial tuvo una reunión con el presidente de la Asociación de AFP, Pedro Flecha Zalba, y demás representantes de estas instituciones en el país.
Durante el encuentro, Flecha Zalba planteó la necesidad que los litigios por casos de AFP sean evaluados, como sucedía años atrás, por todos los juzgados de paz del Distrito Judicial de Lima y no sólo por los 10 juzgados de paz letrados de Lima Cercado.
Al respecto, Vega Vega dijo que esta posibilidad ya está siendo evaluada por especialistas del Área de Desarrollo de la Presidencia, toda vez que, afirmó, los diez juzgados de paz letrado de Lima Cercado afrontan cargas exorbitantes, lo que afecta la celeridad procesal.
El titular de este distrito judicial anotó que el tema se pondrá en consideración en la reunión que hoy sostendrá el Consejo Ejecutivo Distrital, a fin de buscar alternativas adecuadas para la solución de este tema.
Otras cortes
Usuario judicial. La Corte de Lima Norte implementó el modulo de atención al público, para la atención de quejas, reclamaciones y/o comentarios de la ciudadanía que tramita sus procesos en las distintas dependencias judiciales, refiere la RA Nº 005-2010-J-ODECMA-CSJLN/-PJ. La norma precisa el cronograma de vistas judiciales para los meses de abril y mayo.
Juzgados de tránsito. El Poder Judicial dejó sin efectos diversas resoluciones que autorizaban la conversión de algunos juzgados en los nuevos juzgados de tránsito y seguridad vial, según la RA Nº 106-2010-CEPJ. El problema es que afectaría el derecho de los jueces a desarrollarse en su especialidad y desnaturaliza el principio del juez natural, etcétera.
Fuente: El Peruano
Litigios sobre pensiones serían vistos por todos los juzgados de paz
Actualmente, solo lo pueden atender 10 de estos órganos judiciales
El presidente de la Corte de Lima, César Vega Vega, anunció que este distrito judicial viene trabajando en nuevas fórmulas que permitan impulsar la celeridad de los litigios relacionados con las Administradoras de Fondo de Pensiones (AFP).
Con esta finalidad, la autoridad judicial tuvo una reunión con el presidente de la Asociación de AFP, Pedro Flecha Zalba, y demás representantes de estas instituciones en el país.
Durante el encuentro, Flecha Zalba planteó la necesidad que los litigios por casos de AFP sean evaluados, como sucedía años atrás, por todos los juzgados de paz del Distrito Judicial de Lima y no sólo por los 10 juzgados de paz letrados de Lima Cercado.
Al respecto, Vega Vega dijo que esta posibilidad ya está siendo evaluada por especialistas del Área de Desarrollo de la Presidencia, toda vez que, afirmó, los diez juzgados de paz letrado de Lima Cercado afrontan cargas exorbitantes, lo que afecta la celeridad procesal.
El titular de este distrito judicial anotó que el tema se pondrá en consideración en la reunión que hoy sostendrá el Consejo Ejecutivo Distrital, a fin de buscar alternativas adecuadas para la solución de este tema.
Otras cortes
Usuario judicial. La Corte de Lima Norte implementó el modulo de atención al público, para la atención de quejas, reclamaciones y/o comentarios de la ciudadanía que tramita sus procesos en las distintas dependencias judiciales, refiere la RA Nº 005-2010-J-ODECMA-CSJLN/-PJ. La norma precisa el cronograma de vistas judiciales para los meses de abril y mayo.
Juzgados de tránsito. El Poder Judicial dejó sin efectos diversas resoluciones que autorizaban la conversión de algunos juzgados en los nuevos juzgados de tránsito y seguridad vial, según la RA Nº 106-2010-CEPJ. El problema es que afectaría el derecho de los jueces a desarrollarse en su especialidad y desnaturaliza el principio del juez natural, etcétera.
Fuente: El Peruano
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